junio2021
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Título del Test:![]() junio2021 Descripción: examen realizado del año 2021 |




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¿Cuál es la principal diferencia entre el control denominado preventivo y el sucesivo en materia de organización administrativa?. Ambos sistemas son controles permanentes que se utilizan según el momento en el que se tome la decisión de actuar por parte del órgano que controla. El control preventivo actúa a priori sobre el proyecto de decisión, en tanto que el control sucesivo lo hace a posteriori. El control preventivo establece los parámetros de actuación; en tanto que le control sucesivo señala las modificaciones necesarias para actuar. ¿Existe la posibilidad de que se produzcan normas administrativas que tengan como destinatario único y preferente a la Administración Pública?. Sí, como sucede con las normas que regulan los contratos administrativos o la expropiación forzosa. Sí, como sucede con las normas que regulan la organización administrativa. No, la norma administrativa siempre tiene como destinatarios directos a los particulares o administrados, sin perjuicio de la presencia vigilante de la Administración como garante de su efectividad. De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y vincula a todos los Jueces y Tribunales, quienes interpretarán y aplicarán las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por: El Tribunal Supremo en todo tipo de procesos. El Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos. El Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos. ¿Cuál es la naturaleza jurídica y la personalidad consecuente propia de los Organismos autónomos estatales?. Se trata de entidades de Derecho privado sin personalidad jurídica propia. Estamos ante entidades de Derecho público, dotadas de personalidad jurídica propia. Se trata de entidades de Derecho privado, pero dotadas de personalidad jurídica propia. Sea un Reglamento nacional del tipo o forma que sea, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015: Entrará en vigor desde el momento de su aprobación, pero solo producirá efectos jurídicos con su publicación posterior en el Diario oficial correspondiente. Entrará en vigor y producirá efectos jurídicos desde el momento de su aprobación, sin perjuicio de su necesaria publicación posterior en el Diario oficial correspondiente. Habrá de publicarse en el Diario oficial correspondiente para que entre en vigor y produzca efectos jurídicos. Acerca de las notas que caracterizan a los Decretos-Leyes y los Decretos Legislativos en cuanto a su relación con el Parlamento, puede afirmarse que: En particular en el caso de los Decretos-leyes no se requiere una delegación previa del Parlamento. En el caso particular de los Decretos Legislativos, no se requiere una delegación previa del Parlamento. En ambos casos se requiere una delegación previa del Parlamento. ¿Puede un determinado Colegio profesional, como el de Arquitectos por ejemplo, establecer de manera directa, en sus disposiciones estatutarias, un nuevo catálogo de visados profesionales para obras?. Los Colegios, por sí mismos o a través de sus previsiones estatutarias, sí podrán imponer la obligación de visar todo tipo de trabajos profesionales. Los Colegios, por sí mismos o a través de sus previsiones estatutarias, solo podrán imponer la obligación de visar los trabajos profesionales previa autorización caso a caso del Ministerio de Hacienda. Los Colegios, por sí mismos o a través de sus previsiones estatutarias, no podrán imponer la obligación de visar los trabajos profesionales. ¿Está investida de algún tipo de potestades públicas la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de acuerdo con su estatuto jurídico?. Sí está investida de potestades públicas, especialmente poderosas como la potestad reglamentaria, arbitral administrativa y sancionadora en orden a asegurar su autoridad sobre los sectores regulados. Para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados no está investida de potestades, ya que éstas corresponden a los Ministerios correspondientes. Sí está investida de potestades públicas, especialmente potentes para asegurar su autoridad sobre los sectores regulados, como sería el caso de la potestad expropiatoria y de la reglamentaria, aunque no la sancionadora. Un órgano administrativo ha recibido el informe preceptivo que la ley establece que debe recabar con anterioridad a la emisión de dicho acto. Ahora decide, una vez obtenido dicho informe, delegar la resolución definitiva en un órgano inferior: Solo es posible si ese informe no dice que no sea posible tal delegación, pues ha tenido que incluirse, preceptivamente, dicha posibilidad en el dictamen. Es posible la delegación pues no constituye impedimento que una norma prevea, como trámite preceptivo, la emisión de un dictamen o informe. No es posible la delegación una vez que en el correspondiente procedimiento se haya emitido un dictamen o informe preceptivo acerca del mismo. Se ha planteado la posibilidad de que en un ente público con forma de “Consorcio” participen entidades privadas ¿Es esto posible y, en tal caso, qué carácter será fundamental en tal estructura pública?. Es posible, pero, en tal caso, ese Consorcio no tendrá ánimo de lucro. Será posible y, en tal caso, dicho Consorcio deberá tener necesariamente ánimo de lucro. No es posible la participación de entidades privadas en Consorcios públicos, pues para estos efectos están las Entidades Públicas empresariales. Un grupo parlamentario –o una coalición de partidos–, dotado de amplia mayoría en la Cámara correspondiente, ha aprobado una ley orgánica en materia que no lo exige, prevaliéndose de su mayoría absoluta. De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) ¿Sería válido que otro grupo aprobara posteriormente una norma legal ordinaria que derogue o modifique en todo o en parte esa ley orgánica?. No podría, pues de acuerdo con el principio formal de ley, tal ley orgánica solo podría derogarse mediante una norma de idéntico rango. Sí podría, pero dicha derogación o modificación no sería eficaz porque la nueva ley quedaría subordinada totalmente al contenido de ley orgánica. Sí podría y, si su contenido fuera sustitutorio de la primera, prevalecería, por cuanto no existe propiamente la reserva formal de ley orgánica en nuestro ordenamiento. El gobierno ha solicitado al Consejo de Estado un Dictamen. A la vista de lo solicitado, se plantea en dicha institución la posibilidad de que este órgano extienda sus opiniones a aspectos de oportunidad y conveniencia del asunto que informa. ¿Es esto posible?. No, porque el control que puede ejercer el Consejo de Estado es siempre y estrictamente jurídico o de legalidad. En determinados supuestos así previstos sí es posible. Sí, siempre, pues Consejo de Estado se caracteriza por emitir una valoración de legalidad y otra de oportunidad. ¿Cómo es estrictamente la función pública fiscalizadora del Tribunal de Cuentas a diferencia tanto de su función de jurisdicción contable cuanto de la función jurisdiccional que es propia de jueces y tribunales de las jurisdicciones ordinarias?. Es plena pues puede ejercer todo tipo de sanciones y penas, determinando en su caso, responsabilidades personales. Aunque puede declarar responsabilidades personales directas, los recursos son solo posibles ante la jurisdicción contencioso-administrativa. No puede declarar responsabilidades personales directas para los gestores públicos ni es susceptible de recursos. Vd. forma parte, como representante de una entidad social ajena a la Administración, de un órgano colegiado de la Administración general del Estado y de acuerdo con la Ley 40/2015. ¿Puede abstenerse en alguna votación?. No es posible abstenerse en ningún caso, pues los acuerdos deben adoptarse siempre bajo el criterio de la unanimidad. Dado que los acuerdos se adoptan por mayoría simple, siempre tiene tanto la posibilidad libre de votar en contra, como la de abstenerse sin ningún requisito adicional para todos los miembros. Así como los miembros natos no pueden abstenerse, en su caso la abstención es posible, lo que le exonera de responsabilidades. En el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se están planteando la necesidad de crear un nuevo Organismo Autónomo que estaría vinculado a dicho Departamento ministerial. Después de estudiar el asunto, los Abogados del Estado del Ministerio llegan a la conclusión de que dicho Organismo Autónomo debe crearse: Mediante Ley. Mediante Orden Ministerial. Mediante Real Decreto, emitido por el Consejo de Ministros. Debido a la convocatoria de nuevas elecciones, el gobierno se encuentra en funciones. Durante dicho periodo, y entre otros posibles efectos,. El gobierno no podrá presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados, pero sí puede aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Dicho gobierno no podrá presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados. El gobierno podrá presentar proyectos de ley válidos para su aprobación por parte del Congreso de los Diputados. Un abogado pretende llevar un asunto en una provincia correspondiente a un Colegio de abogados distinto a aquel en el que está colegiado ¿Es esto posible y, en su caso, de qué manera?. Cada Colegio territorial podrá exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación que les realicen una comunicación previa, a partir de la cual dicho colegiado estará habilitado para el correspondiente ejercicio. Los Colegios podrán exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación que les realicen una comunicación previa, así como el pago de una contraprestación económica, a partir de lo cual estos colegiados estarán habilitados para el correspondiente ejercicio. Actualmente los Colegios no pueden exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación comunicación ni habilitación alguna. Dado el crecimiento experimentado por un municipio de la costa española en los últimos años, en la Comunidad Autónoma a que pertenece dicho municipio se plantea la creación de un área metropolitana alrededor del mismo. El Presidente de la Comunidad Autónoma ha preguntado al Director de los Servicios Jurídicos de la Comunidad a quién corresponde su creación. Dicho Director le contesta que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local: La creación corresponde a los municipios afectados, mediante acuerdo de todos ellos y aprobación de sus plenos respectivos. La creación corresponde a las Comunidades Autónomas, mediante Ley autonómica. La creación de áreas metropolitas corresponde al Estado, mediante norma con rango de Ley. Determinado Ministro, que no es jurista, plantea proponer al Consejo de Ministros el nombramiento como Subsecretario del Ministerio de una persona licenciada en Derecho, con alta cualificación, pero cuya trayectoria profesional siempre ha sido dentro de una Empresa. Después de estudiar la Ley 40/2015, llega a la conclusión de que: Sí es posible, porque para ser nombrado Subsecretario de un Ministerio no es necesario ser funcionario. No es posible, porque para ser nombrado Subsecretario de un Ministerio es necesario ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1. No es posible, porque para ser nombrado Subsecretario de un Ministerio es necesario ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1 o A2. Una determinada Comunidad Autónoma considera que el Acuerdo adoptado por un municipio enclavado en dicha Comunidad infringe el ordenamiento jurídico en un determinado aspecto competencial que, en todo caso, no atenta gravemente contra el orden constitucional. De acuerdo con lo previsto en la Ley de Bases de Régimen Local qué podría hacer en este caso dicha Comunidad: El Consejo de gobierno de dicha Comunidad puede anular el Acuerdo directamente. No puede anular el Acuerdo directamente, pues en el control de la legalidad del Acuerdo corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. Solo podría disolver los órganos del municipio, previo acuerdo del Congreso de los Diputados. |