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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELey 39/2015 de 1 de octubre, PACAP

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Título del test:
Ley 39/2015 de 1 de octubre, PACAP

Descripción:
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Autor:
V.I.C
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
31/08/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 54
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Temario:
Según el Art. 3 de la ley 39 del PACAP, tendrán la capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas: Las personas físicas o jurídicas que no ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela, exceptuando el supuesto de los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación no afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades con personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. Todas las respuestas son incorrectas.
Según el Art. 4 de la ley 39 del PACAP, se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Quienes lo promuevan en todo caso Los que, habiendo iniciado el procedimiento, no tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos puedan resultar afectados por la resolución y no se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. El derecho-habiente cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible.
Según el Art. 5 de la ley 39 del PACAP, deberá acreditarse la representación (señale la incorrecta): para actos y gestiones de mero trámite Para formular solicitudes Para presentar declaraciones responsables o comunicaciones Para interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos.
Según el Art. 5 de la ley 39 del PACAP, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta: efectuado por comparecencia personal efectuado por comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente. Todas las opciones son correctas.
Según el Art. 5 de la ley 39 del PACAP, La falta o insuficiente acreditación de la representación: impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate en ningún caso. no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate siempre que se aporte aquella o se subsane el defecto dentro del plazo de 15 días, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate siempre que se aporte aquella o se subsane el defecto dentro del plazo de 10 días, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.
Según el Art. 6 de la ley 39 del PACAP, los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos serán interoperables con (señale la incorrecta): los registros electrónicos judiciales. los registros mercantiles los registros de la propiedad los registros de los protocolos notariales.
Según el Art. 6 de la ley 39 del PACAP, los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán contener, al menos, la siguiente información: Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante y del apoderado. fecha de validez del poder otorgado Órgano administrativo ante el cual se presenta el poder otorgado Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 6 de la ley 39 del PACAP, Los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán corresponder a alguna de las siguientes tipologías: Un poder general para que el poderdante pueda actuar en nombre del apoderado en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. Un poder para que el poderdante pueda actuar en nombre del apoderado únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder. Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 6 de la ley 39 del PACAP, Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de por vida cinco años a contar desde la fecha de inscripción tres años a contar desde la fecha de inscripción por vida, aunque podrán ser revocados en cualquier momento.
Según el Art. 7 de la ley 39 del PACAP, cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el que figure en primer término con el que corresponda por orden alfabético con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que corresponda por orden alfabético con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término.
Según el Art. 9 de la ley 39 del PACAP, los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad. En particular serán admitidos los sistemas siguientes: sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma concertada expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de certificación de servicios cualificada". sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello concertado expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de certificación de servicios cualificada". Sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. Todas las opciones son correctas.
Según el Art. 12 de la ley 39 del PACAP, si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. En este caso... bastará con que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y autorice a este será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación, de lo que podrá quedar constancia si el funcionario lo considera oportuno, para los casos de discrepancia o litigio. El funcionario deberá constar en el registro o sistema equivalente de funcionarios habilitados para la identificación o firma regulada en este artículo. El funcionario deberá constar en el registro o sistema equivalente de funcionarios habilitados para la identificación o firma si presta servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros. .
Según el Art. 13 de la ley 39 del PACAP, quienes de conformidad con el artículo 3, tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos: A comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. A la protección de datos de carácter general, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en sus archivos personales. A ser tratados con respeto e indiferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. todas las opciones son correctas.
Según el Art. 14 de la ley 39 del PACAP, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: Las personas jurídicas. Las entidades con personalidad jurídica. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de cualquier actividad personal y profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. Los empleados de las Administraciones Públicas para cualquier trámite y actuaciones que realicen con ellas.
Según el Art. 15 de la ley 39 del PACAP, en relación con la lengua de los procedimientos.... La lengua de los procedimientos tramitados por la AGE será el castellano en cualquier caso. En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica y local correspondiente. La Administración Pública a la que corresponda la resolución deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción.
Según el Art. 16 de la ley 39 del PACAP, en relación con los registros.... Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a estos, así como la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares. Las disposiciones de creación de los registros electrónicos se publicarán en el BOE, y especificarán el órgano o unidad responsable de su gestión, así como la fecha y hora oficial y los días declarados como inhábiles. En la sede electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo. Los asientos se anotarán por orden alfabético e indicarán la fecha del día en que se produzcan.
Según el Art. 16 de la ley 39 del PACAP, en relación a los asientos del Registro Electrónico General En cada asiento constará un número, epígrafe expresivo de su naturaleza, fecha y hora de su presentación, identificación del interesado, órgano administrativo remitente, si procede, y persona u órgano administrativo al que se envía, y, en su caso, referencia al contenido del documento que se registra. Se emitirá un recibo consistente en copia autenticada del documento con la fecha y hora de presentación y entrada, y también un recibo acreditativo de otros documentos que en su caso lo acompañen. Los documentos presentados de manera presencial deberán ser digitalizados, devolviéndose los originales al interesado salvo norma que determine lo contrario. Reglamentariamente las Administraciones podrán establecer la obligación de presentar determinados documentos por medios electrónicos. Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 17 de la ley 39 del PACAP, en relación al archivo de documentos Cada Administración deberá mantener al menos un archivo electrónico de los documentos electrónicos que correspondan a procedimientos finalizados, en los términos establecidos en la normativa reguladora aplicable. Los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita garantizar su integridad en condiciones normales de humedad y temperatura. La eliminación de los documentos electrónicos deberá ser autorizada de acuerdo a lo dispuesto en la normativa aplicable. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Sistema Estatal de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados. En particular, asegurarán la identificación de los usuarios y el control de accesos, así como el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos.
Según el Art. 18 de la ley 39 del PACAP, Las personas colaborarán con la Administración en los términos previstos en la Ley de Colaboración con las Administraciones públicas, y a falta de previsión expresa, facilitarán a la Administración los informes, inspecciones y otros actos de investigación que requieran para el ejercicio de sus competencias, salvo que la revelación de la información solicitada por la Administración atentara contra el honor, la intimidad personal o familiar o supusieran la comunicación de datos confidenciales de terceros de los que tengan conocimiento por la prestación de servicios profesionales de diagnóstico, asesoramiento o defensa, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación en materia de blanqueo de capitales y financiación de actividades terroristas. Los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita garantizar su integridad. Los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él no tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante. Cuando las inspecciones requieran la entrada en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran autorización del titular, las Administraciones Públicas deberán obtener el consentimiento del mismo o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.
Según el Art. 19 de la ley 39 del PACAP, de comparecencia de las personas, La comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, ya sea presencialmente o por medios electrónicos, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley. La citación hará constar expresamente el calendario de días hábiles en los que el interesado podrá acudir a la comparecencia. Las Administraciones públicas podrán facilitar al interesado los medios de transporte necesarios para acudir a la citación siempre que este no disponga de dichos medios. Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 21 de la ley 39 del PACAP, en cuanto a la obligación de resolver.. La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. Se exceptúan de esta obligación los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la administración. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por las circunstancias que concurran en el procedimiento y por los medios de que disponga la Administración para tramitar este. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, este será de seis meses. Los plazos previstos se contarán: a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
Según el Art. 21 de la ley 39 del PACAP, ¿En qué casos la resolución de la Administración consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables? Prescripción o renuncia del derecho Caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud De desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 21 de la ley 39 del PACAP, "En todo caso, las Administraciones Públicas informarán a los interesados del plazo máximo establecido para la resolución de los procedimientos y para la notificación de los actos que les pongan término, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo." Dicha mención se incluirá en la notificación o publicación que se dirigirá al efecto al interesado dentro de los diez días siguientes a la recepción de la solicitud iniciadora del procedimiento en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. Dicha mención se incluirá en la comunicación del acuerdo de iniciación de oficio que se dirigirá al efecto al interesado La comunicación del acuerdo de iniciación de oficio indicará además la fecha en que la solicitud ha sido recibida por el órgano competente Cuando el número de las solicitudes formuladas o las personas afectadas pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución, el órgano competente para resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de este, podrán habilitar los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo.
Según el Art. 22 de la ley 39 del PACAP, el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en los siguientes casos: Cuando deba requerirse a cualquier interesado para la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios. Cuando deba obtenerse un pronunciamiento previo y preceptivo de un órgano de la Unión Europea o cuando exista un procedimiento no finalizado en el ámbito de la Unión Europea que condicione directamente el contenido de la resolución Cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por tiempo no superior a 3 meses. Cuando deban realizarse pruebas técnicas o análisis contradictorios o dirimentes propuestos por los interesados, cuando se inicien negociaciones con vistas a la conclusión de un pacto o convenio o cuando sea indispensable la obtención de un previo pronunciamiento por parte de un órgano jurisdiccional para la resolución del procedimiento. todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 22 de la ley 39 del PACAP, el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se suspenderá en los siguientes casos: Cuando una Administración Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la base para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias. Cuando el órgano competente para resolver decida realizar alguna actuación complementaria prevista en el artículo 87 Cuando los interesados promuevan la recusación en cualquier momento de la tramitación de un procedimiento, desde que esta se plantee hasta que sea resuelta por el superior jerárquico del recusado Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 23 de la ley 39 del PACAP, Excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles, el órgano competente para resolver, a propuesta de su superior jerárquico o del órgano instructor, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación hasta un máximo de 6 meses. Excepcionalmente, cuando se hayan agotado los medios personales y materiales disponibles, el órgano competente para resolver, a propuesta de su superior jerárquico o del órgano instructor, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación hasta un máximo de 3 meses. Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, sólo cabrá el recurso de alzada. Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.
Según el Art. 24 de la ley 39 del PACAP, sobre el silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado, este silencio se entenderá estimatorio En los supuestos en los que una norma con rango de ley o una norma de Derecho de la Unión Europea o de Derecho internacional aplicable en España establezcan lo contrario. En los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición En aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se trasfirieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, impliquen el ejercicio de actividades que puedan dañar el medio ambiente y en los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. En el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el transcurso del plazo si, llegado el plazo de resolución de este, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa.
Según el Art. 24 de la ley 39 del PACAP, sobre el silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado Su existencia puede ser acreditada mediante el certificado acreditativo del silencio producido. Este certificado se expedirá de oficio por el órgano competente para resolver en el plazo de 15 días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. El interesado podrá pedirlo en cualquier momento. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento. En los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo. En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio. Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 25 de la ley 39 del PACAP, sobre sobre la falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio.. el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver. En el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados que hubieren comparecido podrán entender estimadas sus pretensiones. En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa no imputable al interesado, se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución.
Según el Art. 28 de la ley 39 del PACAP de los documentos aportados por los interesados, señala la opción incorrecta: Los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, siempre que hayan expresado su consentimiento a que estos sean consultados o recabados. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley aplicable requiera consentimiento expreso. Cuando se trate de informes preceptivos ya elaborados por un órgano administrativo distinto al que tramita el procedimiento, estos deberán ser remitidos en el plazo de quince días a contar desde su solicitud. Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. .
Según el Art. 30 de la ley 39 del PACAP, señala la opción incorrecta: Salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, cuando los plazos se señalen por horas, se entiende que estas son hábiles. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil. Los plazos expresados por horas se contarán desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyendose del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día en que tenga lugar la notificación o publicación del acto del que se trate o aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
Según el Art. 30 de la ley 39 del PACAP, señala la opción incorrecta: Si el plazo se fija en meses o años, estos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si el plazo se fija en meses o años, el plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, se considerará hábil en todo caso. .
Según el Art. 31 de la ley 39 del PACAP, sobre cómputo de plazos en los registros, señala la opción correcta: Las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos permanecerán siempre a disposición de los interesados. Para ello se establecerán unos servicios mínimos para los días inhábiles garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medios electrónicos. El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de su sede administrativa, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible. La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo determinará los días que se considerarán inhábiles. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin importar si el día es considerado hábil o inhábil en el municipio o Comunidad autónoma de residencia del interesado. Todas las opciones son incorrectas.
Según el Art. 31 de la ley 39 del PACAP, el funcionamiento del registro electrónico se regirá por las siguientes reglas: (señala la opción incorrecta) Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas. A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán anteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior. El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración u Organismo. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el documento. Todas las opciones son incorrectas.
Según el Art. 32 de la ley 39 del PACAP, sobre la ampliación de plazos La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos por el tiempo que las circunstancias aconsejen siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Se podrá ampliar el plazo en los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, así como a aquellos que, sustanciándose en el interior, exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero o en los que intervengan interesados residentes fuera de España. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, el plazo se ampliará de oficio, debiendo publicarse en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Según el Art. 39 de la ley 39 del PACAP, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos... desde la fecha de su publicación en el Boletín o Diario oficial correspondiente. desde el día siguiente a su publicación en el BOE o Diario oficial correspondiente desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. desde el día siguiente a la fecha en que se notifiquen a los interesados.
Según el Art. 39 de la ley 39 del PACAP, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos... a) En ningún caso. b) Excepcionalmente, cuando se dicten en sustitución de actos anulados, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. c) Excepcionalmente, cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas. d) b y c son correctas.
Según el Art. 40 de la ley 39 del PACAP, ¿Cuál es el plazo en que debe ser cursada toda notificación? 15 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. 15 días a partir del día siguiente al que fue dictado el acto. 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. 10 días a partir del día siguiente al que fue dictado el acto.
Según el Art. 40 de la ley 39 del PACAP, las notificaciones deberán contener: el texto integro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa la expresión de los recursos que procedan a la resolución, en su caso, en vía administrativa y judicial el órgano ante el que hubieran de presentarse los recursos y el plazo para interponerlos. Todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 40 de la ley 39 del PACAP, ¿puede una notificación contener solamente el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado? No. Toda notificación debe contener también los recursos que procedan y el plazo para interponerlos. No, en ningún caso. Sí, en cualquier caso. Sí, a los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos.
Según el Art. 41 de la ley 39 del PACAP, las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. No obstante, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos en los siguientes supuestos: A) Cuando el interesado obligado a recibir las notificaciones por medios electrónicos así lo pida, ejerciendo su derecho de petición. B) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento. C) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante. D) B y C son correctas.
Según el Art. 41 de la ley 39 del PACAP, las notificaciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de: su envío o puesta a disposición de la recepción o acceso por el interesado o su representante de sus fechas y horas, contenido íntegro y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de la misma. todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 41 de la ley 39 del PACAP, las Administraciones podrán establecer reglamentariamente la obligación de practicar electrónicamente las notificaciones para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas. Incorrecto. Las Administraciones no pueden obligar a nadie a disponer de recursos y/o capacidad suficiente para ser notificados por medios electrónicos. No es correcta esta afirmación. Es correcto. A criterio de la Administración, esta podrá establecer esta obligación. Correcto. Siempre que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Según el Art. 41 de la ley 39 del PACAP, el interesado podrá identificar un dispositivo electrónico y/o una dirección de correo electrónico para la práctica de las notificaciones para el envío de avisos para el envío de avisos y la práctica de las notificaciones todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 41 de la ley 39 del PACAP, en ningún caso se efectuarán por medios electrónicos las siguientes notificaciones: aquellas en las que el acto a notificar no vaya acompañado de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico. las que contengan medios de pago a favor de los obligados cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante. todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 42 de la ley 39 del PACAP, con respecto a las notificaciones en papel, señala la respuesta incorrecta. Todas las notificaciones que se practiquen en papel deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria. Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente este en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de 18 años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. si nadie se hiciera cargo de la notificación en el primer intento, se repetirá este intento por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. En caso de que el primer intento se haya realizado antes de las quince horas, el segundo deberá realizarse después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación. cuando el interesado accediera al contenido de la notificación en sede electrónica, se le ofrecerá la posibilidad de que el resto de notificaciones se puedan realizar a través de medios electrónicos.
Según el Art. 43 de la ley 39 del PACAP, con respecto a las notificaciones a través de medios electrónicos... las notificaciones por medios electrónicos se paracticarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas cuando el interesado confirme la recepción de la misma. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido 15 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido. todas las respuestas son correctas.
Según el Art. 44 de la ley 39 del PACAP, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada esta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el B.O.E la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia. la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el tabón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. la notificación se hará por medio de un anuncio a través de los medios de difusión establecidos por las Administraciones Públicas.
Según el Art. 45 de la ley 39 del PACAP, sobre la publicación de los actos la publicación se hará por medio de un anuncio en el B.O.E la publicación se hará por medio de un anuncio en el diario oficial que corresponda, según cual sea la administración de la que proceda el acto. la publicación se hará por medio de un anuncio en el tabón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. la publicación se hará por medio de un anuncio a través de los medios de difusión establecidos por las Administraciones Públicas.
Según el Art. 47 de la ley 39 del PACAP, ¿Cuáles de estos actos no son nulos de pleno derecho? Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. Los que tengan un contenido imposible los que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.
Según el Art. 48 de la ley 39 del PACAP, ¿Cuáles de estos actos son anulables? Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de esta. Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición. los que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.
Según el Art. 48 de la ley 39 del PACAP, el defecto de forma determinará la anulabilidad a) En todo caso b) cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin c) cuando dé lugar a la indefensión de los interesados d) b y c son correctas.
Según el Art. 52 de la ley 39 del PACAP, sobre la convalidación, ¿cuál de estas afirmaciones es correcta?: La Administración podrá convalidar los actos nulos o anulables subsanando los vicios de que adolezcan El acto de convalidación producirá efecto desde su fecha, salvo lo dispuesto en el art. 39.2 para la retroactividad de los actos administrativos. Si el vicio consistiera en incompetencia no determinante de nulidad, la convalidación podrá realizarse por el órgano competente cuando sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado. Si el vicio consistiese en la falta de alguna autorización, no podrá ser convalidado.
¿Qué artículo de la ley 39 del PACAP regula los derechos del interesado en el procedimiento administrativo? artículo 52 artículo 53 artículo 54 artículo 55.
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