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Ley General de Educación

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Título del Test:
Ley General de Educación

Descripción:
Para alumnos en preparacion

Fecha de Creación: 2025/12/13

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 22

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Temario:

En la Escuela Primaria “Lic. Benito Juárez García”, el docente de quinto grado informa que tres alumnos no han logrado los aprendizajes esperados en matemáticas. Uno de ellos presenta ausentismo intermitente por motivos laborales de la familia; otro tiene dificultades persistentes de aprendizaje; el tercero se incorporó tarde al ciclo escolar. El docente propone aplicar el mismo examen final a todo el grupo, argumentando que “así se garantiza la igualdad y la calidad”. Algunos padres solicitan que los alumnos con bajo desempeño repitan el grado para no afectar el avance del grupo. Desde los fines de la educación establecidos en la LGE, ¿qué criterio debe orientar la decisión escolar?. Asegurar que todos sean evaluados bajo los mismos parámetros sin excepción. Priorizar el desarrollo integral y el máximo logro de aprendizaje considerando el contexto del alumno. Mantener la organización escolar para evitar inconformidades administrativas.

¿Qué derecho de las niñas, niños y adolescentes debe considerarse prioritario en este caso?. El derecho del grupo a avanzar conforme al calendario escolar. El derecho a recibir educación de excelencia con enfoque inclusivo. El derecho de los padres a decidir la acreditación escolar. El derecho a cumplir los contenidos del programa Sintético acorde a la comunidad escolar.

Desde un enfoque de equidad, ¿qué acción es más congruente en este caso con la LGE?. Aplicar acciones diferenciadas que compensen las condiciones de rezago. Aplicar el mismo instrumento pero dando mayores facilidades para que respondan su evaluación, siendo equitativos. Rediseñar la planeación para atender alumnos con capacidades especiales.

¿Qué tipo de evaluación es la más adecuada según la LGE?. Evaluación formativa orientada a mejorar el aprendizaje. Evaluación sumativa con fines de acreditación. Evaluación punitiva para evidenciar el bajo desempeño.

Si la escuela decide reprobar automáticamente a los alumnos, ¿qué principio se vería comprometido?. Inclusión y equidad educativa. Igualdad y Promoción. Acceso a una educación sin fronteras. Retroalimentación y coevaluación.

En segundo grado, una alumna con discapacidad motriz asiste regularmente a clases. La docente señala que no cuenta con materiales adaptados, por lo que solicita que la alumna realice actividades distintas “para no retrasar al grupo”. Algunos docentes opinan que la responsabilidad corresponde exclusivamente a USAER, mientras que la directora considera que la escuela debe tomar decisiones inmediatas. ¿Qué obligación del Estado y de la escuela está directamente implicada?. Otorgar las facilidades para que la alumna sea atendida por un Centro de Atención Múltiple. Designar personal especializado externo. Garantizar accesibilidad y eliminar barreras para el aprendizaje.

Desde el enfoque de inclusión, ¿qué acción es más pertinente?. Separar a la alumna con actividades paralelas y ajustes razonables. Realizar ajustes razonables dentro del aula regular. Dejar que la alumna se exprese mediante otras formas como el arte, música, baile, etc.

¿Qué error conceptual se identifica al atribuir toda la responsabilidad a USAER?. Solicitar apoyo externo especializado. Priorizar la atención especializada. Desconocer la corresponsabilidad de la escuela regular.

¿Qué principio de la LGE se fortalece al mantener a la alumna en el grupo?. Igualdad en el trato académico. Inclusión y participación plena. Organización administrativa.

¿Qué decisión directiva es más congruente con la LGE?. Orientar a la docente para adecuar materiales y estrategias. Esperar indicaciones formales de instancias superiores. Solicitar el cambio de escuela de la alumna.

Un docente decide no seguir los libros oficiales porque “no se adaptan a su estilo”, pero utiliza libros de editoriales muy buenos . Incumple la obligación de apego a planes y programas. Ejerce autonomía profesional. Innova pedagógicamente. Se le pide que se ajuste a los LTG para que los libros no se queden sin usar.

La evaluación se usa solo para asignar calificaciones finales. Tiene un enfoque formativo limitado. Garantiza objetividad. Tiene un enfoque formativo y limitado. Contraviene el enfoque formativo de la LGE.

Un alumno indígena no participa por dificultad lingüística. Se deben implementar estrategias interculturales. Se debe esperar a que domine el español. Se justifica su inactividad.

La escuela carece de agua potable. Es responsabilidad de la APF y el director. Es un problema administrativo menor. Se vulnera el derecho a un entorno seguro. Se pide a los niños que apoyen llevando agua desde sus casas para no perder clases.

Un padre exige eliminar contenidos socioemocionales. Debe atenderse la solicitud. El currículo es obligatorio y no negociable. Se puede ajustar por acuerdo escolar. Se puede atender su solicitud porque el padre tiene derechos.

Aplicar el mismo examen a todos los alumnos refleja: Desconocimiento del principio de equidad. Justicia educativa. Igualdad formal. Art. 3ro.

Separar a un alumno por bajo rendimiento implica: Adecuaciones necesarias. Organización pedagógica. Atención especializada. Riesgo de exclusión.

La excelencia educativa se relaciona principalmente con: Resultados estandarizados. El mejoramiento constante del proceso educativo. Competencia entre alumnos. El mejoramiento constante del proceso educativo para vivir en un mejor entorno y alcanzar mejores condiciones de vida con un salario digno.

El uso adecuado de materiales educativos implica: Disponibilidad comercial. Preferencia docente. Congruencia con planes y programas.

En un caso de duda normativa, el docente debe priorizar: El interés superior del educando. La comodidad e igualdad operativa. La tradición y contexto escolar. Acuerdos internos tomados por el colectivo docente para que todos esten en la misma sintonia.

Durante una revisión de expedientes escolares, el director detecta que un docente aplica instrumentos de evaluación distintos a los autorizados en el plan y programa vigente, argumentando que obtuvo mejores resultados el ciclo anterior. Antes de validar esta práctica, ¿qué debe verificar el director conforme a la Ley General de Educación?. Que los instrumentos hayan sido efectivos en ciclos escolares anteriores. Que los instrumentos estén alineados a los fines de la educación y a los planes y programas vigentes. Que el docente tenga experiencia suficiente para decidirlo. Que los instrumentos se adecuen a todos los alumnos y atendiendo su nivel de aprendizaje.

En una escuela primaria se reporta que un alumno con discapacidad no recibe apoyos específicos porque “no existe un diagnóstico médico actualizado”. Antes de justificar la omisión, ¿qué debe chequear la autoridad escolar de acuerdo con la LGE?. Si el alumno puede adaptarse sin apoyos. Si el expediente clínico del alumno está completo y vigente, y en caso de que no, solicitarlo. Si la escuela ha implementado medidas de accesibilidad y ajustes razonables independientemente del diagnóstico.

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