FISCAL 5 La inspección de los tributos
|
|
Título del Test:
![]() FISCAL 5 La inspección de los tributos Descripción: La inspección de los tributos |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
¿Qué sucede si una persona inspeccionada se negara a suscribir un acta?. Serán firmadas sólo por el inspector y se hará constar dicha circunstancia. Será motivo de terminación del procedimiento de inspección. Podrá firmarlas el inspector, en su nombre pudiendo solicitar autorización judicial para ello. ¿Es aplicable algún tipo de reducción a las actas en conformidad?. Sí. Una reducción de las sanciones de un 30 por ciento, más un 25% de reducción adicional por pronto pago. Sí. Una reducción de la sanción de un 30 por ciento. Sí. Una reducción de las sanciones de un 50 por ciento. Un procedimiento de inspección tributaria puede iniciarse: Tanto de oficio como a instancia de parte. De oficio únicamente. Por denuncia pública. Cuál de las siguientes NO es una función de la inspección de tributos: Comprobar la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas. Practicar liquidaciones de tributos declarados en plazo voluntario. Descubrir hechos que sean ignorados por la Administración. Las actuaciones que se desarrollen en oficinas públicas se realizarán: Siempre en el horario que más cómodo le resulte al inspector. Dentro del horario oficial de apertura al público de las mismas y, en todo caso, dentro de la jornada de trabajo vigente. Fuera del horario oficial de apertura al público ya que es un trabajo extraordinario de la inspección de tributos. La entrada en el domicilio fiscal de la persona inspeccionada: Requerirá autorización judicial cuando la persona inspeccionada no consienta la entrada de la inspección. Es posible siempre y en todo caso. Requerirá siempre y en todo caso autorización judicial. ¿Puede la inspección de tributos adoptar medidas cautelares en un procedimiento de inspección?: Sí, pero solamente cuando los funcionarios hayan entrado en el domicilio fiscal de la persona inspeccionada y ésta revoque su consentimiento. No, en ningún caso. Sí, para impedir que desaparezcan, se destruyan o alteren las pruebas determinantes de la existencia o cumplimiento de obligaciones tributarias. La duración del trámite de audiencia en un procedimiento inspector: No podrá ser inferior a 15 días ni superior a 20. No podrá ser inferior a 10 días ni superior a 15. No podrá ser inferior a 15 días. Las clases de Actas son: Acta en conformidad y en disconformidad con acuerdo. Acta en disconformidad y acta en conformidad con acuerdo. Acta con acuerdo, en conformidad y en disconformidad. El procedimiento de inspección: Siempre debe ser notificado a la persona inspeccionada. Debe notificarse a la persona inspeccionada y también puede iniciarse “por sorpresa”. Es decir, sin previa notificación. Solo puede iniciarse por sorpresa. Cuál de los siguientes NO es requisito para suscribir un acta con acuerdo: La autorización del órgano competente para liquidar. Que la cuantía de la deuda tributaria no supere los 18.000 euros. La constitución de un depósito, aval de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución. El conflicto en la aplicación de la norma. Es aplicado por los órganos de gestión tributaria. Es aplicado por los órganos de inspección tributaria. Puede ser aplicado tanto por los órganos de gestión como de inspección tributaria. Los hechos aceptados en las actas de inspección: Se presumen ciertos y sólo podrán rectificarse mediante prueba de haber incurrido en error de hecho. Se presumen ciertos y sólo podrán rectificarse si se prueba que se aceptaron mediante coacción o amenazas. No pueden rectificarse en ningún caso. ¿Es recurrible la inclusión de un contribuyente en un Plan de Inspección?: Sí, porque dicha inclusión es un acto administrativo. Sí porque los Planes de Inspección son públicos. No, porque dicha inclusión no es un acto administrativo. Señale cuál de los siguientes NO constituye documentación de las actuaciones inspectoras: Diligencias. Autoliquidaciones. Comunicaciones. ¿Es aplicable algún tipo de reducción a las actas con acuerdo?. Sí. Una reducción de las sanciones de un 50 por ciento. Sí. Una reducción de la sanción de un 30 por ciento. Sí. Una reducción de las sanciones de un 30 por ciento, más un 25% de reducción adicional por pronto pago. ¿Cuáles de los siguientes supuestos NO faculta para ampliar el plazo de duración del procedimiento de inspección tributaria?: Que el obligado esté integrado en un grupo sometido al régimen de consolidación fiscal. Cuando la persona inspeccionada se lo solicite a la inspección tributaria. Que la cifra de negocios anual del obligado tributario sea igual o superior a la requerida para auditar cuentas. El análisis de los libros de contabilidad: Deberá realizarse, exclusivamente y en todos los casos, en las oficinas de la Administración Tributaria. Podrá realizarse en cualquier lugar. Deberá realizarse en el domicilio, local, despacho u oficina de la persona inspeccionada, salvo que consienta su análisis en las oficinas de la Administración. Las formas de impugnar un acta con acuerdo son: Mediante el procedimiento de declaración de nulidad de pleno derecho. Mediante reclamación económico-administrativa. Mediante su revocación. ¿Las actas pueden ser objeto de recurso o reclamación económico-administrativa?: No. Solamente si el inspector ofrece dicha posibilidad. No. Solamente pueden ser recurridas las liquidaciones tributarias resultantes del acta. Sí, ya que son un acto administrativo. |




