Son autoridades sanitarias tales como el presidente de la reoública, condejo de salubridad general, el secretario de salud y el gobierno de las entidades federativas. Artículo 8. Artículo 17 bis. Los servicios de salud se clasifican en tres tipos, de atención médica, de salud pública y de asistencia social. Artículo 27. Artículo 28. Artículo 28 bis. Clasificación de los servicios de salud en servicios públicos, servicios a derecho habientes de instituciones públicas de seguridad social y servicios sociales y privados. Artículo 41. Artículo 49. Artículo 51. Artículo 52. Instituciones que tengan conocimiento de accodentes o que alguna persona requiera de atención urgente, cuidarán que sean trasladados a los establecimientos de salud más cercanos. Los agentes del MP que reciban informes o denuncias sobre personas que requieran de servicios de salud de urgencia, deberán ser trasladados a una unidad más cercana. Artículo 60. Artículo 61. Artículo 61. I. Artículo 61. V. Prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento es de carácter prioritario. Buen funcionamiento de los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales. Artículo 67. Artículo 75. Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la salud, se requiere que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes. Artículo 83. Artículo 5 constitucional. Establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. Establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. Funciones del expediente clínico.
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