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Test familia y sucesiones 4

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Título del Test:
Test familia y sucesiones 4

Descripción:
test familia

Fecha de Creación: 2023/10/26

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 30

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Si cada progenitor obtiene custodia de un hijo menor de edad en el proceso de divorcio ¿a quién se atribuye el uso de la vivienda familiar?. a. El Juez decide. b. El que obtenga la custodia del hijo de menos edad. c. Ninguno de los dos. d. La mujer, por principio de discriminación positiva o perspectiva de género.

Isabel hereda como legitimaria en concepto de viuda de su difunto esposo, siendo la única legitimaria en el testamento, al no haber descendientes ni ascendentes del causante. ¿Su legítima la percibe como derecho usufructuario o en propiedad?. Pese a ser la única legitimaria, su derecho es meramente usufructuario. La viuda carece de derechos legitimarios cuando no existen descendientes ni ascendentes. En este caso, al no haber otros legitimarios, la legítima la percibe en propiedades, no en mero usufructo. d. Si concurre con hijos del segundo matrimonio es un derecho de propiedad.

Manuel redacta su testamento ológrafo de modo manuscrito totalmente, pero no pone la fecha, y lo firma otra persona a su ruego, sin que lo firme el testador. ¿Es válido?. a. Si le hubiera puesto la fecha si, pues la firma del testador no es esencial. b. Si lo hubiera firmado él sí, pues la fecha no es esencial. c. La respuesta correcta es otra. d. Es inválido tanto por la falta de fecha como por la falta de firma del testador.

¿Es posible renunciar a la patria potestad o ser privado de ella por incumplimiento grave de deberes. a. Es Posible renunciar, pero no ser privado de la patria potestad. b. Es posible tanto renunciar a la patria potestad como ser privado de ella. Es posible ser privado de la patria potestad por incumplimiento de deberes, pero no renunciar a ella. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Si el testador menciona a un hijo en su testamento, pero no le deja legítima alguna, ¿Existe preterición de ese legitimario?. No, pues la preterición de legitimario sólo existe cuando no es mencionado en el testamento. b. Si, pues hay preterición cuando no se le deja al menos parte de su legítima. La pregunta es imposible, pues la preterición es un concepto que sólo puede darse cuando se omite en el testamento al cónyuge viudo, no a sus hijos. Si pues para que no haya preterición debe dejarle herencia suficiente para cubrir toda su legítima.

Un cónyuge firmó el convenio regulador de su divorcio, pero se niega a ratificarlo en el juzgado. ¿Puede pese a todo el juez aprobar el convenio?. a. Sí. El juez puede aprobarlo parcialmente y pedir a los cónyuges que le sometan otro texto sobre la parte que rechaza el juez. Si, siempre que lo haya ratificado el otro cónyuge y recaiga informe a favor del Ministerio Fiscal. No.

¿Puede el Juez obligar a cumplir la promesa de matrimonio si se incumple injustísimamente. No, ni si quiera admitirá a trámite la demanda en que se reclame el cumplimiento de la promesa. b. Si, y puede obligar a que se contraiga matrimonio de cualquier forma. c. Si, pero siempre que la forma del matrimonio sea la canónica. d. Si, pero solo si el matrimonio se contrae de forma civil.

¿Cuál es el número de herederos necesario en una herencia para que se dé el derecho de acrecer?. Uno, pues existiendo un único heredero adquiere ya toda la herencia por derecho de acrecimiento. Dos. Tres, pues con menos de ese número no existe derecho de acrecer, y se declara heredero al Estado. Cuatro número mínimo para que exista derecho de acrecer, en otro caso, se declara heredero al Estado.

Si en algún asunto existiera conflicto de intereses entre uno de los progenitores y el hijo menor no emancipado. El juez decidirá si se debe nombrar a un tutor o un curador que represente al menor. b. Se nombrará un curador que le represente. c. Se nombrará a un defensor judicial que le represente. d. Corresponde al otro progenitor por ley representar al menor.

De las siguientes personas, diga quien o quienes pueden iniciar un proceso de divorcio. a. Sólo los cónyuges de mutuo acuerdo. b. Los cónyuges o el Ministerio Fiscal. c. Los cónyuges individualmente o bien ambos de mutuo acuerdo. d. Los cónyuges, el Ministerio Fiscal o el Juez de Familia de oficio.

¿Es posible modificar un número ilimitado de veces el régimen económico matrimonial, tanto antes como después de contraer matrimonio. a. No, existe una limitación máxima de una vez cada tres años. Si. c. Sólo se puede modificar el régimen antes de contraer matrimonio. Si, pero con la limitación de que no puede pactarse una segunda sociedad de gananciales.

Un hijo nace a los 302 días después del divorcio de la madre. ¿El ex marido puede reconocer a ese hijo como suyo?. No hace falta, se presume que es hijo matrimonial al haber sido concebido antes del divorcio. Si, y es el único modo de que se le atribuya la filiación, a excepción de la acción judicial, al no existir ya la presunción de paternidad marital. Ese hijo no puede ser reconocido ni existe presunción de paternidad marital, por lo que solo cabe la acción judicial de reclamación de paternidad. d. Todas las respuestas anteriores son válidas.

En la lectura de un matrimonio civil, ¿Es obligatoria la lectura de las normas del Código Civil?. a. Sí, mínimo de diez artículos. b. Sí, pero solamente los artículos 66 a 68. c. No es necesario. d. Del código civil no, pero su de la constitución.

Si un padre decide introducir una sustitución en su legítima para favorecer a un hijo discapacitado, ese hijo será el. a. Un albacea testamentario. b. Fiduciario. c. Fideicomisario. d. El testador es libre de nombrarle fiduciario o fideicomisario.

En estado de casado bajo régimen de separación de bienes. Manuel recibe en herencia de su difunta abuela 100.000 euros. ¿Es un bien privativo?. a. No, es un bien ganancial al haberse adquirido en estado de casado. b. Si, es un bien privativo. c. Es un bien en proindiviso entre la esposa y el esposo. d. Es un proindiviso entre el esposo, la esposa, y el patrimonio ganancial.

20. ¿Cuál es la función principal de la familia en la actualidad, para el Derecho Civil?. a. Económica. b. Política. c. Social y educativa. d. Biológica.

Conforme a la Ley de Reproducción asistida. ¿Es posible que dos hombres casados entre si, de sexo varón, se inscriban como padres de un hijo biológico de uno de ellos? ¿Y dos mujeres casadas entre sí?. a. Solo es posible en caso de matrimonio de mujeres. b. En el caso de dos hombres si, en el caso de dos mujeres no. c. Si, es posible tanto en un caso como en otro. Es posible en el caso de dos mujeres, y cabría en el caso de matrimonio de dos hombres sólo si fueran extranjeros.

22. ¿Cuál es la edad mínima para adoptar hijos?. a. Treinta años. b. Basta ser un menor emancipado. c. Veinticinco años. d. Dieciocho años, la mayoría de edad.

Un acto de disposición gratuita de bienes gananciales realizado por un cónyuge sin consentimiento del otro, ni autorización judicial, ¿es nulo, anulable, válido?. a. Es radicalmente nulo. b. Es meramente anulable. c. Es válido pues se ha de presumir que se realiza en interés del matrimonio. d. Es válido, pero siempre que conste en escritura pública.

El forense certifica que dos personas murieron en accidente de tráfico al mismo tiempo. Eran padre e hijo, y al no haber testamento, eran sucesores intestados el uno del otro. ¿Puede alguno de ellos suceder al otro conforme a las normas del Código Civil?. Si, el hijo sucede al padre pues al ser de menos edad se presume que sobrevivió al padre. b. Serán sucesores recíprocos tanto el padre como el hijo. c. No hay una respuesta legal directa, se recabará informe Hacienda previamente. No, al no sobrevivir ninguno de ellos al causante, carecen de capacidad para suceder.

En la legislación actual existen causas de divorcio y de nulidad matrimonial, pero no de separación conyugal. ¿Esta afirmación es correcta?. a. No, existen causas de divorcio, pero no de separación ni de nulidad. b. No, existen causas de separación, divorcio y nulidad. c. No, existen causas de nulidad, pero no de separación ni de divorcio. d. Si.

. ¿La prestación compensatoria fijada en el proceso de divorcio puede ser una pensión de un solo año de duración?. a. No, la prestación ha de ser siempre indefinida. b. No, el mínimo legal son tres años. c. No, el mínimo legal son dos años. d. Si.

En la obligación prevista en el Código Civil de prestar alimentos entre parientes, puede afirmar que: Si hubiera 2 o más personas obligadas a prestarlos conforme al orden de prelación previsto en el Código Civil solo una de ellas deberá prestarlos en atención a la que se encuentre en mejor situación económica. b) No existe obligación de prestar alimentos a los ascendientes, solo a los descendientes. El alimentista podrá siempre elegir entre que se le entregue una pensión o irse a vivir con la persona obligada. Los alimentos se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista y la fortuna del obligado.

Sobre la obligación de alimentos entre parientes, indique cuál de las siguientes afirmaciones es INCORRECTA: a) No es denunciable, ni transmisible a un tercero el derecho a los alimentos. a cuantía de los alimentos será proporcional al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien lo recibe. La obligación de dar alimentos será exigible desde que los necesitará para subsistir la persona que tenga derecho a percibirlos y se abonará desde ese momento. d) La obligación de dar alimentos cesa con la muerte del obligado.

Respecto a la forma de cumplimiento de la obligación de alimentos, el Código Civil permite que el obligado pueda, a su elección, satisfacerlos pagando la pensión que se fije o recibiendo y manteniendo en su propia casa al alimentista, pero tal elección no será posible: a) Si los alimentos se han establecido mediante pacto. Si contradice la situación de convivencia del alimentista, si concurre justa causa o perjudica el interés del alimenticia menor de edad. c) Solo cuando el fiscal se opone y el alimenticia es un ascendiente. d) Únicamente si concurre justa causa apreciada por el juez.

4. Respecto a los deberes de los cónyuges, se puede afirmar que: a) Deben actuar en interés de la familia si tienen hijos. tienen atribuida la representación legal mutuamente desde el momento de la celebración del matrimonio. Se presume, salvo prueba en contrario, que viven juntos. Deben compartir las responsabilidades domésticas siempre que así lo pacten en capitulaciones matrimoniales.

. Según lo dispuesto en el artículo 43 del Código Civil, el incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio producirá: La obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido. Exclusivamente, la obligación de resarcir a la otra parte de la mitad de los gastos efectuados. c) Solo la obligación de reparar los daños morales ocasionados. d) En todo caso, la obligación de contraer matrimonio.

6. Respecto a los impedimentos para contraer matrimonio, el Código Civil establece que el juez podrá dispensar, con justa causa y a instancia de parte: a) El impedimento de edad a partir de 14 años. b) Solo el impedimento de parentesco de grado de tercero entre colaterales. Únicamente los impedimentos de edad y de parentesco de grado segundo entre colaterales. Los impedimentos de muerte dolosa del cónyuge o conviviente y de parentesco de grado tercero entre colaterales.

La separación matrimonial de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el secretario judicial o de escritura pública ante notario: Solo cabe a petición de ambos cónyuges, una vez transcurridos al menos 6 meses desde la celebración del matrimonio. Puede elegirse si ambos cónyuges manifiestan su conformidad en el plazo de 7 días a contar desde la presentación del convenio regulador. No será de aplicación si el matrimonio tiene hijos menores emancipados. No será de aplicación cuando existan hijos menores no emancipados con la capacidad modificada judicialmente que dependen de sus progenitores.

. La compensación por desequilibrio económico que regula el artículo 97 del Código Civil procede: Siempre en los procesos de nulidad, separación o divorcio. Solo en los procesos de separación y divorcio. Únicamente en los procesos de divorcio de nulidad cuando uno de los cónyuges haya actuado de buena fe. Solo en el proceso de nulidad matrimonial.

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