Artículo 78. Práctica de prueba
Asocia:
1. La Administración comunicará a los interesados, _______________
. Artículo 78. Práctica de prueba
Asocia:
2. En la notificación se consignará __________
. Artículo 78. Práctica de prueba
Asocia:
3. En los casos en que, _____________ . La liquidación de los gastos se practicará uniendo los comprobantes que acrediten la realidad y cuantía de los mismos
. Artículo 78. Práctica de prueba
Asocia:
3. En los casos en que, a petición del interesado, deban efectuarse pruebas cuya realización implique gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos, a reserva de la liquidación definitiva, una vez practicada la prueba. _____________
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