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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEtest fp 14

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Título del test:
test fp 14

Descripción:
fotocopia fp 14

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
27/03/2020

Categoría:
Personal

Número preguntas: 75
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Una de las siguientes afirmaciones respecto de la Ley 39/2015 no se corresponde: Dicha Ley trata del LPAC-AP Establece una regulación completa y sistemática de las relaciones "ad extra" entre las Administraciones y los Administrados Modifica la Ley 30/1992 (LRJP y LPAC-AP) Establece una regulación completa de lo relativo al ejercicio de la Potestad Reglamentaria y la Iniciativa Legislativa.
El archivo formado por los documentos de hasta 15 años, desde su ingreso en el mismo, procedentes de los Archivos de Gestión o de Oficinas al haber finalizado el trabajo sobre ellos, pero que aún pueden ser necesarios para su consulta en base a controlar los efectos producidos en los mismos, así como el estudio y valoración de las series documentales, se denomina: Archivo de Gestión Archivo Histórico Archivo Central Administrativo o Semiactivo Central Archivo Intermedio o General o Semiactivo Intermedio.
El número de Disposiciones contenidas en la LPAC-AP es de: 5 Disposiciones Adicionales, 7 Disposiciones Finales y 1 Disposición Derogatoria 7 Disposiciones Adicionales, 5 Disposiciones Transitorias,, 1 Disposición Derogatoria y 7 Disposiciones Finales 5 Disposiciones Adicionales, 5 Disposiciones Transitorias,, 1 Disposición Derogatoria y 7 Disposiciones Finales 6 Disposiciones Adicionales, 7 Disposiciones Transitorias,, 1 Disposición Derogatoria y 9 Disposiciones Finales.
Sobre las clases de documentos administrativos, destacaremos como documentos dirigidos por la Administración a los ciudadanos: La Certificación, que es una declaración de conocimiento expedida por el Órgano Administrativo competente, a requerimiento del interesado, con la finalidad de acreditar unos hechos concretos. El informe, que es un parecer de otro Órgano Administrativo distinto de aquel al que corresponde dictar la Resolución, con objeto de proporcionarle los elementos de juicio necesarios para dictarla. La Propuesta de Resolución, en la cual el Instructor de un expediente eleva al órgano decisorio un Proyecto de resolución que es el que recibe el nombre de Propuesta. Todos los anteriores se dirigen a los ciudadanos, a solicitud de éstos.
Quienes de conformidad con el Art 3 de la LPAC-AP tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, entre otros de los siguientes derechos; sin perjuicio de los reconocidos en el Articulo 53 referidos a los interesados en el Procedimiento Administrativo (Señale lo incorrecto) Comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General Electrónico de la Administración A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su CCAA, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico. Nada de lo anterior es incorrecto.
No se considera tradicionalmente Archivo Administrativo: El Archivo de Oficina El Archivo Central El Archivo INtermedio Todos los citados se consideran Archivos Administrativos.
Quienes de conformidad con el art 3 de la LPAC-AP, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, entre otros de los siguientes derechos, sin perjuicio de los reconocidos en el artículo 53 referidos a los interesados en el Procedimiento Administrativo: (Indique la incorrecta) A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta Ley A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas Cualesquiera derechos que les reconozcan la Constitución y las Leyes Recibir y dar tramitación a las solicitudes de información.
Los Archivos de Gestión son los formados por documentación administrativa no tramitada o tramitada: Con menos de 3 años de antigüedad Con menos de 2 años de antigüedad Con menos de 5 años de antigüedad Con menos de 6 años de antigüedad.
El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas: Podrá ser modificado por aquella en cualquier momento No podrá ser modificada por aquella Solo podrá ser modificada por aquella cuando la información contenga datos de los considerados especialmente protegidos de acuerdo con los apartados 2 y 3 del Art 7 de la LOPD Solo podrá ser modificada por aquella cuando la información contenga datos de los considerados especialmente protegidos de acuerdo con los apartados 2 y 3 del Art 7 de la LOPD así como también cuando lo establezca una Ley.
Si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros, la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos: Que no excedan de una cuarta parte de los mismos Que no excedan de una tercera parte de los mismos Que no excedan de la mitad de los mismos Que no exceda de las dos terceras partes de los mismos.
Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados Procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que: Tienen posibilidad de disponer de medios electrónicos necesarios Tienen acceso a los medios electrónicos necesarios Tienen disponibilidad de los medios electrónicos necesarios Tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
¿A qué tipo de Archivo nos estamos refiriendo cuando hablamos de documentación no tramitada y tramitada con menos de 5 años? Al Archivo de Oficina Al Archivo Central Administrativo Al Archivo INtermedio Al Archivo General Semiactivo.
Cuando concurrieran varios interesados en un Procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua: El Procedimiento y los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en Castellano El Procedimiento se tramitará en Castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos El Procedimiento y los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos El Procedimiento se tramitará en la lengua elegida por los mismos, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en Castellano.
El Archivo Intermedio o General (Semiactivo Intermedio) tiene el cometido de recoger, seleccionar, conservar y disponer para información e investigación científica, los fondos documentales de la Administración Pública existente que carezcan legalmente de vigencia administrativa. Además: Los documentos entran a formar parte de un conjunto que se conoce como "Archivo de Gestión", en el que los documentos están en curso de tramitación, no considerándose plenamente como etapa archivística, ya que su tratamiento no lo llevan a cabo los Archiveros, sino los Administrativos de la Oficina productora. Pertenecen a la tercera edad de los documentos. A él se traspasan los documentos de los Archivos Centrales transcurridos 15 años desde su ingreso en el mismo. Recogen documentos de hasta 25 años de antigüedad o más. En ellos se rompe el lazo de dependencia con el Organismo productor. Conservan a perpetuidad la documentación seleccionada por su valor informativo, histórico y cultural. Ninguna correcta.
Los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de una CCAA, se deberán traducir al castellano por: La Administración Pública instructora, así como también los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una CCAA donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción. El Órgano de la CCAA a que se dirijan, así como también los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción. Ninguna correcta. La Administración Pública instructora, así como también los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Cuando debieran surtir efectos en el territorio de una CCAA donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, también será precisa su traducción.
Los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las Oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos, se publicará: Por la Administración General del Estado Por el Gobierno Por cada Administración Pública Por las respectivas Oficinas.
En el Registro Electrónico General (indique lo incorrecto) Se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado Se hará el correspondiente asiento de todo documento que se reciba en cualquier Órgano Administrativo, Órganismo Público o Entidad vinculado o dependiente a éstos. Se podrán anotar la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros Órganos o particulares. Nada de lo anterior es incorrecto.
¿A qué tipo de Archivo nos estamos refiriendo cuando hablamos del formado por documentos de hasta 25 años? Al Archivo de Oficina Al Archivo Central Administrativo Al Archivo Intermedio Al Archivo Histórico.
El Registro Electrónico General de cada Administración: Funcionará como un Portal que facilitará el acceso a los Registros Electrónicos Generales del resto de las Administraciones. Funcionará como un Portal que facilitará el acceso a los Registros Electrónicos Generales de cada Organismo Funcionará como un Portal que facilitará el acceso a los Registros Electrónicos de cada Organismo Funcionará como un Portal que facilitará el acceso a los Registros Electrónicos Generales del resto de las Administraciones y funcionará como un Portal que facilitará el acceso a los Registros Electrónicos de cada Organismo.
A efectos del cómputo de plazos administrativos, si el plazo se fija en meses o años, el plazo concluirá el mismo día en que se produjo: La notificación en el mes o año de vencimiento La publicación en el mes o año de vencimiento El silencio administrativo en el mes o año de vencimiento Todas correctas, según los casos.
Las disposiciones de creación de los Registros Electrónicos: Se publicarán en el BOE y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la Sede Electrónica de acceso al Registro Se publicarán en el Diario Oficial correspondiente y su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la Sede Electrónica de acceso al Registro No necesitarán de publicación en el BOE, pero su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la Sede Electrónica de acceso al Registro No necesitará de publicación en el Diario Oficial correspondiente, pero su texto íntegro deberá estar disponible para consulta en la Sede Electrónica de acceso al Registro.
Podrán ser consultados en los Archivos Administrativos los documentos: Que tengan menos de 5 años Que se encuentren en el Archivo Semiactivo Central Para los que se tenga la correspondiente autorización, exclusivamente Que se encuentren en los Archivos de Gestión u Oficinas.
En la Sede Electrónica de acceso a cada Registro: Se especificará el Órgano o Unidad responsable de su gestión Se especificará la fecha y hora oficial Se especificarán los días declarados como inhábiles Figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo.
En el archivo de Gestión sólo habrá documentos: Para los que se haya dictado firmeza Que se encuentren en la tercera edad como máximo Que se encuentren en fase de tramitación y pertenezcan a la primera edad Que se encuentren en la segunda edad.
Concluido el trámite de registro en el correspondiente Registro Electrónico: Los documentos serán cursados sin dilación a sus destinatarios en el plazo máximo de 3 días hábiles desde el Registro en que hubieran sido recibidos. Los documentos serán cursados sin dilación a sus destinatarios y a las Unidades Administrativas correspondientes desde el Registro en que hubieran sido recibidos. Los documentos serán cursados a las Unidades Administrativas correspondientes desde el Registro en que hubieran sido recibidos dentro de los 3 días hábiles siguientes. Los documentos serán cursados a sus destinatarios y a las Unidades Administrativas correspondientes desde el Registro en que hubieran sido recibidos.
A efectos del cómputo de plazos administrativos, el correspondiente calendario aprobado de días inhábiles, deberá publicarse en el Diario Oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado: Dentro de los 10 primeros días de cada año Antes del comienzo de cada año Dentro del último trimestre del año anterior al que sea de aplicación Dentro del primer trimestre de cada año.
El Registro Electrónico de cada Administración u Organismo emitirá automáticamente: Un recibo consistente en una copia autenticada del documento de que se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro. Un recibo acreditativo de otros documentos que, en su caso, acompañen al documento de que se trate, que garantice la integridad y el no repudio de los mismos. Un recibo consistente en una copia autenticada del documento de que se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de registro, así como un recibo acreditativo de otros documentos que, en su caso, lo acompañen, que garantice la integridad y el no repudio de los mismos. Dicho Registro Electrónico no emitirá recibo alguno automáticamente, sino a solicitud del interesado.
El Archivo de Gestión es un Archivo: Que está cerca del Funcionario En vía de formación Con plena vigencia administrativa Todas correctas.
Los Registros Electrónicos de todas y cada una delas Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice: Su compatibilidad informática e interconexión La transmisión telemática de los asientos registrales La transmisión telemática los documentos que se presenten en cualquiera de los Registros Todas correctas.
El Archivo General y los Archivos Provinciales son considerados Archivo: Intermedio Histórico Central Activo o de Gestión.
Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos: Para ciertos Procedimientos. Para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Para ciertos Procedimientos y colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Para ciertos Procedimientos y colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos se considere tienen capacidad de acceso y disponibilidad a los medios electrónicos necesarios.
En referencia al cómputo de plazos administrativos, la ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido, se aplicará en todo caso: A los Procedimientos tramitados por las Misiones diplomáticas y Oficinas consulares. A los Procedimientos que, sustanciándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero. A los Procedimientos en los que intervengan interesados residentes fuera de España Todas correctas.
Las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada: Una relación de sus Unidades Especializadas Una relación de las Oficinas en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos. Una relación de los Registros Electrónicos Generales de cada Administración Una relación de las Oficinas en las que procederá la admisión de presentación de documentos.
Es función de un Registro: Dejar constancia de la existencia de un documento Obtener datos estadísticos a través de los asientos realizados en el mismo Facilitar la localización concreta de los documentos Todo lo anterior son funciones del Registro.
Con referencia al archivo de documentos, cada Administración deberá mantener: Un Archivo Electrónico único de los documentos electrónicos que correspondan a Procedimientos en curso, en los términos establecidos en la normativa reguladora aplicable. Un Archivo Electrónico único de los documentos electrónicos que correspondan a Procedimientos finalizados, en los términos establecidos en la normativa reguladora aplicable. Uno o varios Archivos Electrónicos para documentos electrónico que correspondan a Procedimientos en curso, en los términos establecidos en la normativa reguladora aplicable. Uno o varios Archivos Electrónicos para documentos electrónicos que correspondan a Procedimientos finalizados, en los términos establecidos en la normativa reguladora aplicable.
De las siguientes afirmaciones, indicar la que es errónea: El Archivo Histórico está formado por los documentos de más de 20 años de antigüedad y conservan el patrimonio documental con carácter definitivo, teniendo un valor intrínseco histórico o documental. El Archivo Central está formado por los documentos de hasta 15 años, desde su ingreso en él, procedentes de los Archivos de Gestión o de Oficinas, al haber finalizado el trabajo sobre ellos, pero que aún pueden ser necesarios para su consulta. Al Archivo General se traspasan los documentos de los Archivos Centrales transcurridos 15 años. Recogen documentos de hasta 25 años de antigüedad o más. Su misión es recoger, seleccionar, conservar y disponer para información e investigación científica, los fondos documentales de la Administración existente que carezcan legalmente de vigencia administrativa y han perdido valor administrativo. El Archivo de Oficina, el Central y el Intermedio forman lo que se ha llamado tradicionalmente Archivos Administrativos.
En los documentos electrónicos se asegurará en todo caso: La eliminación de documentos físicos La eliminación de documentos electrónicos La posibilidad de trasladar los datos a otros formatos y soportes que garanticen el acceso desde diferentes aplicaciones Todas las respuestas son correctas.
Los documentos que se remiten al Archivo Histórico Nacional: Se corresponden con la tercera edad de los documentos Conservan a perpetuidad la documentación por su valor informativo, histórico y cultural Tienen más de 50 años de antigüedad Son los que se encuentran en el Archivo General.
Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto: En la normativa aplicable en cada caso. En el Plan Nacional de Seguridad En el Esquema Nacional de Seguridad En el Art 3 de la LOPD.
A efectos del cómputo de plazos administrativos, son hábiles todas las horas del día que formen arte de un día hábil, y los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto a minuto desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, no pudiendo tener una duración superior a: 12 horas, en cuyo caso se expresarán en días 24 horas, en cuyo caso se expresarán en días 48 horas, en cuyo caso se expresarán en días 72 horas, en cuyo cayo se expresarán en días.
Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con las medidas correspondientes de seguridad, y en particular, asegurarán: La identificación de los usuarios y el control de accesos El cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos. La identificación de los usuarios y el control de accesos, así como el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos. La confidencialidad de los datos especialmente protegidos regulados en los apartados 2 y 3 del Art 7 de la LOPD.
Los Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal y carácter nacional serán creados mediante: Ley Ordinaria Ley Orgánica Real Decreto Resolución del Ministerio de Cultura.
Los interesados en un Procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él: No tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante. Podrán no proporcionárselos a la Administración actuante, sin que ello sea motivo de infracción administrativa. Tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante Tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante, incurriendo en caso contrario, en infracción administrativa grave.
La comparecencia de las personas ante las Oficinas Públicas: Será siempre obligatoria No será obligatoria en ningún caso Solo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de Ley y dicha comparecencia deberá ser presencialmente Ya sea presencialmente o por medios electrónicos, solo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de Ley.
En la comparecencia de personas ante las Oficinas Públicas, las Administraciones Públicas: Entregarán al interesado certificación acreditativa de la comparecencia No están obligadas a entregar en ningún caso al interesado certificación acreditativa de la comparecencia. Entregarán al interesado certificación acreditativa de la comparecencia cuando así lo solicite. Entregarán al interesado certificación acreditativa de la comparecencia, en la que constará preceptivamente, entre otros extremos, el lugar, fecha, hora y objeto de la comparecencia.
En el caso de que los titulares de las Unidades Administrativa y el Personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la Resolución o el despacho de los asuntos, fueran responsables directos o subsidiarios de la no tramitación de un Procedimiento en la forma establecida legalmente: Los interesados podrán solicitar la exigencia de esa responsabilidad ante el titula del Órgano Directivo de la Administración Pública de que dependa el Personal afectado. Los Interesados podrán solicitar la exigencia de esa responsabilidad ante el titular del Órgano Superior de la Administración Pública de que dependa el Personal afectado Los interesados podrán solicitar la exigencia de esa responsabilidad a la Administración Pública de que dependa el Personal afectado Ninguna correcta.
La Resolución de un Procedimiento por la Administración consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables: En los casos de prescripción y renuncia del derecho En los casos de caducidad del Procedimiento o desistimiento de la solicitud En los casos de prescripción y renuncia del derecho y en los casos de caducidad del Procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como de desaparición sobrevenida del objeto del Procedimiento. En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del Procedimiento o desistimiento de la solicitud, exclusivamente.
El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente Procedimiento. No obstante, salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea: Este plazo no podrá exceder de un mes Este plazo no podrá exceder de dos meses Este plazo no podrá exceder de tres meses Este plazo no podrá exceder de seis meses.
Los plazos para dictar Resolución expresa y notificarla a los efectos de lo contemplado en el Art 21 de la LPAC-AP, se contarán: En los Procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación y en los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación y en los iniciados a solicitud del interesado, desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de iniciación y en los iniciados a solicitud del interesado, desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico de las Administración u Organismo competente para su tramitación En los Procedimientos iniciados de oficio, desde el día siguiente a la fecha del acuerdo de iniciación y en los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. En todos los Procedimientos, desde el día siguiente a aquel en que se deje constancia de su entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.
En todo caso, las Administraciones Públicas informarán a los interesados: Del plazo máximo establecido para la Resolución de los Procedimientos y para la notificación de los actos que les pongan término. Del plazo máximo y mínimo establecido para la Resolución de los Procedimientos, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo De los efectos que pueda producir el silencio administrativo Del plazo máximo establecido para la Resolución de los Procedimientos y para la notificación de los actos que les pongan término, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo.
Cuando el número de las solicitudes formuladas o las personas afectadas pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de Resolución, se podrán habilitar los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo: Por el Órgano competente para resolver, a propuesta razonada del Órgano instructor. Por el superior jerárquico del Órgano competente para resolver, a propuesta de éste. Por el Órgano competente para resolver, a propuesta razonada del Órgano instructor, o el superior jerárquico del Órgano competente para resolver, a propuesta de éste. Por el Órgano competente para resolver o el superior jerárquico de éste, a propuesta del Órgano instructor.
El incumplimiento de la obligación legal de dictar Resolución expresa en plazo: Dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable. No dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, pero si a la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable. Solo dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria si ocasionara un perjuicio grave al administrado, además de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable En cualquier caso dará lugar exigencia de responsabilidad disciplinaria.
El transcurso del plazo máximo legal para resolver un Procedimiento y notificar la Resolución se podrá suspender cuando se soliciten informes preceptivos a un Órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión: No podrá exceder en ningún caso de 3 meses, y, en caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el Procedimiento. No podrá exceder en ningún caso de 6 meses, y, en caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, caducará el Procedimiento No podrá exceder en ningún caso de 3 meses, y, en caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, caducará el Procedimiento. No podrá exceder en ningún caso de 6 meses, y, en caso de no recibirse el informe en plazo indicado, proseguirá el Procedimiento.
El transcurso del plazo máximo legal para resolver un Procedimiento y notifica la Resolución no se supenderá: Cuando una Administración Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la base para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 de esta Ley, desde que se realiza el requerimiento hasta que se atienda o, en su caso, se resuelva el Recurso interpuesto ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Deberá ser comunicado a los interesados tanto la realización del requerimiento, como su cumplimiento o, en su caso, la Resolución del correspondiente Recurso Contencioso-Administrativo. Cuando el Órgano competente para resolver decida realizar alguna actuación complementaria de las previstas en el Art 87 de esta Ley, desde el momento en que se notifique a los interesados el acuerdo motivado del inicio de las actuaciones hasta que se produzca su terminación. Cuando los interesados promueva la Recusación en cualquier momento de la tramitación de un Procedimiento, desde que ésta se plantee hasta que sea resuelta por el superior jerárquico del Recusado. Se suspenderá en todos los supuestos anteriores.
Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados: No habrá recurso alguno Cabrán los Recursos Administrativos que procedan Cabrá Recurso de Alzada y, en su caso, el Potestativo de Reposición Solo cabrá Recurso Contencioso-Administrativo.
Cuando el Procedimiento tenga por objeto el acceso a actividades o su ejercicio: La Ley que disponga el carácter estimatorio del silencio deberá fundarse en la concurrencia de razones imperiosas de interés general. La Ley que disponga el carácter desestimatorio del silencio deberá fundarse en la concurrencia de razones de seguridad pública, orden público y de interés general. La Ley que disponga el carácter desestimatorio del silencio deberá fundarse en la concurrencia de razones imperiosas de interés general. La Ley que disponga el carácter estimatorio del silencio deberá fundarse en la concurrencia de razones de seguridad pública, orden público y de interés general.
El sentido del silencio también será desestimatorio: En los Procedimientos de impugnación de actos y disposiciones. En los Procedimientos de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados. En los Procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados. En los Procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión iniciados de oficio o a solicitud de los interesados.
La estimación por silencio Administrativo: Tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del Procedimiento. No tiene la consideración de acto administrativo finalizador del Procedimiento Podrá tener la consideración de acto administrativo finalizador del Procedimiento Solo tendrá la consideración de acto administrativo finalizador del Procedimiento cuando así lo establezca expresamente una norma con rango de Ley o una norma de Derecho de la UE.
La obligación de dictar Resolución expresa a que se refiere el apartado primero del artículo 21 de la LPAC-AP, se sujetará al siguiente régimen: En los casos de estimación por silencio administrativo, la Resolución expresa posterior a la producción del acto sólo pdorá dictarse de ser confirmatoria del mismo. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. Ambas correctas Ambas incorrectas.
Los Actos Administrativos producidos por silencio Administrativo: Producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que se debe dictarse la Resolución expresa sin que la misma se haya producido y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido. Producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que se debe dictarse y notificarse la Resolución expresa sin que la misma se haya expedido y su existencia puede ser acreditada solo por certificado acreditativo del silencio producido Producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que se debe dictarse y notificarse la Resolución expresa sin que la misma se haya expedido y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido Producen efectos desde el vencimiento del plazo máximo en el que debe notificarse la Resolución expresa sin que la misma se haya expedido y su existencia puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido el certificado acreditativo del silencio producido.
El Certificado acreditativo del "silencio administrativo" podrá pedirlo el interesado: En cualquier momento, computándose el plazo para su expedición de oficio desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente a resolver En cualquier momento, no computándose el plazo para su expedición de oficio desde el día siguiente a aquel en que la petición tuviese entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver En cualquier momento, computándose el plazo para su expedición de oficio desde el mismo día en que la petición tuviese entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver En cualquier momento, desde el mismo día en que la petición tuviese entrada en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente para resolver, sin perjuicio del cómputo del plazo para su expedición de oficio.
En los Procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que haya dictado y notificado Resolución expresa produce los siguientes efectos (Indique el incorrecto) En el caso de Procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otra situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo En los Procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos, la Resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el Art 95 de esta Ley En el caso de Procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo. En los Procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos, la Resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el Art 95 de esta Ley y en el caso de Procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones por silencio administrativo.
Se entiende por Documentos Públicos Administrativos: Los válidamente emitidos por la Administración General del Estado Los válidamente emitidos por las Administraciones Públicas y Entidades de Derecho Público Los válidamente emitidos por los Órganos de la Administración General del Estado Los válidamente emitidos por los Órganos de las Administraciones Públicas.
Con referencia a los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Púbicas que se publiquen con carácter meramente informativo, así como aquellos que no formen parte de un expediente administrativo, sería cierta la siguiente afirmación: En todo caso, será necesario identificar el origen de estos documentos y requerirán de firma electrónica. No será necesario identificar el origen de estos documentos y no requerirán de firma electrónica En todo caso, será necesario identificar el origen de estos documentos y no requerirán firma electrónica No será necesario identificar el origen de estos documentos y requerirán de firma electrónica.
Las copias auténticas de documentos privados: No surten efectos administrativos Surten efectos administrativos y privados Surten únicamente efectos administrativos Surten únicamente efectos privados.
Las copias auténticas: Tendrán la misma validez que los documentos originales Tendrán la misma eficacia que los documentos originales Tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales Tendrán la misma validez que los documentos originales ante las Administraciones Públicas pero no tendrán eficacia.
La solicitud de copias auténticas, se dirigirá al Órgano que emitió el documento original, debiendo expedirse, salvo las excepciones derivadas de la aplicación de la Ley 19/2013, en plazo de: 10 días a contar desde la recepción de la solicitud en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente. 15 días a contar desde la recepción de la solicitud en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente. 20 días a contar desde la recepción de la solicitud en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente. 1 Mes a contar desde la recepción de la solicitud en el Registro Electrónico de la Administración u Organismo competente.
Los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, debiendo la Administración proceder a su consulta u obtención. Se presumirá que la consulta u obtención de dichos documentos es autorizada por los interesados: Salvo que la Ley especial aplicable requiera consentimiento expreso Salvo que conste en el Procedimiento su oposición expresa Salvo que conste en el Procedimiento su oposición expresa o la Ley especial aplicable requiera consentimiento expreso Salvo que conste oposición expresa o la Ley especial aplicable requiera consentimiento expreso, así como cuando pueda afectar a la intimidad de terceras personas.
Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante que Órgano Administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas: Recabarlos electrónicamente a través de sus Redes Corporativas u otros sistemas electrónicos habilitados a tal efecto Recabarlos electrónicamente a través de una consulta a las Plataformas de Intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados a tal efecto. Recabarlos electrónicamente a través de sus Redes Corporativas o de una consulta a las Plataformas de Intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Recabarlos electrónicamente o por cualquier otro sistema o medio habilitado al efecto.
De la veracidad de los documentos que presenten los interesados, éstos: Se responsabilizarán Responderán administrativamente Responderán, en su caso, penalmente Responderán, en su caso, tanto administrativamente como penalmente.
La LPAC-AP, tiene el siguiente número de Títulos: 5 6 7 8.
La LPAC-AP tiene el siguiente número de Disposiciones Transitorias: 5 6 7 8.
La Ley LPAC-AP tiene el siguiente número de Disposiciones Derogatorias: Ninguna 1 2 3.
En referencias al cómputo de plazos administrativos, siempre que por Ley o en el Derecho de la UE no se exprese otro cómputo, cuando los plazos señales por días: (señale lo incorrecto) Se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una Ley o por el Derecho de la UE, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones Los Plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo Nada es incorrecto.
En referencia al cómputo de plazos administrativos, sería incierta la siguiente afirmación: Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábiles siguiente. Cuando un día fuese hábil en el Municipio o CCAA en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del Órgano Administrativo, o a la inversa, se considerará inhábil en todo caso. La Administración General del Estado y las Administraciones de las CCAA con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Ninguna es incierta.
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