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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEINTRODUCCIÓN AL DERECHO 1º CRIMINOLOGIA

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Título del test:
INTRODUCCIÓN AL DERECHO 1º CRIMINOLOGIA

Descripción:
PRIMERA CONVOCATORIA ENERO 2021

Autor:
JAVISETO
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Fecha de Creación:
09/02/2021

Categoría:
UNED

Número preguntas: 35
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Temario:
Las características básicas de las normas jurídicas son: Individualidad, autonomía y heteronomía. Exterioridad, heteronomía y coercibilidad. Exterioridad, individualidad y coercibilidad.
La capacidad disgregadora del Derecho, según Ferrari consiste en: Las normas jurídicas deben evitar que la fuerza sea la que decida los conflictos. Es el propio Derecho el que, en ocasiones, genera los conflictos. Los conflictos deben solucionarse por medio de una regulación objetiva, aunque no se enmienden en su totalidad.
La visión conflictualista del Derecho: Es la visión inspirada por la teoría de Karl Marx, en la que se presenta al Derecho como una variable siempre dependiente del poder. Es la visión elaboradora por las doctrinas críticas (Escuela de Frankfurt, estudios nietzscheanos, sociología crítica), donde se presenta al Derecho como una variable siempre dependiente de la voluntad constituyente. Es la teoría desarrolladora por Thomas Hobbes, que apela a la firma de un pacto real celebrado por los constituyentes al objeto de poner fin a una situación de conflicto civil en el estado de naturaleza.
En relación con la creación y aplicación del Derecho, el problema del cambio social está inevitablemente relacionado con: La estructura de las normas. El orden regulador de la convivencia social. La eficacia de las normas.
La función del Derecho que consiste básicamente en la orientación del comportamiento de los individuos, con la finalidad de lograr y mantener la cohesión de un grupo social es: La función de orientación y organización. La función de integración y control. La función de pacificación y resolución de conflictos.
Definimos reglas del trato social como: Pautas de conducta que nos indican el comportamiento que hemos de observar en el ejercicio de la convivencia con los miembros del grupo social al que pertenecemos. Aquellas normas que emanen de la propia voluntad de la persona y cuya única sanción, en caso de incumplimiento, vendría impuesta por su propia conciencia. Aquellas normas cuyo objetivo es regular conductas de los miembros del grupo social, desde las perspectivas de los hechos tal como se manifiestan externamente.
La idea central de la Escolástica era: La noción del caos. El Derecho Natural no era tenido en cuenta. La noción del orden. .
El Código civil español otorga la primacía normativa a: La ley, en la línea de lo que señalan los modelos de common law al que pertenece el sistema jurídico español. La ley, en consonancia con el modelo estatalista en el que surge la codificación, a pesar de que reconoce a otras instancias sociales la competencia para crear normas jurídicas. La ley, en consonancia con el modelo estatalista en el que surte la codificación, y por ello mismo no reconoce a otras instancias sociales la competencia para crear normas jurídicas.
¿Cuáles son los elementos internos que configuran el derecho subjetivo? El ejercicio del derecho y la pretensión que faculta al sujeto para exigir a otros una determinada conducta. La norma, el ejercicio del derecho y la pretensión que faculta al sujeto para exigir a otros una determinada conducta. La norma y el ejercicio del derecho.
Cuál de los siguientes es un criterio de integración de las lagunas jurídicas: La heterointegración. La cronología normativa. La jerarquía normativa.
Los supuestos jurídicos pueden adoptar la forma de: Hechos jurídicos, actos jurídicos y negocios jurídicos. Hechos jurídicos, actos jurídicos y situaciones jurídicas. Hechos jurídicos, actos jurídicos y relaciones jurídicas.
Cómo se denomina al método de integración jurídica que aplica, por identidad de razón, una norma jurídica a un supuesto no regulado: Equidad. Heterointegración. Analogía. .
¿Ante una laguna jurídica un juez español puede resolver aplicando lo establecido en una norma del Derecho de la Europea? No, siempre tiene que resolver aplicando únicamente normas del Derecho español. Si, es un método de autointegración. Si, es un método de heterointegración.
Uno de los más importantes representantes de las doctrinas imperativistas era: Rousseau. Austin. Kelsen. .
Kelsen considera que las normas jurídicas son: Mandatos o imperativos. Juicios de valor. Juicios hipotéticos.
La aceptación de Derecho que lo entiende como conjunto de normas jurídicas se denomina: Derecho valorativo. Derecho subjetivo. Derecho objetivo. .
El ejercicio de los derechos humanos: Puede limitarse por el Estado preservando su orientación teleológica. Puede limitarse por el Estado en cualquier situación y de cualquier modo. No puede limitarse por el Estado pues tienen raíz y fundamento en la misma naturaleza humana.
Las propuestas de lege ferenda: Proponen mejoras en la aplicación del Derecho. Están prohibidas en el ámbito del Derecho Penal. Proponen cambios legislativos.
En el ámbito de las teorías que tratan la justicia como valor jurídico fundamental, el rótulo de “eclécticas” denota: Todas aquellas que afirman que la justicia es el valor fundamental cuya consecución debe perseguir el Derecho. Todas aquellas teorías de la justicia que sostienen que justicia y derecho son dos elementos unidos de manera esencial. Todas aquellas que afirman que derecho y justicia están unidos de manera inextricable, de forma que no pueden ser concebidos uno sin la otra.
El principio de igualdad admite ser observado desde: Una óptica bidimensional: (1) en su dimensión formal, se resume en el principio de la igualdad ante la ley, promoviendo que ningún ciudadano quede nunca sin asistencia letrada por razones económicas;(2) en su dimensión material, implica promover, desde los poderes públicos, las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, garantizando un acceso equitativo a los bienes y servicios de la sociedad. b) Una óptica bidimensional: (1) en su dimensión formal, se resume en el principio de igualdad ante la ley, prohibiendo discriminaciones por razón de raza, sexo, opinión, orientación sexual o creencias religiosas; (2) es su dimensión material, implica promover, desde los poderes públicos, las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, garantizando un accesio equitativo a los bienes y servicios de la sociedad. Una óptica bidimensional: (1) en su dimensión formal, implica la unidad de derecho y justicia; (2) en su dimensión material, implica la promoción de una igualdad socioeconómica estricta.
El denominado Estado constitucional de Derecho: Surge tras las revoluciones burguesas de finales del siglo XVIII. Consagra la subordinación material de las leyes a las normas y principios constitucionales. Las otras dos respuestas son falsas.
La teoría del contrato social consiste: El origen del poder político se explica por la ficción de un pacto celebrado entre individuos libres e iguales, con la finalidad de terminar con la situación de enfrentamiento de los hombres en su estado de naturaleza. El Derecho, para lograr su finalidad, debe cumplir una función ideológica básica de neutralidad que conlleva convertirse en servidor de los intereses generales y procurando la igualdad formal de todos los ciudadanos ante la ley. Las leyes proceden de la voluntad humana sin intervención de la divinidad.
Son métodos de autointegración jurídica: La aplicación de la doctrina jurídica. La jerarquía y cronología normativa. La analogía y los principios generales del Derecho. .
¿Cuáles son los tipos de derecho subjetivo en relación a los bienes y valores que protege? Absolutos y relativos. Públicos y privados. Fundamentales y ordinarios.
El carácter general de la generalidad de las normas jurídicas supone: Que se aplican a una clase de categoría de sujetos. Que se aplican a todos por igual. Que se aplican según quién haya realizado la acción.
Se denominan consecuencias jurídicas directas: Las que revisten forma de sanción. Las derivadas del normal cumplimiento de lo prescrito. Las que consisten en alternativas por si se produce el incumplimiento de la norma.
Puede hablarse de Deontología profesional: Desde una triple óptica: como ética kantiana (o deontología), como moral corporativa y como Derecho. Desde una triple óptica: como ética kantiana (o deontología) y como Derecho. Desde una triple óptica: como ética aplicada, como moral corporativa y como Derecho. .
¿Qué garantías ofrece el ordenamiento jurídico español vigente para la protección de los derechos humanos? Ofrece una triple protección: (1) el Tribunal Supremo; (2) los tribunales ordinarios; y (3) el Tribunal Constitucional. Ofrece una triple protección: (1) la Audiencia Nacional; (2) los tribunales ordinarios; y (3) el Tribunal Constitucional. Ofrece una triple protección: (1) los tribunales ordinarios; (2) el Tribunal Constitucional; y (3) la tutela del Defensor del Pueblo.
El realismo jurídico de Alf Ross sostiene que: La interpretación del Derecho consiste en reconocer o descubrir la voluntad del legislador, que se contiene diáfanamente en las normas. El intérprete apenas encuentra en las disposiciones jurídicas límite alguno a la acción de sus prejuicios a la hora de interpretar el Derecho. La interpretación del Derecho consiste en reconocer o descubrir unos datos ya dados en los enunciados que contienen las normas.
¿Cuáles son los caracteres de la norma jurídica? Abstracción, validez, juridicidad, generalidad, normatividad. Justicia, generalidad, materialidad, juridicidad, normatividad. Generalidad, juridicidad, formalidad, sanción, abstracción.
La fundamentación iusnaturalista de los derechos humanos: Considera que los derechos humanos no son verdaderos derechos hasta que no son recogidos por las Constituciones de los países. Entiende los derechos humanos como facultades naturales intrínsecas de todo ser humano, con independencia de su positivación. Entiende que los derechos humanos pertenecen al ser humano cuando están recogidos en una Declaración internacional de derechos.
De acuerdo con el filósofo del Derecho italiano Norberto Bobbio: La aproximación conceptual al Derecho ha de fijarse en su naturaleza conflictual pues, en la línea de lo señalado por Marx y los enfoques críticos, el Derecho siempre se encuentra subordinado al poder. La aproximación conceptual al Derecho ha de fijarse en su contenido, pues en la línea de lo señalado por autores realistas como Alf Ross, los enunciados jurídicos contienen toda la información necesaria para su interpretación. La aproximación conceptual al Derecho no puede permanecer en la idea de que el elemento caracterizador reside en la especificidad de su estructura, sino que es necesario el estudio del Derecho desde dos perspectivas de análisis su estructura y su función. .
Las obligaciones ético-profesionales de los criminólogos están recogidas en: En el Código Deontológico de la Comunidad Valenciana. El Código Deontológico de Profesionales de la Unión Europea. No existen todavía códigos deontológicos de los criminólogos.
La llamada del modelo “Constitucional” de Estado implica: La eficacia directa de aquellas normas constitucionales que se refieren a los derechos fundamentales (la bill of rights), que gozan, a diferencia del resto del articulado de la Carta Magna, de prioridad en el sistema de fuentes, por encima incluso de las normas con rango de ley. La eficacia directa de las normas constitucionales, especialmente aquellas cuyo contenido se refiere a los derechos fundamentales de forma que la Constitución se erige en fuente del derecho por encima de la ley. La eficacia directa de las normas constitucionales, especialmente aquellas cuyo contenido se refiere a los derechos fundamentales, pero siempre en la medida en que estas resulten compatibles con el resto del ordenamiento jurídico y en especial de las normas con rango de ley, que continúan gozando de prioridad en el sistema de fuentes.
El objeto de la Deontología profesional es: Establecer los derechos laborales de los trabajadores. Organizar la actividad profesional. Establecer el deber o los deberes profesionales concretos en cada profesión.
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