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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELey 39/2015_1

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Título del test:
Ley 39/2015_1

Descripción:
Parte 1 - 60 preguntas

Autor:
Filologia3D
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Fecha de Creación:
04/02/2024

Categoría:
Personal

Número preguntas: 63
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Adelante con la Ley 39/2015 .
¿Cuál de las siguientes alternativas no constituye objeto de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LPAC)? Los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos. El procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. Los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas.
¿De qué forma pueden incluirse, según la LPAC, trámites adicionales o distintos a los contemplados en la misma para el procedimiento administrativo? Sólo mediante ley. De manera legal o reglamentaria. Mediante el ejercicio de la potestad reguladora de las Administraciones Públicas. No se puede en ningún caso.
¿De qué forma, según la LPAC, podrán establecerse especialidades del procedimiento administrativo referidas a órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento, formas de iniciación y terminación, etc.? Sólo mediante ley. Mediante el ejercicio de la potestad reguladora de las Administraciones Públicas. Reglamentariamente. De manera legal o reglamentaria.
Señala la LPAC que reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento. ¿A qué pueden referirse las mismas? A los órganos competentes. A plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia. A formas de iniciación y terminación. A todas ellas, así como a la publicación e informes a recabar.
¿Cuál de las siguientes alternativas forma parte del Sector Público a los efectos de la LPAC? La Administración General del Estado. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. Las Entidades que integran la Administración Local. Todas ellas conforman, entre otras, el Sector Público a efectos de la LPAC.
Según la LPAC, ¿cuál de las siguientes alternativas no se entiende comprendida dentro del Sector Público? El Sector Público institucional. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. Las Corporaciones de Derecho Público. Todas ellas integran, entre otras, el Sector Público a efectos de la LPAC.
De las señaladas en las siguientes respuestas, ¿cuál no queda integrada dentro del Sector Público Institucional? Las Universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. Todas las respuestas anteriores son falsas.
¿Quedan sujetas las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común? Supletoriamente en todo caso y cuando sus competencias se deleguen por una Administración Pública territorial. De forma supletoria siguiendo las previsiones de la LPAC. Cuando específicamente se refiera a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. Todas las anteriores son incorrectas.
De entre las siguientes alternativas, ¿quiénes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas a efectos de la LPAC?: Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos cuando la Ley así lo declare expresamente Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. Todas las respuestas anteriores son ciertas.
A los efectos previstos en la LPAC, ¿cuál de los siguientes no tiene capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas? Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación no esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. Todas las opciones anteriores son incorrectas.
¿Tienen los menores de edad capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas a los efectos previstos en la LPAC? Si, cuando la actuación no esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Estrictamente es una materia sujeta a las normas civiles. No, salvo el supuesto de Los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. Todas las respuestas anteriores son falsas.
A los efectos previstos en la LPAC, ¿cuál de Los siguientes tiene la consideración de interesado en el procedimiento administrativo? Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Todos los anteriores tienen la consideración de interesado.
A los efectos previstos en la LPAC, ¿cuál de los siguientes no tiene la consideración de interesado en el procedimiento administrativo? Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la instrucción que en el mismo se adopte y comparezcan, exclusivamente de forma personal, ante la autoridad competente. Todas las respuestas anteriores son falsas.
Tal y como señala la LPAC, ¿en qué términos serán titulares de intereses legítimos colectivos las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales? En los que se reconozca reglamentariamente. En los establecidos por la legislación civil y patrimonial de las Administraciones Públicas. En los que la Ley reconozca. Siempre y cuando comparezcan.
Continúe la siguiente frase, siguiendo el literal de la la LPAC: Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible...: El derechohabiente podrá adquirir libremente la consideración de interesado, siempre y cuando ejerza su voluntad conforme a derecho. El derechohabiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. El interesado tendrá la consideración de derecho-habiente antes de la terminación del procedimiento conforme a las normas civiles. Se estará a lo señalado en la legislación básica civil, no siendo dicha materia regulada en la regulación administrativa actual.
¿Cuál de las siguientes respuestas no es correcta en relación con la institución de la representación en derecho administrativo en los términos establecidos por la LPAC? Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. Deberá acreditarse la representación para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, renunciar a acciones y desistir de derechos en nombre de otra persona. Para Los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
La LPAC regula la institución de la representación en Derecho administrativo. ¿Cuál de las siguientes respuestas es cierta en relación con esta cuestión? Que los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa o tácita en contra del interesado. Que las personas jurídicas con capacidad de obrar y las personas físicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Que para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Que la representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, no siendo válido el apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica.
La LPAC señala que se entiende acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta. Pero, ¿cómo debe efectuarse tal representación? A) Por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica. B) Cierta la A), o bien a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente. C) Por comparecencia digital o comparecencia física en la correspondiente sede electrónica. D) Cierta la C), o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente.
¿Cómo debe efectuarse la representación mediante apoderamiento apud acta según la LPAC? A) Por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica. B) Cierta la A), o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente. C) Cierta la B), señalándose, además, que el órgano competente para la tramitación del procedimiento deberá incorporar al expediente administrativo acreditación de la condición de representante y de los poderes que tiene reconocidos en dicho momento. D) Cierta la C), señalándose que el documento electrónico que acredite el resultado de la consulta al registro electrónico de apoderamientos correspondiente no tendrá, en ningún caso, la condición de acreditación a estos efectos.
La LPAC señala que se entiende acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta. Pero, ¿cómo debe efectuarse? A) Por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica. B) Cierta la A), o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente. C) Cierta la B), señalándose, además, que el órgano competente para la tramitación del procedimiento deberá incorporar al expediente administrativo acreditación de la condición de representante y de los poderes que tiene reconocidos en dicho momento. D) Cierta la C), aunque el documento electrónico que acredite el resultado de la consulta al registro electrónico de apoderamientos correspondiente tendrá la condición de acreditación a estos efectos.
La LPAC regula la institución de la representación en Derecho administrativo. ¿Cuál de las siguientes respuestas es correcta? Que la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Que la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de quince días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Que la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de diez días naturales que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Que la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo no inferior a diez días que deberá conceder al efecto el órgano administrativo, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.
En relación con la institución de la representación en Derecho administrativo en la LPAC se habla de la posible habilitación a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados, pero, ¿qué deberá especificar dicha habilitación? A) Las condiciones y obligaciones a las que se comprometen Los que así adquieran la condición de representantes. B) Deberá determinar la presunción de validez de la representación salvo que la normativa de aplicación prevea otra cosa. C) Ciertas A) y B). D) Todas falsas.
¿Qué Administraciones deberán contar con el registro electrónico de apoderamientos al que alude la LPAC? La Administración General del Estado. La Administración de las Comunidades Autónomas. Las Entidades Locales. Todas ellas.
La LPAC introduce el registro electrónico de apoderamientos. ¿Qué apoderamientos deberán inscribirse, al menos, en los mismos y por parte de quién? Los de carácter general y específico otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. Los de carácter general otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. Los de carácter específico otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. Los de carácter general otorgados por el interesado, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de representante habilitado apud acta, en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas.
La LPAC introduce el registro electrónico de apoderamientos, donde deberán inscribirse, al menos, los de carácter general otorgados apud acta, presencial o electrónicamente. ¿Qué deberá constar, además? A) El bastanteo realizado del poder. B) El poder bastante aportado por el interesado. C) El plazo para la subsanación. D) Ciertas A) y C).
La LPAC introduce el registro electrónico de apoderamientos, señalándose que, en el ámbito estatal, este registro será el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado. ¿Podrán existir registros particulares? No se impide la existencia de los mismos en cada Organismo donde se inscriban los poderes otorgados para la realización de trámites específicos en el mismo. Cada Organismo podrá disponer de su propio registro electrónico de apoderamientos. No se permite la existencia de los mismos en cada Organismo donde se inscriban los poderes otorgados para la realización de trámites específicos en el mismo, quedando subordinados al registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado. No se impide la existencia de los mismos en cada Organismo donde se inscriban los poderes otorgados para la realización de trámites específicos en el mismo, pero quedando, en todo caso, subordinados al registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado. Todas las respuestas son falsas.
Según la LPAC, ¿cómo se aprobarán, con carácter básico los modelos de poderes inscribibles en el registro electrónico? Por Decreto del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Por Decreto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Según la LPAC, ¿qué permitirá la existencia de los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos? Comprobar la representación de los ciudadanos, mediante la consulta a otros registros administrativos similares, al registro mercantil, de la propiedad, y a los protocolos notariales. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación civil que resulte de aplicación, aunque sin validez en derecho, sólo a efectos de consulta. Comprobar válidamente la representación de quienes actúen ante las Administraciones Públicas en nombre de un tercero, mediante la consulta a otros registros administrativos similares, al registro mercantil, de la propiedad, y a los protocolos notariales. Comprobar válidamente la representación de los ciudadanos, mediante la consulta a otros registros administrativos similares, al registro mercantil, de la propiedad, y a los protocolos notariales. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación civil que resulte de aplicación. Verificar la existencia de registros interoperables ante los cuales verificar las representaciones de los ciudadanos ante las Administraciones Públicas.
¿Qué exige la LPAC a los registros mercantiles? Que sean interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos. Que estén en formato electrónico. Que tengan acceso remoto. Que recojan una información mínima.
¿Qué exige la LPAC a los registros de la propiedad? Que tengan acceso remoto. Que sean interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos. Que sean operables telemáticamente a través de apoderamientos electrónicos. Que recojan una información mínima.
¿Qué exige la LPAC a los registros de la propiedad, mercantiles y de los protocolos notariales? Que tengan acceso remoto. Que sean interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos. Que estén en formato accesible con delegación de firma electrónica. Que recojan una información mínima.
¿Qué exige la LPAC a los registros de los protocolos generales? Que tengan acceso remoto. Que sean interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos. Que estén en formato electrónico. Todas falsas.
Según la LPAC, los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán contener una determinada información. ¿Cuál de los siguientes es un elemento de los que al menos debe contenerse? Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante. Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del apoderado. Fecha de inscripción. Todos ellos entre otros.
La LPAC introduce el registro electrónico de apoderamientos, no contemplado en la anterior regulación de 1992. ¿Qué se les exige a los mismos? Que ya sean generales o particulares, pertenecientes a todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables entre sí, de tal modo que quedará garantizada la transversalidad de la información, la compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se establezcan al efecto. Que sean compatibles técnicamente con los protocolos notariales, registros mercantiles. Que ya sean generales y particulares, pertenecientes a todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables entre sí, de modo que se garantice su interconexión, compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se incorporen a los mismos. Que pueda verificarse, por parte de los interesados, la representación otorgada cuando alguien actué en nombre de un tercero, cualquiera que sea la Administración y el registro consultado.
Establece la LPAC que los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán corresponder a una serie de tipologías. ¿Cuál las siguientes no es una de ellas? Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. Todas las anteriores son falsas.
Los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán corresponder a una serie de tipologías señaladas en la LPAC. ¿Cuál las siguientes no es una de ellas? Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. Un poder apud acta para que el apoderado, exclusivamente en comparecencia personal, pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder. Todas ciertas.
Según la LPAC, los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán contener una determinada información. ¿Cuál de los siguientes no es un elemento de los que al menos debe consignarse? Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del apoderado. Fecha de la validación de la firma. Período de tiempo por el cual se otorga el poder. Tipo de poder según las facultades que otorgue.
Según la LPAC, ¿cómo se aprobarán, por parte de las Comunidades Autónomas, Los modelos de poderes inscribibles en el registro electrónico? Por Orden del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas. Por Orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Por Decreto del Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas. Todas falsas.
Según la LPAC, ¿cómo se otorgará el apoderamiento apud acta? Mediante comparecencia personal en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de los sistemas de sede electrónica previstos en esta Ley, o bien mediante comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros. Mediante comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de Los sistemas de firma electrónica previstos en esta Ley, o bien mediante comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros. Mediante comparecencia personal en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de los sistemas de firma electrónica previstos en esta Ley, o bien mediante comparecencia electrónica en las oficinas de asistencia en materia de registros Todas las anteriores son incorrectas.
Según la LPAC, ¿qué validez determinada tendrán los poderes inscritos en el registro electrónico? Máxima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de 2 años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de 4 años a contar desde la fecha de inscripción.
Según la LPAC, ¿con quién se efectuarán las actuaciones a que den lugar cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados? Exclusivamente con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado. Con el representante o el interesado que tácitamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término. Con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término. Con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en último término.
Según la LPAC, ¿qué validez tendrán las prórrogas otorgadas por el poderdante al registro electrónico? Determinada, máxima de 10 años, a contar desde la fecha de inscripción. Determinada, máxima de 2 años, a contar desde la fecha de inscripción. Determinada, máxima de 5 años, a contar desde la fecha de inscripción. Determinada, máxima de 4 años, a contar desde la fecha de inscripción.
¿Qué sistemas recoge la LPAC, para que los interesados puedan identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas? Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la <<Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación>>. A estos efectos, se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica. Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la <<Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». De clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. Todas son correctas.
¿Cómo debe obrarse, según la LPAC, si durante la instrucción de un procedimiento que no haya tenido publicidad, se advierte la existencia de personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos y directos cuya identificación resulte del expediente y que puedan resultar afectados por la resolución que se dicte? Se deberá iniciar de nuevo procedimiento. Se comunicará a dichas personas la tramitación del procedimiento. Se continuará con la tramitación del procedimiento. Habrá que darles trámite de audiencia por un plazo improrrogable de 15 días.
¿Cómo pueden las Administraciones Públicas verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo? Mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Padrón municipal o algún registro equivalente. Mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente, y ello, de forma obligatoria. Mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que se acrediten notarialmente. Todas son falsas.
Según la LPAC, ¿cómo pueden los interesados identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas? A través de cualquier medio que cuente con un registro como usuario que permita garantizar su personalidad jurídica. A través de sistemas basados en certificados electrónicos con un registro previo como usuario electrónico. A través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad. A través de sistemas electrónicos basados en certificados con un registro previo como usuario electrónico.
¿Cuál de Los siguientes no es un sistema válido para que los interesados puedan identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas, según la LPAC? De clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». A estos efectos, se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica. Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Todas las respuestas son falsas.
¿Cuál de los siguientes no es sistema válidamente reconocido por la LPAC para que los interesados puedan identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas? Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». De clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. A estos efectos, se entienden comprendidos entre las citadas claves electrónicas las de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica. Todas las opciones son falsas.
¿Qué administraciones deberán mantener actualizado un registro, u otro sistema equivalente, donde constarán los funcionarios habilitados para la identificación o firma regulada en el artículo 12 LPAC? Exclusivamente las administraciones autonómicas. Preferentemente todas las Entidades Locales. Exclusivamente la Administración General del Estado. Todas son falsas.
¿Cuál de los siguientes es medio admitido para la firma de los interesados por parte de la LPAC? Cualquiera que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento. Cualquiera que permita reconocer la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento, expedidos, en cualquier caso, por la Administración ante la que se pretenda acreditar. Cualquiera, válido en derecho, incluido en la «web de confianza de prestadores de servicios de certificación». Cualquiera, válido y emitido por prestadores de servicios de calificación.
¿Qué sistemas de firma contempla la LPAC para que los interesados se relacionen con las Administraciones Públicas? Sistemas de sello electrónico reconocido o cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación>>. Sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. Todos se contemplan.
¿Para qué servirá la aceptación de los sistemas contemplados de identificación de interesados por parte de la Administración General del Estado? Para acreditar frente a todas las Administraciones Públicas, siendo preciso tan sólo mostrar el documento electrónico oportuno. Para acreditar frente a todas las Administraciones Públicas, salvo prueba en contrario, la identificación electrónica de los interesados en el procedimiento administrativo. No servirá para acreditar frente a las Administraciones Públicas territoriales, siendo precisa la identificación electrónica de los interesados en cada administración. Conllevará de manera automática la validez de los actos administrativos emanados de los interesados frente a todas las Administraciones Públicas.
Según la LPAC, en el caso de que los interesados optaran por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, se considerarán válidos a efectos de firma sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». A estos efectos: Se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica pero no los de entidad sin personalidad jurídica. Se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica. No se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica y de entidad sin personalidad jurídica. No se entienden comprendidos entre los citados certificados electrónicos reconocidos o cualificados los de persona jurídica pero sí los de entidad sin personalidad jurídica.
Continúe la frase conforme al tenor literal de la LPAC. Cuando así lo disponga expresamente la normativa reguladora aplicable...: Las Administraciones Públicas podrán admitir los sistemas de identificación contemplados en la LPAC como sistema de firma cuando permitan acreditar la autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento de Los interesados. Y los interesados utilicen un sistema de firma de los previstos en la misma, su identidad se entenderá ya acreditada acreditando el propio acto de la firma. Las Administraciones Públicas podrán admitir Los sistemas de identificación contemplados en la LPAC como sistema de firma salvo que no permitan acreditar la expresión de la voluntad y consentimiento informado de los interesados. Y los interesados utilicen un sistema de firma de los previstos en la misma, su identidad se entenderá ya acreditada salvo que se certifique en el propio acto de la firma que carece de los medios electrónicos necesarios.
Según la LPAC, con carácter general, ¿qué será suficiente para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo? Que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos reglamentariamente. Que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de Los medios de identificación previstos en la LPAC. Que los interesados acrediten posteriormente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en la LPAC. Que los interesados acrediten posteriormente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos reglamentariamente.
¿En qué ocasiones las Administraciones Públicas requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma según la LPAC? Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos. Reglamentariamente podrán establecerse otros supuestos distintos. Sólo para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos. Las Comunidades Autónomas, sólo mediante Ley, podrán establecer otros supuestos distintos. Sólo para formular solicitudes, interponer recursos, así como para presentar declaraciones responsables o comunicaciones e interponer recursos.
¿Cuál de las siguientes administraciones deberá mantener actualizado un registro, u otro sistema equivalente, donde constarán los funcionarios habilitados para la identificación o firma regulada en el artículo 12 LPAC? La Administración General del Estado Las Comunidades Autónomas. Las Entidades Locales. Todas las anteriores deben hacerlo.
Establece la LPAC que, en el caso de que los interesados optaran por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, se considerarán válidos a efectos de firma: Todos los sistemas que las Administraciones Públicas consideren válidos, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente. Todos los sistemas que las Administraciones Públicas consideren válidos, en los términos y condiciones que se establezcan en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Sistemas de sello electrónico reconocido o cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Todos los sistemas que las Administraciones Públicas consideren cualificados, que, siempre en formato electrónico se realicen al amparo y con los términos y condiciones que se establezcan en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».
¿En qué ocasiones establece la LPAC que las Administraciones Públicas requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma? Sólo para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones e interponer recursos. Sólo para formular solicitudes, presentar comunicaciones responsables o declaraciones, interponer recursos, desistir de derechos o renunciar a acciones. Sólo para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos. En todo caso, salvo para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones o renunciar a derechos.
Si alguno de los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la LPAC no dispone de los medios electrónicos necesarios, ¿cómo puede obrarse en relación a su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo? A) La misma podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. B) Cierta la A), señalándose, además, que debe identificarse ante el funcionario y prestar su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio. C) La misma podrá ser válidamente realizada por cualquier otro ciudadano mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. D) Cierta la B), señalándose, además, que debe identificarse este otro ciudadano ante el funcionario y prestar su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o litigio.
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