final de concursal
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![]() final de concursal Descripción: final de concursal |



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El proceso de verificación: La verificación de crédito tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y l a graduación de ellos y ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso debiend o solicitar todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben form ular al síndico el pedido de verificación indicando monto, causa y privilegio. . La verificación tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y graduación de ellos para ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso debiendo solicitar todos lo s acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al juez el pedido de verificación. la verificación de crédito tiene por finalidad la graduación de los créditos, no así el reconocimiento de la l egitimidad, no obstante todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, d eben solicitar al sindico el pedido de verificación indicando sus montos y privilegios. . Entre los principios comunes del proceso esta: los términos no son perentorios, pudiendo fijarse plazos de 5 o 10 dias. . las resoluciones son inapelables . la citación a las partes se efectúa por ministerio legis, de modo automático. El Juez en el proceso concursal: Tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar todas las medidas de impulso de la causa y de investigación que resulten necesarias. Tiene a su cargo la investigación pero no la dirección del proceso porque esta sometido a las presentacio nes de las partes y decisiones del sindico . Tiene a su cargo la dirección del proceso pudiendo ordenar el auxilio de la fuerza publica, no así lo atinent e a la investigación de las causa ya que esta sujeto a las presentaciones del sindico. . La Quiebra indirecta es posible: a. cuando el deudor no logra el acuerdo con los acreedores quirografarios . b. cuando el deudor no obtiene la unanimidad de los acreedores privilegiados . c. cuando el deudor no obtiene la 2/3 partes de los acreedores privilegiados con privilegio especial. El concurso preventivo de una Sociedad Anónima es solicitada por: . El organo de Fiscalización. El organo de administración: La Gerencia . El órgano de administración: el Directorio . Los socios . Gregorio que hace 10 años vive en el domicilio Salta 1577 de la ciudad de Corrientes, desarrolla una actividad apí cola en la localidad de Puerto Tirol, provincia del Chaco. . debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes porque tiene su domicilio en esa ciudad. . debe solicitar el concurso preventivo en la provincia del Chaco porque tiene su actividad comercial e n esa provincia. . debe solicitar su concurso preventivo en cualquiera de los dos lugares la ley le permite su elección. debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes porque no tiene sede en Puerto Tirol ni en otro lugar . Los acreedores de Tomas van a solicitar la verificación de sus créditos: el síndico deberá realizar el informe individual técnico e imparcial de cada uno de los acreedores con opinión fundada sobre la procedencia de la verificación. el deudor recibirá la documentación y efectuará el informe de verificación del crédito junto con el síndico conforme a los datos que cuenta para entregárselo al juez. . el síndico junto con el juez evalúan la documentación presentada para realizar el informe de verificación . El deudor: . El deudor y los socios ilimitadamente responsables pueden interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada a pedido del acreedor. Debe deducirse dentro los cinco dias de conocida la sentencia o hasta el quinto dias posterior a la ultima publicación de edictos en el diario oficial. El recurso solo puede fundarse en la inexistencia de los presupuestos sustanciales para la formación del concurso, . El deudor puede interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada por pedido del acreedor, también pueden solicitarla los socios de las sociedad cuando pueda acreditarse esta condición, debe interponerse dentro de las cinco días de notificada de la sentencia por boletín oficial, debiendo ser fundada. . El deudor puede interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada a pedido del deudor o acreedor, también pueden solicitarla los socios ilimitadamente responsable. Debe interponerse dentro d e los cinco días de haber sido notificado por cedula la sentencia de quiebra, pudiendo fundarse en la inexistencia de los requisitos sustanciales y formales. . La conclusión de la quiebra: . El deudor puede solicitar la conclusión de la quiebra, el avenimiento, cuando acuerden todos los acreedores verificados, expresando mediante escrito con firmas autenticadas o ratificadas ante el secretar io. La petición puede ser efectuada en cualquier momento después de la verificación y hasta que se realice la ultima enajenación de bienes del activo exceptuado los créditos. . El deudor puede solicitar la conclusión de la quiebra cuando así lo requieran todos los acreedores verifica dos y no verificados solicitando por escrito ante el juez, pueden efectuarlo hasta antes de la enajenación t otal del activo. . El deudor puede solicitar la conclusión de la quiebra por pago total, cuando los acreedores hubieren perci bidos sus pagos una vez presentado y aprobado el estado de distribución definitiva, aunque los gastos y c ostas del concurso queden pendiente de resolución. . El deudor Miranda SRL ha decidido solicitar su concurso preventivo pero no reune todos los requisitos formales, no obstante ha presentado su concurso preventivo . El juez acepta la solicitud del concurso preventivo e intima para que lo complete en la primer oportunidad . El deudor presenta solicitud y solicita plazo legal para completar los requisitos de ley con fundamento probado del retraso en la presentación . El juez rechaza la petición ante la falta presentación de los requisitos formales en tiempo y forma. El juez da por decaido el derecho de presentar los requisitos y sera juzgado por los requisitos presentados. Los acreedores de Fabian Narelli van a solicitar la verificación de sus créditos: . El Síndico deberá realizar el informe individual técnico e imparcial de cada uno de los acreedores con opinión fundada sobre la procedencia de la verificación. . El deudor recibirá la documentación y efectuará el informe de verificación del crédito conforme a los datos que cuenta para entregárselo al síndico. El síndico junto al juez evalúan la documentación presentada para realizar el informe de verificación. . Los acreedores: . Los acreedores posteriores a la presentación están excluidos de la carga de verificar y del concurso e n sí, a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra el concursado y pedir la quiebra directa incluso. Los acreedores posteriores a la presentación no están excluidos de verificar y de proseguir en el concurso s iendo alcanzados por los efectos de la apertura, pudiendo iniciar o proseguir además con sus juicios indivi duales contra el concursado. Los acreedores posteriores a la presentación pueden participar en el concurso debiendo verificar sus crédi tos a medida que se generen, pueden además iniciar juicios individuales o en caso que lo requieran pedir l a quiebra indirecta. . La solicitud del Concurso Preventivo: . La solicitud del concurso preventivo de una sociedad debe ser efectuada por el representante legal, previa resolución del órgano de administración, debe presentar dentro de los 30 dias de la fecha de la presentación constancia de la resolución de continuar el trámite, adoptada por la asamblea o reunió n de socios con las mayorías necesarias para resolver cuestiones ordinarias . la presentación efectuada por una sociedad esta a cargo del órgano de administración, tomada en reuni ón de socios con las mayorías requeridas para la modificación del contrato. . la presentación efectuada por una sociedad requiere de la aceptación por parte de los socios, los que de ben expresar el sentido de su voto ante el juez del proceso, caso contrario se produce le cesación del pro cedimiento, con los efectos del desistimiento . La Resolución de apertura de concurso preventivo de Fabian Nardelli: Debe hacerse conocer por edictos y publicarse durante cinco (5) días en el diario de publicaciones le gales de la jurisdicción del juzgado donde se tramita la causa y en un diario de amplia circulación del domicilio del deudor . Debe hacerse conocer por edictos y publicarse por cinco (5) dias en el diario de publicaciones legales del domicilio del deudor y en uno o mas diarios de mayor circulación . Debe hacerse conocer por edictos y publicarse por cinco (5) dias en el diario de publicaciones legales y e n uno o mas diarios de mayor circulación, en el lugar designado por el juez. La realización de bienes: La realización de bienes debe hacerse de acuerdo a lo mas conveniente para el concurso, el juez debe di sponer según un orden, la enajenación de la empresa como unidad, la enajenación en conjunto de los bi enes que integren el establecimiento del deudor en caso de no haberse continuado con la explotación d e la empresa y la enajenación singular de todos o parte de los bienes. . La realización de los bienes debe hacerse de acuerdo a lo mas conveniente para los acreedores, el ju ez tendrá en cuenta la liquidación de los mismos tratando de sacar un mayor valor debiendo respetar siempre a los efectos de una mayor transparencia la venta en publica subasta. . La liquidación de bienes se hará por el sindico debiendo comenzar después de la publicación de la sente ncia, el juez dispondrá la venta de la empresa como unidad y en caso de no ser posible se procederá a la venta en subasta publica de los bienes individualizados optándose por un sistema u otro. . Indique los actos que no están prohibidos pero están sujetos a Autorización, desde la apertura del Concurso Preventivo . la constitución de prenda, la locación de fondo de comercio. la enajenación de bienes registrables y muebles no registrables . disponer de bienes determinados para saldar las deudas con algunos acreedores . realizar donaciones de los bienes a comunidades religiosas . El período de sospecha es aquel que transcurre entre la fecha de cesación de pagos y la sentencia de quiebra. L a cesación de pago debe ser determinada por resolución judicial, dicha resolución no puede comprender un per iodo superior a dos años. . verdadero. falso. El proceso de verificación de créditos: tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y la graduación de ellas, ade más de ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso. Debiendo solicitar todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al síndico el pedido de verificación indicando monto, causa y privilegio. El proceso de verificación de créditos tiene por finalidad el reconocimiento de la calidad de acreedor co mo también la categoría de acreedores quirografarios y privilegiados alcanzando a todos los acreedores por causa anterior o posterior a la presentación debiendo solicitarse al juez dicho podido con indicación d e monto causa y privilegios. El proceso de verificación permite el reconocimiento de todos los acreedores que se presenten a este pro ceso cualquiera sea la causa que los coloque en esa calidad. Deben formularlo al sindico con audiencia del juez quien decide sobre el carácter del crédito para su cobro. . El proceso concursal es un proceso dispositivo porque las partes tienen los poderes de iniciativa e impulso del proc edimiento, disposición de la pretensión y del proceso mientras que el juez asume el papel de guardián de las regl as de juego del debate y agotado este en los términos que las partes le han dado, pronuncia la sentencia que le pone fin. . verdadero. falso. La Sentencia de Quiebra permite: Que la sentencia fije fecha hasta la cual debe presentarse las solicitudes de verificación de los créditos, la que sera establecida dentro de los veinte dias desde la finalizacion de publicacion de edictos, en caso de quiebra directa o cuando se declare por incumplimiento del acuerdo o la nulidad. . . La sentencia debe fijar la fecha hasta cuando puede presentarse las solicitudes de verificación, la que no debe ser superior a 20 dias desde la notificación de la sentencia de quiebra, en caso de quiebra indirecta. . Para que pueda resolverse las situaciones atinentes a la declaración de quiebra indirecta debe efectu arse la notificación pudiendo plantearse el recurso de reposición el que debe deducirse en el plazo d e diez (10) dias de conocida la sentencia. . El Concurso por Agrupamiento es: Cuando 2 o mas personas fisicas o jurídicas integran en forma permanente un conjunto económico y u no de ellos se encuentra en cesación de pagos, pueden pedir en conjunto su concurso preventivo. Cuando varias personas juridicas integren un agrupamiento económico y por lo menos dos de ellas estén es cesación de pagos, pueden pedir el concurso preventivo. Cuando varias personas físicas y jurídicas integren en forma permanente o no permanente un conjunto ec onómico o no económico, exponiendo los hechos pueden solicitar el concurso preventivo de todos los qu e lo componen. La Resolución dictada por el Juez sobre verificación de crédito, puede disponer: credito verificado, no verificado, admisible . crédito admisible, valido, no valido . crédito inadmisible, posible, no posible . En el Derecho Concursal se establece como principio: es principio general en el Derecho Concursal la inapelabilidad de las resoluciones como la perentorie dad de los plazos, asi lo tiene determinado nuestra ley de concursos. . Nuestra ley de concursos establece como principio la apelabilidad de las resoluciones, estableciendo com o excepción expresamente determinado la no apelabilidad de las mismas. Se aplica las normativas procesales comunes a cualquier procedimiento, de donde surge la posibilidad de que las resoluciones judiciales sean apelables. . La legislación concursal tiene normas de carácter imperativo porque la mayoría de las normas concursales no pu eden ser dejadas sin efecto y prevalece sobre cualquier acuerdo en contrario de los particulares. . verdadero. falso. La audiencia informativa. el deudor dará explicaciones sobre las negociaciones que lleva a cabo con sus acreedores y los que asist en podrán formular preguntas sobre las propuestas, esto no será necesario si el deudor hubiera obtenido la conformidad del acreedor y comunico al juzgado con las documentaciones. . se realiza con 5 dias de anticipación al vencimiento del plazo del periodo de exclusividad en el que p articiparan el juez, el secretario el deudor y el comité de control a fin de plantear los reclamos que con sideren pertinentes, para arribar a un acuerdo. . para ello el deudor deberá acompañar al juzgado hasta el dia de vencimiento del periodo de exclusivida d, el texto de la propuesta con la conformidad acreditada y firma certificada a fin de ser presentada en a udiencia informativa donde se debatirá entre deudor y acreedor sobre las formulaciones presentadas por única vez previo al acuerdo preventivo. . Si no se presentaron los documentos que acrediten la inscripción en el Registro Público de Don Simón que desarrolla su actividad económica de panificados en toda la ciudad de Santa Fe, corresponde su rechazo a la solicitud d el concurso preventivo . verdadero. falso. El llamado periodo de Salvataje es: el acuerdo de los acreedores por el cual pueden hacerse cargo de las deudas del deudor, previo acuerd o de los acreedores y pago de sus créditos. . el acuerdo arribado en el periodo de exclusividad entre los distintos acreedores previa verificación de sus créditos a fin de explotar la unidad económica por dichos acreedores con pedido de concurso preventiv o . fracasada la propuesta de acuerdo del concursado, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades por acciones, cooperativas y aquellas sociedades en que el estado nacional, provincial o municipal sea parte y las excluidas por leyes especiales pueden proponer una reorganización empres aria y evitar así la quiebra liquidativa. . Los acreedores de la verificación: . Los acreedores posteriores a la presentación están excluidos de la carga de verificar y del concurso e n sí, porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios indi viduales contra el concursado y pedirla quiebra directa. . los acreedores que no se hubieren presentados están excluidos de la carga de verificar a posteriori porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra e l concursado. . todos los acreedores tienen las carga de la verificación de sus créditos, si los han realizado fuera de tiemp o y son acreedores posteriores a la apertura solo pueden presentar sus créditos a los efectos de su verifica ción si el juez en conjunto con el comité de vigilancia y el sindico lo autorizan. . Cuando el acreedor peticionante, luego de promovida la petición de quiebra recibiera cualquier bien en pago o dación en pago de un tercero para aplicar al crédito hecho valer en el expediente, se presume que se ha entregado y recibido en favor de la generalidad de los acreedores, siendo inoponibles a ellos el otro carácter. El acreedor debe reintegrar al concurso lo recibido. . verdadero. falso. El derecho Concursal establece: . El Juez tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar todas las medidas de impulso de la causa y de i nvestigación que resulten necesarios. . El Juez no tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar normas de impulso de la causa cuando asi sea autorizado por la ley. . Las facultades del Juez surge de las normativas procesales a las que deben sujetarse, mas allá de aquellas propias que asi lo determine la ley de concurso. Los principios de igualdad de acreedores: . Significa que todos los acreedores tendrán trato igualitario, excepto los acreedores privilegiados. Siend o de aplicación en el proceso el principio dispositivo, aunque pueden ser caracterizados como parcial mente inquisitivos. . el principio de igualdad de acreedores significa que todos los acreedores tiene trato igualitario. siendo de aplicación en el proceso el principio inquisitivo. . El principio inquisitivo es de máxima aplicación en el proceso concursal, caracterizándose por su aplicació n en todo el procedimiento especialmente cuando se trata de procedimientos civiles y comerciales. . Declarada la Quiebra a Fabián, este podrá: . Fabian podrá continuar con sus actividades propias del giro de su comercio aunque le está vedado e najenar los bienes inmuebles o muebles registrables . puede ausentarse del país siempre que sea justificado y tenga autorización del juez del concurso. Fabián puede realizar actos de disposición y desprenderse de determinados bienes en favor de algunos a creedores con autorización del síndico. Las propuestas en el período de exclusividad . deben tener clausulas iguales dentro de cada categoría, el deudor puede efectuar mas de una prop uesta respecto de cada categoría. Si fueren acreedores privilegiados pueden renunciar al privilegio y quedan comprendidos dentro de alguna categoría de acreedores quirografarios, la renuncia no pue de ser inferior al 30% de su crédito. . el deudor puede efectuar distintas propuestas respecto a las categorías de acreedores, los acreedores qu e cuentan con privilegios solo podrán renunciar el privilegio siempre que fuere superior al 30% del crédito. . deben tener clausulas con propuestas compatibles con sus créditos pudiendo renunciar a los privilegios ta nto sobre derechos reales como sobre creditos laborales, debiendo presentar la documentación que acre dite estos derechos en caso de renuncia, las mismas no pueden superar el 30 y el 20% respectivamente. . La Sentencia de Quiebra permite: El fallido puede interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada a pedido del acreedor, siempre que se funde en la inexistencia de los presupuestos sustanciales para la formación del concurso, s on parte el fallido, el sindico y el acreedor peticionante. . El fallido y los socios ilimitadamente responsables pueden interponer recurso de reposición dentro del p lazo de 10 dias de la notificacion de la sentencia. Son partes el fallido y el acreedor peticionante. . Se puede interponer recurso de reposición dentro del plazo de 5 dias de la notificación de la sentencia de quiebra, la interposición impide la prosecución del proceso, el juez debe resolver dentro del plazo de 10 di as desde la notificacion de la sentencia de quiebra. . La sentencia de quiebra permite. que el deudor sea desapoderado de los bienes existentes y de los que adquiera hasta su rehabilitació n. Los pagos que hiciere o recibiere son ineficaces, además el fallido pierde toda legitimación procesa l en todo litigio referido a los bienes desapoderados debiendo actuar el síndico. . el deudor es desapoderado de todos los bienes, inclusive las indemnizaciones por daños materiales y mora les, en caso de aceptación de herencias solo puede actuar el sindico con consentimiento de los acreedor es del causante. la ineficacia de los actos realizados a titulo gratuito, la constitución hipoteca o prenda, esta se declara sin necesidad de iniciar acción o petición, dentro de un plazo no superior a 5 años, se excluye la ineficacia d e los actos por realización del mismo en periodo de sospecha . Dictada la Sentencia de Quiebra, se procede a la incautación de los bienes y papeles del fallido, esta puede consistir en: . Clausura del establecimiento del deudor, sus oficinas y otros lugar es en que se hallen sus bienes y documentos. . . bienes en poder de los socios, siempre que estos tengan responsabilidad limitada. . Bienes en poder de terceros siempre que estén sujetos a gravámenes y tengan autorización de los socios limitadamente responsables. . Los acreedores de la verificación: . Los acreedores posteriores a la presentación están excluidos de la carga de verificar y del concurso en sí, porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra el concursado y pedirla quiebra directa. . los acreedores que no se hubieren presentados están excluidos de la ca rga de verificar a posteriori porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra el concursado. . todos los acreedores tienen las carga de la verificación de sus créditos, si los han realizado fuera de tiempo y son acreedores posteriores a la apertura solo pueden presentar sus créditos a los efectos de su verificac ón si el juez en conjunto con el comité de vigilancia y el sindico lo autorizan. . La verificación de créditos permite: El pedido de verificación interrumpe la prescripción e impide la ca ducidad del derecho y de la instancia. . El proceso por el cual se pretende obtener la declaración del principio de igualdad de todos los acreedores para proceder a su pronto pago re specto de todas las deudas. . El proceso por el cual los acreedores pretenden lograr la declaración de pronto pago de sus créditos eventuales y anteriores y posteriores a la apertura. El derecho Concursal establece: . El Juez tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar todas las medidas de impulso de la causa y de investigación que resulten necesarios. . El Juez no tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar normas de im pulso de la causa cuando asi sea autorizado por la ley. . Las facultades del Juez surge de las normativas procesales a las que de ben sujetarse, mas allá de aquellas propias que así lo determine la ley de concurso. El proceso de verificación de créditos: tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y la graduación de ellas, además de ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso. Debiendo solicitar to os los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al síndico el pedido de verificación indicando monto, causa y privilegio. El proceso de verificación de créditos tiene por finalidad el reconocimie nto de la calidad de acreedor como también la categoría de acreedores quirografarios y privilegiados alcanzando a todos los acreedores por ca usa anterior o posterior a la presentación debiendo solicitarse al juez di cho podido con indicación de monto causa y privilegios. El proceso de verificación permite el reconocimiento de todos los acreedores que se presenten a este proceso cualquiera sea la causa que los coloque en esa calidad. Deben formularlo al sindico con audiencia del juez quien decide sobre el carácter del crédito para su cobro. . Declarada la Quiebra a Julio, este podrá: . Julio podrá recibir los bienes donados por su tio Manuel e ingresar los al concurso con autorización del juez. . No puede desempeñar sus actividades profesionales, como tampoco la s actividades artesanales. Puede ausentarse del país siempre que sea ju stificado y tenga autorización del Juez del Concurso. Julio queda desapoderado de las indemnizaciones debidas en ocasión de los daños materiales y morales sufridos en su persona. . En caso de solicitud de Concurso Preventivo de una sociedad: . Debe ser efectuado por el representante legal, previa resolución d el órgano de administración. Dentro de los treinta días de la fecha de la presentación debe acompañar constancia de la resolución de continuar el trámite, adoptado por la asamblea, reunión de socios con las mayorías necesarias para resolver cuestiones ordinarias. . En caso de que la solicitud sea peticionado por una sociedad, la misma debe ser solicitado por el órgano de administración, quien previa resolución del órgano de gobierno aprobatoria de la decisión con la mayoría absoluta de los socios con derecho a voto, abran otorgado su aprobación. En caso de solicitud del concurso preventivo el mismo debe ser efectúa do por aquel a quien el órgano de gobierno hubiere autorizado suficientemente con las mayorías requeridas para la modificación del contrato. . Una vez declarada la Sentencia de Quiebra produce los siguientes efectos: . El deudor fallido puede realizar pagos y puede recibir bienes en pago siendo ellos plenamente eficaz. . La correspondencia y comunicaciones dirigidas al fallido deben ser entregadas al síndico, debiendo abrirlas en presencia del fallido o del juez. El deudor fallido puede actuar en todo proceso judicial referido a sus bi enes desapoderados, no siendo necesario la actuación del síndico en es tos casos. El deudor que se encuentra en cesación de pagos o en dificultades económicas o financieras de carácter general, puede celebrar un acuerdo con sus acreedores y someterlo a homologación judicial, denominado APE. El APE puede ser otorgado por instrumento publico o privado, tiene libertad de contenido, siendo obligatorio una vez obtenido la homologación judicial. . El APE tiene libertad de contenido, es obligatorio aunque no este homologado judicialmente, requiere para su homologación judicial, entre otros, la publicación de edictos. El APE solo puede ser valido si se cumplen los requisitos legales de presentación del activo y pasivo, listado de acreedores, monto del capital que representan los acreedores y publicación de edictos. En el Derecho Concursal se establece como principio: es principio general en el Derecho Concursal la inapelabilidad de las resoluciones como la perentoriedad de los plazos, así lo tiene determinado nuestra ley de concursos. . Nuestra ley de concursos establece como principio la apelabilidad de la s resoluciones, estableciendo como excepción expresamente determina do la no apelabilidad de las mismas. Se aplica las normativas procesales comunes a cualquier procedimiento, de donde surge la posibilidad de que las resoluciones judiciales sean apelables. . La apertura del Concurso Preventivo produce: La suspensión de los intereses que devengue todo crédito de causa o titulo anterior a ella que no esté garantizado con prenda o hipoteca. . No puede continuar con los contratos de ejecución continuada cuando tuviere prestaciones recíprocas pendientes. . Se suspenden los servicios públicos que presten al deudor por deudas con origen en fecha anterior a la apertura del concurso. . El periodo de exclusividad: Debe contener propuestas con clausulas iguales para los acreedor es dentro de cada categoría, pudiendo efectuar mas de una propuesta respecto de cada categoría. . Un periodo de tiempo a favor del acreedor y del deudor para que pres ente propuesta de acuerdo preventivo al deudor . Un periodo de negociación de acuerdo con los acreedores y terceros, l os que son ofrecidos al deudor para su aceptación. La Resolución dictada por el juez en oportunidad de la verificación de crédito: . La resolución dictada por el juez en la que declara admisible o inadmisible el crédito puede ser revisada a petición del interesado. Si no es revisada dentro del plazo de 20 días desde la fecha de la Resolución, queda firme y produce los efectos de cosa juzgada, salvo dolo. . Puede declarar crédito válido, si no es revisada dentro del plazo de 10 días desde el dictado de la Resolución. . Puede declarar crédito verificado, admisible, no valido, independientemente que sea revisado dentro del plazo de 20 días desde el dictado de l a Resolución. . Los principios de igualdad de acreedores: . Significa que todos los acreedores tendrán trato igualitario, excepto los acreedores privilegiados. Siendo de aplicación en el proceso el principio dispositivo, aunque pueden ser caracterizados como parcialmente inquisitivos. . el principio de igualdad de acreedores significa que todos los acreedor es tiene trato igualitario. siendo de aplicación en el proceso el principio inquisitivo. . El principio inquisitivo es de máxima aplicación en el proceso concursal, caracterizándose por su aplicación en todo el procedimiento especialm ente cuando se trata de procedimientos civiles y comerciales. . El Concurso por Agrupamiento es: Cuando 2 o mas personas físicas o jurídicas integran en forma permanente un conjunto económico y uno de ellos se encuentra en cesación de pagos, pueden pedir en conjunto su concurso preventivo. Cuando varias personas juridicas integren un agrupamiento económico y por lo menos dos de ellas estén es cesación de pagos, pueden pedir el concurso preventivo. Cuando varias personas físicas y jurídicas integren en forma permanente o no permanente un conjunto económico o no económico, exponiendo los hechos pueden solicitar el concurso preventivo de todos los que lo componen. Una vez declarado el crédito verificado puede ser revisado a petición del interesado formulado dentro del plazo de 2 dias produciendo efecto de cosa juzgada . verdadero. falso. Concluida la liquidación de los bienes del activo en la Quiebra, corresponde la distribución de lo obtenido: . el sindico como liquidador debe presentar un informe final que corresponde a la distribución del producto o ido el que debe hacerlo 10 dias despues de la última enajenación . . la publicación de la presentacion del informe final y proyecto de distribucion debe hacerse por 2 dias y solo os, en el que debe constar una rendición de cuentas acompañado de los comprobantes, el monto de lo prod r cada bien, no siendo necesario la enumeración de los no enajenados. . presentado el informe final, les esta permitido formular observaciones al fallido y a los acreedores, a estos siempre que se refieran únicamente a omisiones sobre algunos de los puntos presentados, y dentro de los 10 dias. Es posible el Desistimiento del Concurso Preventivo: Por el deudor, hasta la primera publicación de edictos sin que sea necesario la conformidad de los acreedores. por el deudor hasta el periodo de exclusividad con la conformidad del 50% de los acreedores quirografarios y porcentual de capital. por pedido de los acreedores siempre que el deudor haya acreditado suficientemente los titulos de créditos de los acreedores que hubieren denunciado al deudor. . La fecha para la presentación: la fecha para la presentación de los pedidos de verificación debe quedar comprendida entre los quince y veinte días contados desde la finalización de la publicación de los edictos. . la fecha para la presentación de los pedidos de verificación de créditos debe presentarse transcurrido cinco desde la resolución de apertura del concurso preventivo dictada por el juez . la presentación de los pedidos de verificación queda habilitada una vez realizado la clausura de la publicación de edictos . En la Quiebra. El Sindico tiene la administración de los bienes, los actos realizados por el fallido durante el periodo de sosp son ineficaces respecto a los acreedores cuando los terceros que celebraron el acto tenían conocimiento de sación de pagos, en estos casos la acción es ejercida por el síndico. Todos los actos realizados por el el fallido durante el periodo de sospecha son ineficaces de pleno derecho r e los acreedor, sin tener en cuenta si fueron o no conocidos por los terceros, la declaración de ineficacia es e or el sindico. son declarados ineficaces los pagos anticipados de deudas con vencimientos antes y después de la declarac iebra, también la constitución de hipoteca y prenda de obligaciones vencidas. . Dictada la la sentencia de Quiebra se procede a la incautación de bienes y papeles del fallido: incautado los libros y papeles del deudor, el funcionario designado debe cerrar los blancos que hubiere y co después de la última contestación, nota que exprese los escritos que tenga y firmar. si los bienes estuvieran fuera de jurisdicción, se cumplen por rogatoria dentro de los 5 dias, previa descripció tario. el síndico debe adoptar y tomar las medidas urgentes y necesarias para la conservación y administración de s a su cargo no pudiendo delegar o no aceptar el cargo de inventariador o incautador. . La apertura del concurso preventivo: La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de los juicios contra el concursa usa o titulo anterior . La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de contenido patrimonial excep s de ejecuciones de garantias reales contra el concursado. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de los tramites de contenido patrimonial y real de nteriores y posteriores a la presentación del concurso pudiendo estipularse otras cuestiones ademas de las e s en la ley . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad: . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad, debe contener clausulas iguales para los acreedores ro de cada categoría pudiendo el deudor efectuar mas de una propuesta respecto de cada categoría entre lo reedores comprendidos en cada categoría . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad debe contener clausulas de diversos tipos no necesa iguales para los acreedores dentro de cada categoria. La propuesta de acuerdo dentro y fuera del periodo de exclusividad debe contener propuestas de acuerdo p stintos acreedores de acuerdo a los créditos de cada uno. El deudor puede desistir: . El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo hasta la primera publicación de edictos, sin r rir conformidad de sus acreedores . El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo desde el comienzo del periodo de exclusividad. El deudor no puede desistir de la petición del concurso preventivo hasta la finalización del periodo de exclusividad. Efectos de la Quiebra . La quiebra no produce la disolución del contrato de trabajo, produce la suspensión por el termino de 60 dia ncido este plazo sin que se decida la continuación de la empresa el contrato queda disuelto a la fecha de de ción en quiebra. La quiebra produce la disolución del contrato de trabajo pero se establece el plazo de 30 dias para que en c ntinuar con la explotación de la empresa se reconduzca el contrato sin derecho a la verificación. La quiebra no produce la disolución de los contratos de trabajo sino despues de haber transcurrido 180 días laración, los trabajadores en caso de despido o cierre de la empresa no consideran resuelto su contrato . Una vez dictada la resolución de concursos preventivo: Una vez dictada la resolución de concurso preventivo, el Sindico deberá emitir un informe mensual sobre la ución de la empresa y los fondos líquidos disponibles. Una vez dictada la resolución del apertura del concurso preventivo el sindico no deberá emitir un informe si es de haber sido aprobado el informe individual por el juez. Una vez dictada la resolución de concurso preventivo el síndico deberá emitir un informe si así lo determina previa vista al comité de control. . Una vez dictada la Resolución: Una vez dictada la resolución de concurso preventivo el Síndico deberá emitir un informe mensual sobre la e ción de la empresa y los fondos liquidos disponibles. Una vez dictada la resolucion del concurso preventivo el Síndico debe emitir un informe sobre el patrimonio presa, solo en caso de no concuerde la presentacion efectuada por el deudor . Una vez dictada la resolución del concurso preventivo no será necesario la presentación del informe del sínd después de la presentación de la verificación de créditos. Vencido el periodo de exclusividad sin que el deudor hubiera obtenido conformidad para el acuerdo preventivo, se a nstancia que se denomina Salvataje: solo puede ser solicitado por cooperativas, mutuales, sociedades anónimas y SRL. se procederá a la apertura de un registro para que se inscriban los acreedores, las cooperativas de trabajado terceros interesados en la adquisición, debiendo el juez designar al evaluador que establecerá el real valor declarado. . obtenido el acuerdo por un tercero aun antes de la registración, el juez da por valido el Salvataje ordenando la titularidad de los bienes y procediéndose a la homologación. . El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo: . El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo debe solicitar al Síndico que se pronuncie sobre pasivos laborales denunciado por el deudor así como de otros créditos laborales comprendidos en el pronto o . En la resolución de apertura del concurso preventivo no es necesario que el juez solicite al sindico que se pr obre los pasivos laborales, estos pasivos serán resueltos oportunamente en tramite ad hoc. . El juez excepcionalmente podrá resolver sobre los pasivos laborales una vez dictada la resolución de apertur ón del sindico y por resolución posterior. . La Sentencia que se dicte: La Sentencia que se dicte en los procesos laborales valdrá como titulo de verificación en el concurso, no sien rocedente el dictado de medidas cautelares. La sentencia que se dicte en los procesos laborales podrá ser tenida como títulos ejecutivos para hacer valer presentado contra el deudor siempre que el comité de control así lo autorice. La sentencia que se dicte en los procesos laborales no tiene valor como titulo para verificación de crédito pu olicitarse medidas cautelares autorizados por el juez . Concluida la liquidación de los bienes del activo en la Quiebra, corresponde la distribución de lo obtenido: . el sindico como liquidador debe presentar un informe final que corresponde a la distribución del producto obtenido el que debe hacerlo 10 dias despues de la última enajenación . . la publicación de la presentacion del informe final y proyecto de distribucion debe hacerse por 2 dias y solo por edictos, en el que debe constar una rendición de cuentas acompañado de los comprobantes, el monto de lo producido por cada bien, no siendo necesario la enumeración de los no enajenados. . presentado el informe final, les esta permitido formular observaciones al fallido y a los acreedores, a estos últimos siempre que se refieran unicamente a omisiones sobre algunos de los puntos presentados, y dentro de los 10 dias. . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad: . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad, debe contener clausulas iguales para los acreedores d entro de cada categoría pudiendo el deudor efectuar mas de una propuesta respecto de cada categoría entre los acreedores comprendidos en cada categoría . La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad debe contener clausulas de diversos tipos no necesariamente iguales para los acreedores dentro de cada categoria. La propuesta de acuerdo dentro y fuera del periodo de exclusividad debe contener propuestas de acuerdo para los distintos acreedores de acuerdo a los créditos de cada uno. Dictada la la sentencia de Quiebra se procede a la incautación de bienes y papeles del fallido: . incautado los libros y papeles del deudor, el funcionario designado debe cerrar los blancos que hubiere y colocar después de la última atestación, nota que exprese los escritos que tenga y firmar. si los bienes estuvieran fuera de jurisdicción, se cumplen por rogatoria dentro de los 5 dias, previa descripción e inventario. el síndico debe adoptar y tomar las medidas urgentes y necesarias para la conservación y administración de los bi enes a su cargo no pudiendo delegar o no aceptar el cargo de inventariador o incautador. . Una vez dictada la Resolución: Una vez dictada la resolución de concurso preventivo el Síndico deberá emitir un informe mensual sobre la ev olución de la empresa y los fondos líquidos disponibles. Una vez dictada la resolucion del concurso preventivo el Síndico debe emitir un informe sobre el patrimonio de la e mpresa, solo en caso de no concuerde la presentacion efectuada por el deudor . Una vez dictada la resolución del concurso preventivo no será necesario la presentación del informe del síndico, h asta después de la presentación de la verificación de créditos. Efectos de la Quiebra . La quiebra no produce la disolución del contrato de trabajo, produce la suspensión por el termino de 60 dias, vencido este plazo sin que se decida la continuación de la empresa el contrato queda disuelto a la fecha de declaración en quiebra. La quiebra produce la disolución del contrato de trabajo pero se establece el plazo de 30 dias para que en caso de continuar con la explotación de la empresa se reconduzca el contrato sin derecho a la verificación. La quiebra no produce la disolución de los contratos de trabajo sino despues de haber transcurrido 180 días de la declaración, los trabajadores en caso de despido o cierre de la empresa no consideran resuelto su contrato . La Sentencia que se dicte: La Sentencia que se dicte en los procesos laborales valdrá como titulo de verificación en el concurso, no sien do procedente el dictado de medidas cautelares. La sentencia que se dicte en los procesos laborales podrá ser tenida como títulos ejecutivos para hacer valer en juicio presentado contra el deudor siempre que el comité de control así lo autorice . La sentencia que se dicte en los procesos laborales no tiene valor como titulo para verificación de crédito pudiendo solicitarse medidas cautelares autorizados por el juez . La fecha para la presentación: la fecha para la presentación de los pedidos de verificación debe quedar comprendida entre los quince y veinte dias contados desde la finalización de la publicación de los edictos. . la fecha para la presentación de los pedidos de verificación de créditos debe presentarse transcurrido cinco dias d e la resolución de apertura del concurso preventivo dictada por el juez . la presentación de los pedidos de verificación queda habilitada una vez realizado la clausura de la publicación de los edictos . Una vez declarado el crédito verificado puede ser revisado a petición del interesado formulado dentro del plazo de 20 días, produciendo efecto de cosa juzgada . verdadero. falso. El deudor puede desistir: . El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo hasta la primera publicación de edictos, sin requirir conformidad de sus acreedores . El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo desde el comienzo del periodo de exclusividad . El deudor no puede desistir de la petición del concurso preventivo hasta la finalización del periodo de exclusividad. . La apertura del concurso preventivo: La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de los juicios contra el concursad o por causa o titulo anterior . La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de contenido patrimonial excepto los de ejecuciones de garantías reales contra el concursado. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de los tramites de contenido patrimonial y real de causa s anteriores y posteriores a la presentación del concurso pudiendo estipularse otras cuestiones además de las estipuladas en la ley . El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo: . El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo debe solicitar al Síndico que se pronuncie sobre l os pasivos laborales denunciado por el deudor así como de otros créditos laborales comprendidos en el pronto pago . En la resolución de apertura del concurso preventivo no es necesario que el juez solicite al sindico que se pronunci e sobre los pasivos laborales, estos pasivos serán resueltos oportunamente en tramite ad hoc. . El juez excepcionalmente podrá resolver sobre los pasivos laborales una vez dictada la resolución de apertura, a p etición del sindico y por resolución posterior. . Una vez dictada la resolución de concursos preventivo: Una vez dictada la resolución de concurso preventivo, el Sindico deberá emitir un informe mensual sobre la ev olución de la empresa y los fondos líquidos disponibles. Una vez dictada la resolución del apertura del concurso preventivo el sindico no deberá emitir un informe sino des pues de haber sido aprobado el informe individual por el juez. Una vez dictada la resolución de concurso preventivo el síndico deberá emitir un informe si así lo determina del juez previa vista al comité de control. . Es posible el Desistimiento del Concurso Preventivo: Por el deudor, hasta la primera publicación de edictos sin que sea necesario la conformidad de los acreedores. por el deudor hasta el periodo de exclusividad con la conformidad del 50% de los acreedores quirografarios e igual porcentual de capital. por pedido de los acreedores siempre que el deudor haya acreditado suficientemente los titulos de créditos de los acreedores que hubieren denunciado al deudor. . En la Quiebra. El Sindico tiene la administración de los bienes, los actos realizados por el fallido durante el periodo de sospe cha son ineficaces respecto a los acreedores cuando los terceros que celebraron el acto tenían conocimiento de la cesación de pagos, en estos casos la acción es ejercida por el síndico. Todos los actos realizados por el el fallido durante el periodo de sospecha son ineficaces de pleno derecho respecto de los acreedor, sin tener en cuenta si fueron o no conocidos por los terceros, la declaración de ineficacia es ejercida por el sindico. son declarados ineficaces los pagos anticipados de deudas con vencimientos antes y después de la declaración de quiebra, también la constitución de hipoteca y prenda de obligaciones vencidas. . Vencido el periodo de exclusividad sin que el deudor hubiera obtenido conformidad para el acuerdo preventivo, se abre un a instancia que se denomina Salvataje: solo puede ser solicitado por cooperativas, mutuales, sociedades anónimas y SRL. se procederá a la apertura de un registro para que se inscriban los acreedores, las cooperativas de trabajador es y terceros interesados en la adquisición, debiendo el juez designar al evaluador que establecerá el real valor de mercado. . obtenido el acuerdo por un tercero aun antes de la registración, el juez da por valido el Salvataje ordenando transferir la titularidad de los bienes y procediéndose a la homologación. . “Campanita” que realiza trasporte de pasajeros de distintas localidades del interior, es una sociedad informal que no se encuentra registrada en el Registro Público, tiene el centro de sus operaciones de explotación en la localidad de Ituzaingo, provincia de Corrientes, y su sede como sociedad aunque nunca lo inscribió en la ciudad de Corrientes, capital. Los acreedores ante los infructuosos reclamos de pago decidieron iniciarle el concurso preventivo, el que deberá interponerlo ante: El juez de la ciudad de Corrientes, sede de la sociedad. El juez de la ciudad de Ituzaingó, lugar de la explotación de la actividad. Ante el juez de la localidad de Saladas, ya que es el domicilio del representante de Campanita, valido por la falta de inscripción de la sociedad. Fabian Nardelli solicita su concurso preventivo con la presentación de los requisitos establecidos en la ley y el juez puede declarar: Presentado el pedido el juez debe pronunciarse en el término de 5 días. Presentado el pedido el juez puede otorgar el plazo prorrogable de 10 días si así lo requiere el deudor para el cumplimiento de algunos de los requisitos. Presentado el pedido el juez debe rechazar in limine la petición ente la falta de presentación de los requisitos formales, en tiempo y forma. La Resolución de apertura de concurso preventivo de Fabian Narelli: debe hacerse conocer por edictos y publicarse durante cinco (5) días en el diario de publicaciones legales de la jurisdicción del juzgado y en un diario de amplia circulación del domicilio del deudor. Debe hacerse conocer por edictos y publicarse por cinco (5) días en el diario de publicaciones legales del domicilio del deudor y en uno o más diarios de mayor circulación. Debe hacerse conocer por edictos y publicarse por 5 días en el diario de publicaciones legales y en uno o más diarios de mayor circulación, en el lugar designado por el juez. El proceso concursal es dispositivo porque las partes tienen los poderes de iniciativa e impulso del procedimiento, disposición de la pretensión y del proceso mientras que el juez asume el papel de guardián de las reglas de juego del debate y agotado este en los términos que las partes le han dado, pronuncia la sentencia que le pone fin. verdadero. falso. La Aseguradora Patagonia S.A. compañía aseguradora que desde el año 2005 opera en la ciudad en la venta de seguros ha entrado de cesación de pagos, ello motivó que la firma “El tullido SRL” acreedor, presento la solicitud de concurso preventivo. verdadero. falso. Se puede rechazar la solicitud del concurso preventivo cuando no se denunció la existencia de un concurso anterior. verdadero. falso. El deudor puede continuar con el cumplimiento de los contratos en curso de ejecución, cuando hubiere prestaciones recíprocas pendientes, sin ser necesario solicitar autorización al juez. verdadero. falso. Cinco (5) días antes del vencimiento del periodo de exclusividad se llevará a cabo la audiencia informativa con la presencia del jue, el secretario, el deudor, el comité de control y los acreedores que deseen concurrir. vedadero. falso. El acuerdo preventivo extrajudicial, puede ser otorgado en instrumento privado, es de libre contenido ya que las partes pueden convenir de acuerdo a sus intereses, es necesario la conformidad de la mayoría de acreedores quirografarios que representen la totalidad del pasivo. verdadero. falso. El acuerdo homologado produce efectos respecto de todos los acreedores quirografarios con créditos originados por causa anterior a la presentación, hayan o no participado en el procedimiento. verdadero. falso. |




