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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEFILOSOFÍA jc3

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Título del test:
FILOSOFÍA jc3

Descripción:
personal

Autor:
JC CDÑO
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
13/09/2019

Categoría:
Universidad

Número preguntas: 50
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Temario:
Miguel Reale afirma que el derecho se base en: Hecho, valor y norma Solamente hechos Las normas y sus valores morales, no importan los hechos.
Olivecrona afirma que el poder soberano de un Estado nace con reglas jurídicas. Desde esta visión: El Estado es creador de derecho El Estado no es creador de derecho El derecho no se relaciona en ningún momento con el Estado.
Las tres investigaciones de la filosofía del derecho son: Ilógica, fenomenológica y deontológica Fenomenológica, odontológica y lógica Fenomenológica, deontológica y lógica .
Para el siguiente autor, la ley natural es expresión de la voluntad divina dada a conocer al hombre, no solo por la revelación, sino además por la razón humana. Este autor también considera que la ley natural es inmutable, esto es, permanece sin cambio en lo que refiere a sus primeros principios, siendo válida para todos los hombres: kant aristoles Tomas de aquino Grocio.
Sócrates considera de que existe un mundo de valores objetivos que tiene una realidad efectiva, superior a toda determinación humana. Además, sostuvo que el estado es una realidad natural, no humana, ni arbitraria, que encarna en sus leyes, el ideal objetivo de justicia. En este sentido, Sócrates es: iusnaturalista iuspositivista metodológico iuspositivismo ideológico realista.
Identifique el enunciado correcto: el positivismo nace luego de la segunda guerra mundial, una vez que se constituye el Estado moderno gracias a la creación de sociedades democráticas el positivismo nace con las revoluciones burguesas en el siglo XVII que recogieron las demandas propias del iusnaturalismo racionalista el positivismo nace a fines del siglo XVIII gracias a la consolidación de los estados modernos y a la primacía de la legislación el positivismo es un fenómeno jurídico contemporáneo que da primacía a la constitución y a la argumentación jurídica.
La filosofía del derecho alemán Gustavo Radbruch, define a la filosofía del derecho como: es la disciplina que define el derecho en su universalidad lógica, investiga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, y lo valora según el ideal de la justicia trazada por la pura razón aquellas doctrinas generales que se pueden proclamar dentro del campo jurídico con un alcance absoluto la consideración valorativa del derecho parte de la filosofía de la razón práctica que estudia el ámbito ontológico, deontológico y epistemológico.
La filosofía del derecho italiano Giorgio del Vicchio, define a la filosofía del derecho como: es la disciplina que define el derecho en su universalidad lógica, investiga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, y lo valora según el ideal de la justicia trazada por la pura razón aquellas doctrinas generales que se pueden proclamar dentro del campo jurídico con un alcance absoluto reducir la unidad dentro de nuestro espíritu parte de la filosofía de la razón práctica que estudia el ámbito ontológico, deontológico y epistemológico.
Relacione las siguientes concepciones del derecho, con las siguientes teorías filosóficas: 1. Iuspositivismo 2. Iusnaturalismo A. Sócrates considera que existe un mundo de valores objetivos que tiene una realidad efectiva, superior a toda determinación humana. Además, sostuvo que el Estado es una realidad natural, no humana, ni arbitraria, que encarna en sus leyes, el ideal objetivo de justicia. B. La ley natural es expresión de la voluntad divina dada a conocer al hombre, no solo por la revelación, sino además por la razón humana. Esta autor también considera que la ley natural es inmutable, esto es, permanece sin cambio en lo que refiere a sus primeros principios, siendo válida para todos los hombres. C. Puede darse un Derecho positivo que esté en conflicto con alguno de estos principios (de la Ley Natural). Y no se puede averiguar cuál de ellos es el que merece ser más reconocido. Todos ellos representan juicios de valor subjetivos de estos autores acerca de lo que ellos consideran justo o natural. Si se parte de la idea de que un Derecho positivo es válido sólo si se adecúa a la Justicia o al Derecho natural e injusto en el caso contrario, se tendría que considerar que ningún Derecho positivo es válido. D. Una norma es jurídica, no por su grado de justicia, sino por su validez. En este sentido, a diferencia de las concepciones de justicia, las normas creadas dentro del sistema jurídica serían objetivas, puesto que una norma es válida si ha sido creada en base a los procedimientos previstos para su creación, que pueden llevar hasta la norma superior. a) 1A, 1B, 2C, 2D b) 1B, 1C, 2,D, 2A c) 1A, 1C, 2B, 2D d) 1B, 1C, 2A, 2D.
Identifique la fuente del derecho que tiene primacía según el positivismo metodológico: los principios de justicia la legislación la Constitución de principios la jurisprudencia.
Marque el enunciado correcto: La teoría positivista del derecho sostiene básicamente que el único objeto de la ciencia del derecho es el derecho dictado por los hombres. Al mismo tiempo, reconoce la imposibilidad de determinar racionalmente que es lo que establece el derecho positivo La teoría positivista del derecho sostiene que el objeto de la ciencia del derecho es la práctica argumentativa del derecho. Desde esta perspectiva, el positivismo es una teoría que orienta la argumentación jurídica La teoría positivista del derecho sostiene básicamente que el único objeto de la ciencia del derecho es el derecho dictado por los hombres y que, además, la teoría posee los métodos adecuados para determinar qué es lo que establece el derecho La teoría positivista del derecho sostiene que el objeto de la ciencia del derecho es la práctica argumentativa del derecho. Al mismo tiempo, reconoce la imposibilidad de determinar racionalmente que es lo que establece el derecho positivo.
Identifique el razonamiento que se basa en una subsunción lógica: Todos los hombres son mortales. Sócrates es un burro. Por tanto, Sócrates es mortal. Quien comete un delito de asesinato, debe ser condenado a 25 años de privación de la libertad. Plutarco cometió un delito de asesinato. Por tanto, Plutarco debe ser condenado a 25 años de prisión. La Constitución garantiza el derecho a la resistencia que asiste a la población cuando se violan sus derechos humanos. Al mismo tiempo, la Constitución garantiza varios derechos que pueden entrar en conflicto con el derecho a la resistencia. Por ejemplo, si la resistencia se ejerce cerrando vías, muchas personas no podrían movilizarse libremente y sus diversas actividades se verían afectadas. En estos casos, el legislador debería ponderar y establecer una media idónea: por ejemplo, permitir todo tipo de protesta (marchas autorizadas, plantones, etc.) y restringir solo aquéllas que paralicen servicios públicos. Quien robare, será sancionado con una pena de un año. X ha robado; por tanto, corresponde aplicar la pena de muerte.
El positivismo jurídico clásico afirma que una norma es jurídica porque puede atribuirse a la regla de reconocimiento del derecho positivo y no porque derive de una moral correcta. Desde esta perspectiva un positivista afirmaría que: El régimen del apharteid que mantuvo la separación racial en Sudáfrica fue derecho. El régimen de Corea del Norte que castiga con pena de muerte toda oposición al poder político establecido no es derecho. El régimen nazi en Alemania que cometió un genocidio sin proporciones contra el pueblo jurídico no es derecho. El sistema esclavista en Ecuador, aprobado por las leyes del siglo XVIII, no era derecho.
El título preliminar del Código Civil (arts. 18 y ss.), recoge los métodos desarrollados por: el positivismo ideológico el paradigma constitucionalista el positivismo metodológico el iusnaturalismo.
La ley natural ha sido entendida como “un dictado de la razón para el bien común, hecho y promulgado por quien tiene a cargo el cuidado de la comunidad”. Esta definición de ley natural es atribuible al: iusnaturalismo racionalista iusnaturalismo clásico (antiguo y medieval) el iusnaturalismo constitucionalista positivismo conceptual.
Identifique la tesis del iusnaturalismo racionalista: el derecho natural consiste en la participación de la criatura humana en la creación divina y en la facultad de los soberanos para identificar las leyes naturales el derecho natural puede identificarse a partir de los mandatos dados por Dios, y la interpretación de dichos mandatos, le corresponde a la Santa Iglesia Católica, entidad creada por Jesucristo para la interpretación de la voluntad divina existen leyes naturales –necesarias y universales- que regulan la conducta humana; y el Derecho natural –la ciencia del Derecho natural- debe descubrir estas leyes apelando a la propia naturaleza del hombre Los derechos naturales son meros sueños o entelequias, si no son parte del derecho positivo.
El derecho natural moderno nació a partir de: el consenso en torno a los derechos humanos después de la Segunda Guerra Mundial, y el “orden objetivo de valores” que estos representan. el segundo Concilio de Trento y la renovación de la teología de la Iglesia. el consenso en torno a la justicia social, y a la necesidad de construir una sociedad socialista. La caída del muro de Berlín.
Son variantes del derecho natural moderno: el derecho natural procedimental, el paradigma constitucionalista, el derecho natural neo-tomista de Jhon Finnis y las normas perentorias del derecho internacional de los derechos humanos. el derecho natural procedimental, el paradigma constitucionalista, el derecho natural neo-tomista de Jhon Finnis y el derecho internacional público. el derecho natural procedimental, el paradigma constitucionalista, el derecho natural neo-tomista de Jhon Finnis, el derecho natural racionalista y el garantismo jurídico. el positivismo conceptual, el positivismo metodológico y el positivismo como ideología.
El Tribunal Federal Alemán ha señalado que ningún juez aceptaría que las normas racistas de la Alemania nazi eran derecho. Ello en relación con un caso en el que el Tribunal señaló que la privación de ciudadanía de un abogado judío en la Alemania Nazi nunca fue válida. Ello a partir de la idea de que un régimen extremadamente injusto no puede ser aceptado como derecho por quienes deben aplicarlo. Esta tesis corresponde al: positivismo excluyente positivismo metodológico iusnaturalismo contemporáneo positivismo conceptual.
El paradigma constitucionalista suele oponerse al: pospositivismo positivismo incluyente positivismo legalista iusnaturalismo contemporáneo.
Varias cortes internacionales de Derechos Humanos han afirmado en sus sentencias que existen normas perentorias en el derecho internacional. Es decir, normas que derivan el consenso moral de la humanidad que no pueden ser desconocidas por las declaraciones de soberanía de los Estados. Esta tesis es propia del: iusnaturalismo antiguo positivismo ideológico iusnaturalismo contemporáneo positivismo metodológico.
La Constitución de la República de Ecuador, señala en su artículo 1 que “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia”. Las implicaciones de este artículo en la práctica del derecho pueden ser mejor entendidas a partir del: positivismo ideológico positivismo metodológico positivismo incluyente iusnaturalismo tomista.
El Derecho no está constituido únicamente por reglas, sino también –y de manera destacada– por principios; estos últimos (o, al menos, algunos de ellos) no pertenecen al Derecho por razones de pedigrí (porque puedan hacerse derivar de una regla de reconocimiento al estilo hartiano), sino por razones morales, con lo que no cabe sostener la tesis de que exista una nítida distinción entre el Derecho y la moral. Esta tesis es atribuible a: Kelsen Hart Dworkin Austin.
Una norma es jurídica, no por su grado de justicia, sino por su validez. En este sentido, a diferencia de las concepciones de justicia, las normas creadas dentro del sistema jurídico serían objetivas, puesto que una norma es válida si ha sido creada en base a los procedimientos previstos para su creación, que pueden llevar hasta la norma superior. En este último nivel, los juristas deben presuponer, en aras de la eficacia de un sistema jurídico, que por sobre la norma superior (la Grundnorm), no existe una norma puesta por otra autoridad. Esto es una mera suposición que no implica compromiso moral con la norma superior, sino una opción para quienes desean hacer efectivo un sistema jurídico. Esta tesis es defendida por: Alexy Hart Kelsen Dworkin.
El principal argumento del iusnaturalismo es: la conexión necesaria entre derecho y moral la separación entre derecho moral el concepto de derecho fuera de la esfera de la moral la conexión necesaria entre derecho y poder.
Alexy afirma que: existe una conexión conceptualmente necesaria entre derecho y moral no existe una conexión entre derecho y moral el concepto de derecho trasciende de valores morales la validez del derecho es independiente de los criterios morales.
Alexy propone el siguiente método de interpretación que debe usar el juez cuando existe conflicto de principios: Subsunción Ponderación Sistemático Gramatical.
La tesis clásica del iuspositivismo sostiene el siguiente argumento: Se puede calificar una realidad como jurídica sin recurrir a criterios de justicia Una realidad jurídica se determina en base a criterios de justicia Los criterios de justicia determinan el concepto de derecho En los casos extremadamente injustos, no se puede hablar de derecho.
Para Platón, la justicia es: a. Una virtud por excelencia b. La que consta en una norma c. La que emite el Estado .
Rousseau considera que el derecho natural se debe garantizar poniendo su custodia y aplicación en manos del pueblo. Desde esta afirmación, seleccione el medio sugerido por el autor para que el pueblo se exprese: a. El contrato social b. El respeto al criterio del más sabio del pueblo c. El respeto al criterio de los ancianos.
El jurista francés Francisco Geny sostenía que el derecho positivo era insuficiente como fuente formal del derecho, ya que la ley escrita no puede solucionar todos los problemas jurídicos, siendo necesario recurrir a la naturaleza de las cosas para interpretar el derecho. Esta posición doctrinal significa: a. Un apego estricto a la norma escrita b. Una posición cercana a la del derecho libre c. Un rechazo absoluto de lo legal.
La filosofía del derecho cumple una triple función: política, científica y jurídica. Significa esto que este enfoque del derecho es: a. Positivo y puro b. Amplio y analiza elementos relacionados con la sociedad y lo jurídico c. Esencialmente formalista y apegado a las leyes.
La filosofía se origina: a. Mesopotamia b. Las Indias Occidentales c. Grecia.
En el drama de Antígona es posible identificar una protesta de Antígona contra Creonte por negarle a dar sepultura a su hermano Polineces. Antígona afirma que dar sepultura a los muertos es una ley divina. Desde esa perspectiva, Antígona defiende un postulado del: a. Derecho natural b. Derecho positivo c. Derecho canónico.
De los siguientes ejemplos, escoja aquel que se identifique con el respeto al derecho positivo: a. Sócrates fue condenado a beber la cicuta. Él aceptó beberla pese a que era una sentencia injusta b. Antígona se revela contra Creonte por impedirle dar sepultura a su hermano. Ella argumenta que no se puede vulnerar una ley divina c. Sócrates no bebió la cicuta porque lo consideró injusto.
La frase “Toda ley viene de Dios, las leyes humanas no pueden contradecir las leyes eternas” refleja el pensamiento de: a. Santo Tomás de Aquino b. Guillermo de Oackman c. San Agustín .
La concepción clásica del derecho natural afirma: a. Que el derecho natural y el derecho positivo son dos elementos diferentes del ordenamiento jurídico b. Que el derecho y la moral deben estar separados c. Que el derecho natural y el derecho positivo deben estar relacionados dentro de un sistema jurídico, el cual no puede subsistir sin el otro.
A continuación ponemos tres filósofos del derecho de la escuela clásica del derecho natural para que los relacione con sus teorías: • Filósofos 1. Hugo Grocio 2. Tomás Hobbes 3. Benito Spinoza 4. Samuel Pufendorf • Teorías A. Para este autor del Derecho Natural ayuda a que el hombre se preserve a sí mismo y ayude a preservar la sociedad B. Este filósofo utiliza la teoría contractualista para justificar la idea del poder absoluto parte de un consentimiento del pueblo (por apetito, por esperanza o por la razón) para garantizar su seguridad, evitar el temor de la muerte y garantizar su felicidad C. Para este filósofo el derecho natural pone límites al poder del Estado que resulta del poder de todo el pueblo, además el gobernante deberá comprender los intereses de la sociedad D. Este filósofo reconoce la existencia de un derecho natural basado en la naturaleza humana e inmutable, compuesto de varios preceptos cuya protección se debe a la voluntad del gobernante a. (2-A) (4-C) (3-D) (1-B) b. (2-D) (1-C) (3-A) (4-B) c. (3-C) (1-D) (4-A) (2-B).
Para este filósofo del derecho, solo podemos ver (o constatar a través de nuestros sentidos) en la realidad los fenómenos, pero no los neumenos (la verdad de las cosas): a. Rousseau b. Kant c. Hegel .
La Filosofía del Derecho cumple la siguiente función: a. Impulsa el progreso de la ciencia del derecho a través de las teorías b. Se encarga de que las normas se cumplan c. Estudia la eficacia de las normas.
El pensamiento en torno a la justicia de Sócrates es el siguiente: a. La justicia se encuentra en un mundo ideal b. Las leyes deben estar acorde con la moral racional c. La justicia solo es conocida por los santos.
La misión de la Filosofía del Derecho es, en primer lugar: a. Desenvolver el concepto del derecho y ver cómo aparece en la vida humana b. Enseñar en qué consiste la justicia c. Reducir la unidad dentro de nuestro espíritu.
La misión de la Filosofía del Derecho es, en segundo lugar: a. Desenvolver el concepto del derecho y ver cómo aparece en la vida humana b. Enseñar en qué consiste la justicia c. Reducir la unidad dentro de nuestro espíritu.
La teoría de formalismo jurídico se caracteriza fundamentalmente por su conciencia con la conceptción legalista de la justicia. De acuerdo con la anterior afirmación, es valido afirmar que la justicia es la: a. expresion de concenso b. equidad como principio general del derecho c. conducta conforme con el contenido de la Norma jurídica d. decisión del juez creador del derecho.
La filosofía del derecho estudia la teoría general del derecho. Señale cual de las siguientes teorías es una teoría general que estudia la filosofía del derecho a. la teoría de imputacion objetiva b. la teoría analitica del derecho c. teorias de la responsabilidad civil.
La filosofía del derecho estudia la teoría general del derecho. Señale cual de las siguientes teorías es una teoría general que estudia la filosofía del derecho: a. el derecho natural b. teoría de los contratos c. teoría ética y moral.
Para estos teóricos del derecho, a éste, no se lo debe estudiar a través de normas sino a través de los casos que todos los días resuelven los jueces: a. Positivismo jurídico b. Realismo jurídico c. Iusnaturalismo.
Para estos iusteóricos, al derecho, no se lo debe estudiar a través de normas sino a través de los casos que todos los días resuelven los jueces: a. positivismo jurídico b. realismo jurídico c. iusnaturalismo.
Lea las siguientes posturas teóricas y argumentos para que luego las relacione y emita su respuesta: En una sentencia los jueces pueden tomar cualquiera de las siguientes posturas teóricas: 1. formalismo jurídico 2. derecho positivo 3. fines, propósito 4. sentido común argumentos que complementan las posturas anteriores: A. el derecho de ser interpretado siguiendo los principios básicos B. la norma debe ser interpretada de forma subjetiva dejando a la mejor decisión del juez y permitiendo su discrecionalidad C. el derecho es completo, determinado y objetivo, soluciona todos los casos D. el derecho son normas de deber que deben ser cumplidas porque son coercitivas. Señale cual es la respuesta correcta a. (2-A) (1-C) (3-B) (4-D) b. (4-D) (1-A) (2-B) (3-C) C. (2-D) (4-B) (1-C) (3-A).
Dos profesores de derecho discrepan, el primero afirma que para conseguir la justicia es necesario rendir culto a la ley, pues esta es lógica, correcta y precisa la razón por la cual solo debe ser interpretada literalmente. El otro profesor considera que la seguridad jurídica se logra en los fallos de los jueces, porque la verdadera ciencia del derecho consiste en determinar la sentencia futura, saber vaticinar lo que será la futura jurisprudencia. Los citados profesores pertenecen a la escuela jurídica de la: a. Dogmática y del derecho libre b. jurisprudencia de intereses y la marxista c. exegética y del realismo jurídico d. histórica y la del positivismo jurídico.
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