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INTRODUCCION AL DERECHO

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Título del Test:
INTRODUCCION AL DERECHO

Descripción:
test de introducción al derecho 1er bimestre 01/06/2019

Fecha de Creación: 2019/06/01

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 60

Valoración:(3)
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Temario:

Las normas son obligatorias porque vienen de un mandato divino al gobernante y este a su pueblo. Teoría Teocrática. Teoría Aoutocrática. La Teoría del Derecho Natural o iusnaturalismo.

Santo Tomás de Aquino consideró la existencia de la ley eterna, la ley natural, la ley divina y la ley humana. La Teoría Teocrática. La Teoría Autocrática. La Teoría del Derecho Natural o iusnaturalismo.

• Se sostiene que el Derecho Natural no tiene principios científicos, de seguridad y certeza jurídica. La Teoría del Derecho Natural o iusnaturalismo. La Teoría Autocrática. Teoría Teocrática.

Según Salamanca, las teorías teocráticas actuales son los sistemas legales de Halajá en el judaísmo, del Derecho Canónico en el catolicismo, y el de la Sharía en el islamismo. verdadero. falso.

“ir en la vida correcta”. El sistema legal de la Halajá. es la ley religiosa musulmana.

El gobierno monárquico puede ser absoluto o relativo. La Teoría Autocrática. La Teoría Teocrática. La Teoría del Derecho Natural o iusnaturalismo.

se dio en los pueblos primitivos, y por tanto el monarca tenía poder ilimitado, tanto así que se creía que el monarca era el representante de Dios en la tierra. Este sistema se dio en el antiguo Israel, Roma y Egipto. monarquia Religiosa. monarquia patrimonial. monarquia constitucional.

sucede cuando se considera que el reino es el rey, y, por lo tanto, el monarca tiene la completa potestad, para permitir, mandar o crear. monarquia relagiosa. monarquia patrimonial. monarquia constitucional.

quien otorga el poder al rey, es la Carta Magna, y por tanto hasta el rey debe obedecer a la Constitución. monarquia religiosa. monarquia patrimonial. monarquia constitucional.

autocracia, proviene de la terminología griega “autokráteia”. significa poder absoluto. íntimo de la naturaleza humana.

Según la Teoría Teocrática, la justicia: Deviene de los hombres. Aparece por las funciones del Estado. Acontece de Dios. La sobrelleva el gobernador.

La teoría del Derecho, que abarcaba el derecho divino sobrenatural y la teoría del Derecho divino providencial, es la: Teoría Autocrática. Teoría Teocrática.

En la Monarquía patrimonial el monarca: Tiene un poder limitado. Tiene potestad ilimitada. Gobernó Israel, Roma y Egipto.

El precepto “debe hacerse el bien y evitar el mal”, corresponde al: Iuspositivismo. Derecho Natural.

Según Molano, ¿cuál de las teorías del Derecho, tiende a confundir el Derecho y la justicia con la ley?. Teoría Positivista. . Teoría del Derecho Natural. Teoría Autocrática.

Según la Teoría Pura del Derecho (Kelsen), el Derecho debe ser analizado: A través del razonamiento lógico, reconociendo factores que lo solucionen. Independiente a la ética y a las ciencias sociales. A través del conocimiento de las normas jurídicas.

La teoría del Derecho, que manifiesta: “El Derecho no es producido por la voluntad del legislador, sino por la voluntad de la clase dominante”, es: Teoría Marxista. Teoría Iusnaturalista. Teoría Teocrática.

. La familia jurídica que ha tenido más influencia en el mundo es la: Familia del Common law. Familia Romano Germánica. Familia Socialista.

Respecto de la Familia Jurídica Socialista, durante el gobierno de Alejandro II, una de las reformas en el tema jurídico fue: El aparecimiento de los juzgados de paz. La recopilación de palabras de Mahoma. La Codificación del Código de Napoleón.

La sunna es: Es la revelación y recopilación divina de Alá a Mahoma. La narración y transmisión de los datos de la sunna. La recopilación de dichos y actuaciones de Mahoma.

¿Qué personaje inició el conocimiento científico del Derecho?. Carlos de Savigni. Ruodolph von Ihering. Hans Kelsen. Ninguno.

Según Jaramillo la técnica jurídica es: La que almacena información y proporciona medios electrónicos. La ciencia jurídica que se ocupa de la conducta del hombre. Una disciplina que da reglas para la práctica del Derecho.

Para Mabel, la corriente de la filosofía jurídica que señala que la Ciencia del Derecho es una ciencia empírica, cuyo objeto de estudio son los hechos, es el: Iusformalismo. Iusnaturalismo. Iusrealismo.

La ciencia de la dimensión axiológica del Derecho que se encarga del aspecto ético de lo jurídico, regulando la conducta humana en sociedad es conocida como: Teoría de la Justicia. Sociología Jurídica. Teoría del Derecho.

Para Kelsen, a la Ciencia del Derecho le concierne: Solamente lo jurídicamente preceptuado. . Los hechos, como la ciencia de la Sociología. Prescribir un objeto normativo.

La costumbre como ley, es dictado por el rey en la etapa del: Neolítico. Imperio divino. Florecimiento de la filosofía.

El Derecho es dialéctico se garantiza mediante la fuerza pública por ser coercitivo. verdadero. falso.

El Derecho es dialéctico porque: Es jerarquizado y por tanto posee un ordenamiento jurídico. Tiene la capacidad de estar en constante transformación. Se garantiza mediante la fuerza pública por ser coercitivo.

Norma jurídica tiene la teoría positivista, el objeto de estudio de la ciencia del Derecho. verdadero. falso.

Para la teoría positivista, el objeto de estudio de la ciencia del Derecho es la: Seguridad. Justicia. Norma jurídica.

El gonierno es. la totalidad de la sociedad políticamente organizada. conjunto de los órganos públicos que han sido facultados por el ordenamiento jurídico para ejercer el poder político. comunidad social con una organización política común y un territorio y órganos propios que es soberana e independiente políticamente de otras.

Las normas jurídicas. no pueden contradecir principios fundamentales del derecho. pueden contradecir principios fundamentales del derecho.

la jurisprudencia puede originarse solo: las cortes provinciales. corte suprema. en la asamblea.

La libertad. es un bien supremo, se restringe únicamente por motivos excepcionales. es un bien secundario. puede ser restringida sin justificativos legales, únicamente aduciendo temas ideológicos por el poder publico de turno.

El derecho publico es: mandatario. prohibitivo. permisivo.

El derecho es una sola. ciencia social y no usa elementos abstractos matemáticos. ciencia formal que usa elementos abstractos matemáticos. ciencia natural que usa elementos estadísticos.

la ciencia, la técnica, y la tecnología. tienen distinto significado y niveles de aplicación. son los únicos auxiliares del derecho.

El código civil del Ecuador es inspirado en: FILOSOFO HANS KELSEN. LA OBRA DEL ESCRITOR ANDRES BELLO.

LA FUENTE FORMAL O DIRECTA DEL DERECHO COMPRENDE: LA MANIFESTACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS. LA MANIFESTACIÓN DEL LEGISLADOR. LA MANIFESTACIÓN DEL PUEBLO.

LAS FUENTES FORMALES O DIRECTAS DEL DERECHO PUEDEN SER. MEDIATAS E INMEDIATAS. SANCIONADORAS Y SUSPENSIVAS. INMEDIATAS Y SANCIONADORAS.

LOS ROMANOS DENOMINABAN A LA CIENCIA DEL DERECHO COMO: JURISPRUDENCIA. NORMA. LEY. DOCTRINA.

LA PALABRA DERECHO ESTA RELACIONADA ESENCIALMENTE CON: EXPERIENCIA SOCIAL. EXPERIENCIA JURÍDICA. EXPERIENCIA AMBIENTAL.

EN QUE CONSISTE EL ASPECTO TACTICO DEL DERECHO: EL DERECHO COMO VALOR MORAL. EL DERECHO COMO ORDENAMIENTO. EL DERECHO COMO HECHO.

LOS PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES DEBEN SER APLICADOS DE FORMA OBLIGATORIA. SI. NO. CASI NUNCA.

LA CONSTUMBRE EN EL ECUADOR NO TIENE VALIDEZ JURIDICA EXCEPTUANDO EN LOS TEMAS: LABORALES. TRIBUNALES. PENALES.

LAS FUENTES DEL DERECHO PUEDEN SER: FORMALES Y MATERIALES. INDIRECTAS E INMATERIALES.

Entre las principales ramas del Derecho está el Derecho: Privado. Político. Comercial.

Aparte de las principales ramas del Derecho, están otras, como el Derecho: Civil. Comercial. Canónico.

3. ¿En cuál de las ramas del Derecho, asisten los elementos: jurisdicción, competencia, acción, pretensión y demanda?. Derecho Procesal. Derecho Subjetivo. Derecho Privado.

La fuente que suple y llena los vacíos de la ley es la: Doctrina científica. Jurisprudencia. Costumbre.

Según lo manifestado por el Código Civil, la ley es una: Parte del derecho institucionalizado. Declaración de la voluntad soberana.

La ley es obligatoria cuando: No está dedicada a persona alguna. Deja de tener vigencia, se la deroga. Tiene el carácter de imperativo-atributivo.

Para el civilista francés Planiol, la ley positiva es: Una regla social obligatoria, establecida con carácter permanente por la autoridad pública y sancionada por la fuerza. La norma escrita, de precepto general, que emana de los órganos políticos del Estado. Apenas un Derecho institucionalizado, detenido en la forma, pero no todo el Derecho.

Para la aprobación y expedición de las leyes se deben dar diferentes etapas, según Jaramillo la aprobación es la: Última etapa. Tercera etapa. Primera etapa.

Para Jaramillo la etapa del debate se refiere a: La deliberación de la Asamblea Nacional acerca del contenido del proyecto presentado. La aprobación del proyecto de ley con la simple mayoría de votos de miembros de la Asamblea Nacional. Cuando el presidente de la República a través de su firma y rúbrica autoriza la publicación de la ley.

Uno de los plazos para la obligatoriedad de la ley, son los instantáneos, que son: Porque se designan un especial para su vigencia desde su promulgación. Aquellos cuando la ley comienza a regir simultáneamente. Cuando la ley comienza a regir tomando en cuenta la distancia que existe de un lugar a otro.

Derogar significa: Dejar sin efecto una ley. Aprobar un proyecto de ley. Deliberar el proyecto de ley.

Según el Código Civil, la derogación de la ley es tácita cuando: La nueva ley no contiene disposición alguna de las de la ley anterior. Simplemente deroga a la antigua. La nueva ley contiene disposiciones que no se concilian con las de la ley anterior.

El ordenamiento jurídico es eficaz porque: Surge de un poder legítimamente constituido. Contiene preceptos vinculados. Su aplicación es imperativa.

Cuando se dice que: son los conceptos más generales y relevantes, que sirven de fundamento científico al Derecho, y que debido a su universalidad subordina muchos conceptos del sistema jurídico, se refiere a las: Instituciones jurídicas. Categorías jurídicas. Figuras jurídicas.

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