IRPF
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Título del Test:![]() IRPF Descripción: 2 PARCIAL Laura |




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La letra a) del artículo 7 prevé la exención de las prestaciones extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo. Para que dichas cantidades puedan beneficiarse de la exención, han de concurrir una serie de requisitos. Teniendo en cuenta, lo anteriormente expuesto, ¿qué afirmación de las siguientes es falsa?: La prestación de tener carácter publico. Opera con independencia de quien sea el beneficiario. Se asimila al fallecimiento en acto de servicio cuando la causa no es un atentado terrorista. Abarca la totalidad de la prestación. El artículo 14.2LIRPF establece una serie de reglas especiales de imputación temporal que afectan, entre otras, a las rentas no percibidas por estar pendientes de resolución judicial. Determinar qué afirmación de las siguientes es correcta: Esta regla se aplica a todo tipo de rentas. Esta regla se aplica exclusivamente a los rendimientos del trabajo. Esta regla se aplica a todo tipo de rentas salvo a imputación de rentas inmobiliarias. Esta regla se aplica a todo tipo de rentas salvo a las de actividades económicas. Un contribuyente de nacionalidad española se traslada, en el ejercicio fiscal 2015, a vivir a Mónaco (paraíso fiscal). Sabiendo que tiene certificado de residencia en Mónaco. ¿Tiene el citado contribuyente obligación de presentar autoliquidación de la renta en España?. Si, pero exclusivamente en el ejercicio del cambio de residencia. No, si justifica la efectividad del cambio. Si, en el ejercicio del cambio y en los cuatro ejercicios siguientes. No, siempre que su cónyuge, no separado legalmente, y sus hijos menores se trasladen con él. Unidad familiar formada por D. Antonio y por D.ª Carmen casados, en régimen legal de gananciales. D.ª. Carmen tiene su residencia habitual en Cuenca y D. Antonio en Madrid. Sus bases liquidables en el presente período impositivo han sido las siguientes: Base liquidable de D. Antonio: 50.000 euros. Base liquidable de D.ª Carmen: 35.500 euros. Sabiendo que dicho matrimonio opta por la tributación conjunta, ¿a qué Comunidad Autónoma corresponde el importe cedido por el IRPF?. No podrán optar por la tributación conjunta, al tener vivienda habitual uno en la CA de Madrid, y la otra en la CA de Castilla-La Mancha. En la CA de Madrid, al tener D. Antonio mayor Base liquidable. En la CA de Castilla-La Mancha, al tener D.ª Carmen menor Base liquidable. No se considera unidad familiar a los cónyuges, casados legalmente, si no tienen hijos menores de edad, por lo tanto, no pueden optar por tributar conjuntamente. ¿Qué rentas, de las siguientes, no están sujetas al IRPF?: Las ayudas económicas para el traslado del empleado desde su vivienda habitual a su puesto de trabajo. Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo. Las pensiones compensatorias recibidas por el cónyuge separado legalmente. Las ganancias de patrimonio no justificadas. Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo, inferiores a 14.450 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las cuantías previstas en el artículo 20LIRPF. A estos efectos, el rendimiento neto del trabajo será el resultado de minorar el rendimiento íntegro en algunos de los gastos previstos en el artículo 19.2 de la Ley del Impuesto. En consecuencia, con lo anteriormente expuesto, ¿qué combinación de las siguientes es la correcta?. Letras a, b, c, d y e del artículo 19.2. Letras a, c, d, e y f del artículo 19.2. Letras a, b, d, e y f del artículo 19.2. Letras a, b, c, d, y f del artículo 19.2. Cuando el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario de un bien inmueble o del derecho real que recaiga sobre el mismo sea el cónyuge o un pariente, incluidos los afines, hasta el tercer grado, el rendimiento neto total no podrá ser inferior: Al 2% del valor catastral o al 1,1% en inmuebles cuyo valor catastral haya sido revisado, y hayan entrado en vigor en el período impositivo o en el plazo de los diez períodos impositivos anteriores. Al 2% del valor catastral o al 1,1 % en inmuebles cuyo valor catastral se haya revisado con posterioridad al 1 de enero de 1.994. Al 2% del valor catastral, en cualquier caso. Al valor normal en el mercado, es decir, aquel valor que se acordaría entre sujetos independientes. El régimen especial para trabajadores desplazados está previsto para personas físicas, no residentes en España, que se hayan desplazado a nuestro país como consecuencia de un contrato de trabajo, adquiriendo entonces la residencia fiscal. En este caso y siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la Ley y el Reglamento del Impuesto el contribuyente podrá: Tributar exclusivamente por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Tributar exclusivamente por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Tributará en su país de origen, al considerarse que no tiene en España su residencia habitual. ¿Qué nuevo régimen fiscal le es aplicable a las ganancias de patrimonio obtenidas por cambio de residencia?. Tributarán por la diferencia positiva o negativa entre el valor de mercado de las acciones y su valor de adquisición, siempre que el titular de las mismas hubiera sido residente en España durante, al menos, diez años de los últimos quince períodos impositivos declarados. Tributarán por la diferencia positiva entre el valor de mercado de las acciones y su valor de adquisición, siempre que el titular de las mismas hubiera sido residente en España durante, al menos, diez años de los últimos quince períodos impositivos declarados. No tributarán en España por haberse producido un cambio de residencia efectivo a otro país. Tributarán por el régimen general aplicable a cualquier ganancia o pérdida patrimonial, sin tener en cuenta el cambio de residencia. Las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales se calculan por la diferencia, entre el valor de transmisión y el valor de adquisición de los bienes o derechos transmitidos. Determinar cuál de los siguientes apartados no ha de tenerse en cuenta para el cálculo del valor de adquisición: El importe real por el que se realizó la adquisición. El coste de las inversiones o mejoras. Los gastos y tributos inherentes a la adquisición satisfechos por el adquirente. El valor de adquisición se actualizará, (con unos coeficientes aprobados anualmente por la LGP del Estado), adecuando dicho valor al año de adquisición del inmueble). D. Gabriel y Dª Natalia, están casados en régimen legal de gananciales, ella es ama de casa y él trabaja por cuenta ajena, habiendo obtenido en el presente ejercicio unos RNT de 25.700 euros. De acuerdo con el art. 11 de la LIRPF, ¿a quién deberán atribuirse los citados rendimientos?. Por mitades a ambos cónyuges, en caso de presentar declaración individual. Por mitades a ambos cónyuges, en caso de presentar declaración conjunta. Sólo se atribuirían a D. Gabriel si tuvieran separación de bienes. Se atribuirían exclusivamente a D. Gabriel, pues es el que ha generado el derecho a su percepción. De acuerdo con el art. 12 de la LIRPF el período impositivo será el año natural. ¿En qué supuestos el período impositivo será inferior al año natural?. La ley del Impuesto no prevé, en ningún caso, períodos impositivos inferiores al año natural. En el caso de fallecimiento, matrimonio, separación o divorcio en día distinto al 31 de diciembre. Cuando se produzca el fallecimiento del contribuyente en día distinto al 31 de diciembre. Se trata de una economía de opción, por lo tanto, el contribuyente decide si le interesa partir el período impositivo. La determinación de los rendimientos de actividades económicas ¿Por qué método se llevará a cabo?. Exclusivamente por el método de estimación directa normal. Exclusivamente por el método de estimación directa simplificada. Exclusivamente por el método de estimación objetiva. Por el método de estimación directa, que admitirá la modalidad normal y simplificada, o por el método de estimación objetiva para determinadas actividades económicas. ¿En qué fuente de renta se incluirán las pensiones compensatorias y por alimentos pagadas al cónyuge en caso de separación o divorcio?. Las pensiones compensatorias se incluyen en la fuente de rendimientos del trabajo del contribuyente que las cobra, las pensiones por alimentos al cónyuge están exentas. En ambos casos se incluyen en la fuente de rendimientos del trabajo. En ambos casos están exentas. Tributan en la fuente de ganancias patrimoniales. Para determinar el rendimiento neto del trabajo, se permite disminuir, entre otros gastos «las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales». Se deducen sin limitación alguna. Con el límite conjunto de 500 euros anuales, aunque la colegiación no sea obligatoria. Con el límite de 500 euros anuales sólo para las colegiaciones obligatorias y sin límite para las cuotas sindicales. Con el límite conjunto de 500 euros anuales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones. D. Alberto Díaz es propietario de un inmueble que alquila durante tres meses al año para vacaciones. ¿En qué fuente de renta deberá incluir el rendimiento de dicha propiedad?. Exclusivamente en rendimientos de capital inmobiliario por los tres meses que lo tiene alquilado. Las cuotas de alquiler de los tres meses en rendimientos de capital inmobiliario, por los nueve meses en ganancias de patrimonio no procedentes de transmisiones. Las cuotas de alquiler de los tres meses en rendimientos de capital inmobiliario, los nueve meses restantes en imputación de rentas inmobiliarias. Al estar alquilado sólo tres meses, tributará exclusivamente en la fuente de imputación de rentas inmobiliarias. D. Ángel del Bosque alquila a su hijo un inmueble situado en la calle Caracas de Madrid. ¿Qué rendimiento neto total deberá incluir en la base imponible del Impuesto?. Al tratarse de su hijo, no se considera rendimiento de capital inmobiliario. Deberá incluir el rendimiento neto que resulte de aplicar las reglas generales de los arts. 22 y 23 de la Ley del Impuesto. Deberá tributar, el hijo, en el impuesto de Sucesiones y Donaciones, al tratarse de una renta exenta en el IRPF. Deberá aplicarse la regla especial del art. 24 LIRPF, y el rendimiento neto de capital inmobiliario no podrá ser inferior al que resulte de aplicar las reglas del art. 85 de la ley del Impuesto. El art. 42 LIRPF define las rentas en especie como “la utilización consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda”. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta?. Esta definición se aplica para todas y cada una de las fuentes de renta. Es imprescindible que exista un beneficio particular para el trabajador. Cuando el importe se entregue en metálico para la adquisición del bien, derecho o servicio, seguirá teniendo la consideración de renta es especie. Si la valoración coincide con el valor normal en el mercado, la utilización, consumo u obtención de bienes, derechos o servicios no tendrá la consideración de renta en especie. ¿Qué supuestos de los siguientes no tendrán la consideración de rentas del trabajo en especie?. Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de contrato de seguro de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador. Las entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en cantinas o comedores de empresa o economatos de carácter social. La utilización de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado. Las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad. D. Miguel Alpuente recibe de la empresa en la que trabaja, en su nómina mensual, un plus para el pago del colegio de su hijo Juan de 6 años de edad. ¿Tiene este plus la consideración de renta en especie?. Al tratarse de un plus que tiene carácter social, se considera un supuesto de no sujeción. Puesto que existe un beneficio particular se trata de una renta en especie del trabajo. En este caso, al incluirse en la nómina el importe en metálico, tendrá la consideración de renta dineraria. El RIRPF incluye, en una lista cerrada, los límites que determinan si se trata de renta dineraria o en especie. Un contribuyente ha tenido pérdidas por la venta de unas acciones en bolsa. Indique con cuál de las siguientes partidas puede compensarlas: Con la totalidad de su sueldo. Con la totalidad de los intereses de una imposición a plazo fijo. Con ganancias por la venta de una plaza de garaje. Con imputación de rentas inmobiliarias. Un contribuyente decide entregar como pensión compensatoria a su ex cónyuge la casa de veraneo, valorada en 500.000 euros. Indique cuál de las siguientes respuestas es verdadera: Es una reducción en la base imponible sin ninguna limitación. Es una reducción en la base imponible, pero con el límite del 30% de la suma de sus rendimientos del trabajo más los de actividades económicas. Es un rendimiento del trabajo en especie. Es una deducción en cuota. Un matrimonio divorciado tiene dos hijos menores de edad y sin rentas, cuya custodia es compartida entre ambos. Indique cuál de las siguientes afirmaciones es cierta: Hay dos unidades familiares monoparentales: un progenitor con cada hijo. El mínimo por descendientes se prorratea entre los dos contribuyentes por partes iguales. El mínimo por descendientes sólo lo puede aplicar el cónyuge que haga declaración conjunta con los hijos. Están obligados a hacer declaración conjunta al convivir los hijos con ambos progenitores. Un cónyuge divorciado que paga una pensión a su ex y otra a su hijo menor, del que no tiene la custodia, ¿tiene algún tipo de ventaja fiscal por ambas pensiones?. Sí: puede reducir ambas de su base imponible. Sí: a ambas les aplica por separado las tarifas, para reducir la progresividad del impuesto. Sí: la pensión al cónyuge la reduce de su base imponible y a la del hijo le aplica separadamente las tarifas. Sólo presenta ventaja especial la pensión al cónyuge, que es reducción en la base imponible. Un contribuyente residente en España, empleado por cuenta ajena, tiene una base imponible de 90.000 euros, de los cuales 30.000 euros proceden de un trabajo realizado para una empresa extranjera en Chile. En este país soportó una retención en origen del 15 por ciento. Indique cuál de las siguientes afirmaciones es cierta: Se aplica preferentemente, la exención del artículo 7.p LIRPF respecto a la deducción en cuota por doble imposición internacional del artículo 80 LIRPF. Se aplica preferentemente la deducción en cuota del artículo 80 LIRPF respecto a la exención del artículo 7.p) LIRPF. Al ser residente tiene que tributar por todas sus rentas sin ventaja fiscal alguna. En ningún caso podrá aplicar la exención, pues sus rentas son superiores a 60.100 euros. ¿Cuál de los siguientes sujetos no está obligado a practicar retención?: La comunidad de vecinos respecto al conserje que tiene empleado con contrato laboral indefinido. El ama de casa que paga a la empleada de hogar. Un abogado que satisface honorarios a otro colega al que ha solicitado su parecer profesional. Un dentista que abona el alquiler de su consulta al casero. Un contribuyente tiene los siguientes ingresos brutos: 18.000 euros de sueldo que le paga la empresa X; 1.000 euros de un curso que dio para la Universidad W y 300 euros de intereses. ¿Tiene que presentar autoliquidación por el IRPF?: Sí, porque tiene ingresos procedentes de diversas fuentes. Sí, pero sólo tendrá que declarar los procedentes del curso y los intereses, porque sus rendimientos del trabajo son inferiores a 22.000 euros. Sí, porque como tiene varios pagadores el límite para no declarar es 14.000 euros. No, porque ninguna de las fuentes de renta supera los límites previstos para cada caso. Un matrimonio va a asesorarse a las oficinas de la Administración tributaria para presentar su próxima declaración del IRPF. El esposo tiene unos ingresos brutos del trabajo de 20.000 euros, y la esposa unos ingresos brutos del trabajo de 17.000 euros. Allí les aconsejan que presenten declaración conjunta, que les sale a pagar. ¿Está usted de acuerdo con este consejo?: Sí, porque es más beneficioso ya que al hacer declaración conjunta y ser matrimonio pueden aplicar una reducción de 2.400 euros. No, porque como no tienen hijos no pueden hacer declaración conjunta en ningún caso. No, porque si las hicieran individualmente no llegarían al mínimo obligatorio y podrían no hacerlas. Sí, porque al hacer declaración conjunta aplican dos veces el mínimo personal de 5.550 euros. El borrador de declaración que ha recibido el contribuyente no contiene las cotizaciones que éste hizo a la Seguridad Social durante el ejercicio. Si el contribuyente confirmara dicho borrador: No puede alegar posteriormente el error para no pagar la cuota resultante, al haberse convertido en declaración tributaria por la firma. El borrador es un documento informativo que, en todo caso, carece de valor jurídico. Si el borrador estuviera mal hecho por causa imputable a la Administración el contribuyente queda exonerado de su obligación de presentar autoliquidación por el IRPF. La Administración tributaria sólo remite borradores a los contribuyentes que obtienen exclusivamente rendimientos del trabajo. Con la aprobación de la Ley 26/2014: Desparece la distinción entre base general y base del ahorro a efectos de tributación. Desaparece la posibilidad de compensar los rendimientos que tributan en la base del ahorro con las ganancias de patrimonio que tributan en esa misma base. Desparece la posibilidad de compensar pérdidas de la base general con rendimientos de la base general. Se establece por primera vez la posibilidad de compensar pérdidas de la base del ahorro con rendimientos del ahorro. Luis ha obtenido 7.000 euros de dividendos. El año anterior había tenido pérdidas por la venta de un piso que ascendieron a 80.000 euros. Puede compensar las pérdidas del año pasado de la venta del piso con los dividendos de este año sin ninguna limitación. No puede compensar con dividendos las pérdidas procedentes de la venta del piso porque estas sólo pueden compensarse con ganancias procedentes de otros inmuebles. Puede compensar las pérdidas de la venta del piso, pero sólo con un porcentaje de los dividendos y el excedente sigue pendiente de compensación. Tributa por los dividendos, no compensa nada, pero las pérdidas siguen pendientes de compensar en los próximos 3 ejercicios. Manuel tiene una base imponible general de 16.000 euros y una base imponible del ahorro de 60.000 euros. Ha pagado una pensión compensatoria a su cónyuge de 24.000 euros. Puede restar la pensión compensatoria (24.000 euros) de su base imponible general hasta su anulación (-16.000 euros). El resto de pensión compensatoria (8.000 euros) queda pendiente para restarlo de las bases imponibles generales de los próximos cuatro ejercicios. Tributará por su base liquidable del ahorro (60.000 euros). Puede restar la pensión compensatoria (24.000 euros) primero de su base imponible general hasta su anulación (-16.000) y el resto de la base imponible del ahorro (60.000 – 8.000), de forma que su base liquidable del ahorro será de 52.000 euros, por los que tributará en ese ejercicio. Como la pensión compensatoria es inferior a la base imponible general se resta íntegramente de la base imponible del ahorro, de manera que sus bases liquidables serán: base liquidable general 16.000 y base liquidable del ahorro (60.000 – 24.000) 36.000 euros. La pensión compensatoria al cónyuge no es reducción en la base imponible, pero permite aplicar por separado las tarifas (estatal y autonómica) para minorar la progresividad del impuesto. María tiene unos rendimientos netos del trabajo de 18.000 euros, unos rendimientos netos de actividades económicas de 2.000 euros y unos rendimientos netos de capital inmobiliario de 4.000 euros. Hace aportaciones a un Plan de Pensiones por importe de 7.000 euros. ¿Qué cantidad es deducible como reducción en su base imponible general?. 1.500 euros. 8.000 euros. 6.000 euros. 7.200 euros. En el caso anterior, el excedente de la reducción por Plan de Pensiones, si lo hubiera, ¿sería deducible en el futuro?. Sí, porque resulta aplicable el límite porcentual. No hay ningún excedente porque se deducen los 7.000 euros de aportación, ya que es una cantidad inferior al límite de 8.000 euros. No hay ningún excedente porque se restan 8.000 euros. No hay ningún excedente porque se restan 7.200 euros (30% de 24.000). Marichu, de 61 años es trabajadora por cuenta ajena (base imponible general 24.000 euros al año). Vive con su hijo, de 35 años, que se encuentra en situación de desempleo (base imponible general 6.000 euros al año), con su nuera de 33 años (que nunca ha trabajado) y con los dos hijos de estos, de 5 y 3 años respectivamente. El mínimo por descendientes correspondiente a estos niños (2.400 + 2.700 = 5.100 euros) ¿quién lo aplica?. El padre exclusivamente, ya que es el progenitor de grado más cercano y la madre no obtiene rentas, aunque los hijos/nietos convivan con los padres/abuela. El padre y la madre prorrateado, ya que unos mismos descendientes dan derecho al mínimo, aunque convivan también con la abuela. El padre prorrateado con la abuela, porque son los únicos contribuyentes que obtienen rentas y cumplen los requisitos de convivencia con los descendientes menores de 25 años. La abuela exclusivamente, aunque sea contribuyente de grado más lejano, ya que los de grado más cercano o no obtienen rentas (la madre) o estas son inferiores a 8.000 euros (el padre), y cumple el requisito de convivencia. Sofía ha creado, junto con otros socios, una sociedad de responsabilidad limitada dedicada a la comercialización de comida preparada. La sociedad tiene un capital de 90.000 euros y la participación de Sofía es de 35%. Durante el ejercicio suscribió acciones por importe de 31.500 euros. Tendrá una deducción en cuota en su IRPF por inversión en empresas de nueva o reciente creación de: 50.000 euros. 10.000 euros. 9.450 euros. 18.000 euros. Begoña y Javier son padres de una familia numerosa de 4 hijos, los cuales tienen entre 13 y 1 año. Ambos trabajan por cuenta ajena (ella es funcionaria del Ministerio de Sanidad y él es empleado de banca). Las cotizaciones de ambos a la Seguridad Social superan los 100 euros al mes. Cada uno de ellos hace declaración individual del IRPF. No han pedido el abono de la deducción de forma anticipada. La deducción por familia numerosa de Begoña será: 1.200 euros. 600 euros. 2.400 euros. 3.600 euros. Marta está divorciada y cobra una pensión compensatoria que le paga su marido de 18.000 euros al año. Son sus únicos rendimientos del trabajo (de hecho, son sus únicas rentas). ¿Tiene obligación de presentar declaración por el IRPF?. No, porque no llega al límite de 22.000 euros y solo tiene un pagador. No, porque no tiene contrato laboral ni retenciones. Sí, porque supera el límite de 1.000 euros que establece la obligación de declarar. Sí, porque el límite está en 14.000 para los que cobran pensión compensatoria del cónyuge, aunque sólo tenga un pagador. Cuando un contribuyente fallece a lo largo de un determinado ejercicio económico, ¿quién es el obligado a presentar la declaración del IRPF del contribuyente fallecido?. No hay obligación de hacerlo porque el contribuyente no existe a 31 de diciembre, por lo que no hay devengo. Los sucesores del causante. El propio contribuyente fallecido. No hay obligación de hacerlo ya que la plusvalía del muerto está exenta en el IRPF. Ignacio e Isabel están casados en régimen de gananciales y separados de hecho (pero no legalmente) desde hace 10 años. En este ejercicio a él le sale a pagar una deuda de IRPF por importe de 25.000 euros y a ella una cuota a devolver por importe de -2.500 euros. Están planteándose la posibilidad de solicitar la compensación. Es perfectamente posible porque no hay separación legal, aunque estén separados de hecho. A él le resultaría a pagar una deuda de 22.500 euros y a ella no le devolverían nada. Ambas autoliquidaciones deben presentarse de forma simultánea. Todas las anteriores afirmaciones son ciertas. |