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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEIntroducción Derecho ADE

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Título del test:
Introducción Derecho ADE

Descripción:
Preguntas Examen Tema 4

Autor:
BIM
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Fecha de Creación:
25/02/2023

Categoría:
UNED

Número preguntas: 39
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Temario:
Los contratos Producen efectos entre las partes que los otorgan y frente a terceros Obligan no solo a lo expresamente pactado, sino a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley Son fuentes de derecho, pues las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley frente a la sociedad .
El consentimiento contractual: Debe manifestarse oralmente o por escrito o puede apreciarse de actos inequívocos que pongan de manifiesto lo realmente querido por el sujeto Se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato Ambas son correctas .
El consentimiento necesario en un contrato es nulo cuando: Se presta con error sobre la persona con la que se contrata, aunque dicha persona no haya sido la causa principal que ha dado lugar a su celebración Se haya prestado con temor a desagradar a quien se debe respeto Se haya inducido con maquinaciones insidiosas al otro contratante a celebrar el contrato, sin las cuales no lo hubiese celebrado .
El dolo es un acto u omisión culpable realizada por una persona: Sin observar el debido cuidado Sin observar la debida diligencia De forma voluntaria o intencionada .
Será nulo el consentimiento prestado para la celebración de un contrato cuando: Esté viciado por un error imputable a quien lo sufre Exista miedo a desagradar a las personas a quienes se debe respeto Sea resultado de una conducta insidiosa grave por parte del otro contratante .
En la formación de los contratos, la libertad de forma es: La excepción La regla general Un requisito esencial del contrato .
Los contratos: Con carácter general, son obligatorios cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez Si se exige una forma ad probationem, la falta de forma determina la inexistencia del contrato La forma ad solemnitatem requiere que el contrato se realice en documento público para que tenga validez frente a terceros .
La forma escrita en los contratos Es, con carácter general, un requisito de validez Puede exigirse por la ley a efectos de facilitar su prueba Ninguna de las respuestas anteriores es correcta .
Como regla general, para que un contrato sea válido Es necesario que conste en documento público Es necesario que conste por escrito, aunque sea en documento privado No es necesario que conste por escrito .
En nuestro Derecho, como regla general, los contratos se perfeccionan y generan obligaciones: Desde que los contratantes consienten en los elementos esenciales del contrato Desde que el acuerdo de las partes se hace constar por escrito Desde que se entregan las cosas objeto del contrato .
El contrato entre presentes se perfecciona desde el momento en que: Las partes realizan actuaciones preparatorias con el fin de celebrar dicho contrato Las partes consienten sobre los elementos esenciales del mismo Una parte realiza una oferta a la otra parte .
Es regla general que la perfección del contrato se produce: Cuando los contratantes consienten sobre los elementos esenciales del contrato Con la formalización por escrito de los acuerdos entre las partes Cuando se entrega la cosa o se presta el servicio objeto del contrato .
En los contratos celebrados entre personas distantes hay consentimiento: Desde el momento en que se manifiesta la aceptación Desde el momento en que se remite la aceptación al oferente Desde el momento en que el oferente conoce o debió conocer la aceptación .
Cuando se realiza un contrato entre personas distantes por correspondencia o por correo electrónico, se entiende que el contrato existe y obliga a las partes: Desde que el aceptante de la oferta emite la contestación Desde que el aceptante de la oferta expide la contestación con la aceptación Desde que el oferente conoce o debió conocer la aceptación .
Pedro, que vive en Santiago de Compostela, quiere comprar un coche que ofrece Juan, que reside en Valladolid. El contrato se entenderá perfeccionado: En el momento en que concurren la oferta de Juan y la aceptación por parte de Pedro sobre la cosa y la causa del contrato Desde que Pedro manifieste su aceptación Desde que Juan conozca la aceptación de Pedro o desde el momento en que habiéndosela remitido éste no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe .
Los contratos: Producen efectos entre las partes que los otorgan y frente a terceros Se perfeccionan únicamente con la entrega de la cosa, objeto del contrato Son fuentes de derecho, pues las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes .
El efecto obligatorio del contrato se produce solo para: Las partes contratantes y cualquier tercero Quienes han sido parte en el contrato y, en su caso, sus herederos Las partes contratantes y, en su caso, sus representantes .
Los contratos, con carácter general, producen efectos: Erga omnes (respecto a todos), ya que tienen fuerza de ley Sólo entre las partes que los otorgan y sus herederos Entre las partes que los otorgan y en caso de representación alcanzan al representante .
Según el principio de relatividad contractual: Las personas ajenas al contrato no quedan vinculadas por éste salvo que el contrato sea a favor de tercero El contrato tiene fuerza de ley solo entre las partes contratantes, por ello pueden desistir libremente del mismo Los herederos de una parte contratante no quedan obligados por el contrato porque las partes solo producen efectos entre los contratantes .
Los contratos reales Se perfeccionan con la entrega de la cosa (préstamo) Generan la obligación de entregar una cosa (compraventa) Recaen sobre bienes inmuebles (hipoteca) .
Los contratos reales se perfeccionan: Por el mero consentimiento de las partes sobre los elementos esenciales del contrato Con su formalización en escritura pública Únicamente con la entrega de la cosa .
Los contratos consensuales: Se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes Deben constar por escrito para obligar a las partes Requieren de la entrega de la cosa para obligar a las partes .
Los contratos que requieran para su perfección, además del consentimiento de las partes, la entrega de una cosa, se denominan: Onerosos. Unilaterales. Reales. .
Si en un contrato con obligaciones recíprocas una de las partes no cumple con su obligación y la otra opta por exigir su cumplimiento forzoso: La parte que exige el cumplimiento forzoso no tiene derecho a indemnización por daños y perjuicios La parte que no ha cumplido puede negarse a cumplir su obligación si la parte que le reclama tampoco ha cumplido la suya Ninguna de las anteriores respuestas es correcta .
La resolución de un contrato de duración por incumplimiento: Tiene como efecto la devolución de las prestaciones que se hayan realizado Supone su extinción, pero sin devolución de las prestaciones que se hayan realizado Es consecuencia del mutuo disenso entre las partes contratantes .
Si el incumplimiento de un contrato es imputable al deudor, la otra parte podrá: Exigir el cumplimiento, en cuyo caso no tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios Dejar el contrato sin efecto y solicitar la indemnización de daños y perjuicios Dejar el contrato sin efecto, en cuyo caso no tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios .
Cuando un contrato es anulado por haberse producido error en el consentimiento: La anulabilidad se produce en el mismo momento de la celebración del contrato y por lo tanto impide que éste produzca efecto alguno La acción de anulabilidad puede ejercitarse en cualquier momento, pues no prescribe nunca Los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubieran sido materia del contrato, con sus frutos y el precio con sus intereses .
El derecho de los consumidores a desistir del contrato realizado fuera del establecimiento mercantil: No requiere de justa causa y da lugar al reembolso del precio siempre que devuelva la cosa que haya recibido No es aplicable a los contratos de prestación de servicios Es un derecho no sujeto a plazo, el consumidor puede ejercerlo mientras esté vigente el contrato .
Las “condiciones generales de la contratación”: Son cláusulas no negociadas individualmente con los consumidores y redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos Son normas jurídicas que se aplican a los contratos celebrados con los consumidores, aun cuando desconozcan su existencia Son cláusulas que se consideran abusivas si no han sido previamente negociadas individualmente con el contratante al que pretenden imponerse .
Las condiciones generales de la contratación son: Únicamente las cláusulas negociadas con los consumidores y que se incorporan a una pluralidad de contratos Cláusulas impuestas por la ley que deben figurar en determinados contratos para que sean válidos Cláusulas predispuestas por una de las partes redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos .
Los contratos en los que una de las partes elabora unilateralmente los pactos o condiciones que van a regir el contrato y la otra se limita a aceptarlas sin que tengan posibilidad de negociar o modificar las condiciones establecidas son: Contratos nulos, pues los contratos nacen de la negociación entre las partes Son contratos de adhesión Son contratos en los que existe un vicio en el consentimiento .
Los contratos de adhesión: Son contratos sometidos a condiciones generales impuestas unilateralmente por una de las partes Son contratos en los que las partes se encuentran en posición de igualdad Son sometidos a normas imperativas .
Los contratos celebrados por vía electrónica son: Contratos entre personas distantes Contratos en los que el consentimiento se produce desde que se emite la aceptación Contratos para cuya celebración es necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos .
En la contratación electrónica: El prestador de servicios de intermediación (aquel que se limita a transmitir datos o informaciones que ellos no generan) tiene la obligación general de supervisar los datos o informaciones que él no ha generado Se requiere para su validez que las partes acuerden previamente la utilización de esa vía El contrato se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta, salvo que una de las partes sea consumidor .
Los prestadores de servicios en la sociedad de la información Tienen que estar inscritos necesariamente en el Registro Mercantil Deben ofrecer a los terceros los datos que permitan su identificación Las dos respuestas anteriores son erróneas .
Los prestadores de servicios de intermediación en la contratación electrónica: No son responsables en ningún supuesto por los datos transmitidos que no han generado Siempre tienen responsabilidad por la información facilitada pues tienen deber de supervisar la información que no han generado Incurrirá en responsabilidad cuando tenga conocimiento efectivo de la ilicitud de los datos incorporados que han generado .
Los prestadores de servicios de intermediación en la contratación electrónica: Tienen la obligación general de supervisar los datos o informaciones que ellos no han generado y que se limitan a almacenar, transmitir o buscar No están sujetos a las normas generales del ordenamiento jurídico para quienes realizan actividades ilícitas Están obligados a disponer de los medios que permitan acceder tanto a los destinatarios como a los órganos competentes a los datos necesarios para su identificación .
En la contratación electrónica, los prestadores de servicios están obligados a: Confirmar la recepción de la aceptación una vez celebrado el contrato Solicitar, con carácter previo a la celebración del contrato, la conformidad de la contraparte para utilizar medios electrónicos Dejar constancia por escrito del contrato de que se trate .
En la interpretación de los contratos, si se plantea discordancia entre la letra del contrato y la voluntad de las partes: Prevalece la voluntad de las partes, es decir, la intención de los contratantes Prevalece la letra del contrato, esto es lo escrito Ninguna de las dos respuestas anteriores es correcta .
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