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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEGACE- COOPERACIÓN INTERADVA. (I)

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Título del test:
GACE- COOPERACIÓN INTERADVA. (I)

Descripción:
ÓRGANOS DE COOPERACIÓN ENTRE AAPP

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
17/02/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 20
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Temario:
Las AAPP cooperarán al servicio del interés general y podrán acordar de manera voluntaria la forma de ejercer sus respectivas competencias. ¿Qué requerirá la formación de estas relaciones de cooperación? La aceptación expresa o presunta de las partes, formulada en acuerdos o en contratos. La aceptación de las partes, mediante el correspondiente convenio firmado al efecto. La aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos o en convenios. Ninguna es correcta.
Una Comisión Bilateral del Cooperación se puede definir como: Un órgano de cooperación, de ámbito sectorial determinado, que reúne, como Presidente, al miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia, y a los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Un órgano de cooperación, que reúne, por un número igual de representantes, a miembros del Gobierno, en representación de la AGE, y a miembros del Consejo de Gobierno de las CCAA o representantes de la Ciudad de Ceuta o de la Ciudad de Melilla. Un órgano de cooperación entre el Gobierno de la Nación y los respectivos Gobiernos de las CCAA y está formada por el Presidente del Gobierno, que la preside, y por los Presidentes de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Un órgano de cooperación entre Administraciones cuyos territorios sean coincidentes o limítrofes, para mejorar la coordinación de la prestación de servicios, prevenir duplicidades y mejorar la eficiencia y calidad de los servicios, creado cuando así lo requiera la proximidad territorial o la concurrencia de funciones administrativas.
Una Conferencia Sectorial se puede definir como: Un órgano de cooperación, de composición multilateral y de ámbito sectorial determinado, que reúne, como Presidente, al miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia, y a los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Un órgano de cooperación de composición bilateral, que reúne, por un número igual de representantes, a miembros del Gobierno, en representación de la AGE, y a miembros del Consejo de Gobierno de las CCAA o representantes de la Ciudad de Ceuta o de la Ciudad de Melilla. Un órgano de cooperación multilateral entre el Gobierno de la Nación y los respectivos Gobiernos de las CCAA y está formada por el Presidente del Gobierno, que la preside, y por los Presidentes de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Un órgano de cooperación entre Administraciones cuyos territorios sean coincidentes o limítrofes, para mejorar la coordinación de la prestación de servicios, prevenir duplicidades y mejorar la eficiencia y calidad de los servicios, creado cuando así lo requiera la proximidad territorial o la concurrencia de funciones administrativas.
La convocatoria de las reuniones de una Conferencia Sectorial corresponde: Al Ministro que presida la Conferencia Sectorial, que acordará la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia, al menos una vez al año, o cuando así lo soliciten, al menos, la tercera parte de sus miembros. Al Presidente del Gobierno, que acordará la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia, al menos dos veces al año, o cuando así lo soliciten, al menos, las dos terceras partes de sus miembros. Al Ministro que presida la Conferencia Sectorial, que acordará la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia, al menos una vez al trimestre, o cuando así lo soliciten, al menos, la tercera parte de sus miembros. Al Ministro que presida la Conferencia Sectorial, que acordará la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia, al menos una vez al trimestre, o cuando así lo soliciten, al menos, las dos terceras partes de sus miembros.
Podrán crearse Comisiones Territoriales de Coordinación: Cuando el cumplimiento del plazo de trasposición de directivas UE u otras razones justificadas así lo aconsejen. Cuando concurran razones graves de interés púbico que lo justifiquen. Cuando la proximidad territorial o la concurrencia de funciones administrativas así lo requiera, para mejorar la coordinación de la prestación de servicios, prevenir duplicidades y mejorar la eficiencia y calidad de los servicios. Cuando se apruebe expresamente, mediante acuerdo o convenio.
¿Cuál es el régimen de convocatoria de las Comisiones Territoriales de Coordinación? El mismo que el establecido para las Conferencias Sectoriales. El que se establezca en su propio reglamento interno de funcionamiento. El mismo que el establecido para las Conferencias de Presidentes. El mismo que el Establecido para las Comisiones Sectoriales.
La Conferencia de Presidentes tiene por objeto: La mejora de la coordinación de la prestación de servicios, evitando duplicidades y mejorando la eficiencia y calidad de los servicios La deliberación de asuntos y la adopción de acuerdos, de interés para el Estado y las CCAA. El ejercicio de funciones consultivas, decisorias o de coordinación orientadas a alcanzar acuerdos sobre materias comunes. El ejercicio de funciones de consulta y adopción de acuerdos que tengan por objeto la mejora de la coordinación entre las respectivas AAPP, en asuntos que afecten de forma singular a la Comunidad Autónoma, a la Ciudad de ceuta o a la Ciudad de Melilla.
Una Conferencia Sectorial está integrada por: El Presidente del Gobierno, que la preside, y los Presidentes de las CCAA y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, y el Presidente del Gobierno, que la preside. El Presidente del Gobierno, que la preside; el miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de Ceuta y Melilla. El miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia, y que actuará como presidente, y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
¿A quién se debe informar de los anteproyectos de leyes y proyectos de reglamentos del Gobierno de la Nación o de los Consejos de Gobierno de las CCAA cuando afecten de manera directa al ámbito competencial de las otras AAPP? Conferencia de Presidentes. Comisiones Territoriales de Coordinación. Conferencias Sectoriales. Comisiones Bilaterales de Cooperación.
¿Como se denominan los órganos de trabajo y de apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial? Grupos de Trabajo. Comisión Sectorial. Comisión Bilateral. Comisión Territorial.
¿Qué funciones ejercen las Comisiones Bilaterales de Cooperación? Funciones de apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial. Funciones de apoyo del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas del Gobierno. Funciones de consulta y adopción de acuerdos que tengan por objeto la mejora de la coordinación entre las respectivas AAPP en asuntos que afecten de forma singular a la Comunidad Autónoma, a Ceuta o a Melilla. Funciones de asesoramiento, apoyo técnico y publicaciones.
La Conferencia de Presidentes es: Un órgano de colaboración multilateral ente la Administración General del estado, las Administraciones Autonómicas y las Entidades Locales. Un órgano de cooperación bilateral entre el Gobierno de la Nación y el Gobierno de cada CCAA. Un órgano de colaboración multilateral ente los Gobiernos de las CCAA. Un órgano de cooperación multilateral entre el Gobierno de la Nación y los respectivos Gobiernos autonómicos.
¿Qué forma revestirán las decisiones de las Conferencias Sectoriales? Acuerdos o Decretos. Acuerdos o Convenios. Acuerdos o Recomendaciones. Convenios o Recomendaciones.
La Comisión Sectorial es el órgano de trabajo y apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial, entre sus funciones podemos citar las siguientes (señala la correcta): El establecimiento de mecanismos de intercambio de información, especialmente de contenido estadístico. La adopción de un acuerdo sobre la organización interna y el método de trabajo de la Conferencia Sectorial. El seguimiento y evaluación de los Grupos de Trabajo constituidos por la Conferencia Sectorial. La recepción de los actos de comunicación de los miembros de la Conferencia Sectorial y, por tanto, de las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o de cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
¿Quién aprueba el reglamento de organización y funcionamiento interno de una Conferencia Sectorial?: Sus miembros. El Ministro que la presida. El Presidente del Gobierno. El Presidente de la CA o de las ciudades de Ceuta y Melilla, de común acuerdo con el Ministro que presida la Conferencia Sectorial.
¿Qué forma revestirán las decisiones adoptadas por las Comisiones Bilaterales de Cooperación? Instrucciones, que no serán de obligado cumplimiento. Acuerdos, de obligado cumplimiento cuando así se prevea expresamente. Acuerdos, que no serán de obligado cumplimiento. Convenios, de obligado cumplimiento cuando así se prevea expresamente.
Las Comisiones Territoriales de Coordinación podrán estar formadas por: El Presidente del Gobierno, que las preside, y los Presidentes de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. El Presidente del Gobierno, que las preside, el miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia, y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. El miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia y que actuará como presidente, y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Representantes de la AGE y representantes de las EELL o representantes de las CCAA y representantes de de las EELL o representantes de la AGE, representantes de las CCAA y representantes de las EELL, en función de las AAPP afectadas por razón de la materia.
La Comisión Sectorial es el órgano de trabajo y apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial. ¿Cuáles de las siguientes son funciones de una Comisión Sectorial? Establecer mecanismos de intercambio de información, especialmente de contenido estadístico. Acordar la organización interna y su método de trabajo. Establecer planes específicos de cooperación entre CCAA en la materia sectorial correspondiente, procurando la supresión de duplicidades y la consecución de una mejor eficiencia de los servicios urbanos. Preparar las reuniones de la Conferencia Sectorial, para lo que tratará los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria.
¿Quién designa a la persona que ocupará la Secretaría de una Conferencia Sectorial? El Presidente de la Conferencia Sectorial. El Presidente del Gobierno, a propuesta del Presidente de la Conferencia Sectorial. Los Presidentes de las CCAA o de las Ciudades de Ceuta y Melilla, de común acuerdo. Los Presidentes de las CCAA o de las Ciudades de Ceuta y Melilla, a propuesta del Presidente de la Conferencia Sectorial.
La Conferencia de Presidentes está integrada por: El Presidente del Gobierno, que la preside, y los Presidentes de las CCAA y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, y el Presidente del Gobierno, que la preside y dos miembros en representación de las Entidades Locales. El Presidente del Gobierno, que la preside; el miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de Ceuta y Melilla. El miembro del Gobierno que, en representación de la AGE, resulte competente por razón de la materia, y que actuará como presidente, y los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno, en representación de las CCAA y de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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