Ley 17/2015, de 9 de julio
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Ley 17/2015, de 9 de julio Descripción: Test Título IV (Competencias de los órganos de la A.G.E) (Artículos 33 y 34) |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
¿A quién corresponde aprobar los planes especiales de protección civil de ámbito y competencia estatal?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde ejercer la superior dirección, coordinación e inspección de las acciones y los medios de ejecución de los planes de protección civil de competencia estatal?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde aprobar el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias y, en su caso, el de otros medios del Estado que puedan destinarse a la protección civil y las demás competencias que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde elaborar la Norma Básica de Protección Civil, el Plan Estatal General y los Planes Especiales de Protección Civil de ámbito y competencia estatal?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde proponer al Consejo de Seguridad Nacional la aprobación de la Estrategia Nacional de Protección Civil?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde regular la Red Nacional de Información sobre Protección Civil y la Red de Alerta Nacional de Protección Civil?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde presidir el Consejo Nacional de Protección Civil?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde declarar una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde efectuar la oferta de aportación de equipos de intervención en emergencias en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde aprobar la Norma Básica de Protección Civil?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde proponer la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde acordar la movilización de los recursos del Sistema Nacional de Protección Civil para cooperar en catástrofes en terceros países y coordinar la actuación de los equipos de ayuda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. ¿A quién corresponde desarrollar las normas de actuación que en materia de protección civil apruebe el Gobierno?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde imponer las sanciones por infracciones muy graves previstas en el título VI las demás competencias que le sean atribuidas por esta ley y por el resto del ordenamiento jurídico?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde adoptar los acuerdos de cooperación internacional que corresponda en materia de protección civil?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde disponer, con carácter general, la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y solicitar del titular del Ministerio de Defensa la colaboración de las Fuerzas Armadas?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde aprobar el Plan Estatal General de Protección Civil?. Al Gobierno. Al Ministro del Interior. ¿A quién corresponde declarar la emergencia de interés nacional y su finalización, así como asumir las funciones de dirección y coordinación que le correspondan en esta situación?. Al Ministro del Interior. Al Gobierno. |