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HABILIDADES DEL PROFESIONAL SEPTIEMBRE 2026

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Título del Test:
HABILIDADES DEL PROFESIONAL SEPTIEMBRE 2026

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MÁSTER ACCESO ABOGACÍA Y PROCURA UNED

Fecha de Creación: 2026/10/02

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20

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Temario:

1. El lenguaje de la argumentación jurídica es de tipo: a. Prescriptivo. b. Justificativo. c. Descriptivo. d. Desiderativo.

2. Entre los precursores de la teoría de la argumentación jurídica se encuentra Luis Recaséns Siches, el cual entendía que la argumentación jurídica se desenvuelve bajo: a. Un criterio de sistematicidad racional cuasi-matemática. b. Una idea anárquica de la interpretación jurídica. c. Lo que el autor denominaba “logos de lo razonable’. d. Ninguna de las anteriores es correcta.

3. La “Nueva Retorica” de Perelman: a. Es heredera directa de la Retórica platónica. b. Es una teoría que reduce lo jurídico a una práctica argumentativa de naturaleza retórica. c. Se opone frontalmente a las concepciones iusnaturalistas. d. Viene a ser una actualización de los principios jurisprudenciales romanos.

4. ¿Es correcto afirmar que toda retórica envuelve un acto comunicativo? . a. No, porque depende del contexto comunicacional. b. No, porque puede existir retórica sin comunicación. c. Si, siempre. d. A veces, porque no toda comunicación es necesariamente retórica.

5. Los tópicos son: a. Figuras retóricas. b. Enunciados descriptivos. c. Géneros retóricos. d. Lugares comunes.

6. ¿En qué se diferencia un auditorio “homogéneo” de un auditorio “heterogéneo”?. a. El auditorio “homogéneo” puede estar compuesto por una sola persona y el auditorio “heterogéneo” siempre esta compuesto por un conjunto de personas. b. A veces puede ocurrir que un auditorio “heterogéneo” esté formado por una sola persona y un auditorio “homogéneo’, sin embargo, siempre está formado por un conjunto de personas. c. En realidad, no existen diferencias entre ambos en la práctica, puesto que se trata de una distinción en el plano puramente teórico. d. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

7. En la elocución (“elocutio”’) se distinguen los siguientes estilos o registros retóricos: a. El sublime (0 alto), el medio y el sencillo (0 bajo). b. El conciso, el exacto y el anarquico. c. El sublime (0 alto), el conciso y el sencillo (0 bajo). d. Ninguna de las anteriores es correcta.

8. Las concepciones pragmáticas de la argumentación jurídica: a. Entienden que debe anteponerse el consenso entre las partes tras un proceso reglado de deliberación entre ellas. b. Parten de la necesidad de que las argumentaciones entre las partes no contravengan la racionalidad del sistema jurídico. c. Consideran que lo mas importante es la corrección lógico-formal de la argumentación jurídica. d. En realidad, no son concepciones de la argumentación jurídica en sentido estricto.

9. Aquella parte de la emisión del discurso que afecta al aspecto, vestimenta, gestos y movimientos del orador, se denomina: a. Elocutio. b. Inventio. c. Dispositio. d. Actio.

10.En relación con la oratoria forense, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece la siguiente obligación para el Presidente del Tribunal o juez (art. 190, 1°): a. Dirigir con firmeza el proceso. b. Dar la palabra a cada una de las partes, según entienda que corresponde en cada momento de la vista oral. c. Suspender la vista oral si se producen altercados en la sala. d. Mantener el orden en la sala.

11.- ¿Puede un Procurador presentar un escrito sin firma de Abogado?. a. No, en todo caso, los escritos deberán llevar la firma de Abogado, pues, de lo contrario, se tendrán por no presentados, a todos los efectos. b. No, y tampoco podra redactarlo, dado que los Procuradores no estan legalmente habilitados para elaborar ningún tipo de escrito. c. Como norma general, toda solicitud deberá ir firmada por el Abogado, salvo que el escrito tenga por objeto solicitar la practica de la Tasación de Costas. d. Como norma general, toda solicitud deberá ir firmada por el Abogado, si bien hay excepciones en las que no es preceptiva su firma, tales como que el escrito tenga por objeto personarse en juicio o solicitar medidas urgentes con anterioridad al juicio, o solicitar la suspensión urgente de una vista o actuación procesal, por ejemplo, por enfermedad grave del Abogado.

12.- ¿Cuales son los cinco elementos esenciales que conforman la estructura de un escrito de trámite?. a. Introducción, hechos, fundamentos, petición y anexos. b. Encabezamiento, cuerpo, suplico, fecha y firma. c. NIG, órgano judicial, cuerpo, suplico y notificación. d. Título, antecedentes, cuerpo, suplico y notificación.

13.- De conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil, el apoderamiento del Procurador puede efectuarse: a. El apoderamiento del Procurador únicamente puede otorgarse ante Notario. b. El apoderamiento del Procurador puede practicarse ante Notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia, de forma presencial en todo caso. c. El apoderamiento del Procurador puede practicarse bien mediante comparecencia electrónica; bien ante Notario; bien por comparecencia personal, sea presencial o electrónica, ante el Letrado de la Administración de Justicia de cualquier Oficina Judicial. d. El apoderamiento del Procurador puede practicarse ante Notario o por comparecencia personal, sea presencial o por medios electrónicos, siempre que se otorgue ante el Letrado de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial que esté conociendo del asunto.

14.- La Dirección Letrada de Maria interpone un recurso de apelación contra una sentencia dictada por el Tribunal de Instancia, Sección de lo Civil, Plaza n.° 17 de Sevilla, en el procedimiento de divorcio contencioso n.° 345/2021. En la interposición del recurso, la parte apelante habrá de exponer: . a. De forma sucinta, los motivos por los que considera que la sentencia apelada no se ajusta a Derecho, sin necesidad de identificar la resolución recurrida. b. Únicamente los datos de identificación de la resolución que se recurre, procediendo el Juez de oficio a revisar su adecuación a Derecho. c. Las alegaciones en las que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos particulares que se impugnan. d. Las alegaciones en las que se base la impugnación y la resolución apelada, sin que sea necesario identificar los pronunciamientos que se impugnan.

15.- Respecto de los hechos incluidos en una demanda presentada ante un Tribunal de Instancia, Sección de lo Civil: a. El legislador exige que se narren de forma ordenada y clara, para facilitar su admisión o negación por el demandado al contestar. b. El legislador exige que se narren de forma ordenada y clara, para facilitar su admisión o negación por el Juez a la hora de resolver sobre el asunto. c. El legislador no establece exigencia alguna respecto del modo en que han de narrarse los hechos de la demanda. d. Todas las respuestas anteriores son incorrectas.

16.- La querella: a. Se presentará siempre por medio de Procurador con poder general y suscrita por Abogado, sin que sea precisa la firma del querellante en ningún caso al comparecer asistido de profesionales del Derecho. b. Se presentará siempre por medio de Procurador con poder bastante y suscrita por Abogado. Deberá contener la firma del querellante o la de otra persona a su ruego si no supiere o no pudiere firmar cuando el Procurador no tuviese poder especial para formular la querella. c. Deberá interponerse, a través de Abogado y Procurador con poder bastante, en un plazo máximo de diez días naturales desde los hechos. d. Se presentará siempre por medio de Abogado, siendo facultativa la intervención del Procurador en el orden penal.

17.- La denuncia: a. Solo podrá realizarse por escrito. b. No requerirá la identificación del denunciante. c. Contendrá la identificación de la persona denunciante y la narración del hecho. Igualmente, si fueran conocidas, contendrá la identificación de las personas que lo hayan cometido y de quienes lo hayan presenciado o tengan información sobre él. d. Solo podrá realizarse verbalmente y con poder especial.

18.- Dentro de la estructura del escrito, ¿cual es el propósito de la sección denominada ‘Suplico'? . a. Detallar los hechos que fundamentan la petición del cliente. b. Pedir disculpas por errores cometidos en escritos presentados anteriormente. c. Solicitar formalmente al órgano judicial que admita a trámite el escrito y realice las actuaciones que en él se solicitan. d. Enumerar los documentos que se anexan al escrito.

19.- Ana, Abogada en ejercicio, está preparando su primer escrito procesal, ¿qué información deberá consignar en el encabezamiento del mismo?. a. Con carácter general, el Órgano judicial al que va dirigido el escrito, la identificación de las partes intervinientes y de los profesionales que las asisten, así como los datos de identificación del procedimiento. b. La identificación completa de las partes, junto con la exposición sucinta de los principales hechos y fundamentos de Derecho. c. Con carácter general, el órgano judicial al que va dirigido el escrito, así como los datos del procedimiento, sin indicación de la información de las partes, dado que los escritos judiciales han de estar anonimizados para su presentación. d. La identificación del órgano judicial al que va dirigido el escrito, junto con la expresión de lo solicitado de forma sucinta y sin perjuicio de un posterior desarrollo en el cuerpo del mismo.

20.- María desea interponer una demanda de reclamación de cantidad de 8.000 euros. Acude únicamente a un Abogado para que redacte y presente la demanda, sin otorgar poder a ningún Procurador, al considerar que no es necesario: a. La demanda puede presentarse validamente, al tratarse de una cuantia inferior a 15.000€. b. Está equivocada. La intervención del Procurador es obligatoria por razón de la cuantía. c. En este caso, solo seria necesario el Procurador si el demandado se opusiera. d. Está en lo cierto. Además, no solo puede prescindir del Procurador, sino también del Abogado, siendo la cuantía a partir de la cual es preceptiva la intervención de estos profesionales de 15.000€.

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