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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEFRONTEX

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Título del test:
FRONTEX

Descripción:
Test Capítulo II: Sección 7 (Test 2 de 2)

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
29/03/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 27
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Temario:
SECCIÓN 7 Actuación de la Agencia en las fronteras exteriores .
¿Quién, basándose en los resultados de la evaluación de la vulnerabilidad o cuando se atribuya un impacto crítico a una o varias zonas de la frontera exterior y teniendo en cuenta los elementos pertinentes de los planes de contingencia del Estado miembro, el análisis de riesgos de la Agencia y el nivel analítico del mapa de situación europeo, recomendará al Estado miembro de que se trate que solicite a la Agencia la puesta en marcha, la realización o la adaptación de operaciones conjuntas, intervenciones fronterizas rápidas o cualquier otra medida pertinente de la Agencia establecida en el artículo 36? El director ejecutivo. El Consejo de Administración. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
El Estado miembro de que se trate responderá a la recomendación del director ejecutivo a que se refiere el apartado 1 en el plazo de ... En caso de respuesta negativa a la recomendación, el Estado miembro también justificará su respuesta. El director ejecutivo notificará sin demora al Consejo de Administración y a la Comisión las medidas recomendadas y la motivación de la respuesta negativa, con vistas a evaluar la necesidad de adoptar medidas urgentes de conformidad con el artículo 42. Cinco días hábiles. Seis días hábiles. Siete días hábiles. Tres días hábiles.
Cuando el control de las fronteras exteriores sea tan ineficaz que pueda poner en peligro el funcionamiento del espacio Schengen, porque un Estado miembro no adopte las medidas necesarias fijadas en una decisión del Consejo de Administración, según lo dispuesto en el artículo 32, apartado 10, o un Estado miembro que se enfrente a un reto concreto y desproporcionado en las fronteras exteriores no haya solicitado ayuda suficiente a la Agencia al amparo de los artículos 37, 39 o 40, o no está dando los pasos necesarios para adoptar las medidas establecidas en dichos artículos o en el artículo 41, ¿quién podrá adoptar sin demora una decisión, mediante un acto de ejecución, en la que se fijen las medidas que deberá adoptar la Agencia al objeto de aminorar dichos riesgos y en la que se solicite al Estado miembro de que se trate que coopere con la Agencia en su aplicación? La Comisión, a propuesta del Consejo. El Consejo consultará a la Agencia antes de presentar su propuesta. El Consejo, a propuesta de la Comisión. La Comisión consultará a la Agencia antes de presentar su propuesta. La Comisión, a propuesta del Consejo. La Comisión consultará a la Agencia antes de presentar su propuesta. El Consejo, a propuesta de la Comisión. El Consejo consultará a la Agencia antes de presentar su propuesta.
Cuando surja una situación que requiera una acción urgente, se informará sin demora de dicha situación al Parlamento Europeo, así como de todas las medidas y decisiones posteriores que se hayan adoptado en respuesta a dicha situación. A fin de mitigar el riesgo de poner en peligro el espacio Schengen, la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1 preverá que la Agencia tome una o varias de las siguientes medidas: Señale la opción INCORRECTA. Organizar y coordinar intervenciones fronterizas rápidas y desplegar el cuerpo permanente, incluidos equipos de la reserva de reacción rápida. Desplegar el cuerpo permanente en el marco de los equipos de apoyo a la gestión de la migración, en particular en fronteras y costas. Coordinar actividades para uno o varios Estados miembros y terceros países en las fronteras exteriores, incluidas operaciones conjuntas con terceros países. Desplegar el equipamiento técnico. Organizar intervenciones de retorno.
El director ejecutivo, en un plazo de ... a partir de la fecha de adopción de la decisión del Consejo, determinará las acciones que deban realizarse para la ejecución práctica de las medidas previstas en dicha decisión, incluido el equipamiento técnico y el número y los perfiles del personal operativo que se requiera para lograr los objetivos de dicha decisión y elaborará un proyecto de plan operativo y lo presentará a los Estados miembros de que se trate. Cinco días hábiles. Tres días hábiles. Dos días hábiles. Siete días hábiles.
El director ejecutivo y el Estado miembro en cuestión alcanzarán un acuerdo sobre el plan operativo y lo presentará a los Estados miembros de que se trate, en un plazo de ... a partir de la fecha de su presentación. Siete días hábiles. Cinco días hábiles. Tres días hábiles. Dos días hábiles.
Para la ejecución práctica de las medidas previstas en la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1, la Agencia desplegará de inmediato, y en cualquier caso en el plazo de ... hábiles a partir de la fecha en que se fije el plan operativo, el personal operativo necesario del cuerpo permanente. En una segunda fase se desplegarán los equipos adicionales que resulten necesarios, y siempre en el plazo de ... hábiles a partir de la fecha en que se fije el plan operativo. Siete días / Diez días. Cinco días / Doce días. Cinco días / Diez días. Siete días / Doce días.
La Agencia y los Estados miembros enviarán de inmediato, y en cualquier caso en el plazo de ... a partir de la fecha en que se fije el plan operativo, el equipamiento técnico necesario y el personal competente al lugar de destino para su despliegue con miras a la ejecución práctica de las medidas previstas en la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1. Doce días hábiles. Siete días hábiles. Diez días hábiles. Cinco días hábiles.
Señale la opción CORRECTA. Se desplegará el equipamiento técnico adicional cuando resulte necesario en una segunda fase, de conformidad con el artículo 64. El Estado miembro de que se trate ejecutará la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1. Con ese fin, cooperará de inmediato con la Agencia y tomará las medidas necesarias para facilitar la aplicación de dicha decisión, así como la ejecución práctica de las medidas fijadas en la citada decisión y en el plan operativo acordado con el director ejecutivo aplicando en particular las obligaciones previstas en los artículos 43, 82 y 83. De conformidad con el artículo 57 y, en su caso, el artículo 39, los Estados miembros pondrán a disposición el personal operativo que determine el director ejecutivo de conformidad con el apartado 4 del presente artículo. Todas son correctas.
La Comisión supervisará la aplicación de las medidas previstas en la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1, así como de las acciones que la Agencia emprenda a tal efecto. Si el Estado miembro en cuestión no ejecuta la decisión del Consejo a que se refiere el apartado 1 del presente artículo en el plazo de ... y no coopera con la Agencia de conformidad con apartado 8 del presente artículo, la Comisión podrá activar el procedimiento previsto en el artículo 29 del Reglamento (UE) 2016/399. Diez días. Veinte días. Treinta días. Cinco días.
Señale la opción INCORRECTA. Durante el despliegue de los equipos de gestión de las fronteras, los equipos de retorno y los equipos de apoyo a la gestión de la migración, el Estado miembro de acogida o, en caso de que se coopere con un tercer país conforme a un acuerdo sobre el estatuto, el tercer país de que se trate impartirá instrucciones a los equipos de conformidad con el plan operativo. La Agencia, a través de su agente de coordinación, podrá comunicar su punto de vista al Estado miembro de acogida acerca de las instrucciones dadas a los equipos. En ese caso, el Estado miembro de acogida tendrá en cuenta ese punto de vista y en todo caso, lo respetará. Si las instrucciones impartidas a los equipos no se ajustan al plan operativo, el agente de coordinación informará de inmediato al director ejecutivo, quien, cuando proceda, podrá tomar medidas en virtud de lo previsto en el artículo 46.3. El personal estatutario desplegado como miembro de los equipos estará sujeto a las medidas disciplinarias contempladas en el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes y a las medidas de naturaleza disciplinaria previstas en el mecanismo de supervisión a que se refiere el artículo 55.5 a).
Señale la opción INCORRECTA. En el ejercicio de sus funciones y competencias, los miembros de los equipos respetarán plenamente los derechos fundamentales, incluido el acceso a procedimientos de asilo, y la dignidad humana, y prestarán especial atención a las personas con discapacidad intelectual. Todas las medidas adoptadas en el ejercicio de sus funciones y competencias serán proporcionadas a los objetivos perseguidos por dichas medidas. Al ejecutar sus funciones y ejercer sus competencias, no discriminarán a las personas por ningún motivo, y en particular por razón de sexo, raza, color, origen étnico o social, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual, en consonancia con el artículo 21 de la Carta. Los miembros de los equipos que no sean miembros del personal estatutario seguirán estando sujetos a las medidas disciplinarias de su Estado miembro de origen. En caso de violación de los derechos fundamentales o de las obligaciones en materia de protección internacional en el curso de cualquier actividad operativa de la Agencia, el Estado miembro de origen tomará las medidas adecuadas, disciplinarias o de otro tipo, de acuerdo con su Derecho nacional.
Señale la opción INCORRECTA respecto al Agente de Coordinación. La Agencia garantizará la ejecución operativa de todos los aspectos organizativos de las operaciones conjuntas, los proyectos piloto o las intervenciones fronterizas rápidas, incluida la presencia de personal estatutario. Sin perjuicio del artículo 60, el director ejecutivo nombrará a uno o varios expertos del personal estatutario para su despliegue como agentes de coordinación de cada operación conjunta o intervención fronteriza rápida. El director ejecutivo comunicará este nombramiento al Consejo de Administración. El agente de coordinación actuará en nombre de la Agencia en todos los aspectos del despliegue de los equipos. El agente de coordinación se encargará de reforzar la cooperación y coordinación entre el Estado miembro de acogida y los Estados miembros participantes. El agente de coordinación contará con la asistencia y el asesoramiento de, al menos, un observador de los derechos fundamentales. En el contexto de las operaciones conjuntas o de las intervenciones fronterizas rápidas, el director ejecutivo podrá autorizar al agente de coordinación para que ofrezca asistencia con el fin de solucionar desacuerdos en la ejecución del plan operativo y en el despliegue de los equipos.
En particular, el agente de coordinación: Señale la opción INCORRECTA. Actuará como interfaz entre la Agencia, el Estado miembro de acogida y los miembros de los equipos y prestará su asistencia, en nombre de la Agencia, para todas las cuestiones relacionadas con las condiciones de despliegue de los equipos. Supervisará la correcta ejecución del plan operativo, incluido, en cooperación con los observadores de los derechos fundamentales, lo relativo a la protección de los derechos fundamentales e informará a la Agencia al respecto. Actuará en nombre de la Agencia en todos los aspectos del despliegue de sus equipos e informará a la Agencia sobre todos ellos. Informará al director ejecutivo en el caso de que las instrucciones que faciliten a sus equipos los Estados miembros de acogida no se ajusten al plan operativo, en particular en lo que respecta a los derechos fundamentales, y, en su caso, propondrá al director ejecutivo que considere la posibilidad de adoptar una decisión de conformidad con el artículo 46.
La Agencia sufragará en su totalidad los gastos siguientes en que incurran los Estados miembros cuando pongan a disposición a miembros de su personal para despliegues de corta duración del cuerpo permanente como miembros de los equipos en los Estados miembros y en terceros países de conformidad con el artículo 57, o en los Estados miembros a través de la reserva de reacción rápida de conformidad con el artículo 58: Señale la opción INCORRECTA. Gastos de desplazamiento desde el Estado miembro de origen hasta el Estado miembro de acogida y viceversa, dentro del Estado miembro de acogida a efectos del despliegue o de la reasignación dentro de ese Estado miembro de acogida o a otro Estado miembro de acogida, y de los despliegues y las reasignaciones dentro de un tercer país o a otro tercer país. Gastos de vacunación. Gastos de los seguros especiales necesarios. Gastos de atención sanitaria, incluidos los gastos de asistencia social. Dietas, incluidos los gastos de alojamiento.
Señale la opción INCORRECTA. Sobre la base de una propuesta del director ejecutivo, el Consejo de Administración adoptará normas detalladas relativas al reembolso de los costes en que incurra el personal desplegado durante períodos de corta duración, de conformidad con los artículos 57 y 58 y las actualizará en caso necesario. Para garantizar el cumplimiento del marco jurídico aplicable, el director ejecutivo presentará esta propuesta una vez recibido el dictamen favorable de la Comisión. Las normas detalladas se basarán en la medida de lo posible en las opciones de costes simplificados de conformidad con el artículo 125.1 c), d) y e), del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Cuando proceda, el director ejecutivo garantizará la coherencia con las normas aplicables a los gastos de misión del personal estatutario.
¿Quién pondrá fin a las actividades de la Agencia si ya no se dan las condiciones necesarias para llevar a cabo dichas actividades e informará al Estado miembro de que se trate antes de dicha terminación? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
Los Estados miembros que participen en una actividad operativa de la Agencia, ¿a quién podrán solicitar que ponga fin a dicha actividad operativa? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
¿Quién, tras informar al Estado miembro de que se trate, podrá retirar la financiación de una actividad, así como suspenderla o concluirla si el Estado miembro de acogida no respeta el plan operativo? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
¿Quién podrá, tras consultar con el agente de derechos fundamentales e informar al Estado miembro de que se trate, retirar la financiación de cualquier actividad de la Agencia o suspender o poner fin, tanto total como parcialmente, a tal actividad, si considera que se están produciendo violaciones de derechos fundamentales o de obligaciones de protección internacional graves o que es probable que persistan en relación con la actividad de que se trate? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
¿Quién, tras consultar al oficial de derechos fundamentales, decidirá no iniciar ninguna actividad de la Agencia cuando, desde el comienzo de esta, considere que hay razones serias para suspenderla o concluirla porque puede provocar graves violaciones de derechos fundamentales o de obligaciones de protección internacional y, además, informará al Estado miembro de que se trate de dicha decisión? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
Las decisiones a que se refieren los apartados 4 y 5 se tomarán por motivos debidamente justificados. Al tomar dichas decisiones, ¿quién tendrá en cuenta la información pertinente, como el número y el fondo de las denuncias registradas que no hayan sido resueltas por una autoridad nacional competente, los informes de incidentes graves, y los informes de los agentes de coordinación y de otras organizaciones internacionales e instituciones, órganos y organismos de la Unión competentes en los ámbitos regulados por el presente Reglamento? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
En caso de que el ... decida suspender o poner fin al despliegue por parte de la Agencia de un equipo de apoyo a la gestión de la migración, deberá notificarlo a los demás órganos y organismos competentes activos en la zona de dicho punto crítico. El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
El director ejecutivo evaluará los resultados de todas las actividades operativas de la Agencia y enviará al Consejo de Administración los informes de evaluación detallados en un plazo de ... a partir del momento en que finalicen dichas actividades, junto con las observaciones del agente de derechos fundamentales. Sesenta días. Noventa días. Treinta días. Veinte días.
¿Quién realizará un análisis exhaustivo de esos resultados con el fin de mejorar la calidad, la coherencia y la efectividad de futuras actividades e incluirá dicho análisis en el informe anual de actividad de la Agencia? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
¿Quién velará por que la Agencia tenga en cuenta el análisis de dichos resultados en sus actividades operativas futuras? El director ejecutivo. El Consejo de Administración.
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