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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELey 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal.

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Título del test:
Ley 906 de 2004 Código de Procedimiento Penal.

Descripción:
Tema de Estudio.

Autor:
Richard Robles
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
20/09/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 50
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Temario:
1. Las actividades que adelante la policía judicial, en desarrollo del programa metodológico de la investigación, y que impliquen afectación de derechos y garantías fundamentales, únicamente se podrán realizar con autorización previa proferida por: El juez de conocimiento, a petición del fiscal correspondiente. El juez de control de garantías, a petición del fiscal correspondiente. El fiscal líder de la investigación.
2. Artículo 302, cualquier persona podrá capturar a quien sea sorprendido en flagrancia, deberá conducir al aprehendido en el término de la distancia ante autoridad de policía. esta identificará al aprehendido, recibirá un informe detallado de las circunstancias en que se produjo la captura, y pondrá al capturado dentro del mismo plazo a disposición de la fiscalía general de la nación, si de la información suministrada o recogida aparece que el supuesto delito no comporta detención preventiva, el aprehendido o capturado será liberado por la fiscalía, imponiéndosele bajo palabra un compromiso de comparecencia cuando sea necesario. de la misma forma se procederá si la captura fuere ilegal, esta afirmación es: Verdadero. Falso.
3. Los directores de las entidades que ejercen permanentemente funciones especializadas de policía judicial, en coordinación con el fiscal general de la nación, determinarán los servidores públicos de su dependencia para integrar las unidades correspondientes a esta funciones. esta afirmación es: Falso. Verdadero.
4. Artículo 291, si el indiciado, habiendo sido citado en los términos ordenados por este código, sin causa justificada así sea sumariamente, no compareciere a la audiencia, esta se realizará con el defensor que haya designado para su representación. si este último tampoco concurriere a la audiencia, sin que justifique su inasistencia, el juez procederá a designarle defensor en el mismo acto, de la lista suministrada por el sistema nacional de defensoría pública, en cuya presencia se formulará la imputación, esta afirmación hace referencia a: Desistimiento. Contumacia. Reincidencia.
5. Son algunos elementos materiales probatorios y evidencia física, los siguientes: Huellas, rastros, manchas, residuos, dinero, armas, el mensaje de datos, dejados por la ejecución de la actividad. Todos los elementos recolectados en la investigación. Pisadas, rastros, borrones, residuos, fortuna, armas, el mensaje de datos, dejados por la ejecución de la actividad.
6. ¿No es una medida de aseguramiento, No privativa de la libertad'? La prohibición de salir del país, del lugar en el cual reside o del ámbito territorial que fije el juez. La detención preventiva en la residencia señalada por el imputado, siempre que esa ubicación no obstaculice el juzgamiento. La obligación de someterse a la vigilancia de una persona o institución determinada.
7. Durante la investigación y hasta antes de la instalación de la audiencia de juicio oral se podrá practicar anticipadamente cualquier medio de prueba pertinente, ¿ son algunos de los requisitos ? Que sea practicada ante el juez que cumpla funciones de control de garantías. Que sea solicitada por el fiscal general o el fiscal delegado, por la defensa o por el ministerio público. Que sea por motivos fundados y de extrema necesidad y para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio. Que se practique en audiencia pública y con observancia de las reglas preventivas para la práctica de pruebas en el juicio. La prueba deberá practicarse antes de que quede en firme la decisión del presidente de la república de conceder la extradición. Todas las anteriores.
8. Artículo 300, el fiscal general de la nación o su delegado podrá proferir excepcionalmente orden de captura escrita y motivada en los eventos en los que procede la detención preventiva, cuando por motivos serios y de fuerza mayor no se encuentre disponible un juez que pueda ordenarla, siempre que existan elementos materiales probatorios, evidencia física o información que permitan inferir razonablemente que el indiciado es autor o partícipe de la conducta investigativa. esta afirmación, hace referencia a: Orden de captura. Captura excepcional por orden de la fiscalía. Captura en flagrancia.
9. Artículo 301, NO es un tipo de captura en flagrancia. La persona es sorprendida y aprehendida durante la comisión del delito. Cuando las personas se encuentre en la casa y sean sorprendidas con elementos materiales e ingrese la policía nacional por sospecha. La persona es sorprendida y capturada con objetos, instrumentos o huellas, de los cuales aparezca fundadamente que acaba de cometer un delito o de haber participado en él.
10. Artículo 205, dentro que tiempo la policía judicial deberá presentar, un informe ejecutivo al fiscal competente para que asuma la dirección, coordinación y control de la investigación, sobre esos actos urgentes y sus resultados: Término de la distancia. Doce (12) horas siguientes. Treinta y seis (36) horas siguientes.
11. En los lugares del territorio nacional donde no hubiere miembros de policía judicial de la policía nacional, estas funciones las podrá ejercer la policía nacional, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
12. Artículo 282, el fiscal o el servidor de policía judicial, según el caso, que tuviere motivos fundados de acuerdo con los medios cognoscitivos previstos en este código, para inferir que una persona es autora o part´cipe de la conducta que se investiga, sin hacerle imputación alguna, le dará a conocer que tiene derecho a guardar silencio y que no está obligado a declarar contra sí mismo ni en contra de su cónyuge, compañero permanente o parientes del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad. si el indiciado no hace uso de sus derechos y manifiesta su deseo de declarar, esto se hará en presencia de su abogado. ¿ a qué diligencia hace referencia este texto ? Entrevista. Interrogatorio. Declaración jurada.
13. A quien le corresponde la dirección, coordinación, control jurídico y verificación técnico- científica de las actividades que desarrolla la policía judicial, en la indagación e investigación de los hechos que revistan características de un delito tipo penal. Procuraduría general de la nación. Fiscalía general de la nación. Contraloría general de la nación.
14. Artículo 204, la fiscalía general de la nación, el imputado o su defensor se ap, cuando fuere necesario, en laboratorios privados nacionales o extranjeros o en los de universidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
15. Es lo primero que las autoridades de policía judicial harán para que la fiscalía general de la nación asuma inmediatamente esa dirección, coordinación y control. Un reporte de iniciación de su actividad. Un informe dirigido a la fiscalía Un informe de campo.
16. Artículo 254, ¿ donde inicia la cadena de custodia ? Cuando el fiscal lo declare como elemento material probatorio. El el lugar donde se descubran, recauden o encuentren los elementos materiales probatorios y evidencia física. Una vez se embalen y se rotulen y se lleven al almacén de evidencias.
17. También prestarán apoyo técnico- científico los laboratorios forenses de los organismos de policía judicial, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
18. Artículo 205, los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones de policía judicial, reciban denuncias, querellas o informes de otra clase, de los cuales se infiera la posible comisión de un delito, realizarán de inmediato todos los actos urgentes, tales como inspección en el lugar del hecho, inspección de cadáver, entrevistas e interrogatorios. además, identificarán, recogerán, embalarán técnicamente los elementos materiales probatorios y evidencia física y registrarán por escrito, grabación magnetofónica o fonóptica las entrevistas e interrogatorios y se someterán a cadena de custodia, esto hace referencia a la: Actividad de policía judicial en la indagación e investigación. Actividad de policía judicial en la pesquisa y averiguación. Actividad del programa metodologico.
19. ¿ De qué trata el artículo 301 del presente código ? Tipos de capturas en flagrancia. Ordenes de capturas. Tipos de delitos.
20. Son actuaciones que requieren autorización judicial previa para su realización las siguientes: Inspección corporal, registro personal, procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales. Inspección corporal, registro personal, procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales, inspección de cadáver, interceptación de comunicaciones. Vigilancia y seguimiento de personas, vigilancia de cosas, análisis e infiltración de organización criminal, inspección corporal, registro personal, procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales.
21. El elemento material probatorio y evidencia física, recogidos por agente encubierto o agente infiltrado, en desarrollo de operación legalmente programada, sólo podrá ser utilizado como fuente de actividad investigativa. pero establecida su autenticidad y sometido a cadena de custodia, tiene el valor de cualquier otro elemento material probatorio y evidencia física. esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
22. No será susceptibles de registro los siguientes. Las comunicaciones escritas entre el indiciado, imputado o acusado con sus abogados. Las comunicaciones escritas entre el indiciado, imputado o acusado con las personas que por razón legal están excluidas del deber de testificar. Los archivos de las personas indicadas en los numerales precedentes que contengan información confidencial relativa al indiciado, imputado o acusado. este apartado cobija también los documentos digitales, vídeos, grabaciones, ilustraciones y cualquier otra imagen que sea relevante a los fines de la restricción. Todas las anteriores.
23. Artículo 202, ejercen permanentemente funciones especializadas de policía judicial dentro del proceso penal y en el ámbito de su competencia, los siguientes organismos: La procuraduría general de la nación, el cuerpo técnico de investigación de la fiscalía general de la nación, la policía nacional y el departamento administrativo de seguridad, por intermedio de sus dependencias especializadas. La procuraduría general de la nación, la contraloría general de la república, las autoridades de tránsito, las entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control, los directores nacional y regional del inpec, los directores de los establecimientos de reclusión y el personal de custodia y vigilancia, conforme con lo señalado en el código penitenciario y carcelario, los alcaldes y los inspectores de policía.
24. Artículo 296 finalidad de la restricción de la libertad, la libertad personal podrá ser afectada dentro de la actuación cuando sea necesaria para evitar la obstrucción de la justicia, o para asegurar la comparecencia del imputado al proceso, la protección de la comunidad y de las víctimas, o para el cumplimiento de la pena, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
25. Son actuaciones que no requieren autorización judicial previa para su realización, pero la autorización del fiscal las siguientes: Inspección de cadáver, exhumación, interceptación de comunicaciones, allanamientos, vigilancia y seguimiento de personas, vigilancia de cosas, análisis e infiltración de organización criminal, operaciones encubiertas contra la corrupción, entrega vigilada, actuación de agentes encubiertos, reconocimiento por medio de fotografías o vídeos, reconocimiento en fila de personas. Inspección de cadáver, interceptación de comunicaciones, vigilancia y seguimiento de personas, vigilancia de cosas, análisis e infiltración de organización criminal, inspección corporal, registro personal.
26. Artículo 204, qué entidad de conformidad con la ley y lo establecido en el estatuto orgánico de la fiscalía general de la nación, prestará auxilio y apoyo técnico- científico en las investigaciones desarrolladas por la fiscalía general de la nación y los organismos con funciones de policía judicial. igualmente lo hará con el imputado o su defensor cuando estos lo soliciten. El instituto nacional de peritos y médicos especializados. El instituto nacional de medicina legal y ciencias forenses. El hocen.
27. Artículo 254 ¿ dónde finaliza la cadena de custodia ? Por orden de autoridad competente. Cuando la policía judicial lo considere. Cuando el indiciado o imputado acepte los cargos.
28. Artículo 300, NO es una causal, para la captura excepcional por orden de la fiscalía. El número de delitos que se le imputan y la naturaleza de los mismos. Probabilidad fundada de alterar los medios probatorios. Riesgo inminente de que la persona se oculte, se fugue o se ausente del lugar donde se lleve a cabo la investigación.
29. Artículo 254, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores, identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, embalaje y envío, lugares y fecha de permanencia y los cambios que cada custodio haya realizado, igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos. Falso. Verdadero.
30. Artículo 286, es el acto a través del cual la fiscalía general de la nación comunica a una persona su calidad de imputado, en audiencia que se lleva a cabo ante el juez de control de garantías. La formulación de la imputación. En la audiencia preliminar. El escrito de acusación.
31. Artículo 206, cuando la policía judicial, en desarrollo de su actividad, considere fundadamente que una persona fue víctima o testigo presencial de un delito o que tiene alguna información útil para la indagación o investigación que adelanta, ¿ qué realizará con ella y, si fuere del caso, le dará la protección necesaria ? Entrevista. Interrogatorio. Recepción de denuncia.
32. Artículo 203, ejercen funciones de policía judicial, de manera transitoria, los entes públicos que, por resolución del fiscal general de la nación, haya sido autorizados para ello. estos deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en respectiva resolución, esta afirmación es: Falso. Verdadero.
33. Artículo 206, a la entrevista forense de niños, niñas o adolescentes víctimas de violencia sexu por personal del cuerpo técnico de investigación de la fiscalía general de la nación, entrenado en entrevista forense en niños, niñas y adolescentes, previa revisión del cuestionario por parte del defensor de familia, sin perjuicio de su presencia en la diligencia. Verdadero. Falso.
34. ¿ NO es una medida de aseguramiento, preventiva de la libertad ? Ninguna de las anteriores. La prohibición de salir del lugar de habitación entre las 6:00 pm. y las 6:00 am Detención preventiva en establecimiento de reclusión.
35. Artículo 210, son algunas de las características del informe de investigador de laboratorio. Relación de los instrumentos empleados e información sobre su estado de mantenimiento al momento del examen. Explicación del principio o principios técnicos y científicos aplicados e informe sobre el grado de aceptación por la comunidad científica. Descripción clara y precisa de los procedimientos de su actividad técnico- científica. Interpretación de esos resultados. Todas las anteriores.
36. Artículo 201, órganos de policía judicial permanente, esta funciones de policía judicial permanente las ejercen: La procuraduría general de la nación, la contraloría de la república, las autoridades de tránsito y la policía nacional. El cuerpo técnico de investigaciones de la fiscalía general de la nación, la policía nacional y el departamento administrativo de seguridad,, por intermedio de sus dependencias especializadas.
37. Se entiende que es la función que cumplen las entidades del estado para apoyar la investigación penal y, en el ejercicio de las mismas, dependen funcionalmente del fiscal general de la nación y sus delegados. Policía judicial. Ejercito nacional. C.T.I.
38. ¿ Los tipos de captura son ? Captura en flagrancia, captura excepcional por orden de la fiscalía y captura administrativa. Captura en flagrancia, captura excepcional por orden de la fiscalía y captura por orden judicial. Captura en flagrancia, captura dependiente y captura por orden judicial.
39. Artículo 209, son características del informe del investigador de campo: Relación clara y precisa de los elementos materiales probatorios y evidencia física descubiertos, así como de su recolección, embalaje y sometimiento a cadena de custodia. Descripción clara y precisa de la forma, técnica e instrumentos utilizados en la actividad investigativa a que se refiere el informe. Descripción clara y precisa de los resultados de la actividad investigativa antes mencionada. Acompañará el ,informe con el registro de las entrevistas e interrogatorios que hubiese realizado. Todas las anteriores.
40. ¿ Las comunicaciones del defensor con el imputado se podrán interceptar ? Si. No.
41. La orden del fiscal de prorrogar la interceptación de comunicaciones y similares deberá someterse al control previo de legalidad por parte del juez de control de garantías, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
42. Artículo 271, facultad de entrevistar, el imputado o su defensor, podrán entrevistar a personas con el fin de encontrar información útil para la defensa. en esta entrevista se emplearán las técnicas aconsejadas por la criminalística. la la entrevista se podrá recoger y conservar por escrito, en grabación magnetofónica, en vídeo o en cualquier otro medio técnico idóneo. esta afirmación es: Falso. Verdadero.
43. Los motivos fundados para la orden de registro y allanamiento deberán ser respaldados por al menos: Cuando el fiscal lo considere necesario, o petición de la policía judicial. Informe de policía judicial, declaración jurada de testigo o informante, o en elementos materiales probatorios y evidencia física que establezcan con verosimilitud la vinculación del bien por registrar con el delito investigado.
44. Artículo 274 solicitud de prueba anticipada, el imputado o su defensor, podrán solicitar al juez de control de garantías, la práctica anticipada de cualquier medio de prueba, en casos de extrema necesidad y urgencia, para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio. se efectuará una audiencia, previa citación al fiscal correspondiente para garantizar el contradictorio. se aplicarán las mismas reglas previstas para la práctica de la prueba anticipada y cadena de custodia, esta afirmación es: Falsa. Verdadera.
45. Artículo 365, la orden de interceptación de comunicaciones tendrá una vigencia máxima de: Seis (6) meses, pero podrá prorrogarse, a juicio del fiscal, si subsisten los motivos fundados que la originaron. Tres (3) meses, pero podrá prorrogarse, a juicio del fiscal, si subsisten los motivos fundados que la originaron. Dos (2) meses, pero podrá prorrogarse, a juicio del fiscal, si subsisten los motivos fundados que la originaron.
46. Terminada la diligencia de registro y allanamiento, la policía judicial informará al fiscal que expidió la orden los pormenores del operativo en caso de haber realizado capturas durante el registro y allanamiento, concluidas la diligencia, la policía judicial pondrá inmediatamente al capturado a órdenes del fiscal, junto con el respectivo informe. ¿ cuándo es el tiempo estipulado para que la policía judicial, rinda las diligencias al fiscal ? Termino de la distancia. A las doce (12) horas siguientes. A las veinticuatro (24) horas siguientes.
47. Artículo 207, quienes desarrollaran el programa metodológico de la investigación. El fiscal, con el apoyo de los integrantes de la policía nacional. El inspector, con el apoyo de los integrantes de la policía judicial. El procurador general, el fiscal general y la policía nacional.
48. Artículo 307 , son medidas de aseguramiento: Privativas de la libertad y no privativas de la libertad. Privativas de la libertad, no privativas de la libertad, detención preventiva en establecimiento de reclusión. Ninguna de las anteriores.
49. Artículo 303, no es un derecho del capturado al momento de su aprehensión y por lo tanto no se le debe dar a conocer: Que puede aceptar los cargos y recibir el 50% de rebaja de pena. Del hecho que se le atribuye y motivó su captura y el funcionario que la ordenó. Del derecho a indicar la persona a quien se deba comunicar su aprehensión. el funcionario responsable del capturado inmediatamente procederá a comunicar sobre la retención a la persona que este indique.
50. Para el allanamiento y registro de bienes inmuebles, naves, aeronaves o vehículos automotores que, conforme con el derecho internacional y los tratados en vigor gocen de inmunidad diplomática o consular, el fiscal solicitará venia al respectivo agente diplomático o consular, mediante oficio en el que se requerirá su contestación dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes y será remitido por conducto del ministerio de relaciones exteriores, esto se determina como: Allanamientos especiales. Allanamientos exclusivos. Allanamientos privativos.
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