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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEFinanciero y Tributario II.2 Segunda Semana

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Título del test:
Financiero y Tributario II.2 Segunda Semana

Descripción:
Test para Funanciero y Tributario

Autor:
Indeciente
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Fecha de Creación:
17/06/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 15
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Temario:
En la transmisión de un bien, es contribuyente del concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITPAJD Depende de lo que se pacte entre las partes. El adquirente. El transmitente.
Por regla general, el derecho a la deducción del IVA nace. En el momento en que se devenga la cuota deducible. Cuando se contrata la prestación del servicio, aunque aún no se haya efectuado esa prestación. En el momento en que se recibe la factura.
¿Tributará por la cuota gradual del concepto de Actos Jurídicos Documentados (documentos notariales) del ITPAJD la Escritura de constitución de una sociedad mercantil? Si. No. Depende del capital social de la sociedad.
Por regla general, cuando las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales tengan como destinatario A otro empresario o profesional, se entenderán realizadas en el territorio (español) de aplicación del impuesto. Si radica en este territorio la sede de la actividad económica del prestador del servicio. Si radica en este territorio la sede de la actividad económica del destinatario del servicio. Solo si radican en este territorio las sedes de la actividad económica tanto del prestador del servicio como de su destinatario.
Señale qué tipo de gravamen es aplicable a la transmisión de inmuebles en el concepto impositivo de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITPAJD, de no haber establecido la Comunidad Autónoma uno distinto. 10% 1% 6%.
Una entidad de crédito concede un préstamo a una persona que no es empresario ni profesional. El préstamo Está sujeto y no e..0.xento del concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITPAJD. Está exento del concepto de Operaciones Societarias del ITPAJD. Está exento del IVA.
El régimen especial del recargo de equivalencia en el IVA se aplica a Sociedades mercantiles. Comerciantes minoristas. Cooperativas.
Para determinar el IVA soportado deducible, la regla de prorrata se aplicará Siempre y en todo caso. Cuando el sujeto pasivo efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción, y otras operaciones que no habiliten para el ejercicio del citado derecho. Solo cuando el sujeto pasivo realice exportaciones.
Juan es un profesional establecido en Francia que presta servicios a una persona física residente en Madrid que no es empresario ni profesional. La operación queda sujeta al IVA (español) como consecuencia de la aplicación de una regla especial de localización del artículo 70 de la Ley del IVA. ¿Quién es el sujeto del IVA en la operación? El destinatario, al producirse la inversión del sujeto pasivo. El prestador del servicio. Depende del precio de la prestación.
Juan vende un medio de transporte nuevo en el sentido del artículo 2 del Reglamento del IVA a un amigo que reside en Alemania, encargándose del transporte desde España a Alemania. ¿Tributa esta venta por el IVA en España? Sí, siempre que el adquirente sea un empresario o profesional. No: se trata de una operación exenta del IVA. No: se trata de una operación no sujeta al IVA.
Juan, que es empresario a los efectos del IVA, pretende transmitir unos locales que tenía afectos a su actividad a un médico privado que los destinará exclusivamente a la prestación de servicios médicos. ¿Puede renunciarse a la exención en el IVA que resulta aplicable? Sí, en todo caso. Sí, siempre que se haga constar en la escritura pública de transmisión. No.
Juan es empresario a los efectos del IVA. Transmite una unidad económica autónoma. La transmisión queda no sujeta al IVA. ¿Cabe renunciar a esta no sujeción? Sí, siempre que el adquirente sea un empresario o profesional. Sí, en todo caso. No.
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles grava la titularidad. De bienes inmuebles rústicos únicamente. Tanto de bienes inmuebles urbanos como rústicos. De bienes inmuebles urbanos únicamente.
Juan, que no es empresario ni profesional a los efectos del IVA, transmite un ordenador a otra persona física que sí lo es (empresario o profesional). La transmisión No queda sujeta al IVA. Está gravada por el IVA. Está sujeta al IVA y exenta de este impuesto.
A los efectos del IVA, los arrendadores de bienes se reputan empresarios o profesionales Solo cuando arrienden viviendas. En todo caso. Solo cuando arrienden locales de negocio.
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