Habilidades para Abogados y Procuradores y Gestión de despachos
|
|
Título del Test:
![]() Habilidades para Abogados y Procuradores y Gestión de despachos Descripción: test del temario |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Las funciones que desarrollan los abogados son: El consejo jurídico, la mediación y negociación y la defensa en juicio. Mediar y negociar con la otra u otras partes involucradas e intervenir en la defensa de los derechos del cliente ante los juzgados y tribunales. El procurador actúa siempre por apoderamiento o designa: Se trata de una relación contractual cliente-procurador derivada del mandato, ex art. 1718 CC. Para cada caso, el procurador debe acreditar que tiene poder o designa otorgada al efecto, lo que provoca que nunca el cliente puede alegar rechazo a su existencia o la causa de su relación. Cada uno tiene sus propias responsabilidades, delimitadas claramente por la jurisprudencia y los estatutos profesionales de cada uno. Esta independencia ha de ser especialmente protegida en los supuestos en los que el procurador actúa en su función de auxilio judicial (art. 152 LEC). El procurador y el abogado NO tienen relación de dependencia: Se trata de una relación contractual cliente-procurador derivada del mandato, ex art. 1718 CC. Para cada caso, el procurador debe acreditar que tiene poder o designa otorgada al efecto, lo que provoca que nunca el cliente puede alegar rechazo a su existencia o la causa de su relación. Cada uno tiene sus propias responsabilidades, delimitadas claramente por la jurisprudencia y los estatutos profesionales de cada uno. Esta independencia ha de ser especialmente protegida en los supuestos en los que el procurador actúa en su función de auxilio judicial (art. 152 LEC). La confianza, el pilar de la relación profesional: Son requisitos de la confianza la aceptación del riesgo y el optimismo. La confianza es la esperanza firme que no se tiene de alguien o de algo. Desde una perspectiva de la relación entre el abogado y su cliente, la confianza es: Es el elemento o condición sine qua non de la misma. Es el elemento o condición sine qua de la misma. ¿La confianza, el pilar de la relación profesional se refleja en el art.?. Art. 4 CDAE (Código Deontológico de la Abogacía Española). Art. 13 CDAE (Código Deontológico de la Abogacía Española). Los principios de base en la relación abogado-cliente: Transparencia, honestidad, previsibilidad, responsabilidad. La confianza y la buena fe. ¿Cuál es la formula que se emplea para la fijación de una expectativas realistas?. Nivel de satisfacción = rendimiento recibido - expectativas. Nivel de dificultad = rendimiento recibido - expectativas. Identificación de las expectativas: Se debe preguntar sobre: la percepción del cliente sobre nuestro trabajo, la frecuencia de la comunicación entre ambos, la disponibilidad, accesibilidad y capacidad de respuesta, antiguas experiencias judiciales, honorarios. Se debe preguntar sobre: la percepción del cliente sobre nuestro trabajo, la frecuencia de la comunicación entre ambos, la disponibilidad, accesibilidad y capacidad de respuesta. Las expectativas que hemos de identificar y gestionar serían las siguientes: El desarrollo del asunto (posible negociación, presentación de este ante los juzgados y tribunales, y etapas procesales que seguirá el asunto). Opciones realistas de las posibilidades de resolverse el asunto favorablemente. Dejar sentado que no podemos garantizar un resultado (nuestra actividad es de medios, no de resultados). Duración aproximada de la resolución del caso. Riesgo de condena en costas procesales. Honorarios profesionales. Etc. Todas son correctas. El cliente: Es clave en los despachos de abogados. Lo importante es el conocimiento y experiencia del abogado. El cliente privado: Suele encargar asuntos personales. Suele realizar encargos vinculados a negocios internacionales. La confianza de la relación abogado-cliente: Dispone de su tratamiento en el Código Deontológico de la Abogacía. Es una cuestión moral. La capacidad técnica del abogado: Se presume por el cliente cuando accede al despacho de abogados. Dependerá de la dificultad del encargo. La comunicación con el cliente es: Un valor esencial de la relación profesional. Una exigencia del cliente. La accesibilidad es: Estar disponible para el cliente cuando este necesite al abogado. Atender al cliente solo en horas de trabajo. La satisfacción del cliente puede definirse como: Que el rendimiento percibido, iguale o supere a las expectativas. Que las expectativas superen el rendimiento percibido. La instrucción del cliente: Ayuda a delimitar desde el principio las características del servicio y reglas de funcionamiento. Es una labor que hay que realizar días antes de la celebración del juicio. La hoja de encargo profesional es de: De suscripción no preceptiva pero siempre recomendable. Suscripción obligatoria según las normas deontológicas. |





