INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DEL DERECHO. BATERÍA D PREGUNTAS.
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DEL DERECHO. BATERÍA D PREGUNTAS. Descripción: Introducción a la Teoría del derecho. Criminología. Simulacro de examen |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
No es una característica de las reglas de trato social, la. Alteridad. Generalidad. Socialidad. Racionalidad. Las normas jurídicas se caracterizan por su: Autonomía. Interioridad. Coercibilidad subjetiva. Alteridad. La denominada teoría tridimensional del Derecho afirma que: a) El Derecho debe ser considerado simultáneamente como hecho, valor y norma. La "a" además implica que el derecho presenta una dimensión normativa, valorativa y fáctica. c) la "b" es cierta y fue elaborada por Miguel Reale. d) No existe tal teoría. Sólo existe la teoría pluridimensional del Derecho. No es incorrecto afirmar. Una norma se considera de Derecho Público cuando regula una relación jurídica en la que interviene un sujeto investido de potestad pública. Una norma se considera de Derecho público cuando regula una relación jurídica en la que intervienen sujetos particulares. Una norma se considera de Derecho privado cuando regula una relación jurídica en la que interviene un sujeto investido de potestad pública y un particular. Es posible que en las relaciones jurídicas reguladas por el Derecho público el sujeto púbico ostente una relación de superioridad sobre el sujeto particular. La afirmación de que "el iusnaturalismo se considera de manera habitual una doctrina dualista". a) No existe. b) Es cierta porque considera la existencia de dos sistemas jurídicos. c) La "b" es cierta y además considera la coesxistencia del derecho natural y del Derecho Positivo. d) Ninguna puede ser considerada cierta. El poder o facultad atribuida por la norma potestativa o autoritativa al sujeto, que le permite realizar determinados actos o exigir a otros sujetos una conducta de hacer o no hacer algo o bien de abstención o impedimento, se conoce como: Derecho subjetivo. Derecho objetivo. Competencias de la autoridad. Ninguna de las anteriores. Las personas y los grupos presentan multitud de necesidades a satisfacer y la vida social se caracteriza por presentar comportamientos antagónicos entre si que deriva en relaciones conflictivas. Ante estos aspectos sociales, la función cumple una función. De limitación y legitimación de los poderes sociales. Promocional de la justicia. De integración y de control. Ninguna de las anteriores. Según la teoría de la norma jurídica como juicio hipotético de Kelsen, las normas jurídicas que tienen carácter esencialmente sancionador y que van dirigidos a los operadores jurídicos son: a) Normas primarias. b) Normas secundarias. c) La "a" y la "b" de forma alternativa. d) El juicio hipotético de Kelsen no dice nada de eso. Entre los procedimientos de autointegración como vías de superación de las lagunas jurídicas, figura: a) La analogía. b La analogía y además los principios generales del Derecho. c) Utilización de otras fuentes jurídicas. d) La "b" es cierta y además el recurso a otros ordenamientos jurídicos. La facultad que permite al sujeto que la posee la realización de un determinado acto con consecuencias jurídicas, se denomina. Personalidad jurídica. Capacidad de obrar. Capacidad jurídica. Personalidad de obrar. La diferencia entre acto nulo y anulable se describe como: El nulo tiene un vicio de validez y el anulable, no. El nulo incumple los requisitos esenciales y los anulables incumple una exigencia no esencial. Los nulos no se han producido nunca y los anulables si, pero con defectos. Todas las anteriores son diferencias. Cuando se afirma que los titulares de los Derechos Humanos no pueden llevar a cabo ningún acto de disposición que les impida su ejercicio en el futuro, decimos que los Derechos Humanos son. Universales. Imprescindibles. Inalienables. Esa afirmación no es correcta. Al afirmar que existen derechos fundamentales que tienen validez por sí mismos independientemente de que estén recogidos o no en el ordenamiento jurídico positivo, estamos recurriendo a una fundamentación: Iusnaturalista. Positivista. Axiológica. Ninguna de la anteriores. Señalar la afirmación falsa. Las normas morales son autónomas. Las reglas de trato social se caracterizan por su alteridad. Las normas jurídicas se caracterizan por su exterioridad. Ninguna de las anteriores es falsa. No es cierto que: Las normas morales imponen sanciones subjetivas. Las normas jurídicas imponen sanciones objetivas. Las reglas de trato social imponen sanciones que proceden del grupo social. Todas son ciertas. Cuando su manual de referencia señala que las leyes proceden de la naturaleza racional de los hombres, está intentando explicar: La postura iusnaturalista. La postura positivista. No puede determinarse con esa expresión. Es una mezcla de ambas posturas. Señala la proposición cierta: Las fuentes formales del Derecho están jerarquizadas. Las fuentes formales expresan las diferentes normas jurídicas que rigen el comportamiento de personas. Las fuentes materiales se dirigen a identificar los agentes creadores de Derecho. Todas son ciertas. En relación con el sujeto pasivo, el derecho subjetivo es: Erga Omnes, es decir, que exigen mantener una relación determinada con el sujeto activo. Es absoluto, es decir, que exige mantener una relación determinada con el sujeto activo. Erga Omnes, es decir, que se ejercitan frente a todos los sujetos pasivos. Ninguna es cierta. Cuando las normas contradictorias entre sí han de pertenecer al mismo ordenamiento jurídico y al mismo ámbito de aplicación, estamos ante un supuesto de. Autointegración jurídica. Heterointegración jurídica. Antinomia jurídica. Ninguna de las anteriores. Entre los elementos que constituyen la relación jurídica, no figura: Los sujetos. El vínculo de atribución. El objeto. Sanción jurídica. Cuando afirmamos que las normas deontológicas son exigencias de una ética profesional, se habla de una deontología como. Ética aplicada. Moral corporativa. Derecho. Ninguna de las anteriores. Cuando afirmamos que un sistema social y jurídico sea eficaz en realizar los valores para cuyo logro fue instituido, nos referimos a: La paz social en sentido objetivo. La paz social en sentido subjetivo. El bien común. La seguridad jurídica. Cuando los miembros de una sociedad gozan de la posibilidad de acceder a los medios que son necesarios para satisfacer sus necesidades y para el desarrollo y perfeccionamiento de su personalidad, decimos que se alcanza: La paz social en sentido objetivo. La paz social en sentido subjetivo. El bien común. La seguridad jurídica. Como derecho de tercera generación encontramos: Derecho al trabajo. Derecho a la libertad religiosa. Derecho a las vacaciones retribuidas. Ninguna de las anteriores. Respecto a los conceptos de ética profesional y deontología, podemos afirmar que: Deontología tiene como objetivo la fundamentación de lo bueno en cada profesión. La ética se recoge en las normas. La ética profesional es considerada como una parte de la ética aplicada. Ninguna es cierta. |