FINAL DERECHO DE DAÑOS UK
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![]() FINAL DERECHO DE DAÑOS UK Descripción: FINAL DE DAÑOS UK |



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Un tercero puede arbitrar medidas para evitar o disminuir el daño y luego si los hizo cobrar gastos al culpable de la conducta. VERDADERO. FALSO. El principal responde por el dependiente por el factor de atribución objetivo (garantía). VERDADERO. FALSO. Una forma de liberarse del riesgo en el factor objetivo de atribución es probando la causa ajena. VERDADERO. FALSO. En la legislación actual el daño extra patrimonial y el daño moral son sinónimos. VERDADERO. FALSO. Aun en el caso de cosa riesgosa el agente si prueba que el daño se causó en contra de su voluntad por el uso de la cosa se libera de responsabilidad. VERDADERO. FALSO. La imposibilidad de cumplimiento es una eximente de responsabilidad indemnizatoria. VERDADERO. FALSO. El estado de necesidad puede ser un justificativo del daño. VERDADERO. FALSO. El daño se da cuando se lesiona un derecho o un interés. VERDADERO. FALSO. La prelación normativa significa la regulación de las situaciones y que normas se aplican y en qué orden. VERDADERO. FALSO. Cuando se trata de una obligación de medios el factor de atribución aplicable es el subjetivo. VERDADERO. FALSO. Para la ley es más importante el factor subjetivo que el factor objetivo de atribución del daño ya que atañe al sujeto. FALSO. VERDADERO. Los factores objetivos de atribución basan su análisis en la culpa y el dolo. FALSO. VERDADERO. En el factor subjetivo es muy importante el riesgo creado con las cosas o por las cosas. FALSO. VERDADERO. Cuando se atribuye un factor objetivo en la comisión de un daño es muy importante la conducta de quien dañó. FALSO. VERDADERO. Cuando estamos frente a un factor objetivo de atribución el agente productor del daño se exime de responsabilidad probando que el no tuvo culpa en la producción del hecho. FALSO. VERDADERO. El consentimiento que dispone sobre los derechos personalísimos no es revocable. FALSO. VERDADERO. La primera norma aplicable en una cuestión a considerar son las normas supletorias del Código Civil. FALSO. VERDADERO. El caso fortuito y la fuerza mayor siempre es eximente de responsabilidad indemnizatoria en caso de daños provocados dentro del ámbito de la responsabilidad objetiva. FALSO. VERDADERO. El Código, el tema de la responsabilidad, lo trata desde el resarcimiento a través de la indemnización solamente. FALSO. VERDADERO. En el deber de prevención del daño, NO se encuentra incluido el agravamiento del daño si esta ya se produjo. FALSO. VERDADERO. Para la atribución responsabilidad del principal: es necesario la responsabilidad al dependiente. en ejercicio o en ocasión de las funciones encomendadas. X. El dolo es. es la manifiesta indiferencia por los intereses ajenos. es la intención de dañar. X. El dueño y el guardián de la cosa riesgosa responden. DE MANERA CONCURRENTE. X. La carga de la prueba de la relación de causalidad corresponde: al que lo alega excepto imputabilidad o presunción legal. X. Cuando hay deberes calificados la conducta se aprecia: teniendo en cuenta a la naturaleza del acto y las condiciones particulares de las partes. X. Puede prescindirse del principio citado anteriormente: supuesto de cargas probatorias dinámicas. existen disposiciones legales. X. Interrumpe el nexo de causalidad. la imposibilidad de cumplimiento absoluta, objetiva y no imputable. X. El consentimiento libre e informado del damnificado exonera de responsabilidad: cuando no constituya cláusula abusiva y respecto de bienes disponibles. X. La relación de dependencia se refiere a. cualquier relación de subordinación. X. Son, como regla, reparables las consecuencias: inmediatas. mediatas previsibles. X. Las personas jurídicas responden por quienes la dirijan o administran: En ejercicios de sus funciones. En ocasión de sus funciones. X. El nexo de causalidad se interrumpe por. Caso fortuito o fuerza mayor. X. Para valorar la conducta: no se toma en cuenta dicha condición, salvo los contratos de confianza. X. La teoría de la relación causal cumple distintas funciones: determinar la autoría. determinar la extensión del resarcimiento. X. La negligencia se configura por. no prever lo que era previsible o, habiéndolo hecho, no adoptar la diligencia. X. En ausencia de normativa específica, el factor de atribución es. Culpa. X. La existencia de esa imposibilidad de cumplimiento de la obligación debe apreciarse teniendo en cuenta: ejercicio regular del derecho. la buena fe. X. Respecto de la relación causal, el código adopta: teoría de la causa adecuada. X. El supuesto de caso fortuito no libera: en caso de culpa. en caso de mora. en supuestos de contingencia propias de la actividad. X. Son consecuencias mediatas: las que resulten de la conexión con un acontecimiento distinto. X. Aunque ocurra el caso fortuito o fuerza mayor, el deudor es responsable: si ha asumido el cumplimiento, aunque ocurra un caso fortuito o imposibilidad. si esta en mora. X. El deudor de una obligación queda eximido del cumplimiento, y no es responsable, si la obligación se ha extinguido por imposibilidad de cumplimiento: objetiva y absoluta no imputable. X. En la legítima defensa los daños: no quedan cubiertos frente a terceros. quedan cubiertos respecto del agresor. X. La crecida de un rio constituye caso fortuito: si es anormal. si es imprevisible. X. El titular de un establecimiento educativo tiene: responsabilidad objetiva. se exime solo por caso fortuito. X. Son factores objetivos de atribución: abuso del derecho. riesgo. X. El hecho del tercero exime de responsabilidad. si es imprevisible e inevitable. X. La guerra es un supuesto de fuerza mayor: cuando es sobreviniente al incumplimiento. X. El escribano como profesional liberal tiene generalmente: RESULTADO. X. En la transfusión de sangre, la responsabilidad es: Objetiva fundada en riesgo. X. En los supuestos de cosas arrojadas o suspendidas, la responsabilidad es: SOLIDARIA. X. En la transmisión del sida por vía sexual la responsabilidad es: Subjetiva, si pertenece a grupo de riesgo. X. En el supuesto de autor anónimo, la responsabilidad es. SOLIDARIA. X. La idea de la sanción es: que la persona pueda volver al estado anterior en el que se encontraba antes del daño causado. –. reparar la tipicidad. descubrir al autor. X. La obligación de reparar el daño respecto de las cosas arrojadas es: Solidaria entre ocupantes y propietarios. X. La responsabilidad colectiva es: Simplemente mancomunada. X. La sentencia penal posterior a la sentencia civil. No produce efecto sobre ella, excepto revisión. X. La relación entre la acción civil y penal es: DE INDEPENDENCIA. X. La condena en sede penal: Produce efecto de cosa juzgada en el proceso civil respecto de la existencia del hecho principal y la culpa del condenado. X. -La responsabilidad de los establecimientos educativos es: objetiva agravada. X. La responsabilidad de las profesionales liberales es. Subjetiva excepto promesa de resultado concreto. X. La obligación de los médicos es: De medio a menos que haya comprometido un resultado. X. La responsabilidad del estado queda regulada por. NORMAS ADMINISTRATIVAS. X. La responsabilidad en los estacionamientos y garajes se rige: por normas del depósito necesario. X. La responsabilidad por las cosas arrojadas, se funda en: RIESGO. X. La responsabilidad de los padres por los hechos de los hijos menores, es con respecto a ellos. CONCURRENTE. X. Las profesiones liberales están sujetas. A las obligaciones de hacer. X. Las entidades o asociaciones participantes de un espectáculo deportivo tienen: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. X. Las excusas absolutorias penales. No afectan la acción civil, excepto disposición legal en contrario. X. La responsabilidad de las obras sociales frente al afiliado es. DIRECTA. CONTRACTUAL. X. El consentimiento libre e informado del damnificado, libera de la responsabilidad por los daños: En la medida que no constituya una claúsula abusiva. Si se refiere a bienes disponibles. X. Cuando la obligación de hacer se preste con cosas, la responsabilidad. No está comprendida en la sección séptima de ese capítulo excepto vicio de la misma. X. El concepto de vehículo del art 1769 incluye: MOTOS. AUTOS. PATINETAS. X. Las obligaciones del arquitecto se regula por: Obligación de resultado. Locación de obra. X. La responsabilidad de las obras sociales con relación a los médicos es: concurrente. X. En los daños ocacionados a través de internet el factor de atribución es según la doctrina: Ambos (subjetivo y objetivo). X. En la actuación del abogado el factor de atribución es objetivo: En ejercicio de mandato. En los actos procesales. X. Si la sentencia penal decide que el hecho no existió: Ésta circuntancia no puede ser discutida en el proceso civil. X. Si la acción penal precede a la civil, el dictado de la sentencia: Debe suspenderse en el proceso civil hasta la conclusión del proceso penal, con excepciones. X. Para la aplicación del art. 1750 CCyC es necesario: Acto involuntario. ACTO OBJETIVAMENTE ANTIJURÍDICO. X. En los accidentes de tránsito el factor de atribución es: OBJETIVO. X. En la responsabilidad colectiva son eximentes: Identificación del sujeto singular causante del daño. Demostración respecto a que no se integraba el grupo. X. La responsabilidad del garajista se exime: Por caso fortuito o fuerza mayor. Por los daños sufridos por culpa del depositante. X. En los daños causados por una acusación calumniosa se responde: POR DOLO. POR CULPA GRAVE. X. Si el hecho dañoso configura al mismo tiempo un delito de derecho criminal: Puede interponerse ante los jueces penales. X. Si la sentencia penal decide que un hecho no constituye delito penal: Puede discutirse libremente en el proceso civil. X. Para la responsabilidad colectiva es necesario: imposibilidad de identificar al responsable. presencia de grupo. X. La responsabilidad del transportista es. DE RESULTADO. OBJETIVA. X. |




