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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEHistoria del delito y del castigo

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Título del test:
Historia del delito y del castigo

Descripción:
examen Febrero 2019

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
27/01/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 22
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Temario:
El art. 9 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 sostiene que: Todo hombre que haya cometido un delito es culpable Todo hombre que haya cometido un delito no es culpable Todo hombre se considera inocente hasta que haya sido declarado culpable Todo hombre culpable es inocente hasta que lo demuestre un juez.
Con relación a la legislación penal del Antiguo Régimen, la legislación penal liberal: Limitó la arbitrariedad de los jueces a la hora de dictar las penas y fortaleció la seguridad jurídica Amplió la arbitrariedad de los jueces a la hora de dictar las penas y debilitó la seguridad jurídica Ni limitó la arbitrariedad de los jueces , ni fortaleció la seguridad jurídica Limitó la arbitrariedad de los jueces y fortaleció la seguridad social.
En el siglo XVI, el teólogo Juan de Mariana: Defendió que los súbditos debían obedecer siempre la autoridad del rey, aunque fuera ilegal e injusta Defendió el derecho de resistencia de los súbditos ante la autoridad ilegal e injusta de un rey tirano. Defendió que los súbditos no debían obedecer nunca la autoridad del rey. Defendió el derecho del rey a imponer siempre su autoridad, aunque fuera por medios ilegales e injustos.
Los primeros penalistas españoles , en los siglos XVI y XVII: Nunca escribieron sobre el delito de herejía Alentaron a la población a cometer el delito de herejía No sabían precisar en qué consistía el delito de herejía Prestaron un interés especial al delito de herejía.
Voltaire sostuvo que las leyes penales: No debían expresar con claridad ni la conducta constitutiva de delito, ni la pena correspondiente. Debían expresar con claridad tanto la conducta constitutiva de delito como la pena correspondiente. Debían minimizar la importancia del delito y expresar confusamente la pena correspondiente para ofuscar al delicuente Debían expresar con claridad el contexto en el que se produjo el delito y lugar donde se cumplía la pena.
Los codificadores del Derecho penal liberal español, en el siglo XIX, defendieron: El agravamiento de las penas infamantes La multiplicación de las penas infamantes La paulatina supresión de las penas infamantes La extensión de las penas infamantes a los delitos menores.
Joaquín Francisco Pacheco fue: Un alcalde de la Cárcel Modelo de VAlencia Un director general de prisiones durante la Transición a la democracia Un teólogo erasmista del siglo XVI Uno de los principales penalistas españoles del siglo XIX.
La administración de los presidios durante el Antiguo Régimen: Pertenecía a la jurisdicción civil Pertenecía a la jurisdicción religiosa Pertenecía a la jurisdicción militar No pertenecía a ninguna .
La segunda República Dispuso que los reclusos no estaban obligados a asistir a actos religiosos. Obligó a los reclusos a asistir a actos religiosos dos veces al día Obligó a los reclusos a asistir a actos religiosos , por lo menos, dos veces al día. Nunca legisló sobre la obligación de los reclusos a asistir a actor religiosos.
El órgano de jurisdicción de la Ley de Represión de la Masonería y el Comunismo, de 1940, era: El tribunal de Orden Público del Movimiento Nacional El Tribunal Especial para la represión de la Masonería y el Comunismo. El Tribunal Supremo Militar El Tribunal Supremo.
El objetivo prioritario de la política franquista de redención de pena por el trabajo, durante los años cuarenta, fue: Enseñar a los presos un oficio para facilitar su reinserción una vez libres Aligerar el número de presos de las prisiones, sobresaturadas tras la guerra. Perfeccionar la condición moral de los presos y su formación religiosa Mantener a los presos en prisión más tiempo, pero ocupados en un trabajo.
La Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social fue promulgada en el año: 1945 1939 1984 1970.
La COPEL, creada en 1976, agrupaba a : los presos políticos los presos sociales o comunes los presos en régimen especial los presos extranjeros residentes en España.
El presidente de la I República española, Nicolás Salmerón, renunció al cargo: Tras firmar una sentencia de muerte Porque el ejército no le permitió firmar una sentencia de muerte Para no tener que firmar una sentencia de muerte La dimisión no tuvo nada que ver con la pena de muerte .
La pena de muerte desapareció del Código Penal Militar en le año: 1978 1968 1982 1995.
El código penal de 1822 Definía con precisión qué se entendía por delito político No definía con precisión qué se entendía por delito político Era un código liberal y, por lo tanto, ni reconocía, ni perseguía ningún tipo de delito político Trataba los delitos que atentaban contra la organización política, funcionamiento y seguridad del Estado como faltas leves.
El pedagogo anarquista Francisco Ferrer i Guardia: Fue condenado a muerte tras la semana Trágica de 1909, y luego amnistiado por el gobierno. Fue condenado a cadena perpetua tras la SEmana Trágica de 1909 Fue deportado a Cuba tras la Semana Trágica de 1909 Fue condenado a muerte y fusilado tras la Semana Trágica de 1909.
El Código Penal republicano de 1932 Abolió la pena de muerte solo en la jurisdicción civil Abolió la pena de muerte en la jurisdicción civil y militar Abolió la pena de muerte solo en la jurisdicción militar No abolió la pena de muerte en ningún sitio.
El trabajo fundamental de las mujeres en la casa-Galera consistía en : Cocinar para las diversas cárceles de hombres que había en España Labores de costura Trabajos forzados Las mujeres no practicaban ningún trabajo en la casa- galera.
Victoria Kent fue: La primera directora de una prisión de mujeres en España La primera ministra de GRacia y Justicia en España La primera directora general de Prisiones de España La primera ministra de Cultura de España.
La dictadura franquista: No trató de un modo específico el encarcelamiento de las mujeres que ejercían la prostitución Estableció prisiones especiales para prostitutas Liberalizó por completo el ejercicio de la prostitución Estableció penas superiores a veinte años de cárcel por el ejercicio de la prostitución.
A la altura de 1900, la iglesia católica: Condenaba a los duelistas que fallecieran en un lance de honor a la pena de privación de sepultura eclesiástica. Ya hacia tiempo que no condenaba a los duelistas que fallecieran en un lance de honor a la pena de privación de sepultura eclesiástica Excomulgaba a los duelistas, pero aconsejaba que se les enterrara en los cementerios católicos para salvar su alma. La iglesia católica nunca cuestionó los duelos, ni condenó a los duelistas que fallecieran en un lance de honor a la pena de privación de sepultura eclesiástica.
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