option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

test fp 7

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
test fp 7

Descripción:
fotocopia fp 7

Fecha de Creación: 2020/03/26

Categoría: Personal

Número Preguntas: 78

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Con referencia a la vigencia y denuncia del IV Convenio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la Administración General del Estado, es incierto: Tiene su entrada en vigor el día 18 de Mayo de 2019, día siguiente a su publicación en el BOE. Sus efectos económicos regirán desde el día 1 de Enero de 2019. Su vigencia se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2021, pudiendo ser denunciado dicho Convenio por cualquiera de las Partes dentro del mes anterior a la terminación de su vigencia. De no efectuarse denuncia expresa, el Convenio se prorrogará automaticamente por periodos anuales.

La normativa del Personal Laboral dependiente de la SGIP, se concreta en: El IV Convenio único, aprobado por Resolución de 13 de Mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo. En lo que proceda, por el TREBEP. El Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. Todas correctas.

Llevar personalmente la documentación administrativa de la Enfermería en un Centro Penitenciario, corresponde: A un miembro del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. A un miembro del Cuerpo de ATS de Sanidad Penitenciaria (Enfermero de IIPP). Al Funcionario de la Unidad de Enfermería. Al Auxiliar de Enfermería.

La Ley sobre Reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios que posibilitó la creación de los distintos Cuerpos vigentes en la actualidad, modificando lo contemplado hasta entonces en el Reglamento de los Servicios de Prisiones de 1956, fue: La Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, desarrollada por Decreto 315/1964. El Decreto 162/1968. La Ley 39/1970. La Ley 36/1977.

Según lo previsto en el Art 50 de la Ley 62/2003, de Medidas Fiscales, se declara a extinguir: El Cuerpo de Profesores de EGB de IIPP. El Cuerpo de Capellanes de IIPP. El Cuerpo de Profesores de EGB de IIPP y el Cuerpo de Capellanes de IIPP. El Cuerpo Especial Masculino y Cuerpo Especial Femenino refundidos en un solo Cuerpo Especial.

La creación del Cuerpo Técnico de IIPP, denominado en la actualidad Superior de Técnicos, viene motivada por: La Ley 36/1988, que entró en vigor el 1 de Enero del mismo años. La Ley 39/1970, de Ordenación de los Cuerpos Penitenciarios. La Ley 53/2002, por su Art 56. La Ley 39/1970, de Reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios.

La promoción del principio de conciliación de la vida familiar, personal y laboral subyace de forma transversal en el conjunto del IV Convenio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la Administración General del Estado y se concreta, en particular, en las medidas de flexibilización y mejora de las condiciones de trabajo que facilitan el desempeño de las funciones profesionales junto con los específicos deberes u obligaciones personales y familiares, en todas menos en una de las siguientes materias: Jornadads y Permisos. Provisión y movilidad. Formación y perfeccionamiento profesional. Vacaciones y licencias.

A los efectos de la Clasificación Profesional contemplada en el IV Convencio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la AGE, el contenido de la prestación laboral es: El conjunto de tareas, funciones y actividades propias de un puesto y que constituyen las obligaciones concretas con las que debe cumplir el trabajador o trabajadora que lo desempeña. El conjunto de tareas, atribuciones y actividades propias de un trabajo y que constituyen las obligaciones concretas con las que debe cumplir el trabajador o trabajadora que lo desempeña. El conjunto de tareas, funciones y actividades propias de un trabajo y que constituyen las prestaciones concretas con las que debe cumplir el trabajador o trabajadora que lo desempeña. El conjunto de tareas, atribuciones y actividades propias de un puesto y que constituyen las prestaciones concretas con las que debe cumplir el trabajador o trabajadora que lo desempeña.

A los efectos de lo regulado en el IV Convenio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la AGE, las Familias Profesionales serán las definidas como tal: Por la Autoridad competente en materia de Educación. Por la Autoridad competente dentro del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNC y FP). Por la Autoridad competente dentro del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Por la Autoridad competente dentro del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNC y FP) + Por la Autoridad competente dentro del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES).

A los efectos de lo regulado en el IV Convenio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la AGE; la Comisión Paritaria estará compuesta: Por 30 miembros con voz y voto, que ostentarán la condición de Personal al servicio de las AAPP. Por 15 personas en representación de cada una de las Partes (Administración-Parte Social). Ambas correctas. Ninguna correcta.

El Personal en Régimen Laboral de IIPP, de acuerdo a lo establecido en el TREBEP, comprende: Trabajadores de carácter fijo, exclusivamente. Trabajadores de carácter eventual, exclusivamente. Trabajadores tanto de carácter fijo, como por tiempo indefinido o temporal. Trabajadores tanto de carácter fijo como eventual e interinos.

A los efectos de lo regulado en el IV Convencio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la AGE, y en referencia a la Provisión de Puestos de Trabajo y Movilidad, no es característica aplicable tanto a la Movilidad por VIolencia de Gënero como a la Movilidad por Violencia Terrorista: Derecho a un Puesto de trabajo propio de su Grupo, Familia Profesional y/o Especialidad, ya seaen la misma o en distinta localidad, sin necesidad de que se trate de una vacante de necesaria cobertura. El traslado tendrá la consideración de traslado forzoso. El traslado tendrá una duración inicial de seis meses, teniendo la Administración la obligación de reservar, durante dicho periodo, el Puesto de Trabajo que se viniera desempeñando. Todo lo anterior es de aplicación tanto a la Movilidad por Violencia de Gënero como a la Movilidad por Violencia Terrorista.

A los efectos de lo regulado en el IV Convencio Colectivo Único del Personal Laboral al servicio de la AGE, las vacaciones anuales retribuidas del Personal Laboral serán de 22 días hábiles por año completo de servicios y se disfrutarán de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el 31 de Enero del año siguiente. No obstante, en el supuesto de haber completado los años de antiguedad que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales a partir del día siguiente al cumplimiento de la antiguedad referenciada: (indique aquello que considere incorrecto). 15 años de servicio: 23 días hábiles. 20 años de servicio: 24 días hábiles. 25 años de servicio: 25 días hábiles. 30 o más años de servicios: 28 días hábiles.

Los puestos de trabajo de Dirección de un Establecimiento Penitenciario e Inspección de Servicios en los Servicios Centrales, pueden estar desempeñados en la actualidad por Funcionarios: Del Cuerpo Superior de Técnicos exclusivamente. Del Cuerpo Superior de Técnicos y Especial Exclusivamente. Del Cuerpo Superior de Técnicos, Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria y Cuerpo Especial de IIPP. Del Cuerpo Superior de Técnicos y Especial Exclusivamente, abarcando también con carácter excepcional al Cuerpo de Ayudantes de IIPP.

Las faltas disciplinarias del Personal Laboral cometidas con ocasión o como consecuencia del trabajo podrán ser Muy Graves, Graves o Leves, regulándose en el IV Convenio Colectivo, sin perjuicio de lo estableido al efecto expresamente en el TREBEP, lo referente a: Faltas Muy Graves , exclusivamente. Faltas Muy Graves y Graves, exclusivamente. Faltas Leves, exclusivamente. El IV Convenio Colectivo regula tanto faltas Muy Graves y Graves como Leve, sin perjuicio de las establecidas al respecto en el art 95.1 del TREBEP como faltas Muy Graves aplicable a dicho Personal Laboral.

Cuerpo Superior de Técnicos es del grupo: A. B. C.

Cuerpo Especial es del grupo: A. B. C.

Cuerpo de Ayudantes es del grupo: A. B. C.

Grupo A: Licenciaturas o enseñanzas superiores universitarias. Diplomatura. Bachillerato. ESO.

Grupo B: Licenciaturas o enseñanzas superiores universitarias. Diplomatura. Bachillerato. ESO.

Grupo C: Licenciaturas o enseñanzas superiores universitarias. Diplomatura. Bachillerato. ESO.

¿Cuándo se creó el cuerpo superior de técnicos?. 39/1970. 1201/1981. 36/1977. 50/1998.

¿Cuándo se creó el cuerpo de ayudantes?. 39/1970. 1201/1981. 36/1977. 50/1998.

Si se consigue 2ª actividad, pasarás de vigilancia interior a trabajo de oficina (según nueva instrucción). Sí. Sí, pero también pueden mandarte a v2. Sí, pero también pueden mandarte a v2 (rastrillos solo). No.

Vigencia y denuncia del convenio único: Desde 1 Enero 2019 hasta 31 Diciembre de 2021. Puede ser denunciado por cualquiera de las partes dentro de los dos meses inmediatos anteriores a la terminación de su vifencia. Desde 1 Enero 2018 hasta 31 Diciembre de 2020. Puede ser denunciado por cualquiera de las partes dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vifencia. Desde 1 Enero 2019 hasta 31 Diciembre de 2022. Puede ser denunciado por cualquiera de las partes dentro de los dos meses inmediatos anteriores a la terminación de su vifencia. Desde 1 Enero 2018 hasta 31 Diciembre de 2023. Puede ser denunciado por cualquiera de las partes dentro de los tres meses inmediatos anteriores a la terminación de su vifencia.

Grupos Profesionales. M3, M2, M1, E2, E1 y E0. A1, A2, B, C1 y C2. E2, E1, B1 y B0. B3, B2, B1 y C3, C2 y C0.

M3, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

M2, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

M1, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

E2, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

E1, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

E0, equivale a: Master. Grado. Técnico Superior. Bachiller. ESO. Sin estudios.

En el Convenio hay: Grupos, Familias y Especialidades. Grupos, Programas y Especialidades. Grupos, Categorías y Funciones. Grupos, Designaciones y Funciones.

El Convenio está compuesto por: Comisión Negociadora y Comisión Paritaria. Comisión Constitucional y Mesa de Negociación. Comisión Negociadora y Comisión Constitucional. Comisión Paritaria y Mesa de Negociación.

Órgano encargado de la negociación del convenio: Comisión Negociadora. Comisión Paritaria.

Órgano encargado de interpretar, vigilar, hacer un seguimiento, estudio de lo pactado. Comisión Negociadora. Comisión Paritaria.

Comisión Negociadora, compuesta por: 30 miembros (15 AGE / 15 Sindicatos). 15 de AGE y 15 de Sindicatos. 20 miembros (10 AGE / 10 Sindicatos). 10 de AGE y 10 de Sindicatos.

Comisión Paritaria, compuesta por: 30 miembros (15 AGE / 15 Sindicatos). 15 de AGE y 15 de Sindicatos. 20 miembros (10 AGE / 10 Sindicatos). 10 de AGE y 10 de Sindicatos.

Comisión Paritaria está compuesta en. Pleno y Comisión Permanente. Pleno. Comisión Permanente.

Comisión Paritaria se reune: Una vez al mes. Una vez al año. Una vez a la semana. Una vez al semestre.

Comisión Paritaria se reune extraordinariamente: Cuando lo soliciten al menos 7 personas que compongan la parte social/administración. Cuando lo soliciten al menos 60% personas que lo compongan. Cuando lo soliciten al menos 80% personas que lo compongan. Cuando lo soliciten al menos 12 personas que compongan la parte social/administración.

Grupos de trabajo de la Comisión Paritaria: Interpretación del Convenio + Traslados. Sanción del Convenio + Traslados. Sanción del Convenio + Pactos. Interpretación del Convenio + Pactos.

Composición Subcomisión Paritaria. Número no superior a quincer. Número no superior a diez. Número no superior a cinco. Número no superior a tres.

Procedimiento Promoción Interna. 2 años de efectivo en el mismo grupo profesional. 1 año de efectivo en el mismo grupo profesional. 2 años de efectivo en el mismo grupo profesional o inmediatamente inferior. 1 año de efectivo en el mismo grupo profesional o inmediatamente inferior.

Pueden acceder al M2 mediante promoción interna: E2 con 2 años de servicio en dicho grupo. E1 con 2 años de servicio en dicho grupo. E0 con 2 años de servicio en dicho grupo. No pueden acceder.

Pueden acceder al E1 desde el E0 mediante promoción interna: haya cumplido más de 10 años de antigüedad en el puesto, salvo en los puestos en los que el requisito de la titulación sea obligatorio por ser ésta habilitante. haya cumplido más de 2 años de antigüedad en el puesto, salvo en los puestos en los que el requisito de la titulación sea obligatorio por ser ésta habilitante. haya cumplido más de 5 años de antigüedad en el puesto, salvo en los puestos en los que el requisito de la titulación sea obligatorio por ser ésta habilitante. haya cumplido más de 3 años de antigüedad en el puesto, salvo en los puestos en los que el requisito de la titulación sea obligatorio por ser ésta habilitante.

Composición Órganos de Selección: Como mínimo, por 4 representantes de la Administración y 3 representantes de los trabajadores. Como mínimo, por 3 representantes de la Administración y 4 representantes de los trabajadores. Como mínimo, por 5 representantes de la Administración y 2 representantes de los trabajadores. Como mínimo, por 2 representantes de la Administración y 5 representantes de los trabajadores.

Todas las personas que forman parte del órgano de selección deberán pertenecer aun grupo profesional: igual o superior al del puesto convocado. igual al del puesto convocado. superior al del puesto convocado. no podrá pertenecer al grupo del puesto convocado.

Periodos de Prueba: M3, M2: 3 meses + 1 mes para el resto de los trabajadores + 15 días para el personal sin titulación. M3: 3 meses + 1 mes para el resto de los trabajadores + 15 días para el personal sin titulación. M3, M2: 6 meses + 3 meses para el resto de los trabajadores + 1 mes para el personal sin titulación. M3: 6 meses + 3 meses para el resto de los trabajadores + 1 mes para el personal sin titulación.

Selección de personal temporal: en el supuesto de los contratos celebrados por circunstancias de la producción, la duración máxima de los mismos podrá ser de hasta: De 6 a 12 meses. De 3 a 12 meses. De 6 a 24 meses. De 3 a 24 meses.

Los puestos de trabajo vacantes de personal laboral cuya cobertura sea necesaria, de acuerdo con la planificación de recursos humanos de la organización, se proveerán con arreglo al siguiente procedimiento: 1º Concurso abierto y permanente, 2º Promoción profesional y 3º Ingreso libre. 1º Promoción profesional, 2º Concurso abierto y permanente y 3º Ingreso libre. 1º Ingreso libre, 2º Concurso abierto y permanente y 3º Promoción profesional. 1º Concurso abierto y permanente, 2º Ingreso libre y 3º Promoción profesional.

Para concursar, debes haber estado un mínimo de dos años, salvo: que el puesto que vaya a solicitar esté ubicado en la misma secretaria de estado o en su defecto, el mismo departamento ministerial. ** es un recordatorio de la excepción **. ** recordar, o dos años o la excepción de la secretaría **.

Puede participar en el concurso: personal laboral fijo discontinuo, con mínimo 2 años de contrato. personal laboral fijo discontinuo, con mínimo 5 años de contrato. personal laboral fijo discontinuo, con mínimo 10 años de contrato. el personal laboral fijo discontinuo no puede participar.

El concurso tendrá: 4 resoluciones anuales. 1 resolución anual. al menos una resolución cada dos años. al menos 2 resoluciones cada cuatro años.

En la adjudicación de las nuevas plazas, en el caso de personal que esté a tiempo parcial o fijo discontinuo o implique cambio de familia profesional/categoría, implicará: la novación modificativa del contrato (te hacen un nuevo contrato con las condiciones pertinentes). ** repaso **. ** repaso **. ** repaso **.

Baremo de valoración de méritos: a) Antigüedad: por cada mes completo b) Méritos Profesionales: hasta un 20% adicional c) Traslado obligatorio a un centro de distinta localidad: hasta un 20% adicional d) Conocimiento de lenguas cooficiales: 1 punto adicional. a) Antigüedad: por cada día completo b) Méritos Profesionales: hasta un 10% adicional c) Traslado obligatorio a un centro de distinta localidad: hasta un 10% adicional d) Conocimiento de lenguas cooficiales: 1 punto adicional. a) Antigüedad: por cada hora. b) Méritos Profesionales: hasta un 10% adicional c) Traslado obligatorio a un centro de distinta localidad: hasta un 10% adicional d) Conocimiento de lenguas cooficiales: 2 puntos adicionales. a) Antigüedad: por cada año completo b) Méritos Profesionales: hasta un 20% adicional c) Traslado obligatorio a un centro de distinta localidad: hasta un 20% adicional d) Conocimiento de lenguas cooficiales: 2 puntos adicionales.

Concurso extraordinario: a quienes se vean afectados por el plan de ordenación y participen como consecuencia del mismo en este tipo de concurso: se les exigirá la permanencia mínima de dos años en el último puesto obtenido con carácter definitivo. no se les exigirá la permanencia mínima de dos años en el último puesto obtenido con carácter definitivo. se les podrá exigirá la permanencia mínima de dos años en el último puesto obtenido con carácter definitivo.

Pemuta (IV Convenio) ¿A partir de cuánto tiempo no se permite la autorización de otra permuta?. 5 años. 10 años. 2 años. 15 años.

Pemuta (TREBEP) ¿A partir de cuánto tiempo no se permite la autorización de otra permuta?. 5 años. 10 años. 2 años. 15 años.

Traslados por violencio de género/victima terrorismo. El traslado tendrá una duración inicial de: 6 meses. 2 meses. 3 meses. 1 año.

¿durante qué plazo desde la fecha de traslado a otro puesto de trabajo, la trabajadora deberá optar expresamente entre el regreso a un destino de características similares al que desempeñaba con anterioridad o continuar en el nuevo?. 18 meses. 12 meses. 24 meses. 9 meses.

Durante los meses 0-6 (tras un traslado por violencia de genero). puedo volver a mi mismo puesto de trabajo. solo puedo volver a uno de similares características.

Durante los meses 6-18 (tras un traslado por violencia de genero). puedo volver a mi mismo puesto de trabajo. solo puedo volver a uno de similares características (o quedarme en el nuevo).

Reserva del puesto de trabajo en casos de movilidad excepcional por razones de conciliación: 6 meses. 1 año. 18 meses. 2 años.

¿Cuando se procederá a la cobertura definitiva de un puesto de trabajo a través del concurso abierto y permanente previsto en el Convenio?. En el caso de que un puesto de trabajo sea ocupado mediante movilidad funcional durante 1 año continuado o 2 alternos en un plazo de 3 años. En el caso de que un puesto de trabajo sea ocupado mediante movilidad funcional durante 2 años continuados o 4 alternos en un plazo de 5 años. En el caso de que un puesto de trabajo sea ocupado mediante movilidad funcional durante 1 año continuado o 2 alternos en un plazo de 5 años. En el caso de que un puesto de trabajo sea ocupado mediante movilidad funcional durante 2 años continuados o 3 alternos en un plazo de 3 años.

En el caso de encomienda del desempeño de un puesto de trabajo de grupo profesional inferior, la movilidad deberá estar justificada por necesidades: perentorias o imprevisibiles del servicio, no pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un mes en el periodo de un año. perentorias o previsibiles del servicio, no pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un mes en el periodo de un año. perentorias o imprevisibiles del servicio, no pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un seis meses en el periodo de dos años. perentorias o previsibiles del servicio, no pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un seis meses en el periodo de dos años.

En el caso de encomienda del desempeño de un puesto de trabajo de grupo profesional superior. No pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un mes en el periodo de un año. No pudiendo ser su duración en su totalidad superior a ochos meses en el periodo de dos años. No pudiendo ser su duración en su totalidad superior a ochos meses en el periodo de un año. No pudiendo ser su duración en su totalidad superior a un mes en el periodo de dos años.

Art 49. Movilidad sin cambio de funciones. La movilidad sin cambio de funciones que traspase los límites del centro de trabajo. Debe ser en la misma localidad. Puede ser en distinta localidad. Debe ser en la misma provincia. Puede ser en distinta provincia.

Traslado obligatorio a un centro de trabajo en distinta localidad se negociará en la correspondiente Subcomisión Paritaria en el plazo de... 15 días. Notificándose a la persona afectada, representante sindical o legal en un plazo de 30 días. 20 días. Notificándose a la persona afectada, representante sindical o legal en un plazo de 30 días. 30 días. Notificándose a la persona afectada, representante sindical o legal en un plazo de 45 días. 10 días. Notificándose a la persona afectada, representante sindical o legal en un plazo de 45 días.

Estructura Salarial (Convenio - Personal Laboral). Salario Base, Pagas extraordinarias, Antigüedad, Complemento personal de antigüedad y de unificación. Salario Base, Pagas extraordinarias, Trienios.

Estructura Salarial (Estatuto - Funcionarios). Salario Base, Pagas extraordinarias, Antigüedad, Complemento personal de antigüedad y de unificación. Salario Base, Pagas extraordinarias, Trienios.

Trabajador con antigüedad antes del 99 (hasta 31 diciembre del 98). Antigüedad. Complemento personal de Antigüedad + Antigüedad.

Trabajador con antigüedad a partir del 99 (desde 1 enero del 99). Antigüedad. Complemento personal de Antigüedad + Antigüedad.

Complemento personal de unificación: Son 12 mensualidades, cuando salen los presupuestos del estado puede que te den más o puede que te quiten. Son 2 mensualidades, cuando salen los presupuestos del estado puede que te den más o puede que te quiten. Son 12 mensualidades, cuando salen los presupuestos del estado puede te darán más. Son 2 mensualidades, cuando salen los presupuestos del estado te quitarán.

Cómputo de horas anuales: 1642 anuales. 1632 anuales. 1647 anuales. 1657 anuales.

Cómputo de horas semanales: 37,5 horas. 40 horas. 37 horas. 38, 5 horas.

Crédito de horas mensuales retribuidas para ejercer su función de representación (Delegado de Personal y Comité de Empresa). 15 horas (hasta 100 trabajadores) 20 horas (101 a 250 trabajadores) 30 horas (251 a 500 trabajadores) 35 horas (501 a 750 trabajadores) 40 horas (más de 750 trabajadores). 15 horas (hasta 100 trabajadores) 20 horas (101 a 250 trabajadores) 25 horas (251 a 500 trabajadores) 30 horas (501 a 750 trabajadores) 35 horas (más de 750 trabajadores). 20 horas (hasta 100 trabajadores) 25 horas (101 a 250 trabajadores) 35 horas (251 a 500 trabajadores) 40 horas (501 a 750 trabajadores) 45 horas (más de 750 trabajadores). 20 horas (hasta 100 trabajadores) 25 horas (101 a 250 trabajadores) 30 horas (251 a 500 trabajadores) 35 horas (501 a 750 trabajadores) 40 horas (más de 750 trabajadores).

Número de delegados sindicales: 250 a 750 trabajadores: 1 751 a 2000 trabajadores: 2 2001 a 5000 trabajadores: 3 Más de 5000 trabajadores: 4. Hasta 50 trabajadores: 1 51 a 250 trabajadores: 2 251 a 750 trabajadores: 3 751 a 2000 trabajadores: 4. 250 a 750 trabajadores: 2 751 a 2000 trabajadores: 3 2001 a 5000 trabajadores: 4 Más de 5000 trabajadores: 5. Hasta 50 trabajadores: 0 51 a 250 trabajadores: 1 251 a 750 trabajadores: 2 751 a 2000 trabajadores: 3.

Denunciar Test