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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELEPG 2/2015

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Título del test:
LEPG 2/2015

Descripción:
Título 7º

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
23/03/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 100
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Temario:
En cuanto al régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal al servicio de la Administración general de la CAG, se dispone que: Es el establecido por la normativa estatal que resulte de aplicación Para el personal funcionario procedente de otras AAPP será el que dispongan la normativa aplicable Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la Seguridad Social Todas ellas son correctas.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS de la siguiente forma (NO sería correcta): En los casos de contingencias profesionales que generen hospitalización o intervención quirúrgica, se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones desde la fecha de inicio de la situación de incapacidad temporal En los casos de contingencias comunes que generen hospitalización o intervención quirúrgica, se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones desde la fecha de inicio de la situación de incapacidad temporal En los casos de enfermedad grave, se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones desde la fecha de inicio de la situación de incapacidad temporal En los casos de contingencias laborales que generen hospitalización o intervención quirúrgica, se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones desde la fecha de inicio de la situación de incapacidad temporal.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS. En los casos de enfermedad común no grave, el complemento será: Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 50% de las retribuciones Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el quinto día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 50% de las retribuciones Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el quinto día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS. En los casos de enfermedad común no grave, el complemento será: Desde el quinto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimoquinto día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones Desde el quinto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimo día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones Desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimo día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones Desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimoquinto día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS. En los casos de enfermedad común no grave, el complemento será: A partir del día vigesimoprimero se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones A partir del día vigesimo se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones A partir del día vigesimoquinto se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones A partir del día trigesimo se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS. En los casos de enfermedad común no grave, el complemento será: Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 50% de las retribuciones Desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimo día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 75% de las retribuciones A partir del día vigesimoprimero se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones Todas ellas son correctas.
Se complementarán las prestaciones por incapacidad temporal que correspondan al personal funcionario que se encuentre acogido al régimen general de la SS. En los casos de enfermedad común no grave, el complemento será: Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 50% de las retribuciones Desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimocuarto día inclusive se abonará un complemento hasta alcanzar el 85% de las retribuciones A partir del día vigesimoquinto se abonará un complemento hasta alcanzar el 100% de las retribuciones Todas ellas son correctas.
Se complementarán hasta el 100% de la base reguladora del subsidio económico correspondiente, reconociéndolo aunque el personal funcionario no reúna los requisitos para acceder al mismo (NO sería correcta) Para hacer efectiva la garantía de los derechos económicos del personal funcionario prevista en el artículo 125.b para los casos de permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral Para hacer efectiva la garantía de los derechos económicos del personal funcionario prevista en el artículo 126 para los casos de licencia por riesgo en el embarazo Para hacer efectiva la garantía de los derechos económicos del personal funcionario prevista en el artículo 126 para los casos de licencia por riesgo durante el periodo de lactancia natural Para hacer efectiva la garantía de los derechos económicos del personal funcionario prevista en el artículo 125.b para los casos de permisos por motivos de conciliación de la vida profesional y laboral.
Entre los derechos individuales de ejercicio colectivo NO estaría: A la libertad sindical A la negociación colectiva A la representación y a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo A la huelga, en todo caso, como derecho fundamental.
Entre los derechos individuales de ejercicio colectivo NO estaría: A la huelga, sin perjuicio de la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad A la negociación colectiva, a la representación y a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo Al ejercicio del derecho de reunión A resolver conflictos colectivos de trabajo.
Entre los derechos individuales de ejercicio colectivo NO estaría: A la huelga, sin perjuicio de la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad A la negociación colectiva, a la representación y a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo A resolver conflictos colectivos de trabajo A los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Entre los derechos individuales de ejercicio colectivo que se rigen por la legislación que resulte de aplicación en cada caso NO estaría: El ejercicio de los derechos a la libertad sindical A la huelga, sin perjuicio de la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad A suscitar conflictos colectivos de trabajo Al ejercicio del derecho de reunión.
En el caso del personal funcionario, entre los derechos individuales de ejercicio colectivo que se rigen por las disposiciones contenidas en el Título VI de la LEPG, NO estaría: El ejercicio de los derechos a la negociación colectiva El derecho a la representación El derecho a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo El derecho a la libertad sindical.
En el caso del personal laboral, el ejercicio de los derechos a la negociación colectiva, a la representación y a la participación institucional para la determinación de las condiciones de trabajo: Se rigen por las disposiciones contenidas en el Título VI de la LEPG Se rigen por la legislación laboral Se rigen por los convenios colectivos Se rigen por la legislación que sea aplicable en cada caso.
En cuanto al derecho de reunión, están legitimados para convocarlas: Las organizaciones sindicales, directamente o a través de los delegados sindicales Los delegados de personal Las juntas de personal Todos ellos podrían convocarlas.
En cuanto al derecho de reunión, están legitimados para convocarlas, además de las organizaciones sindicales, directamente o a través de los delegados sindicales: Los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no inferior al 30% del colectivo convocado Los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no inferior al 20% del colectivo convocado Los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no inferior al 50% del colectivo convocado Los empleados públicos de las administraciones públicas respectivas en número no inferior al 40% del colectivo convocado.
En cuanto al derecho de reunión, NO sería correcta: Están legitimados para convocarlas los empleados públicos de las AAPP respectivas en número no inferior al 40% del colectivo convocado Las reuniones en el centro de trabajo se autorizarán en todo caso fuera de las horas de trabajo La celebración de las reuniones no perjudicará la prestación de los servicios Los convocantes de la misma serán responsables de su normal desarrollo.
En cuanto al derecho de reunión, NO están legitimados para convocarlas: Las organizaciones sindicales, directamente o a través de los delegados sindicales Los delegados de personal Las juntas de personal Los comités de personal.
En cuanto a la solución extrajudicial de conflictos colectivos NO sería correcta: Las AAPP y las organizaciones sindicales podrán acordar la creación, configuración y desarrollo de sistemas de solución extrajudicial de conflictos colectivos Los conflictos colectivos serán los derivados de la negociación, aplicación e interpretación de los pactos y acuerdos sobre las materias señaladas en el art.153 La utilización de estos sistemas de solución extrajudicial se efectuará conforme a los procedimientos que reglamentariamente se determinen previo acuerdo con las organizaciones sindicales representativas Todas ellas son correctas.
En cuanto a los sistemas previstos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos: Pueden estar integrados por sistemas de mediación y arbitraje Pueden estar integrados por sistemas de peritación y arbitraje Pueden estar integrados por sistemas de conciliación y peritaje Pueden estar integrados por sistemas de conciliación y arbitraje.
En cuanto a los sistemas previstos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos, NO sería una de las reglas que deben seguir: Las propuestas de solución que ofrezca el mediador o mediadores deberán ser aceptadas por las partes La mediación será obligatoria cuando lo solicite una de las partes Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes pueden acordar voluntariamente encomendar a un tercero la resolución del conflicto planteado Los acuerdos logrados a través de la mediación y las resoluciones de arbitraje tendrán la misma eficacia jurídica y tramitación que los pactos y acuerdos regulados en la LEPG.
En cuanto a los sistemas previstos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos, NO sería una de las reglas que deben seguir: Las propuestas de solución que ofrezca el mediador o mediadores pueden ser libremente aceptadas o rechazadas por las mismas La mediación será obligatoria cuando lo solicite una de las partes Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes pueden acordar voluntariamente encomendar a un tercero la resolución del conflicto planteado Los acuerdos y las resoluciones de arbitraje no serán susceptibles de impugnación.
En cuanto a los sistemas previstos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos, cuando se recurra al procedimiento de arbitraje, cabrá recurso contra su resolución: En el caso de que no se hubieran observado en el desarrollo de la actuación arbitral los requisitos y formalidades establecidos al efecto En el caso de que la resolución hubiese versado sobre puntos no sometidos a decisión En el caso de que la resolución contradiga la legalidad vigente Todas ellas son correctas.
En cuanto a los sistemas previstos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos, cuando se recurra al procedimiento de arbitraje, NO cabrá recurso contra su resolución: En el caso de que no se hubieran observado en el desarrollo de la actuación arbitral los requisitos y formalidades establecidos al efecto En el caso de que la resolución hubiese versado sobre puntos no sometidos a decisión En el caso de que la resolución contradiga la legalidad vigente En el caso de que la resolución contradiga el interés de alguna de las partes.
En las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG, existirán como mínimo las siguientes unidades electorales (NO sería correcta): Una en los servicios centrales de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia Una en cada provincia para el personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia destinado en ella, en todo caso Una en cada universidad pública para el personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios Una en cada universidad pública para para el personal funcionario de administración y servicios.
En las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG, existirán como mínimo las siguientes unidades electorales (NO sería correcta): Una en cada provincia para el personal funcionario al servicio de la Administración de justicia Una en cada provincia para el personal funcionario de las entidades locales Una en cada provincia para el personal docente de los centros educativos públicos no universitarios Una en los servicios centrales de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG, existirán como mínimo las siguientes unidades electorales (NO sería correcta): Una en cada provincia para el personal docente de los centros educativos públicos no universitarios Una en cada provincia para el personal al servicio de las instituciones sanitarias públicas Una en cada universidad pública para el personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios Una en cada universidad pública para el personal funcionario de administración y servicios.
En cuanto a las unidades electorales del personal funcionario, los órganos de gobierno de las AAPP podrán modificar o establecer las unidades electorales, en razón de su número y peculiaridades: Previa consulta con las organizaciones sindicales legitimadas en la Ley orgánica de libertad sindical Previo acuerdo con las organizaciones sindicales legitimadas en la Ley orgánica de libertad sindical Previa comunicación con las organizaciones sindicales legitimadas en la Ley orgánica de libertad sindical Podrán hacerlo potestativamente, sin ningún requisito previo.
Los órganos específicos de representación del personal funcionario son: Los delegados de personal y las juntas de personal Los delegados sindicales y las juntas de personal Los delegados de personal y los comités de personal Los delegados sindicales y los comités de personal.
Corresponderá directamente a los delegados de personal la representación del personal funcionario: En las unidades electorales donde el número del personal funcionario sea superior a 5 e inferior a 50 En las unidades electorales donde el número del personal funcionario sea superior a 5 e inferior a 30 En las unidades electorales donde el número del personal funcionario sea superior a 5 e inferior a 100 En las unidades electorales donde el número del personal funcionario sea superior a 5 e inferior a 25.
En las unidades electorales donde su representación corresponde directamente a los delegados de personal, se seguirán las siguientes reglas Si el número del personal funcionario no es superior a 30, se elegirá un delegado Si el número del personal funcionario es superior a 30, se elegirán tres delegados, quienes ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
En las unidades electorales donde su representación corresponde directamente a los delegados de personal, se seguirán las siguientes reglas Si el número del personal funcionario no es superior a 30, se elegirá un delegado Si el número del personal funcionario es superior a 30, se elegirán tres delegados, quienes ejercerán su representación conjunta y solidariamente Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
En las unidades electorales donde su representación corresponde directamente a los delegados de personal, se seguirán las siguientes reglas Si el número del personal funcionario no es superior a 25, se elegirá un delegado Si el número del personal funcionario es superior a 25, se elegirán tres delegados, quienes ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
En las unidades electorales donde su representación corresponde directamente a los delegados de personal, se seguirán las siguientes reglas Si el número del personal funcionario no es superior a 30, se elegirá un delegado Si el número del personal funcionario es superior a 30, se elegirán cinco delegados, quienes ejercerán su representación conjunta y mancomunadamente Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Se constituirán juntas de personal en las unidades electorales: En las que el personal funcionario sea igual o superior a 50 En las que el personal funcionario sea igual o inferior a 50 En las que el personal funcionario sea igual a 50 En todo caso.
Cada junta de personal se compone de un número de representantes, en función del número del personal funcionario de la unidad electoral correspondiente, de acuerdo con la escala establecida en el ETrabajadores. NO sería correcta: De 50 a 100 funcionarios: 5 De 101 a 250 funcionarios: 9 De 251 a 500 funcionarios: 13 De 501 a 1000 funcionarios: 17.
Cada junta de personal se compone de un número de representantes, en función del número del personal funcionario de la unidad electoral correspondiente, de acuerdo con la escala establecida en el ETrabajadores. NO sería correcta: De 50 a 250 funcionarios: 9 De 251 a 500 funcionarios: 13 De 501 a 750 funcionarios: 17 De 751 a 1.000 funcionarios: 21.
Cada junta de personal se compone de un número de representantes, en función del número del personal funcionario de la unidad electoral correspondiente, de acuerdo con la escala establecida en el ETrabajadores: De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75 De 1.001 en adelante, uno por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75 De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 50 De 1.001 en adelante, uno por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 50.
La junta de personal de una unidad electoral con 1500 funcionarios, ¿Qué número de representantes tendría? 21 23 25 27.
¿Cuál sería el número máximo de representantes en una junta de personal? 25 50 75 100.
Las juntas de personal y los delegados de personal tienen reconocidas determinadas funciones en sus respectivos ámbitos, entre las que NO estaría: Recibir información sobre la política de personal Recibir información sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones Recibir información sobre la evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente Recibir información sobre la evolución probable de los programas de mejora del desempeño.
Las juntas de personal y los delegados de personal tienen reconocidas determinadas funciones en sus respectivos ámbitos, entre las que NO estaría: Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre la implantación o revisión de sus sistemas de organización Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre la implantación o revisión de sus métodos de trabajo Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre todas las sanciones impuestas por faltas graves o muy graves.
Las juntas de personal y los delegados de personal tienen reconocidas determinadas funciones en sus respectivos ámbitos, entre las que NO estaría: Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento del régimen de permisos, licencias y vacaciones Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y del horario de trabajo Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas leves, graves o muy graves.
Les corresponde a las juntas de personal y los delegados de personal, en cuanto a las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales: Vigilar su cumplimiento Emitir informe Ser informados Tener conocimiento y ser oídos.
Les corresponde a las juntas de personal y los delegados de personal, en cuanto al establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo: Vigilar su cumplimiento Emitir informe Ser informados Tener conocimiento y ser oídos.
El reglamento de las Juntas de Personal y sus modificaciones deben ser aprobados por: Los votos favorables de, al menos, dos tercios de los miembros de la junta de personal Los votos favorables de, al menos, la mitad de los miembros de la junta de personal Por unanimidad de los miembros de la junta de personal Los votos favorables de, al menos, tres cuartos de los miembros de la junta de personal.
Las juntas de personal y los delegados de personal tienen reconocidas determinadas funciones en sus respectivos ámbitos, entre las que NO estaría: Emitir informe, a solicitud de la Administración pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento del régimen de permisos, licencias y vacaciones Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas graves o muy graves Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento del teletrabajo.
Los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal, como representantes legales del personal funcionario, disfrutan en el ejercicio de su función representativa de las siguientes garantías y derechos La distribución libre de las publicaciones que se refieran a cuestiones profesionales y sindicales Un crédito de horas semanales dentro de la jornada de trabajo Un crédito de horas retribuidas como de trabajo efectivo, establecido en función del número de representantes de la organización Todas ellas son correctas.
No será una de las garantías y derechos de los que disfrutan los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal, como representantes legales del personal funcionario: La distribución libre de las publicaciones que se refieran a cuestiones profesionales y sindicales Un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas como de trabajo efectivo El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral La audiencia en los expedientes disciplinarios a los que pudieran ser sometidos sus miembros durante el tiempo de su mandato y durante el año inmediatamente anterior.
El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral será una de las garantías y derechos de los que disfrutan los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal: Sin que puedan entorpecer el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, dentro de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente Pudiendo intervenir en el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, dentro de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente Sin que puedan entorpecer el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, fuera de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente Pudiendo intervenir en el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, fuera de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.
No será una de las garantías y derechos de los que disfrutan los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal, como representantes legales del personal funcionario: La audiencia en los expedientes disciplinarios a los que pudieran ser sometidos sus miembros durante el tiempo de su mandato y durante el año inmediatamente posterior Un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas como de trabajo efectivo El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral No ser trasladados ni sancionados por causas relacionadas con el ejercicio de su mandato representativo, ni durante la vigencia del mismo, ni en el año siguiente a su extinción, en ningún caso.
No será una de las garantías y derechos de los que disfrutan los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal, como representantes legales del personal funcionario: La audiencia en los expedientes disciplinarios a los que pudieran ser sometidos sus miembros durante el tiempo de su mandato y durante el año inmediatamente posterior Un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas como de trabajo efectivo El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral, en todo caso No ser discriminados en su formación ni en su promoción económica o profesional por razón del desempeño de su representación.
En cuanto a los derechos y deberes de los miembros de las juntas de personal y los delegados de personal, sería INCORRECTA: Observarán sigilo profesional en todo el referente a los asuntos respecto a los cuales la Administración señale expresamente el carácter reservado, durante su mandato Dispondrán de un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo y retribuidas como de trabajo efectivo para realizar sus funciones Tienen garantizado el acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral, dentro de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven Tienen derecho a no ser discriminados en su formación ni en su promoción económica o profesional por razón del desempeño de su representación.
El mandato de los miembros de las juntas de personal y de los delegados de personal es de: Cuatro años, pudiendo ser reelegidos Cuatro años, no pudiendo ser reelegidos Cinco años, pudiendo ser reelegidos Cinco años, no pudiendo ser reelegidos.
El mandato de los miembros de las juntas de personal y de los delegados de personal se entenderá prorrogado: Si, a su término, no se promoviesen nuevas elecciones Sin que los representantes con mandato prorrogado se contabilicen a efectos de determinar la capacidad representativa de los sindicatos Ambas son correctas Ambas son incorrectas.
Entre quienes pueden promover la celebración de elecciones a delegados y juntas de personal NO estaría: Los sindicatos más representativos en el ámbito estatal Los sindicatos más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia Los sindicatos que, sin ser más representativos, hayan conseguido al menos el veinte por ciento de la representación a la que se refiere la LEPG en el conjunto de las AAPP El personal funcionario de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario.
Entre quienes pueden promover la celebración de elecciones a delegados y juntas de personal NO estaría: Los sindicatos más representativos en el ámbito estatal Los sindicatos más representativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia Los sindicatos que, sin ser más representativos, hayan conseguido al menos el diez por ciento de la representación a la que se refiere la LEPG en el conjunto de las AAPP El personal funcionario de la unidad electoral, por acuerdo unánime.
Entre quienes pueden promover la celebración de elecciones a delegados y juntas de personal estaría: Los sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del diez por ciento en la unidad electoral en la que se pretenden promover las elecciones Los sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del veinte por ciento en la unidad electoral en la que se pretenden promover las elecciones Los sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del treinta por ciento en la unidad electoral en la que se pretenden promover las elecciones Los sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del cincuenta por ciento en la unidad electoral en la que se pretenden promover las elecciones.
Los sujetos legitimados para promover la celebración de elecciones a delegados y juntas de personal tienen derecho a: Que la Administración pública correspondiente les suministre el censo de personal de las unidades electorales afectadas, distribuido por organismos o centros de trabajo Que la Administración pública correspondiente les suministre el censo de categorías de las unidades electorales afectadas, distribuido por organismos o centros de trabajo Que la Administración pública correspondiente les suministre el censo de personal de las unidades electorales afectadas, distribuido por categorías o centros de trabajo Que la Administración pública correspondiente les suministre el listado de personal de las unidades electorales afectadas, distribuido por organismos o centros de votación.
El procedimiento para la elección de las juntas de personal y para la elección de delegados de personal se determinará reglamentariamente teniendo en cuenta: La elección se realizará mediante sufragio personal, directo, libre y secreto, que podrá emitirse por correo o por otros medios telemáticos La elección se realizará mediante sufragio personal, indirecto, libre y secreto, que podrá emitirse por correo o por otros medios telemáticos La elección se realizará mediante sufragio personal, directo, censitario y secreto, que podrá emitirse por correo o por otros medios telemáticos La elección se realizará mediante sufragio personal, directo, libre y público, que podrá emitirse por correo o por otros medios telemáticos.
El procedimiento para la elección de las juntas de personal y para la elección de delegados de personal se determinará reglamentariamente teniendo en cuenta: Serán electores y elegibles el personal funcionario que se encuentre en la situación de servicio activo Serán electores y elegibles el personal funcionario que se encuentre en la situación de alta Serán electores y elegibles el personal funcionario que se encuentre en la situación de servicio pasivo Serán electores y elegibles el personal funcionario que se encuentre en la situación de permiso.
El procedimiento para la elección de las juntas de personal y para la elección de delegados de personal se determinará reglamentariamente teniendo en cuenta: No tendrá la consideración de elector ni elegible el personal funcionario que tenga la condición de personal directivo No tendrá la consideración de elector ni elegible el personal funcionario nombrado por decreto para el puesto que ocupe Los órganos electorales serán las mesas electorales que se constituyan para la dirección y desarrollo del procedimiento electoral Todas ellas son correctas.
En las elecciones de las juntas de personal, se elegirán mediante: Listas cerradas a través de un sistema proporcional corregido Listas abiertas a través de un sistema proporcional corregido Listas cerradas a través de un sistema mayoritario Listas abiertas a través de un sistema mayoritario.
En las elecciones de los delegados de personal, se elegirán mediante: Listas cerradas a través de un sistema proporcional corregido Listas abiertas a través de un sistema proporcional corregido Listas cerradas a través de un sistema mayoritario Listas abiertas a través de un sistema mayoritario .
En cuanto al procedimiento electoral, podrán presentar candidaturas las organizaciones sindicales legalmente constituidas o las coaliciones de estas y los grupos de electores de una misma unidad electoral: Siempre y cuando el número de ellos sea equivalente, al menos, al triple de los miembros a elegir Siempre y cuando el número de ellos sea equivalente, al menos, al de los miembros a elegir Siempre y cuando el número de ellos sea equivalente, al menos, al doble de los miembros a elegir Siempre y cuando el número de ellos sea equivalente, al menos, a la mitad de los miembros a elegir.
Por negociación colectiva, a efectos de la LEPG, se entiende: La negociación de la determinación de condiciones de trabajo entre las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG y sus empleados La negociación de la determinación de condiciones de trabajo entre las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG y los sindicatos La negociación de la determinación de condiciones de trabajo entre las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG y sus directivos La negociación de la determinación de condiciones de trabajo entre las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG y el Estado.
En los términos previstos por la legislación estatal aplicable: Se garantiza el cumplimiento de los convenios colectivos y acuerdos que afecten al personal laboral Los órganos de gobierno de las AAPP podrán suspender o modificar el cumplimiento de dichos convenios colectivos o acuerdos firmados por causas graves de interés público derivada de la alteración sustancial de las circunstancias económicas Se entiende que concurre causa grave de interés público derivada de la alteración sustancial de las circunstancias económicas cuando las administraciones públicas tengan que adoptar medidas o planes de ajuste Todas ellas son correctas.
Por representación, a efectos de la LEPG, se entiende: La elección de representantes y la constitución de órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las AAPP y sus empleados La provisión de representantes y la constitución de órganos unitarios a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las AAPP y sus empleados La elección de representantes y la constitución de órganos colegiados a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las AAPP y sus empleados La provisión de representantes y la constitución de órganos colegiados a través de los cuales se instrumente la interlocución entre las AAPP y sus empleados.
Las AAPP dispondrán de un registro de órganos de representación del personal al servicio de las mismas y de sus entidades públicas instrumentales, en el que anotarán (sería INCORRECTA): Los créditos horarios, sus cesiones y las liberaciones sindicales que se deriven de la aplicación de normas o pactos que afecten a la obligación o al régimen de asistencia al trabajo Los actos adoptados en su ámbito que afecten a la creación, modificación o supresión de órganos de representación del personal funcionario, estatutario o laboral La creación, modificación o supresión de unidades sindicales Los miembros de dichos órganos de representación y los delegados sindicales.
Las AAPP dispondrán de un registro de órganos de representación del personal al servicio de las mismas y de sus entidades públicas instrumentales, en el que anotarán (sería INCORRECTA): Los créditos horarios, sus cesiones y las liberaciones sindicales que se deriven de la aplicación de normas o pactos que afecten a la obligación o al régimen de asistencia al trabajo Los actos adoptados en su ámbito que afecten a la creación, modificación o supresión de órganos de representación del personal funcionario, estatutario o laboral La creación, modificación o supresión de secciones sindicales Los miembros de dichos órganos de representación y los delegados electos.
Las AAPP dispondrán de un registro de órganos de representación del personal al servicio de las mismas y de sus entidades públicas instrumentales: La creación de estos registros se ajustará a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal La creación de estos registros se ajustará a la normativa vigente en materia de prevención de riesgos La creación de estos registros se ajustará a la normativa vigente en materia de carrera profesional La creación de estos registros se ajustará a la normativa vigente en materia de creación de escalas y cuerpos administrativos.
¿Cómo se regularán las características y funcionamiento del Registro de órganos de representación del personal al servicio de la Administración general de la CAG y de sus entes, organismos y entidades dependientes? Mediante orden de la consejería competente en materia de función pública Mediante orden de la consejería competente en materia de administración pública Reglamentariamente Mediante decreto de la Xunta de Galicia.
¿Quiénes están legitimadas para la interposición de recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra las resoluciones de los órganos de selección, en los términos establecidos por la legislación aplicable? Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la función pública Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito territorial de Comunidad Autónoma de Galicia Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Los procedimientos para determinar las condiciones de trabajo en las AAPP incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG: Tendrán en cuenta las previsiones establecidas en los convenios y acuerdos de carácter internacional ratificados por España Tendrán en cuenta las previsiones establecidas en los convenios y acuerdos de carácter nacional ratificados por España Tendrán en cuenta las previsiones establecidas en los convenios y acuerdos de carácter internacional ratificados por la Comunidad Autónoma de Galicia Tendrán en cuenta las previsiones establecidas en los convenios y acuerdos de carácter nacional ratificados por la Comunidad Autónoma de Galicia.
La negociación colectiva de condiciones de trabajo del personal funcionario está sujeta a los principios de: Legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia Legalidad, cobertura financiera, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia Legalidad, cobertura presupuestaria, voluntariedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia Legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, confidencialidad y transparencia.
En cuanto a los principios generales de la negociación colectiva del personal funcionario, sería INCORRECTA: La negociación colectiva está sujeta a los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia Se efectúa mediante el ejercicio de la capacidad representativa reconocida a las organizaciones sindicales en la Ley orgánica de libertad sindical Se constituirán mesas de negociación en las que estarán legitimados para estar presentes, por una parte, la representación de la Administración pública correspondiente y, por otra, las organizaciones sindicales Las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley pueden encargar el desarrollo de las actividades de negociación colectiva a órganos creados por ellas, de naturaleza estrictamente política.
En cuanto a los dispuesto para los pactos y acuerdos, sería INCORRECTA: En el seno de las mesas de negociación correspondientes, la representación de las AAPP puede concertar pactos y acuerdos con la representación de las organizaciones sindicales legitimadas a tales efectos Los pactos versarán sobre materias que se correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que lo suscriba Los pactos se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente Los acuerdos versarán sobre materias que sean competencia de los órganos de gobierno de las AAPP, y para su validez y eficacia será necesaria su publicación en el diario oficial correspondiente.
La eficacia de los acuerdos entre la representación de las AAPP y las organizaciones sindicales se rige por determinadas normas: Cuando sean ratificados y afecten a temas que pueden ser decididos de forma definitiva por los órganos de gobierno, su contenido será directamente aplicable al personal incluido en su ámbito de aplicación Cuando sean ratificados y traten sobre materias sometidas a reserva de ley, su contenido carecerá de eficacia directa Ambas son correctas Todas ellas son incorrectas.
Cuando exista falta de ratificación de un acuerdo entre la representación de las AAPP y las organizaciones sindicales, o en su caso se produzca la negativa de incorporar lo acordado al proyecto de ley correspondiente: Deberá iniciarse la renegociación de las materias tratadas en el plazo de un mes, si así lo solicitara al menos la mayoría de una de las partes Deberá iniciarse la renegociación de las materias tratadas en el plazo de quince días, si así lo solicitara al menos la mayoría de una de las partes Deberá iniciarse la renegociación de las materias tratadas en el plazo de un mes, si así lo solicitara al menos la totalidad de una de las partes Deberá iniciarse la renegociación de las materias tratadas en el plazo de quince días, si así lo solicitara al menos la totalidad de una de las partes.
En cuanto a los dispuesto para los pactos y acuerdos, deberán determinar: Las partes que los conciertan, el ámbito personal, funcional, territorial y temporal, así como la forma, plazo de preaviso y condiciones de su denuncia Las partes que los conciertan, el ámbito personal, funcional, territorial y temporal, así como la cuantía, plazo de preaviso y condiciones de su ruptura Las partes que los promuevan, el ámbito personal, funcional, territorial y temporal, así como la forma, plazo de preaviso y condiciones de su denuncia Las partes que los conciertan, el ámbito personal, funcional, territorial y espacial, así como la forma, plazo de preaviso y condiciones de su ruptura.
En cuanto a los dispuesto para los pactos y acuerdos, sería INCORRECTA: Salvo acuerdo en contrario, los pactos y acuerdos se prorrogarán de mes en mes si no media denuncia expresa de una de las partes Se establecerán comisiones paritarias de seguimiento de los pactos y acuerdos con la composición y funciones que las partes determinen Los pactos celebrados y los acuerdos, una vez ratificados, deberán ser remitidos a la oficina pública que reglamentariamente se determine Una vez ratificados, la autoridad respectiva ordenará su publicación en el correspondiente diario oficial.
En cuanto a los dispuesto para los pactos y acuerdos, sería INCORRECTA: Salvo acuerdo en contrario, los pactos y acuerdos se prorrogarán de año en año si no media denuncia expresa de una de las partes La vigencia del contenido de los pactos y acuerdos, una vez concluida su duración, se producirá en los términos que reglamentariamente se determine Los pactos celebrados y los acuerdos, una vez ratificados, deberán ser remitidos a la oficina pública que reglamentariamente se determine Los pactos y acuerdos que sucedan a otros anteriores los derogan en su integridad, salvo los aspectos que expresamente se acuerde mantener.
En el supuesto de que no se produzca acuerdo en la negociación o en la renegociación de los pactos o acuerdos, y una vez agotados, en su caso, los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos: Corresponderá a los órganos de gobierno establecer las condiciones de trabajo del personal funcionario Corresponderá a los órganos judiciales establecer las condiciones de trabajo del personal funcionario Corresponderá a los órganos parlamentarios establecer las condiciones de trabajo del personal funcionario Corresponderá a las organizaciones sindicales establecer las condiciones de trabajo del personal funcionario.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes: La aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las AAPP que se establezca en la Ley de PGE y de la Comunidad Autónoma de Galicia La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias del personal funcionario Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño Todas ellas son correctas.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (NO sería correcta): Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera y provisión Las normas que fijen los criterios generales en materia de sistemas de clasificación de puestos de trabajo Las normas que fijen los criterios generales en materia de planes e instrumentos de planificación de recursos humanos La determinación de las condiciones de trabajo del personal directivo.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (NO sería correcta): Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción externa Los planes de previsión social complementaria Las normas que fijen los criterios generales en materia de planes e instrumentos de planificación de recursos humanos Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (NO sería correcta): Los criterios generales de acción colectiva Los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales Los criterios generales para la determinación de pensiones de clases pasivas Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (NO sería correcta): Los criterios generales sobre ofertas de empleo público Las que así se establezcan en la normativa de protección de datos de carácter personal Las que afecten a las condiciones de trabajo y a las retribuciones del personal funcionario que tengan que ser reguladas por norma con rango de ley Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso (NO sería correcta): Las referidas al calendario laboral, horarios y jornadas Los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a las condiciones de trabajo de las organizaciones públicas Las referidas a las vacaciones, permisos y licencias Las referidas a la movilidad funcional y geográfica.
Quedan excluidas de la obligatoriedad de la negociación con el personal funcionario, la/s materia/s siguiente/s Las decisiones de las administraciones públicas que afecten a sus potestades de organización La regulación del ejercicio de los derechos de los administrados El procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas Todas ellas quedan excluidas de la obligatoriedad de negociación con el personal funcionario.
NO estaría entre las materias excluidas de la obligatoriedad de la negociación con el personal funcionario: La determinación de las condiciones de trabajo del personal directivo Los poderes de dirección y control propios de la relación jerárquica La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público Los criterios generales de acción social.
NO estaría entre las materias excluidas de la obligatoriedad de la negociación con el personal funcionario: Las decisiones de las administraciones públicas que afecten a sus potestades de organización La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso a la promoción profesional Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna Todas ellas son materias excluidas de la obligatoriedad de negociación.
Las variaciones en la representatividad sindical, a efectos de modificación en la composición de las mesas de negociación, serán acreditadas por las organizaciones sindicales interesadas: Mediante el correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, anualmente a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas Mediante el correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, cada dos años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas Mediante el correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, cada tres años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas Mediante el correspondiente certificado de la oficina pública de registro competente, cada cuatro años a partir de la fecha inicial de constitución de las citadas mesas.
En cuanto a la constitución y composición de las mesas de negociación del personal funcionario, sería INCORRECTA: La designación de los componentes de las mesas corresponde a las partes negociadoras Las partes negociadoras pueden contar en las deliberaciones con la asistencia de asesores con voz, pero sin voto La composición numérica de las mesas se fijará reglamentaria o convencionalmente En la composición numérica de las mesas, ninguna de las partes puede superar el número de 13 miembros.
En cuanto al carácter y composición de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas Gallegas, sería INCORRECTO: La representación de estas será unitaria Estará presidida por la persona titular de la dirección xeral competente en materia de función pública Contará con representantes de la Federación Gallega de Municipios y Provincias y de las universidades públicas gallegas, en función de las materias a negociar Todas ellas son correctas.
Se constituirá en la Administración general de la CAG y en las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación de la LEPG una Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos, para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes: Al personal funcionario Al personal estatutario Al personal laboral Todas ellas son correctas.
Estarán presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos, para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes a todo el personal: Las organizaciones sindicales que hayan obtenido al menos el 10% de la representación del personal funcionario o del personal laboral Las organizaciones sindicales que hayan obtenido al menos el 5% de la representación del personal funcionario o del personal laboral Las organizaciones sindicales que hayan obtenido al menos el 20% de la representación del personal funcionario o del personal laboral Las organizaciones sindicales que hayan obtenido al menos el 25% de la representación del personal funcionario o del personal laboral.
Sobre las mesas de negociación del personal funcionario sería INCORRECTA: La competencia de las mesas sectoriales se extiende a los temas comunes al personal funcionario del sector que hayan sido objeto de decisión por parte de la mesa general o a los que esta explícitamente les reenvíe o delegue A efectos de la negociación colectiva del personal funcionario, se constituirá una mesa general de negociación en el ámbito de la Administración general de la CAG Son competencias propias de las mesas generales del personal funcionario la negociación de las materias relacionadas con condiciones de trabajo comunes al personal funcionario de su ámbito Dependiendo de las mesas generales de negociación del personal funcionario y por acuerdo de las mismas pueden constituirse mesas sectoriales en atención a las condiciones específicas de trabajo de las organizaciones administrativas afectadas.
Sobre las mesas de negociación del personal funcionario, el proceso de negociación se abrirá en cada mesa: En la fecha que de común acuerdo fijen la Administración correspondiente y la mayoría de la representación sindical A falta de acuerdo, el proceso se iniciará en el plazo máximo de un mes desde que la mayoría de una de las partes legitimadas lo promueva, en todo caso Ambas son correctas Ninguna de ellas es correcta.
Se constituirán mesas de negociación en las que estarán legitimados para estar presentes (NO sería correcta): La representación en nombre de la Administración pública correspondiente Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito estatal Las organizaciones sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma de Galicia Los sindicatos que hayan obtenido el veinte por ciento o más de representación en las elecciones para delegados y juntas de personal, en las unidades electorales comprendidas en el ámbito específico de su constitución.
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