Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia
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Título del Test:![]() Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia Descripción: Título I. Capítulo II |



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Las administraciones públicas y su sector público instrumental deben publicar la información siguiente (elegir la falsa). la deuda pública de la administración, con indicación de su evolución y el endeudamiento relativo por habitante, respecto al PIB y al presupuesto de ingresos. grado de cumplimiento de los objetivos de déficit y planes de cumplimiento. índice de solvencia a corto y largo plazo, así como avales y garantías prestadas en cualquier clase de crédito. las operaciones de préstamo, crédito y emisiones en las modalidades que se indique en la Ley de Presupuestos. Respecto de la información patrimonial, los sujetos del artículo deben publicar: inventario de bienes y derechos que, al menos, debe incluir información relativa a bienes inmuebles y muebles de valor histórico artístico o de alto valor económico, a los derechos reales sobre estos, y a los derechos de arrendamiento y cualesquiera otros de carácter personal en virtud de los cuales se atribuya el uso o el disfrute de inmuebles ajenos. no se debe publicar los bienes sobre los cuales las entidades tengan algún derecho real constituido en favor suyo en garantía de financiación concedida en el ejercicio de actividad crediticia. gasto en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles. todas son correctas. La administración de la Generalitat publicará la siguiente información, en el ámbito patrimonial: número de edificios oficiales de los que se tenga la titularidad y de los arrendados, con indicación de la clasificación, adscripción, destino y año de compra o arrendamiento. la relación de los bienes muebles que estén ocupados por las dependencias de sus órganos o servicios; la relación de los muebles cuyo uso o explotación esté cedido, adjudicado, arrendado, autorizado o concedido a terceros, con indicación de la finalidad o destino, y la relación de bienes muebles en los que se tenga condición de parte arrendataria. todas son correctas. ninguna es correcta. Con respecto de la información sobre la contratación pública, los sujetos del artículo 3 deberán publicar información respecto de los contratos: objeto, tipo de contrato y órgano de contratación. fecha de formalización y de inicio de ejecución, junto a la duración del contrato. presupuesto base de licitación e importe de adjudicación. todas son correctas. Con respecto de la información sobre la contratación pública, los sujetos del artículo 3 deberán publicar información respecto de los contratos (elegir la falsa). instrumentos a través de los cuales se ha licitado. número de licitadores participantes en el procedimiento y denominación de las empresas licitadores. identidad del adjudicatario y su solvencia económica y financiera, y técnica o profesional o, en su caso, clasificación, respetando, en todo caso, el deber de confidencialidad previsto en la legislación de contratos del sector público y el principio de protección de datos. prórrogas de los contratos, los supuestos de resolución del contrato o declaración de nulidad, los casos de posibles revisiones de precios y cesión de contratos y las modificaciones, dejaciones y renuncias por parte del adjudicatario, junto a información relativa a la subcontratación y penalidades. La exigencia de transparencia contenida en este artículo. se asume en la contratación. quedará expresamente incluida en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. quedará excluida de los pliegos de cláusulas administrativas particulares. se sancionará. Los sujetos comprendidos en el artículo 3 tienen que publicar información sobre todos los convenios de colaboración y los contratos-programa subscritos, contengan o no obligaciones económicas para las partes, concretamente. los convenios suscritos y su texto íntegro, así como el informe de necesidad correspondiente en el que se justifique la utilización de esta figura*. *además de lo indicado, el texto íntegro de los contratos-programas suscritos entre los entes y los departamentos de la administración a los que estén adscritos, así como los informes periódicos de evaluación de cumplimiento de objetivos. el texto íntegro de las encomiendas de gestión y encargos a medios propios. *además de los encargos a medios propios anualmente se indicará el porcentaje de la actividad realizada por el medio propio a favor de los entes de control. Las administraciones públicas y su sector público instrumental deben publicar. los convenios suscritos y su texto íntegro, así como el informe de necesidad correspondiente en el que se justifique la utilización de esta figura*. *además de lo indicado, el texto íntegro de los contratos-programas suscritos entre los entes y los departamentos de la administración a los que estén adscritos, así como los informes periódicos de evaluación de cumplimiento de objetivos. el texto íntegro de las encomiendas de gestión y encargos a medios propios. *además de los encargos a medios propios anualmente se indicará el porcentaje de la actividad realizada por el medio propio a favor de los entes de control. Los sujetos comprendidos en el artículo 3 deben publicar información relativa a todas las campañas de publicidad y de promoción institucional. En concreto, haciendo referencia a: modalidad y período de ejecución. el importe destinado a cada medio. los criterios y el coste de los diferentes conceptos. todas son correctas. La información del artículo 22 se debe actualizar. una vez cada seis meses. una vez al año. cada cinco años. depende de la importancia del organismo. Las entidades incluidas en el artículo 3 tienen que publicar información relativa a las subvenciones y ayudas públicas. La información que se debe publicar debe incluir, como mínimo (señalar la falsa). el plan estratégico de subvenciones, que tiene que concretar los objetivos y los efectos de utilidad pública o social que pretenden conseguir con la aplicación de cada subvención, el plazo para su consecución, los costes totales previsibles y las fuentes de financiación. el texto consolidado de las convocatorias de ayudas y subvenciones. importe, objeto o finalidad, así como las personas o entidades beneficiarias. información por el concedente, siguiendo la distribución por secciones y entes del sector público instrumental adscritos. Las entidades incluidas en el artículo 3 tienen que publicar información relativa a las subvenciones y ayudas públicas. La información que se debe publicar debe incluir, como mínimo. procedimiento de gestión y justificación de la subvención, en cuanto al plazo de ejecución, pagos anticipados o por anticipado, importe justificado, cuantías pagadas, resoluciones de reintegro y sanciones impuestas. subvenciones concedidas con concurrencia. información estadística sobre el importe global y el porcentaje en volumen presupuestario de las subvenciones concedidas por procedimiento de concurrencia competitiva. gasto total hecho en subvenciones, descontando las ayudas destinadas a las familias y personas altamente vulnerables. La administración de la Generalitat tiene que difundir, garantizando a la ciudadanía su consulta, la información siguiente: información relativa a los instrumentos de ordenación del territorio y los planes urbanísticos*. información medioambiental que tiene que hacerse pública de acuerdo con la normativa vigente*. las dos marcadas (*) son correctas. información relativa a las tasas de mejora de rentabilidad de los servicios públicos. La información relativa a los instrumentos de ordenación del territorio y los planes urbanísticos debe incluir, además de lo dispuesto en la normativa sectorial (elegir la falsa). estructura particular y por sectores de cada municipio. clasificación y calificación del suelo, así como las infraestructuras planeadas para cada localidad. texto completo y la planimetría de los instrumentos de ordenación del territorio, junto a las modificaciones y revisiones aprobadas. convenios urbanísticos que se suscriban, con indicación de los terrenos afectados, las personas titulares, el objeto del convenio y las contraprestaciones. información medioambiental que tiene que hacerse pública de acuerdo con la normativa vigente. Debe incluirse: información sobre la calidad de las aguas y el aire. información sobre emisiones de gases invernadero y el grado de cumplimiento de los compromisos públicos adquiridos al respecto. información sobre la recuperación de las zonas que hayan sufrido incendios forestales o cualquier otro tipo de catástrofe, junto a las resoluciones de derecho de acceso a la información medioambiental. todas son correctas. En relación con los estudios, estadísticas y cartografía, los sujetos obligados del artículo 3 deben publicar la siguiente información: sobre encuestas y estudios sociológicos y de opinión*. *además, los informes, estudios o dictámenes que se hayan contratado o encargado a terceros. información económica y estadística que esté en su poder y cuya difusión sea relevante*. *además, información geográfica y cartográfica que esté en su poder y cuya difusión sea relevante, facilitando las fuentes, notas metodológicas, metadatos y modelos. En relación con los estudios, estadísticas y cartografía, los sujetos obligados del artículo 3.2 deben publicar la siguiente información: sobre encuestas y estudios sociológicos y de opinión*. *además, los informes, estudios o dictámenes que se hayan contratado o encargado a terceros. información económica y estadística que esté en su poder y cuya difusión sea relevante*. *además, información geográfica y cartográfica que esté en su poder y cuya difusión sea relevante, facilitando las fuentes, notas metodológicas, metadatos y modelos. En el ámbito de la administración de la Generalitat y su sector público instrumental, se tiene que publicar: resoluciones de derecho de acceso a la información pública. información estadística sobre el derecho de acceso a la información pública, con indicación del número de solicitudes recibidas y el sentido de esta. datos estadísticos de la información más solicitada en los canales de atención a la ciudadanía, así como la más consultada en el Portal de Transparencia de la Generalitat. todas son ciertas. |





