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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEHISTORIA DEL DELITO (CRIMI). TEMA 1. RECOP PREGUNTAS (2ª)

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Título del test:
HISTORIA DEL DELITO (CRIMI). TEMA 1. RECOP PREGUNTAS (2ª)

Descripción:
La ilustración y la humanización del derecho penal

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
03/07/2022

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
1. En España, se llevó a cabo el Código Criminal de 1787, redactado por Lardizábal, inspirándose en: a) La obra de Beccaria b) La obra de Romagnossi c) La obra de Montesquieu d) Fue un proyecto “non nato” .
2. En España el catálogo de penas se caracterizaba por: a) Su crueldad y desproporción respecto del delito b) Su carácter proporcional respecto del delito cometido c) Su benevolencia y expiación mediante la oración d) No existía catálogo de penas en España.
3. . ¿Cual de las siguientes características no es propia del derecho Penal del Antiguo Régimen? a) lnexistencia de una definición general de cada delito. b) Vinculación de la pena con el pecado fruto de la prevalencia de la concepción religiosa del delito. c) lnexistencia de un catalogo de penas. d) Principio de legalidad penal.
4. La Ley del Talión, es: a) La que aplica a la persona el mismo daño que causó con su acción b) La que aplica a la persona el doble del daño que causó con su acción c) La que aplicaba las penas descritas en el catálogo de penas del jurista romano Talios d) Ninguna es correcta.
5. Las formas más comunes de aplicar la pena capital en el Antiguo Régimen, eran, entre otras: a) El garrote vil, la desmembración por bestias y el envenenamiento b) La lapidación, la horca, el aspamiento en rueda y la decapitación c) La guillotina, el despeñamiento y la vivocombustión d) La lapidación, la horca, el aspamiento en rueda y la exanguinación.
6. Joseph von Sonnenfels fue un penalista ilustrado centroeuropeo que publicó diversas obras, especialmente destacables las que hacían mención a reformar: a) La abolición de la esclavitud en Europa b) La abolición de la pena de muerte por vivocombustión c) La abolición de la pena de trabajos forzados d) La abolición de la tortura.
7. Los reformadores liberales del sistema penal, a principios del siglo XIX: a. Defendieron que la tortura siempre debía ser utilizada como método probatorio para arrancar la confesión al reo b. Nunca escribieron sobre la tortura como medio probatorio c. Consideraban que la tortura era un eficaz método probatorio, aunque solo debía emplearse en los casos de delito grave d. Defendieron la abolición de la tortura como medio probatorio.
8. La reforma de las concepciones penales del Antiguo Régimen se llevaron a cabo durante: a) La Ilustración, que tuvo lugar en la Baja Edad Media b) El liberalismo, que se llevó a cabo especialmente por la escuela portuguesa c) La ilustración, el liberalismo y el racionalismo de la segunda mitad del siglo XVI d) La ilustración, el liberalismo y el racionalismo de la segunda mitad del siglo XVIII.
9. Los primeros códigos penales surgidos al amparo de la corriente reformista de la ilustración, incorporaron conceptos como: a) La sustitución de las penas no arbitrarias por otras arbitrarias, la aritmética penal y el derecho de justicia rápida b) La proporcionalidad entre delito y pena, la prohibición de las actuaciones secretas, el tormento judicial como medio de prueba c) La no supresión de la trascendencia penal, la proscripción del tormento, la proporcionalidad entre delito y la pena d) La sustitución de las penas arbitrarias por otras preestablecidas, proporcionalidad entre delito y pena, prescripción del tormento.
10. Entre los autores Ilustrados que más influyeron en la reforma de la legislación penal podemos destacar a Charles Louis de Secondat, barón de Montesquieu, cuya obra principal es: a) “Del Espíritu de las Leyes” b) “En Prix de la Justice et de l’Humanité” c) “Plan de Legislation Criminelle” d) “Teoría de las Leyes Penales”.
11. ) El ilustrado reformista que argumentó la supresión de la pena de muerte y trocarla por trabajos en beneficios de su país, fue: a) Marat, en la obra “Plan de Legislation Criminelle” b) Brissot de Warville, en su obra “Teoría de Leyes Penales” c) Montesquieu, en su obra “Del Espíritu de las Leyes”. d) Voltaire, en su obra “En Prix de la Justice et de l’Humanité”.
12. ¿Qué representante del iluminismo ocasionó la supresión del tormento judicial en 1776? a) Beccaria b) Romagnossi c) Voltaire d) Sonnenfels.
13. El artículo 9 de la obra de Marat “Proyecto de Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”, establece: a) El Principio de Igualdad b) El Principio de Legalidad c) El Principio de Jurisprudencia d) El Principio de Presunción de Inocencia.
14. Montesquieu, Voltaire, Marat, Brissot, entre otros, tuvieron como influencia su estancia previa en un país europeo: a) Inglaterra b) Prusia c) Alemania d) Italia.
15. Los planes reformistas españoles se materializaron en: a) El tratado de Fontenebleau b) La asamblea nacional española c) En las Cortes de Cádiz d) En las Cortes de Madrid.
16. La escuela reformista italiana que proponía la reforma de la legislación penal, de la Adm de Justicia, del sistema educativo y de enseñanza, etc, formada por Romagnosi, Filangieri, Vierri y Beccaria, entre otros; se conocía como: a) Escuela positivista italiana b) Academia reformista italiana c) Academia de los puños d) Escuela ilustrada de la República Italiana .
17. El primer tratado de derecho penal moderno fue escrito por: a) Vierri b) Beccaria c) Romagnosi d) Filangieri.
18. El Código Penal de 1822 se dirigía a: a) Afianzar a las clases privilegiadas del Antiguo Régimen, manteniendo sus derechos adquiridos b) Afianzar la tranquilidad y la prosperidad del Estado c) Afianzar la prosperidad de la monarquía d) Ninguna es correcta.
19. Filangieri, en sus obras reformadoras, pretendía con carácter general: a) Tratar a las personas en virtud de su clase social, aboliendo la mendicidad b) Tratar al acusado de un delito como delincuente y encerrarlo en prisión provisional c) Tratar al acusado como ciudadano, hasta que resulte probado su delito d) Tratar al acusado de forma que expíe su culpa en prisión preventiva hasta el juicio.
20. El programa reformista de la legislación criminal, se fue concretando en varios Principios esenciales, entre ellos: a) Finalidad intimidatoria de la pena, imperio del Principio de Legalidad y penas racionales b) Finalidad de la pena preventiva y correccional, imperio del principio de legalidad y limitación del arbitrio judicial y abolición de la tortura c) Penas racionales y proporcionales, confesión bajo tortura, finalidad de la pena preventiva y correccional e, imperio del principio de legalidad d) Finalidad de la pena preventiva y correccional, imperio del principio de legalidad, penas racionales y proporcionadas, prohibición de la confesión bajo tortura.
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