GATL02 El tacógrafo e infracciones
|
|
Título del Test:
![]() GATL02 El tacógrafo e infracciones Descripción: El tacógrafo e infracciones |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
El tacógrafo es un aparato que: Solo mide la velocidad del vehículo. Registra automáticamente tiempos de conducción, descanso y la marcha del vehículo. Sustituye al conductor en el registro de jornadas. Solo se usa en transporte de mercancías peligrosas. Según el reglamento 3821/85, el tacógrafo: Puede ser instalado por cualquier taller. Es opcional en transporte nacional. Debe estar homologado y su instalación realizada por talleres autorizados. Solo se requiere para vehículos ligeros. El objetivo principal del tacógrafo es: Controlar el combustible del vehículo. Medir la temperatura del motor. Controlar el nivel de aceite. Registrar los tiempos de trabajo, conducción y descanso del conductor. La instalación de un tacógrafo en España: Puede hacerse en cualquier taller mecánico. Solo puede realizarla el conductor. Debe realizarse únicamente en talleres autorizados por la autoridad española. Es opcional para vehículos de menos de 3,5 toneladas. El incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso registrado por el tacógrafo: No tiene consecuencias legales. Solo es informativo. Se considera infracción y puede ser sancionado. Solo afecta al seguro del vehículo. El tacógrafo es obligatorio en: Todos los vehículos, independientemente de su MMA. Vehículos de transporte de mercancías con MMA superior a 3,5 toneladas y vehículos de transporte de viajeros de más de nueve plazas que no realicen servicios regulares de menos de 50 km. Solo en transporte internacional. Vehículos de menos de 3,5 toneladas. La inspección y control del tacógrafo puede ser realizada por: Cualquier taller mecánico. Agentes de la Guardia Civil o policía autonómica con competencias transferidas. Solo por el conductor. Solo por la empresa transportista. En caso de avería del tacógrafo durante un viaje, la empresa: Puede esperar a volver a la oficina para repararlo. Debe repararlo en el camino si el regreso a la oficina va a tardar más de una semana. No tiene obligación de repararlo. Solo debe informar a la autoridad. La reparación del tacógrafo debe ser realizada: Por el conductor. Por cualquier taller de confianza. Por un instalador o taller autorizado. Por personal de la empresa sin autorización. ¿Cuántos tipos de tacógrafo existen?. Tres. Uno. Dos: analógico y digital. Cuatro. El tacógrafo analógico también se conoce como: De tarjeta. De discos. Digital. Electrónico. Desde 2007, todos los vehículos nuevos deben llevar: Tacógrafo analógico. Ningún tacógrafo. Tacógrafo híbrido. Tacógrafo digital. Ambos tipos de tacógrafo registran: Solo la velocidad. Solo las pausas. Solo el tiempo de conducción. Actividad completa: descansos, pausas, velocidad y tiempo de conducción. En un vehículo cuya MMA es de 3,5 toneladas o más, solo tendrá que utilizar obligatoriamente el tacógrafo siempre que vaya con carga, ¿verdadero o falso?. Verdadero. Falso. ¿Cuántos pictogramas básicos existen en cualquier tacógrafo, digital o analógico?. 2. 4. 6. 8. ¿Qué pictograma representa el tiempo de conducción?. Una cama. Dos martillos cruzados. Un cuadrado cruzado. Un volante. ¿Qué pictograma indica otros tiempos de trabajo, como carga, descarga o repostaje?. Una cama. Dos martillos cruzados. Un cuadrado cruzado. Un volante. ¿Qué pictograma se utiliza para indicar tiempos de disponibilidad o espera?. Una cama. Dos martillos cruzados. Un cuadrado cruzado. Un volante. ¿Qué pictograma representa las pausas obligatorias y los descansos diarios?. Una cama. Dos martillos cruzados. Un cuadrado cruzado. Un volante. Relaciona los pictogramas con su descripción correcta: Volante. Dos martillos cruzados. Cuadrado cruzado. Cama. Se utiliza para indicar tiempos de espera, es decir, el período durante el cual los conductores no están obligados a permanecer en su puesto de trabajo, excepto para responder a posibles llamadas con objeto de emprender o de reemprender la conducción o de realizar otros trabajos. Tiempo de conducción. Tiempo de disponibilidad. Otros tiempos de trabajo. Pausas y periodos de descanso. Si un conductor excede el tiempo máximo de conducción o la conducción ininterrumpida en un 15%, se considera: Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No es infracción. Si un conductor minoró sus periodos de descanso en 30%, la infracción será: Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No es infracción. Una minoración de los períodos de descanso superior al 50% se considera: Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No es infracción. Un exceso en tiempo máximo de conducción superior al 50% se califica como: Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. No es infracción. Relaciona cada situación con el tipo de falta correspondiente: Exceso en tiempo máximo de conducción o conducción ininterrumpida menor del 20%. Exceso en tiempo máximo de conducción o conducción ininterrumpida entre el 20% y el 50%. Exceso en tiempo máximo de conducción o conducción ininterrumpida superior al 50%. Relaciona cada situación con el tipo de falta correspondiente: Minoración de los periodos de descanso o pausa menor del 20% (existiendo un margen de 30 km). Minoración de los periodos de descanso o pausa entre el 20% y el 50%. Minoración de los periodos de descanso o pausa superior al 50%. Relaciona cada infracción con su tipo de falta: leve, grave o muy grave. Utilizar un disco no homologado. Utilizar una tarjeta caducada. Utilizar más de un disco por jornada sin cambiar de vehículo. No realizar la inspección periódica del tacógrafo. Manipular el tacógrafo para alterar los registros. Relaciona cada infracción con su tipo de falta: leve, grave o muy grave. Carencia significativa de discos o de datos registrados en la tarjeta. No realizar la inspección periódica del tacógrafo. Utilizar de forma inadecuada la selección de actividades. Instalar instrumentos que alteren el registro de datos. No llevar insertada la tarjeta o el disco. Un conductor o conductora que ha realizado una pausa de 35 minutos en un periodo de 4 horas y media está cometiendo una infracción grave, ¿verdadero o falso?. Verdadero. Falso. |




