Funciones Órganos Colegiados
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Título del Test:![]() Funciones Órganos Colegiados Descripción: MAES UJA 20/21 |




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Dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno del mismo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Representar oficialmente a la Administración Educativa en el Centro y ostentar la representación oficial del mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Colaborar con los órganos de la Administración Educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Instituto, así como formar parte de los órganos consultivos de la Delegación Provincial que se establezcan. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar los pagos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Visar las certificaciones y documentos oficiales del Instituto. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Designar y proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del Equipo Directivo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Proponer el nombramiento y cese de los Jefes/as de Departamento y de los tutores/as, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y proporcionar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión del profesorado, de los padres y madres, del alumnado y del personal de administración y servicios. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones del Consejo Escolar del Claustro y del Equipo Técnico de Coordinación del Instituto y de los demás órganos colegiados. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Firmar convenios de colaboración con centros de trabajo, una vez informados por el Consejo Escolar. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Favorecer la convivencia en el Instituto y garantizar que el procedimiento seguido para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, se ajuste a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento y a los criterios fijados por el Consejo Escolar del Instituto. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con lo que, en aplicación del artículo 13 del Reglamento Orgánico de los Centros, se determine a tales efectos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Instituto y colaborar con la Administración Educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Respecto del servicio de transporte escolar, informar a las familias y Excmo. Ayuntamiento de la localidad sobre el horario (si fuese necesario), puntos de recogida y regreso, así como de las normas establecidas de uso y comportamiento. Deberá comunicar también a la Delegación Provincial de Educación todas las incidencias o anomalías que se produzcan sobre su normal funcionamiento. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Mantener las relaciones administrativas con la Delegación Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Promover e impulsar las relaciones del Instituto con las Instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Promover las relaciones con los Centros de trabajo que afecten a la formación del alumnado y a su inserción profesional. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Facilitar la información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad educativa. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ejercer, por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Sustituir al Director/a en caso de ausencia o enfermedad. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con los Centros de Educación Primaria que tenga adscritos el Instituto. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario general del Instituto, así como los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Coordinar las actividades de los Jefes/as de Departamento. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Coordinar y dirigir la acción de los Tutores/ as con la colaboración del Departamento de Orientación, de acuerdo con el Plan de Orientación y de Acción Tutorial. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Organizar los actos académicos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Organizar la atención y el cuidado de los alumnos y alumnas de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices de la Dirección. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Actuar como secretario/a de los órganos colegiados de gobierno del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director/a. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Custodiar los libros oficiales y archivos del Instituto. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Expedir, con el visto bueno de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Adquirir el material y el equipamiento, custodiar, coordinar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del Director/a. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ejercer, por delegación de este último y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito y controlar la asistencia al trabajo del mismo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Instituto. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ordenar el régimen económico del Instituto, de conformidad con las instrucciones del Director/a, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores en relación con la planificación y organización docente. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar informes a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Aprobar el reglamento de régimen interior del centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar y Claustro. ETCP. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar y Claustro. ETCP. Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación general anual, así como evaluar su aplicación. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y sus posibles modificaciones, asegurándose la coherencia con el proyecto educativo. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Elaborar la propuesta de criterios para realizar las adaptaciones curriculares de los alumnos. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Proponer al Claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Proponer al Claustro la planificación general de las sesiones de evaluación, de acuerdo con la jefatura de estudios. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Proponer al Claustro el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del aprendizaje y el proceso de enseñanza. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyecto del Centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa, e impulsar planes de mejora. Director. Jefe de Estudios. Secretario. Vicedirector. Claustro. Consejo Escolar. ETCP. |