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f legis parte 1

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Título del Test:
f legis parte 1

Descripción:
f legis parte 1

Fecha de Creación: 2025/07/29

Categoría: Test de conducir

Número Preguntas: 85

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1 Es una institución militar nacional, de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federació para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella derivan y los tratados internacionales. La Armada de México. Estados Unidos Mexicanos. La Guardia Nacional. La Secretaría de Marina.

2 Es una atribución de la Armada de México: Organizar, adiestrar, alistar y equipar al personal naval, las unidades y establecimientos navales que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones. Administrar, capacitar, alistar y proveer de personal naval a las unidades y establecimientos navales que constituyen a la Institución para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones. Organizar, adiestrar, alistar y equipar al personal naval y las unidades operativas que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones. Cooperar en el mantenimiento del orden constitucional de la Institución, con estricto respeto y protección de los derechos humanos.

3 Es una atribución de la Armada de México: Cooperar en el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano, con estricto respeto y protección de los derechos humanos. Cooperar en el mantenimiento del Estado de derecho, con estricto respeto y protección de los derechos humanos. Cooperar en el mantenimiento del orden del Estado Mexicano, con estricto respeto y protección de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cooperar en el mantenimiento del orden constitucional de la Institución, con estricto respeto y protección de los derechos humanos.

4 Es una atribución de la Armada de México: Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva. Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona económica exclusiva, mar abierto, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en los puertos. Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y la integridad del Estado mexicano en el mar territorial, zona económica exclusiva, mar abierto, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los puertos y recintos portuarios, así como vigilar los derechos de soberanía en el espacio aéreo. Realizar acciones para salvaguardar la soberanía y la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona económica exclusiva, mar abierto, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en las aguas interiores.

5 Es una atribución de la Armada de México: Conducir el control naval del tráfico marítimo y protegerlo en las zonas marinas mexicanas y donde el Mando Supremo lo ordene, así como regular, establecer y vigilar las áreas restringidas a la navegación, incluidos los espacios aéreos correspondientes. Controlar el tráfico marítimo en las zonas marinas mexicanas y donde el Mando Supremo lo ordene, así como regular, establecer y vigilar las áreas restringidas a la navegación, incluidos los espacios aéreos correspondientes. Proteger el tráfico marítimo en las zonas marinas mexicanas y donde el Mando Supremo lo ordene, así como regular, establecer y vigilar las áreas restringidas a la navegación, incluidas las aguas interiores. Conducir el control naval del tráfico marítimo y protegerlo en las zonas marinas mexicanas y donde el Mando Supremo lo ordene, así como regular, establecer y vigilar las áreas restringidas a la navegación, incluidas las aguas interiores.

6 La Armada de México ejerce funciones de guardia costera para: Mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, además de la seguridad y protección marítima, a través de acciones de vigilancia, verificación, visita e inspección. Promover el estado de derecho en los recintos portuarios, además de la seguridad y protección marítima, a través de acciones de vigilancia, verificación, visita e inspección. Preservar el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y aguas interiores a través de acciones de vigilancia, verificación, visita e inspección. Conservar el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios, además de la seguridad y protección marítima, a través de acciones de vigilancia, verificación, visita e inspección.

7 La Armada de México ejerce funciones de guardia costera para: Apoyar a la Secretaría de Marina en sus funciones de Autoridad Marítima Nacional, en materia de seguridad y protección marítima y portuaria. Apoyar a la Coordinación de Marina Mercante y Protección Portuaria en sus funciones de Autoridad Marítima Nacional, en materia de seguridad y protección marítima y portuaria. Apoyar a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos en sus funciones de Autoridad Marítima Nacional, en materia de seguridad y protección marítima y portuaria. Apoyar a las Aduanas Marítimas en sus funciones de Autoridad Marítima Nacional, en materia de seguridad y protección marítima y portuaria.

8 La Armada de México ejerce funciones de guardia costera para: Prevenir la contaminación del medio ambiente marino, así como realizar su vigilancia y protección en el área de responsabilidad, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Prevenir la contaminación del medio ambiente marino, así como determinar y castigar los casos en los que privados realicen actos de contaminación, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las atribuciones. Vigilar medio ambiente marino, así como realizar su vigilancia y protección en el área de responsabilidad, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las atribuciones. Vigilar medio ambiente marino, así como determinar y castigar los casos en los que privados realicen actos de contaminación, actuando por sí o en colaboración con otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras, sin perjuicio de las atribuciones.

9 Es una atribución de la Armada de México: Apoyar a la Secretaría de Marina como Autoridad Marítima Nacional, en las acciones para el control de tráfico marítimo en las vías generales de comunicación por agua. Apoyar a la Coordinación de Marina Mercante y Protección Portuaria como Autoridad Marítima Nacional, en las acciones para el control de tráfico marítimo en las vías generales de comunicación por agua. Apoyar a la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos, en las acciones para el control de tráfico marítimo en las vías generales de comunicación por agua. Apoyar a la Guardia Costera y Aduanas marítimas, en las acciones para el control de tráfico marítimo en las vías generales de comunicación por agua.

10 Es una atribución de la Armada de México: Salvaguardar la vida humana en el mar, mediante operaciones de búsqueda y rescate en las zonas marinas mexicanas, aguas internacionales y en las que el Mando Supremo lo ordene. Realizar operaciones de búsqueda y rescate en las zonas marinas mexicanas, aguas internacionales y en las que el Mando Supremo lo ordene. Realizar operaciones de búsqueda y rescate en las zonas marinas mexicanas, islas, arrecifes y en las que el Mando Supremo lo ordene. Salvaguardar la vida humana en el mar, mediante operaciones de búsqueda y rescate en las zonas marinas mexicanas, islas, arrecifes y en las que el Mando Supremo lo ordene.

11 Es una atribución de la Armada de México: Proteger instalaciones estratégicas del país y donde el Mando Supremo lo ordene, por sí misma o en coordinación con otras autoridades, en los ámbitos de sus respectivas competencias. Proteger infraestructura crítica del país y donde el Mando Supremo lo ordene, por sí misma o en coordinación con otras autoridades, en los ámbitos de sus respectivas competencias. Proteger infraestructuras estratégicas del país y donde el Mando Supremo lo ordene, por sí misma, en los ámbitos de sus respectivas competencias. Proteger las instalaciones portuarias del país y donde el Mando Supremo lo ordene, por sí misma o en coordinación con otras autoridades, en los ámbitos de sus respectivas competencias.

12 Es una atribución de la Armada de México: Auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, aplicando los planes institucionales de acuerdo con el Sistema Nacional de Protección Civil. Auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, aplicando los planes institucionales de acuerdo con el Consejo Nacional de Protección Civil. Auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, aplicando el Plan Marina de acuerdo con Consejo Nacional de Protección Civil. Auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, aplicando el Plan Marina de acuerdo con Sistema Nacional de Protección Civil.

13 Es una atribución de la Armada de México: Proteger los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales, así como participar en toda actividad relacionada con el desarrollo marítimo nacional en coordinación con otras autoridades. Proteger los recursos naturales nacionales, así como participar en toda actividad relacionada con el desarrollo marítimo nacional en coordinación con otras autoridades. Proteger los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales, así como participar en toda actividad relacionada con el desarrollo fluvial nacional en coordinación con otras autoridades. Proteger los recursos naturales nacionales, así como participar en toda actividad relacionada con el desarrollo fluvial nacional en coordinación con otras autoridades.

14 Es una atribución de la Armada de México: Combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos, y cualquier otro ilícito. Combate a la pesca ilegal y trata de blancas, piratería en el mar, robo de embarcaciones, narcotráfico de estupefacientes y psicotrópicos, y cualquier otro ilícito. Combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar y robo de embarcaciones, delicuencia organizada, comercio ilegal, narcotráfico de estupefacientes y psicotrópicos, y cualquier otro ilícito. Combate a la pesca ilegal y trata de blancas, piratería en el mar, comercio ilegal, robo de embarcaciones, narcotráfico de estupefacientes y psicotrópicos, y cualquier otro ilícito.

15 Es una atribución de la Armada de México: Realizar actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica y biológica de los recursos marinos, así como de desarrollo tecnológico. Realizar actividades de investigación oceanográfica, hidrológica y meteorológica de los recursos marinos, así como de desarrollo y publicación de cartas náuticas. Realizar actividades de investigación oceanográfica, hidrológica, meteorológica y biológica de los recursos marinos, así como de desarrollo científico y tecnológico. Realizar actividades de investigación científica, meteorológica, del subsuelo marino y biológica de los recursos marinos, así como de desarrollo tecnológico.

16 Es una atribución de la Armada de México: Fomentar y participar con las autoridades civiles en actividades socioculturales y cívicas en aspectos relacionados con el medio marítimo. Fomentar y participar con las autoridades civiles, en coordinación con la Universidad Naval, aspectos relacionados con el medio marítimo. Fomentar la educación naval con las autoridades civiles en actividades socioculturales y cívicas. Fomentar la cultura naval mediante actividades socioculturales y cívicas, en coordinación con autoridades civiles y militares.

17 Es una atribución de la Armada de México: Coordinar los trabajos hidrográficos de las costas, mares, islas, puertos y vías navegables; publicar la cartografía náutica y la información necesaria para la seguridad de la navegación, y organizar el archivo de cartas náuticas y las estadísticas relativas. Llevar a cabo los trabajos náuticos de las costas, mares, islas, puertos y vías navegables; publicar la cartografía náutica y la información necesaria para la seguridad de la navegación, y organizar el archivo de cartas náuticas y las estadísticas relativas. Coordinar, con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, los trabajos hidrográficos de las costas, mares, islas, puertos y vías navegables; publicar la cartografía náutica y la información necesaria para la seguridad de la navegación, y organizar el archivo de cartas náuticas y las estadísticas relativas. Ejecutar las órdenes del Alto Mando con respecto los trabajos hidrográficos de las costas, mares, islas, puertos y vías navegables; publicar la cartografía náutica y la información necesaria para la seguridad de la navegación, y organizar el archivo de cartas náuticas y las estadísticas relativas.

18 Es una atribución de la Armada de México: Fomentar la educación naval en coordinación con la Universidad Naval, como parte del Sistema Educativo Naval. Fomentar la educación naval en coordinación con con las autoridades civiles, como parte del Sistema Educativo Naval. Fomentar actividades marítimas en coordinación con la Universidad Naval, como parte del Sistema Educativo Naval. Fomentar la eduación naval en coordinación con todos los planeteles educativos navales, como parte del Sistema Educativo.

19 Es una atribución de la Armada de México: Participar en los órganos del Fuero de Guerra. Participar en los órganos del Consejo de Guerra. Participar en los órganos del Consejo de Disciplina. Participar en los órganos de Seguridad Nacional.

20 ¿De qué forma ejerce sus atribuciones la Armada de México cuando así lo ordene el Mando Supremo?. Por sí o conjuntamente con el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, o en coadyuvancia con las dependencias del Ejecutivo Federal. Por sí o conjuntamente con la Secretaría de la Defensa Naciona y Guardia Nacional, o en coadyuvancia con las dependencias del Ejecutivo Federal. Por sí o conjuntamente con el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, o en coadyuvancia con las dependencias de los Gobiernos Estatales. Por sí o conjuntamente con la Secretaría de la Defensa Nacional, o en coadyuvancia con las dependencias de los Gobiernos Estatales.

21 ¿Cómo está integrada la Armada de México?. Recursos humanos, materiales, financieros y animales. Recursos humanos, materiales y financieros. Por Cuerpos y Servicios. Por personal, equipo, logística y recursos económicos.

22 Conformados por el personal naval que presta sus servicios en la Armada de México, así como los asignados o comisionados en la Secretaría de Marina y en otras Dependencias, que están sujetos a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de orden naval y militar, las cuales serán aplicables en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Recursos humanos. Recursos materiales. Recursos financieros. Recursos animales.

23 Constituidos por las unidades de superficie, aeronavales, de infantería de marina y otras unidades operativas, así como los bienes muebles e inmuebles requeridos por la Armada de México. Recursos humanos. Recursos materiales. Recursos financieros. Recursos animales.

24 Aquellos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación a la Secretaría de Marina. Recursos humanos. Recursos materiales. Recursos financieros. Recursos animales.

25 Constituidos por elementos de distintas especies animales, adiestradas para realizar tareas específicas en apoyo al cumplimiento de la misión y atribuciones. Recursos humanos. Recursos materiales. Recursos financieros. Recursos animales.

26 Ejercido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Mando Supremo. Alto Mando. Mandos Superiores en Jefe. Comandante Supremo.

27 Mando que lo ejerce el Secretario de Marina. Mando Supremo. Alto Mando. Mandos Superiores en Jefe. Comandante Supremo.

28 Son los Mandos Superiores en Jefe, los que desempeñan los titulares de: Fuerzas Navales, Regiones Navales, y Cuartel General del Alto Mando. Unidades Operativas de la Armada de México. Zonas Navales, y otros que nombre el Alto Mando. Cuartel General del Alto Mando.

29 Son los Mandos Superiores, los que desempeñan los titulares de: Fuerzas Navales, Regiones Navales, y Cuartel General del Alto Mando. Unidades Operativas de la Armada de México. Zonas Navales, y otros que nombre el Alto Mando. Sectores Navales, Bases Aeronavales, Brigadas de Infantería de Marina, Brigadas Anfibias de Infantería de Marina, Unidades de Operaciones Especiales, entre otros.

30 Son los Mandos Subordinados, los que ostentan los titulares de: Fuerzas Navales, Regiones Navales, y Cuartel General del Alto Mando. Unidades Operativas de la Armada de México. Zonas Navales, y otros que nombre el Alto Mando. Sectores Navales, Bases Aeronavales, Brigadas de Infantería de Marina, Brigadas Anfibias de Infantería de Marina, Unidades de Operaciones Especiales, entre otros.

31 Son facultades del Mando Supremo: Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México en los términos del artículo 89, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Operar y administrar el poder naval de la Federación. Proponer, elaborar y conducir la política y estrategia naval. Participar en la formulación de la política y los planes de seguridad nacional.

32 Son facultades del Mando Supremo: Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe. Operar y administrar el poder naval de la Federación. Nombrar al Alto Mando, Mandos Superiores en Jefe y Mandos Subordinados. Participar en la formulación de la política y los planes de seguridad nacional.

33 Son facultades del Mando Supremo: Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México. Operar y administrar el poder naval de la Federación. Nombrar al Alto Mando, Mandos Superiores en Jefe y Mandos Subordinados. Participar en la formulación de la política y los planes de seguridad nacional.

34 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Proponer, elaborar y conducir la política y estrategia naval. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México.

35 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Operar y administrar el poder naval de la Federación. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México.

36 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Participar en la formulación de la política y los planes de seguridad nacional. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México.

37 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Establecer la creación, organización y despliegue marítimo, aéreo y territorial de las Regiones, Fuerzas, Zonas y Sectores Navales y las áreas de control naval de tráfico marítimo. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México, conforme al artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México en los términos del artículo 89, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe.

38 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Establecer las áreas de control naval de tráfico marítimo. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México, conforme al artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México en los términos del artículo 89, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe.

39 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Crear los establecimientos y unidades operativas necesarias para incrementar la eficiencia en la ejecución de las tareas de la Armada de México, con sujeción al presupuesto asignado. Permitir la salida del país de las unidades orgánicas operativas de la Armada de México, conforme al artículo 76, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponer de la totalidad de los recursos que constituyen a la Armada de México en los términos del artículo 89, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe.

40 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Proponer la designación de los Mandos Superiores en Jefe y designar al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, a los Mandos Superiores y Mandos Subordinados. Autorizar el ascenso de personal de marineros hasta tenientes de navío de los cuerpos y servicios. Nombrar a los Mandos Superiores en Jefe y Mandos Subordinados. Proponer la designación de los Mandos Superiores en Jefe y designar al Subsecretario de Marina, a los Mandos Superiores y Mandos Superiores.

41 El Alto Mando es responsable ante el Mando Supremo del desempeño de la facultad siguiente: Presidir el Consejo del Almirantazgo. Presidir el Consejo de Honor. Presidir el Consejo de Almirantes. Presidir la Junta de Almirantes.

42 En esta clasificación de Mandos se encuentran los designados con este carácter por el Mando Supremo o Alto Mando y quienes lo ejerzan serán de la milicia permanente. Titulares. Interinos. Accidentales. Incidentales.

43 En esta clasificación de Mandos se encuentran los designados con este carácter por el mando correspondiente, en tanto se nombra al titular y quienes lo ejerzan serán de la milicia permanente. Titulares. Interinos. Accidentales. Incidentales.

44 En esta clasificación de Mandos se encuentran los Mandos que se ejercen por ausencia temporal del titular o interino que le impida desempeñarlo, en caso de enfermedad, licencias, vacaciones, comisiones fuera de la plaza u otros motivos. Titulares. Interinos. Accidentales. Incidentales.

45 En esta clasificación de Mandos se encuentran los desempeñados en los casos imprevistos por ausencia momentánea del titular, interino o accidental, así como el que ejerce el Comandante más antiguo en reunión de fuerzas, unidades o personal naval, cuando no exista un Mando previamente designado. Titulares. Interinos. Accidentales. Incidentales.

46 En caso de ausencia temporal, el Alto Mando será suplido por: El Subsecretario y, en ausencia de éste, por el Oficial Mayor o por el Almirante que designe el Alto Mando. El Subsecretario y, en ausencia de éste, por el Jefe de Estado Mayor o por el Almirante que designe el Alto Mando. El Subsecretario y, en ausencia de éste, por el Inspector y Contralor o por el Almirante que designe el Alto Mando. El Subsecretario y, en ausencia de éste, por el Comandante del Cuartel General del Alto Mando o por el Almirante que designe el Alto Mando.

47 En caso de ausencia temporal, los Mandos Superiores en Jefe serán suplidos: En las Fuerzas Navales y Cuartel General del Alto Mando, por el Jefe del Estado Mayor, y en las Regiones Navales por el Comandante de Zona más antiguo de su jurisdicción. En las Fuerzas Navales y Cuartel General del Alto Mando, por el Comandante de Región de su jurisdicción, y en las Regiones Navales por el Comandante de Zona más antiguo de su jurisdicción. En las Fuerzas Navales y Cuartel General del Alto Mando, por el Comandante de Región de su jurisdicción, y en las Regiones Navales por el Jefe del Estado Mayor. En las Fuerzas Navales y Cuartel General del Alto Mando, por el Jefe del Estado Mayor, y en las Regiones Navales por el Almirante más antiguo de su jurisdicción.

48 En caso de ausencia temporal, los Mandos Superiores serán suplidos por: Su Jefe de Estado Mayor y en ausencia de éste por quien designe el Mando Superior en Jefe. Su Jefe de Estado Mayor y en ausencia de éste por su Inspector del Mando. Su Jefe de Estado Mayor y en ausencia de éste por el Mando Subordinado más antiguo de su jurisdicción. Su Jefe de Estado Mayor y en ausencia de éste por el militar de mayor grado de su jurisdicción.

49 En caso de ausencia temporal, los Mandos Subordinados serán suplidos por: Jefes de Grupo de Comando, Segundos Comandantes o sus equivalentes. Su Jefe de Estado Mayor y, en ausencia de éste, por su Jefe de Grupo de Comando. Su Jefe de Grupo de Comando y, en ausencia de éste, por su Segundo Comandante. Comandantes de unidades operativas y, en ausencia de éstos, el militar más antiguo del Mando.

50 Están integradas por el personal naval, unidades de superficie, aeronavales y de Infantería de Marina, organizados para el cumplimiento de la misión y atribuciones asignadas a la Armada de México conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. Fuerzas Navales. Zonas Navales. Regiones Navales. Sectores Navales.

51 Los comandantes de las Fuerzas Navales seran de la categoria de: Almirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando. Almirante y subordinados al JEMGA. Almirante y estarán subordinados directamente al Mando Supremo. Vicealmirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando.

52 Como unidades orgánicas operativas, se constituyen en forma temporal, con los medios necesarios para cumplir una misión específica; el Mando de éstas será designado por el Alto Mando, Mando Superior en Jefe o Mando Superior, en el ámbito de competencia, según corresponda. Fuerzas de Tarea. Fuerzas de Operación. Unidad de Tarea. Órdenes de Operaciones.

53 Son áreas geoestratégicas, determinadas por el Mando Supremo, que agrupan a Zonas y Sectores Navales, unidades operativas, establecimientos y personal naval. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

54 Tienen a su cargo la propuesta, preparación y conducción de las operaciones navales en su área jurisdiccional. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

55 Los comandantes de las Regiones Navales seran de la categoria de: Almirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando. Almirante y subordinados al JEMGA. Almirante y estarán subordinados directamente al Mando Supremo. Vicealmirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando.

56 Se integra con el personal naval, unidades operativas y establecimientos navales en el ámbito territorial que determine el Alto Mando. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

57 Tiene a su cargo la propuesta, preparación y conducción de las operaciones navales para el cumplimiento de la misión y atribuciones que tiene asignadas, proporcionando seguridad y apoyo logístico a las unidades y establecimientos en su ámbito territorial de competencia. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

58 El Comandante del Cuartel General del Alto Mando será de la categoria de: Almirante y estará subordinado directamente al Alto Mando. Almirante y subordinado al JEMGA. Almirante y estará subordinado directamente al Mando Supremo. Vicealmirante y estará subordinado directamente al Alto Mando.

59 Son las áreas geográfico-marítimas determinadas por el Mando Supremo, que agrupan a Sectores Navales, unidades operativas, y establecimientos que se determinen. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

60 Tienen a su cargo la propuesta, preparación, conducción y apoyo logístico de las operaciones navales en su área de responsabilidad. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Cuartel General del Alto Mando. Zonas Navales.

61 Los comandantes de las Zonas Navales serán de la categoria de: Almirantes y estará subordinados directamente al Alto Mando. Almirantes y subordinados al JEMGA. Almirantes y estará subordinados directamente al Mando Supremo. Almirantes y estarán directamente subordinados al Comandante de la Región Naval Correspondiente.

62 Son las subdivisiones geográfico-marítimas determinadas por el Alto Mando, que tienen bajo su mando unidades operativas y establecimientos que se determinen. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Sectores Navales. Zonas Navales.

63 Tienen a su cargo la propuesta, preparación y conducción de las operaciones navales dentro de su jurisdicción. Asimismo, brindan apoyo logístico a las unidades adscritas, incorporadas y destacadas bajo su mando. Regiones Navales. Fuerzas Navales. Sectores Navales. Zonas Navales.

64 Los comandantes de los Sectores Navales serán de la categoria de: Almirantes y estará subordinados directamente al Alto Mando. Almirantes y subordinados al JEMGA. Almirantes y estarán directamente subordinados al Mando de la Región o Zona Naval que corresponda. Almirantes y estarán directamente subordinados al Comandante de la Región Naval Correspondiente.

65 Son aquellas con capacidades marítimas, aéreas y terrestres, que contarán con el personal naval necesario de los Cuerpos y Servicios, mediante las cuales se materializan las atribuciones de la Armada de México. Unidades operativas. Estaciones Navales. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

66 Es una organización operativa compuesta por dos o más escuadrillas navales, las cuales tienen a su cargo la supervisión de las actividades de las unidades de superficie adscritas. Unidades operativas. Estaciones Navales. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

67 Están integradas por personal naval y unidades de superficie de acuerdo con los requerimientos operativos. Los Comandantes serán de la categoría de Almirante del Cuerpo General y estarán subordinados al Comandante de Fuerza, Región, Zona o Sector Naval que corresponda. Unidades operativas. Estaciones Navales. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

68 Es una organización operativa compuesta de dos a cuatro unidades de superficie del mismo tipo o clase que cumplen una misma misión. Unidades operativas. Estaciones Navales. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

69 Están integradas por personal naval y unidades de superficie de acuerdo con los requerimientos operativos. Los Comandantes serán de la categoría de Capitán y estarán subordinados al Comandante de Fuerza, Región, Zona o Sector Naval que corresponda. Unidades operativas. Estaciones Navales. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

70 Adscritas a los Mandos Navales, son los buques de los diferentes tipos y clases, destinados a realizar las operaciones marítimas, ribereñas o lacustres que se requieran para el cumplimiento de la misión y atribuciones de la Armada de México. Unidades de superficie. Unidades operativas. Flotilla Naval. Escuadrilla Naval.

71 Son las unidades operativas especializadas para llevar a cabo operaciones para salvaguardar la vida humana en el mar, así como vigilancia marítima de proximidad en puertos y costas. Estarán subordinados al Comandante de Fuerza, Región, Zona o Sector Naval que corresponda. Unidades de superficie. Unidades operativas. Estaciones Navales de Búsqueda, Rescate y Vigilancia Marítima. Unidades de Búsqueda y Rescate.

72 Son las responsables ante el Mando Naval correspondiente de la planeación, ejecución y supervisión de las operaciones aeronavales, así como del apoyo logístico de las aeronaves asignadas a las Fuerzas, Regiones, Cuartel General y Zonas Navales. Bases Aeronavales. Escuadrones Aeronavales. Unidades Operativas Aeronavales. Unidades operativas.

73 Podrán tener adscritos Centros de Mantenimiento Aeronaval y Escuadrones Aeronavales de acuerdo con los requerimientos operativos, como lo determine el Alto Mando. Los Comandantes serán de la Categoría de Almirante y están subordinados al Mando Naval correspondiente. Bases Aeronavales. Escuadrones Aeronavales. Unidades Operativas Aeronavales. Unidades operativas.

74 Son unidades operativas responsables de la supervisión de las operaciones así como del control del mantenimiento de las Unidades Aeronavales adscritas y de la capacitación de sus tripulaciones. Los Comandantes serán de la categoría de Capitán. Bases Aeronavales. Escuadrones Aeronavales. Unidades Operativas Aeronavales. Unidades operativas.

75 Son las aeronaves de los diferentes tipos, destinadas a realizar las operaciones aeronavales que se requieran para el cumplimiento de la misión y atribuciones de la Armada de México, y se clasificarán de acuerdo con las características principales y el propósito que éstas tengan. Bases Aeronavales. Escuadrones Aeronavales. Unidades Operativas Aeronavales. Unidades operativas.

76 Son unidades del tipo brigada independiente constituida por cinco o más Batallones, reforzada por un Batallón de Artillería de Campaña, un Batallón de Asalto Anfibio, un Agrupamiento de Servicios y apoyos necesarios. Estarán adscritas a las Fuerzas Navales y su Comandante será de la categoría de Almirante. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina. Brigadas de Infantería de Marina. Batallones de Infantería de Marina. Compañías de Infantería de Marina.

77 Son unidades del tipo regimental, están constituidas por dos o más Batallones de Infantería de Marina y un Agrupamiento de Servicios. Estarán adscritas a las Regiones Navales y al Cuartel General del Alto Mando y su Comandante será de la categoría de Almirante. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina. Brigadas de Infantería de Marina. Batallones de Infantería de Marina. Compañías de Infantería de Marina.

78 Son las unidades tácticas básicas con que deben contar los Mandos de Región, Zona o Sector Naval, para el cumplimiento de la misión y atribuciones de la Armada de México. Dependerán operativamente del Mando Superior en Jefe o Mando Superior al que estén adscritos. Los Comandantes serán de la categoría de Almirante. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina. Brigadas de Infantería de Marina. Batallones de Infantería de Marina. Compañías de Infantería de Marina.

79 Son las unidades básicas de maniobra de un Batallón de Infantería de Marina, podrán ser independientes cuando dependan del Mando Naval al que estén adscritas. Su Comandante será de la categoría de Capitán. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina. Brigadas de Infantería de Marina. Secciones de Infantería de Marina. Compañías de Infantería de Marina.

80 Es una unidad tipo brigada independiente constituida por un agrupamiento de fuerzas especiales, dos batallones de comandos, un batallón de paracaidistas, un agrupamiento de servicios y apoyos necesarios. Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México. Unidad de Policía Naval. Unidad Naval de Protección Portuaria. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina.

81 Esta unidad es la responsable del desarrollo de planes estratégicos para la defensa exterior y para coadyuvar con la seguridad interior del país. Su Comandante será de la categoría de Almirante y estarán subordinados directamente al Alto Mando. Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México. Unidad de Policía Naval. Unidad Naval de Protección Portuaria. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina.

82 Es la unidad operativa especializada para efectuar operaciones de apoyo a las Instituciones de seguridad pública dentro del marco jurídico aplicable. Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México. Unidad de Policía Naval. Unidad Naval de Protección Portuaria. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina.

83 Estará bajo su cargo la brigada de Policía Naval y asumirá el control administrativo del personal naval comisionado en la Guardia Nacional. El Jefe de la Unidad, será de la categoría de Almirante y dependerá orgánicamente del Alto Mando. Unidad de Operaciones Especiales de la Armada de México. Unidad de Policía Naval. Unidad Naval de Protección Portuaria. Brigadas Anfibias de Infantería de Marina.

84 Son las unidades operativas especializadas para llevar a cabo operaciones de protección portuaria, por sí o en apoyo a las autoridades competentes, de acuerdo con los ordenamientos jurídicos vigentes. Estarán subordinadas al Comandante de Fuerza, Región, Zona o Sector Naval que corresponda. Unidades de Operaciones Especiales de la Armada de México. Unidades de Policía Naval. Unidades Navales de Protección Portuaria. Unidades Navales de Protección Aeroportuaria.

85 Tienen por objeto adiestrar, capacitar, formar y proporcionar estudios a nivel técnico, técnico- profesional, superior y posgrado al personal de la Armada de México y, en su caso, de los becarios en los términos del Plan General de Educación Naval. Establecimientos educativos navales. El Sistema Educativo Naval. Universidad Naval y Centro de Estudios Superiores Navales. Planeadores del desarrollo profesional del personal naval.

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