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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEfp 11

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Título del test:
fp 11

Descripción:
Preguntas relacionadas con fp 11

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
11/06/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 18
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Temario:
¿Cuál es la Ley del Voluntariado? Ley 45/2015, del Voluntariado Ley 41/2015, del Voluntariado Ley 35/2017, del Voluntariado Ley 31/2017, del Voluntariado.
¿Dónde aplica esta Ley? Voluntarios, destinatarios y entidades de voluntariado a nivel Estatal o Autonómico y que se desarrollen dentro o fuera de España. Voluntarios, destinatarios y entidades de voluntariado a nivel Estatal o Autonómico y que se desarrollen dentro de España. Voluntarios y entidades de voluntariado a nivel Estatal o Autonómico y que se desarrollen dentro o fuera de España. Voluntarios y destinatarios a nivel Estatal y que se desarrollen dentro de España.
¿Dónde se regula en materia de instituciones penitenciarias la ley de voluntariado? Art 62, creando el Consejo Social Penitenciario Art 26, creando el Consejo Penitenciario Social Art 46, creando el Comité Social Penitenciario Art 64, creando el Comité Penitenciario Social.
Cual de los siguientes NO es un requisito para ser voluntario: Carácter solidario Realización libre Llevarla a cabo sin contraprestación económica o material Llevarla a cabo sin contraprestración a nivel de gastos derivados por el desarrollo de la función. Que se desarrollen a través de Entidades del Voluntariado.
¿La realización de actividades de voluntariado podrá ser causa justificativa de extinción del contrato de trabajo? Sí No.
Son valores: Los que inspiran la convivencia en una sociedad; Los que promueven la defensa del bien común y de los derechos fundamentales; Los que contribuyen a la equidad, la justicia y la cohesión social y Los que fundamenten el despliegue solidario y participativo de las capacidades humanas La libertad; La participación; La solidaridad; La complementariedad; La autonomía e independencia; La gratuidad; La eficiencia; La igualdad de oportunidades; La no discriminación y La accesibilidad.
Son principios: Los que inspiran la convivencia en una sociedad; Los que promueven la defensa del bien común y de los derechos fundamentales; Los que contribuyen a la equidad, la justicia y la cohesión social y Los que fundamenten el despliegue solidario y participativo de las capacidades humanas La libertad; La participación; La solidaridad; La complementariedad; La autonomía e independencia; La gratuidad; La eficiencia; La igualdad de oportunidades; La no discriminación y La accesibilidad.
En cuanto a los menores de edad y el voluntariado Los menores de 18 años podrán ser voluntarios mientras tengan el consentimiento de sus padres. Los menores no podrán ser voluntarios Los mayores de 16 y menores de 18 años deberán contar con el consentimiento de sus padres + Los menores de 16 años y mayores de 12 podrán llevar a cabo acciones de Voluntariado si cuentan con la autorización expresa de sus progenitores Los menores de 16 y mayores de 12 años deberán contar con el consentimiento de sus padres + Los mayores de 16 años y menores de 18 podrán llevar a cabo acciones de Voluntariado si cuentan con la autorización expresa de sus progenitores.
Requisito para realizar labor de voluntariado con contacto de menores: No haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores nunca. No poseer antecedentes penales por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores nunca. En ambos casos, si ya se canceló el delito, se tendrá por cumplido el requisito.
Derechos de los voluntarios (escoger la errónea): Estar cubiertos, a cargo de la Entidad de Voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil Ser reembolsadas por la Entidad de Voluntariado de los gastos realizados en el desempeño de sus actividades Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria.
Los voluntarios están obligados (escoger la errónea) Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Rechazar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción voluntaria Utilizar debidamente la acreditación personal y los distintivos de la Entidad de Voluntariado Ser reembolsadas por la Entidad de Voluntariado de los gastos realizados en el desempeño de sus actividades.
Requisitos de las Entidades Voluntarias (señalar incorrecta) Estar legalmente constituidas e inscritas en los Registros competentes Carecer de ánimo de lucro Estar integradas o contar con voluntarios Desarrollar parte o la totalidad de sus actuaciones mediante Programas de Voluntariado diseñados y gestionados en el marco de las actividades Disponer de un sistema acreditación personal.
Derechos de las Entidades Voluntarias (elegir la incorrecta): Seleccionar a los voluntarios Suspender la actividad de los voluntarios Concurrir a las medidas de fomento de la acción voluntaria Participar a través de las Federaciones, Confederaciones o Uniones de Entidades de Voluntariado en el diseño y ejecución de las políticas públicas de la Administración General del Estado. Cualesquiera otros derechos reconocidos por el resto del ordenamiento jurídico referidos a la acción voluntaria. Obtener reconocimiento de los destinatarios del voluntariado.
Obligaciones de las Entidades Voluntarias (elegir la incorrecta): Suscribir una póliza de seguro u otra garantía financiera, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los Voluntarios, que les cubra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la actividad voluntaria. Facilitar a los Voluntarios una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actividad, donde conste la Entidad de Voluntariado en la que realiza la acción voluntaria Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria. Expedir a los voluntarios un certificado indicando la duración y las actividades efectuadas en los programas en los que ha participado. .
Promoción del Voluntariado desde las Universidades: señale la incorrecta Las Universidades, responsables de la formación universitaria de personas jóvenes y adultas, podrán promover el Voluntariado dentro de sus ámbitos de actuación propios como son la formación, la investigación y la sensibilización de acuerdo con la normativa sectorial de aplicación. Las actuaciones de Voluntariado de las Universidades tendrán como objetivo la formación y sensibilización de la Comunidad Universitaria en el Voluntariado y podrán promoverse desde la propia Universidad o con la participación de Entidades de Voluntariado Las Universidades fomentarán la docencia y la investigación en todos sus niveles en torno al Voluntariado Las Universidades podrán establecer fórmulas de reconocimiento académico de las acciones de Voluntariado realizadas por sus estudiantes Los Voluntarios nunca podrán disfrutar, en los términos y con el alcance que se establezcan reglamentariamente, de los beneficios que puedan establecerse con el exclusivo objeto del fomento, reconocimiento y valoración social de la acción voluntaria. .
La acreditación de la prestación de servicios voluntarios se efectuará mediante certificación expedida por la Entidad de Voluntariado en la que se haya realizado En cualquier momento en que el Voluntario lo solicite y, en todo caso, a la finalización del periodo de voluntariado. En ella deberán constar, como mínimo, además de los datos personales e identificativos del Voluntario y de la Entidad de Voluntariado, la fecha de incorporación a la Entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad. 2 A la finalización del periodo de voluntariado. En ella deberán constar, como mínimo, además de los datos personales e identificativos del Voluntario y de la Entidad de Voluntariado, la fecha de incorporación a la Entidad y la duración, funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad. En cualquier momento en que el Voluntario lo solicite y, en todo caso, a la finalización del periodo de voluntariado. En ella deberán constar, al menos, los datos personales e identificativos del Voluntario y de la Entidad de Voluntariado. También puede incluir la fecha de incorporación a la Entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad. A la finalización del periodo de voluntariado. En ella deberán constar, al menos, de los datos personales e identificativos del Voluntario y de la Entidad de Voluntariado. También puede incluir la fecha de incorporación a la Entidad y la duración, funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad. .
Disposición Adicional Tercera. Participación de Personal del Sistema Nacional de Salud en Emergencias Humanitarias (Señale la incorrecta) Podrá autorizarse la actividad de cooperación en emergencias humanitarias El personal que presta servicios en los Centros e Instituciones del Sistema Nacional de Salud podrá disfrutar de un permiso para participar en emergencias humanitarias. Este permiso tendrá la condición de no retribuido o retribuido parcialmente El profesional durante la vigencia del permiso mantendrá la reserva de la plaza pero se le considerará en situación de servicio inactivo El tiempo de trabajo realizado durante el permiso para participar en proyectos de Cooperación Española en Emergencias Humanitarias será objeto de valoración como mérito, como servicios prestados a la Administración de la que dependan, tanto en los procesos selectivos para acceder a la condición de Personal Estatutario fijo, como en los procesos de provisión de plazas de Personal Estatutario, fijo y temporal, es decir, en aquellos de: selección, promoción interna, concurso, libre designación y movilidad. .
El personal que presta servicios en los Centros e Instituciones del Sistema Nacional de Salud podrá disfrutar de un permiso para participar en emergencias humanitarias. La duración ordinaria del permiso será de tres meses. Este permiso se podrá prorrogar, con carácter extraordinario, hasta un máximo de seis meses, Este permiso no se podrá prorrogar Este permiso se podrá prorrogar, con carácter ordinario, hasta un máximo de tres meses, Este permiso se podrá prorrogar, con carácter extraordinario, hasta un máximo de dos meses,.
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