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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEFundamentos Clásicos de la Democracia

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Título del test:
Fundamentos Clásicos de la Democracia

Descripción:
Septiembre 16/17-2º

Autor:
Miriam Torres
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Fecha de Creación:
05/08/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
La voz Directium o Derecho se generaliza en Roma: A partir de la segunda mitad del siglo III d.C. A mediados del siglo II d.C. A finales del siglo I d.C.
El proceso de diversificación, y consiguiente identificación, de las distintas materias del árbol jurídico que representa el derecho: Se halla agotado desde finales del siglo XIX Se configura como una realidad cambiante que no conoce final Depende de la decisión del legislador de cada época.
Potestas hace referencia a un: Saber socialmente reconocido Poder exclusivo de los magistrados con imperium Poder Determinado que se concede a cada magistratura para el desempeño de su concreta función.
La existencia de antinomias guarda relación con: La existencia de más de un precepto normativo para un mismo supuesto de hecho Las lagunas legales La plenitud del ordenamiento jurídico.
La serie de preceptos que se contienen en la ley de las XXII Tablas se pueden calificar de axiomas: Lapidarios Descriptivos Complejos.
La cooptatio referida al Comicio Curiado implica: La toma de posesión del rex sacrorum El pronunciamiento favorable a la admisión de una nueva gens a la vida ciudadana La actuación como testigo cualificado en el otorgamiento de testamento.
No cabe descartarse que el Comicio Centuriado en sus orígenes no otra cosa que: La reunión de todo el pueblo de hombres y mujeres El pueblo dispuesto o reunido para la lucha La exclusiva reunión de Patricios.
La relación entre tribus rústicas y urbanas era la siguiente: 30 urbanas y 5 rústicas 4 urbanas y 31 rústicas 21 rústicas y 14 urbanas.
Una de las más fehacientes de que se ostentaba la ciudadanía romana era: La inclusión en el Registro civil La inclusión en alguna de las tribus La estancia en Roma por 10 o más años.
El criterio para la distribución de los ciudadanos en las centurias responde al modelo: Timocrático Democrático Mixto.
Los Comicios: Tuvieron poder de auto-convocatoria al final de República Nunca tuvieron poder de autoconvocatoria Tuvieron poder de autoconvocatoria durante el interregnum.
El derecho a ser elegido para el desempeño de una magistratura se denomina: ius sufragii ius honorum ius eligendi.
La iniciativa popular en materia legislativa exige un mínimo de: 300.000 firmas acreditadas 400.000 firmas acreditadas 500.000 firmas acreditadas.
El consejo de Estado en nuestra Constitución se configura como: Un órgano legislativo Una institución de asesoramiento al Parlamento El supremo órgano consultivo del Gobierno.
La competencia judicial de los Comicios Centuriados se concreta en: La provocatio ad populum La imposición de penas La sanción de delitos militares.
Una de las notas distintivas de la labor de la jurisprudencia romana es: Su capacidad abstracción Su análisis teórico El tradicionalismo.
En el artículo 1.1 del Código Civil, la jurisprudencia: Aparece mencionada como fuente subsidiaria de primer grado Aparece mencionada como fuente subsidiaria de segundo grado No aparece mencionada.
En la LEC los procesos se clasifican en: Declarativos, ejecutivos y constitutivos Declarativos, ejecutivos y de menor cuantía De mayor cuantía de menor cuantía y declarativos .
La parte Oriental del Imperio, con arreglo a la división impuesta por la tetrarquía, se reserva a: Diocleciano Maximiliano Constantino.
En los procesos ante los magistrados municipales como cláusula general se se establecía la ficción de que éstos se tramitarían igual que ante: El pretor urbano El Pretor peregrino El gobernador de la provincia.
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