HABILIDADES DEL PROFESIONAL 2ªSEM 2026
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Título del Test:
![]() HABILIDADES DEL PROFESIONAL 2ªSEM 2026 Descripción: MÁSTER ACCESO ABOGACÍA Y PROCURA |



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1.- La “Nueva Retórica” de Perelman: a) Es heredera directa de la Retórica platónica. b) Es una teoría que reduce lo jurídico a una práctica argumentativa de naturaleza retórica. c) Se opone frontalmente a las concepciones iusnaturalistas. d) Viene a ser una actualización de los principios jurisprudenciales romanos. 2.- ¿Es correcto afirmar que toda retorica envuelve un acto comunicativo?. a.No, porque depende del contexto comunicacional. b.No, porque puede existir retórica sin comunicación. c. Si, siempre. d.Aveces, porque no toda comunicación es necesariamente retórica. 3.- En relación con la oratoria forense, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece la siguiente obligación para el Presidente del Tribunal o juez (art. 190, 1°): a) Dirigir con firmeza el proceso. b) Dar la palabra a cada una de las partes, según entienda que corresponde en cada momento de la vista oral. c) Suspender la vista oral si se producen altercados en la sala. d) Mantener el orden en la sala. 4.- Qué es la refutación en un discurso jurídico?: a) La manera de ordenar los argumentos del discurso. b) La operación retórica consistente en probar que los argumentos empleados de contrario para sostener la hipótesis de la contraparte no son verosímiles. c) Lo que los latinos denominaban “peroratio’. d) Una técnica para representar un discurso jurídico. 5.- Las concepciones pragmáticas de la argumentación jurídica: a) Entienden que debe anteponerse el consenso entre las partes tras un proceso reglado de deliberación entre ellas. b) Parten de la necesidad de que las argumentaciones entre las partes no contravengan la racionalidad del sistema jurídico. c) Consideran que lo más importante es la corrección lógico-formal de la argumentación jurídica. d) En realidad, no son concepciones de la argumentación jurídica en sentido estricto. 6.- La distinción entre “Retórica sofista” y “Retórica filosófica” fue postulada por: a) Aristóteles. b) Hipias. c) Platón. d) Cicerón. 7.- El autor del Tratado “Institutionis Oratoriae” es: a.Cicerón. b.Tácito. c.Gayo. d.Quintiliano. 8.- Las implicaciones entre Retórica y Verdad pueden ser: a) De carácter deontológico. b) De carácter técnico-formal. c) De carácter jurídico. d) De carácter natural. 9.- Entre los precursores de la teoría de la argumentación jurídica se encuentra Luis Recaséns Siches, el cual entendía que la argumentación jurídica se desenvuelve bajo: a.Un criterio de sistematicidad racional cuasi-matemática. b.Una idea anárquica de la interpretación jurídica. c.Lo que el autor denominaba “logos de lo razonable’. d.Ninguna de las anteriores es correcta. 10.- Los tópicos son: a.Figuras retóricas. b.Enunciados descriptivos. c. Géneros retóricos. d. Lugares comunes. 11.- ¿Pueden solicitarse las medidas provisionales coetáneas a una solicitud de divorcio contencioso mediante Otrosí de la demanda principal de divorcio?. a) Sí, se pueden solicitar mediante un Otrosí de la demanda principal de divorcio. b) No, será necesario solicitarlas mediante una demanda independiente. c) No, las medidas provisionales coetáneas habrán de solicitarse a través de una demanda independiente y en los treinta dias siguientes, se deberá presentar la demanda de divorcio. d) Todas las respuestas anteriores son incorrectas. 12.- En el escrito mediante el cual se solicite la adopción de determinadas medidas cautelares en un Juicio Ordinario: a) Se habrán de formular con claridad y precisión qué medidas son las que se solicitan y se habrá de justificar, asimismo, que concurren los requisitos exigidos por la ley para su adopción. Además, se habrán de acompañar los documentos que apoyen la petición o se ofrecerá la práctica de otros medios para acreditar los presupuestos que avalen la adopción de dichas medidas. b) No será necesario que la parte interesada en su adopción justifique ningún requisito para que las medidas cautelares sean adoptadas por el juez, ya que será éste quien las adopte de oficio siempre y en todo caso, cuando el propio Juzgador entienda que, de no aplicarlas, peligraría la efectividad de la tutela judicial. c) La ley exige que quien solicita la adopción de medidas cautelares preste caución especificando en el escrito de petición, de qué tipo se ofrece a constituirla, y justificando el importe que propone. d) Son correctas las respuestas a) y c). 13.- ¿Hay que fundamentar jurídicamente el escrito de solicitud de inicio del expediente de jurisdicción voluntaria? . a) No hay que fundamentar jurídicamente la solicitud si se trata de un supuesto en el que no es preceptiva la intervención de abogado y se utiliza un impreso normalizado o formulario para llevar a cabo la solicitud. b) Sí, siempre hay que fundamentar juridícamente los escritos de solicitud de inicio del expediente porque en este tipo de procedimientos siempre ha de intervenir un abogado. c) Solo hay que fundamentar los escritos cuando se dirigen a un Juzgado de lo Mercantil. d) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. 14.- A toda demanda o contestación en el proceso civil habrán de acompañarse: a) Los documentos en que las partes funden su derecho a la tutela judicial que pretenden. b) No es necesario aportar ningún documento adicional, ya que podrá presentarse en cualquier caso en un momento posterior. c) Los dictámenes periciales, exigiéndose así también para aquella de las partes que sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita. d) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. 15.- En qué supuestos NO es preceptiva la firma de abogado?. a) Para los escritos que tengan por objeto personarse en Juicio. b) Para solicitar medidas urgentes con anterioridad al juicio o pedir la suspensión urgente de vistas o actuaciones. c) Para los escritos que tengan por objeto acreditar ante la Oficina judicial o Tribunal el cumplimiento de las actividades materiales del proceso de ejecución que les hayan sido expresamente delegadas a los procuradores. d) Todas las respuestas anteriores son correctas. 16.- En el caso de que la denuncia sea verbal: a) No se permite la denuncia verbal, siempre tiene que presentarse por escrito. b) No se exige firma. c) Debe extenderse un acta por la autoridad o funcionario que la recibiere, en la que se expresaran cuantas noticias tenga el denunciante relativas al hecho denunciado y a sus circunstancias, firmándola ambos. d) No se requiere la identidad de la persona del denunciador. 17.- Para la presentacion de la querella: a) Se hará siempre por medio de Procurador con poder bastante y suscrita por Letrado. b) Si se desconoce el nombre, apellidos y vecindad del querellado, se deberá hacer su designación por las señas que mejor pudieran darle a conocer. c) Se requiere la firma del querellante, acompanada solo de la firma del procurador con poder especial para formular la querella. d) Las respuestas a) y b) son correctas. 18.- El recurso de apelacion contra la sentencia dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal de Instancia (antiguo Juzgado de lo Penal) exige: a) Intervención del abogado, pero no del procurador. b) Intervencioón del abogado que ostenta la representación del acusado en el procedimiento abreviado. c) Intervención exclusiva del abogado cuando la condena sea por delito leve. d) Intervención de abogado y procurador. 19.- Luis es citado en calidad de investigado para declarar en unas Diligencias Previas por un delito de robo. ¿Cómo deberá comparecer en el proceso?. a) Podrá comparecer por si solo, sin abogado ni procurador. b) Deberá comparecer con asistencia de letrado, no siendo necesaria la intervención de procurador hasta el trámite de apertura del juicio oral. c) Deberá comparecer con asistencia de letrado, si bien deberá nombrar inmediatamente a un procurador a efectos de notificaciones y traslados de documentos. d) Deberá designar necesariamente en esa fase del proceso a un abogado y a un procurador que le represente; si no lo hace, se le nombrarán de oficio. 20. ¿Es posible interponer el recurso de reforma oralmente?. a) Sí, en cualquier caso. b) Sí, pero únicamente en los casos que así lo autorice el Letrado de la Administración de Justicia. c) No, deben interponerse siempre por escrito, autorizado con la firma del letrado. d) Sí, pero únicamente en los casos que así lo autorice el Juez que conozca de la causa. |




