H.F TEMA 26 (1)
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Título del Test:
![]() H.F TEMA 26 (1) Descripción: TEMA 26 |



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¿Cuál es la naturaleza del IRPF regulado por la Norma Foral 3/2014?. Es un impuesto indirecto que grava el consumo de las personas físicas. Es un tributo directo y personal que grava la renta de las personas físicas conforme a los principios y circunstancias establecidos legalmente. Es un impuesto real que grava exclusivamente las rentas inmobiliarias. Es un impuesto patrimonial que grava la titularidad de bienes al final del ejercicio. ¿A quién se aplica, con carácter general, el IRPF?. A todas las personas jurídicas que obtengan beneficios en Gipuzkoa. Exclusivamente a las personas físicas de nacionalidad española. A las personas físicas que tengan la condición de contribuyentes conforme a las reglas legales aplicables. A cualquier persona física que perciba una renta de una empresa guipuzcoana. Cuando una persona permanece en el País Vasco más tiempo que en cualquier otro territorio, ¿qué criterio se utiliza inicialmente para determinar su residencia habitual?. El lugar donde se encuentre su principal cuenta bancaria. El territorio histórico en el que permanezca un mayor número de días. El territorio donde esté domiciliado su empleador. El territorio en el que haya presentado su primera declaración de IRPF. Para determinar la permanencia de una persona física en un territorio, ¿qué regla general establece el artículo 3?. Las ausencias temporales se excluyen siempre. Solo se cuentan los días trabajados. Se computan las ausencias temporales salvo prueba de residencia fiscal en otro país. Solo cuentan los días en la vivienda habitual. Si no es posible determinar la residencia habitual mediante permanencia, ¿qué otro criterio contempla la Norma Foral?. Territorio con más amistades. Principal centro de intereses. Lugar de nacimiento. Territorio donde haya pagado más impuestos indirectos. Si no puede determinarse la residencia habitual mediante los criterios anteriores, ¿qué criterio adicional recoge el artículo 3?. Lugar de nacimiento. Nacionalidad. Territorio de la última residencia declarada a efectos del IRPF. Domicilio del último empleador. ¿Qué constituye el hecho imponible del IRPF?. Obtención de renta exclusivamente en Gipuzkoa. Obtención de renta por el contribuyente. Percepción de rentas exclusivamente de pagadores españoles. Titularidad de bienes inmuebles sin renta. ¿Qué regla recoge el artículo 7 en relación con determinadas prestaciones y cesiones?. Se presumen gratuitas salvo contrato escrito. Se presumen retribuidas las prestaciones y cesiones previstas legalmente. Solo entre empresarios. Gratuitas entre familiares. ¿Cuál de estas rentas declara expresamente no sujeta al IRPF el artículo 8?. Todo rendimiento de actividad económica. Toda ganancia patrimonial. La renta sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cualquier renta obtenida fuera de Gipuzkoa. ¿A quién se atribuyen los rendimientos de actividades económicas?. Siempre al titular de los bienes utilizados. A quien realice de forma habitual, personal y directa la ordenación por cuenta propia. Al cónyuge con mayores ingresos. A quien presente autoliquidación conjunta. ¿Cuándo se consideran rendimientos íntegros de actividades económicas?. Por titularidad de capital mobiliario. Cuando proceden de la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos. Cualquier pago periódico. Transmisión de patrimonio personal. ¿Qué actividades se consideran profesionales?. Todas las que exijan titulación universitaria. Todas las realizadas por autónomos. Las clasificadas en las secciones segunda y tercera del IAE. Todas las que facturen a clientes. ¿Cuándo tiene consideración de actividad económica el arrendamiento o compraventa de inmuebles?. Siempre que se arriende un inmueble. Con tres o más inmuebles. Con una persona empleada con contrato laboral a jornada completa y dedicación exclusiva. Si genera beneficios dos ejercicios. ¿Qué criterio debe aplicarse para determinar los rendimientos íntegros?. Cobros en efectivo. Reglas fiscales de calificación y valoración de ingresos. Beneficio final. Excluir siempre especie. ¿Cómo se determina el rendimiento neto en estimación directa?. Sumando ingresos y gastos personales. Aplicando reglas fiscales de ingresos y gastos deducibles. Porcentaje fijo sobre facturación. Restando retenciones. Gastos deducibles: Deducible automáticamente por pagarse desde la cuenta del negocio. Todos los gastos bancarios son deducibles. Solo será deducible si cumple los requisitos fiscales. Basta con haberse pagado. Sobre la afectación de elementos patrimoniales: Todo bien del contribuyente está afecto. La afectación se determina conforme a los requisitos de la Norma Foral. Solo inmuebles. Depende solo de la ubicación física. ¿Qué modalidades de estimación directa contempla la Norma Foral?. Ordinaria y extraordinaria. Individual y conjunta. Normal y simplificada. Provisional y definitiva. ¿Qué describe correctamente la estimación directa simplificada?. Permite deducir cualquier gasto. Es idéntica a la normal. Tiene reglas específicas de aplicación y determinación. Solo para rendimientos del trabajo. Dos personas son titulares de bienes utilizados en una actividad, pero solo una realiza la ordenación. ¿Qué criterio debe considerarse?. Se reparten al 50%. Mayor edad. Criterio de individualización del artículo 12. Declaración conjunta. ¿Cómo se clasifican las rentas del contribuyente?. Nacionales y extranjeras. Ordinarias y extraordinarias. Renta general y renta del ahorro. Empresariales y personales. ¿Cómo se determina qué rentas forman parte de la renta general?. Elección libre. Según el artículo 62. Solo rendimientos del trabajo. Solo actividades económicas. ¿Qué afirmación es correcta sobre la renta del ahorro?. Incluye todo trabajo. Incluye toda actividad económica. Se integra por las categorías identificadas por la Norma Foral como renta del ahorro. Comprende todas las rentas exentas. Un contribuyente quiere declarar una renta como ahorro por conveniencia. ¿Qué criterio aplica?. Puede elegir libremente. Debe clasificarla según su naturaleza y las reglas legales. Siempre renta general. Puede excluirla sin retención. ¿Cómo deben clasificarse las ganancias y pérdidas patrimoniales?. Siempre ahorro. Siempre general. Depende de las reglas legales de los artículos 62 y 63. No forman parte de la renta. |




