legislación 1(no terminado)
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![]() legislación 1(no terminado) Descripción: contenidos de legislación |



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Respecto a las leyes que concretan el artículo 43 de la Constitución Española, señala cuál es la falsa: La Ley General de Sanidad (1986) crea y define el Sistema Nacional de Salud y universaliza la atención sanitaria en España. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (2003) garantiza la equidad territorial y unos servicios de calidad. La Ley 41/2002, de autonomía del paciente, desarrolla los derechos individuales vinculados a la salud. La Ley General de Sanidad (1986) desarrolla los derechos individuales vinculados a la salud y regula la autonomía del paciente. Respecto a la Ley General de Sanidad (1986), señala cuál es la falsa: (6 opciones). Desarrolla el artículo 43 de la Constitución Española y constituye la norma estructural básica del Sistema Nacional de Salud (SNS). Su finalidad principal es garantizar el derecho a la protección de la salud mediante un sistema sanitario público, organizado y coordinado. Entre sus principios fundamentales se encuentran la universalidad, la equidad, la integralidad, la descentralización, la financiación pública, la eficacia y eficiencia y la participación ciudadana. La integralidad implica una atención preventiva, curativa, rehabilitadora y promotora. Desde la perspectiva enfermera, consolida la Atención Primaria como eje del sistema, reconoce la promoción y educación para la salud y refuerza la salud pública y comunitaria. La descentralización supone que la gestión sanitaria permanece centralizada exclusivamente en la Administración General del Estado, sin transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas. Respecto al Consorcio, señala cuál es la falsa: Es una entidad pública creada por varias administraciones (Estado, CCAA, ayuntamientos) para gestionar conjuntamente servicios sanitarios mediante colaboración interadministrativa. Puede integrar, junto a las Administraciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro, siempre que se mantenga el control público y no se altere su naturaleza pública ni su finalidad de interés general. Se crea mediante convenio o acuerdo, tiene carácter asociativo voluntario e indefinido, con personalidad jurídica propia, independiente de sus miembros y con plena capacidad de obrar. Se rige por sus propios estatutos, que constituyen la auténtica ley del consorcio, y su órgano ejecutivo suele ser el gerente, nombrado por el órgano de gobierno. Puede integrar entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque para ello debe renunciar al control público y adquirir naturaleza privada. Su gobierno depende de la Junta General y/o Consejo de Gobierno, cuyos miembros representan a las diversas entidades consorciadas según las proporciones establecidas en los estatutos. Respecto a la Fundación, señala cuál es la falsa: Una fundación es un patrimonio afectado de forma duradera a la realización, sin ánimo de lucro, de finalidades de interés general. A diferencia del consorcio, no es una entidad de base asociativa. La dotación fundacional debe ser adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines y puede consistir en bienes y derechos, no solo en dinero. La fundación está regida por un patronato, cuya composición y capacidad de decisión no viene determinada, en principio, por la aportación económica realizada por los fundadores. La condición de patrono depende de la cuantía de la aportación económica realizada, de forma que quien más aporta dispone de mayor capacidad de decisión dentro del patronato. Los patronos pueden ser personas físicas o jurídicas y, como regla general, existe igualdad entre ellos, aunque los estatutos pueden establecer mayorías cualificadas o votos de calidad. Respecto a los conciertos sanitarios y las EBAS, señala cuál es la falsa: El concierto sanitario es una modalidad mediante la cual la Administración pública acuerda con una entidad privada la atención sanitaria de personas incluidas en el SNS. En los conciertos sanitarios no se crea una entidad nueva ni existe asociación entre las partes, sino una relación contractual, con financiación pública y titularidad privada del centro. Los conciertos se utilizan para complementar recursos públicos insuficientes, garantizar accesibilidad o prestar servicios especializados como diálisis, salud mental o rehabilitación. En el modelo catalán, los conciertos con entidades de gestión privada mantienen una relación contractual con CatSalut, con financiación pública y provisión privada, integrándose funcionalmente en la red pública (SISCAT). Las EBAS son entidades públicas integradas en el sector público sanitario, formadas por profesionales sanitarios que gestionan equipos de atención primaria. Las EBAS son entidades privadas concertadas, se rigen por derecho privado y actúan como proveedores privados del SNS. Respecto a los modelos de Concesión Administrativa e Iniciativa Financiera Privada (PFI), señala cuál es la falsa:(5 opciones). En la Concesión Administrativa, la financiación, propiedad y control son públicos, mientras que la gestión de la concesión corresponde a la iniciativa privada. La Concesión Administrativa incluye la generación de infraestructura hospitalaria y la gestión de la asistencia sanitaria, aceptando un canon cápita durante 20-30 años. La Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid fueron pioneras en este modelo, con ejemplos como Ribera, Manises o Denia. En la PFI, la empresa privada construye el hospital y gestiona todo lo no estrictamente sanitario, incluyendo administración y personal no sanitario. En la PFI, la empresa privada también asume la gestión directa de la actividad asistencial sanitaria («bata blanca»), además de la infraestructura hospitalaria. Respecto a la Historia Clínica, señala cuál es la falsa: Es el conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y evolución clínica del paciente a lo largo del proceso asistencial. Integra las aportaciones de todos los profesionales sanitarios. Su finalidad principal es garantizar la continuidad asistencial, la calidad de la atención y la seguridad del paciente. Además, tiene finalidad docente, investigadora, jurídico-legal, de gestión y de evaluación de la calidad. Su finalidad principal es servir como documento administrativo para la gestión económica, siendo secundarias la continuidad asistencial y la seguridad del paciente. Respecto a la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, señala cuál es la falsa: Su objetivo fundamental es garantizar la equidad, la calidad y la cohesión del Sistema Nacional de Salud en todo el territorio español. Surge de la necesidad de evitar desigualdades que pueden aparecer en un sistema sanitario descentralizado si no existen mecanismos de cohesión y coordinación. Entre los aspectos que aborda se encuentran la cartera de servicios comunes del SNS, la calidad del sistema sanitario y la seguridad del paciente. También regula la coordinación entre niveles asistenciales, el Consejo Interterritorial y los sistemas de información sanitaria. Entre sus contenidos se incluyen los profesionales sanitarios, conectando con la LOPS. Su finalidad principal es transferir las competencias sanitarias al Estado para reducir la descentralización de las Comunidades Autónomas. Respecto al artículo 7. Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, señala cuál es la falsa: Tiene por objeto garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención. Considera prestaciones de atención sanitaria los servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos. El catálogo comprende prestaciones de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención sociosanitaria y atención de urgencias. También incluye la prestación farmacéutica, ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario. Las personas que reciben estas prestaciones tienen derecho a la información y documentación sanitaria y asistencial. El catálogo de prestaciones se limita a los servicios diagnósticos y terapéuticos, sin incluir actuaciones preventivas, de promoción de la salud o transporte sanitario. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre las garantías de las prestaciones recogidas en el artículo 9 es FALSA?. Las prestaciones deben garantizar la seguridad y la calidad de la atención. Las prestaciones deben garantizar la eficiencia y la accesibilidad. Las prestaciones deben garantizar la continuidad asistencial. Las prestaciones deben garantizar la fiabilidad del sistema. Respecto al artículo 20. Desarrollo de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, señala cuál es la falsa: La cartera común básica de servicios asistenciales se financia íntegramente con fondos públicos e incluye Atención Primaria, Atención Especializada y Urgencias. La cartera común suplementaria incluye la prestación farmacéutica, ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente, pudiendo implicar aportación del usuario. La cartera común de servicios accesorios comprende actividades y servicios de apoyo no esenciales, que pueden estar sujetos a aportación del usuario. Las actividades incluidas en la cartera común de servicios accesorios deben ser previamente aprobadas por el Ministerio de Sanidad. Las Comunidades Autónomas pueden ampliar la cartera común de servicios del SNS mediante una cartera complementaria autonómica, financiada con recursos propios. La cartera común suplementaria incluye la Atención Primaria, la Atención Especializada y las Urgencias, mientras que la cartera básica comprende únicamente la prestación farmacéutica y ortoprotésica. ¿Cuál de las siguientes opciones recoge correctamente la norma a la que pertenece la siguiente definición: la prestación de atención primaria es el nivel básico e inicial de atención sanitaria que garantiza la globalidad y continuidad asistencial a lo largo de la vida del paciente, e incluye actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, asistencia sanitaria, rehabilitación básica, atención familiar y comunitaria, cuidados paliativos, salud mental y salud bucodental?. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. ¿Cuál de las siguientes opciones recoge correctamente la norma a la que pertenece la siguiente definición: la prestación de atención especializada comprende actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas, de rehabilitación y cuidados, así como de promoción de la salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad. Garantiza la continuidad de la atención integral al paciente cuando se han superado las posibilidades de la atención primaria e incluye consultas especializadas, hospital de día, hospitalización, atención paliativa, salud mental y rehabilitación funcional?. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Artículo. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. |





