Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero Descripción: Test Título II |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
Señale la opción CORRECTA. El Juez de Menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos ni por un tiempo superior a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular. Tampoco podrá exceder la duración de las medidas privativas de libertad contempladas en el artículo 7.1 a) Internamiento en régimen cerrado, b) Internamiento en régimen semiabierto, c) Internamiento en régimen abierto, d) Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto y g) Permanencia de fin de semana, en ningún caso, del tiempo que hubiera durado la pena privativa de libertad que se le hubiere impuesto por el mismo hecho, si el sujeto, de haber sido mayor de edad, hubiera sido declarado responsable, de acuerdo con el Código Penal. A y B son correctas. Ninguna es correcta. No obstante lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 7, la aplicación de las medidas se atendrá a las siguientes reglas: Cuando los hechos cometidos sean calificados de falta, sólo se podrán imponer las medidas de: Señale la opción INCORRECTA. Libertad vigilada hasta un máximo de seis meses. Amonestación, permanencia de fin de semana hasta un máximo de cuatro fines de semana. Prestaciones en beneficio de la comunidad hasta cincuenta horas. Privación del permiso de conducir o de otras licencias administrativas hasta seis meses. La prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el Juez hasta seis meses. La realización de tareas socio-educativas hasta seis meses. Señale la opción CORRECTA. La medida de internamiento en régimen cerrado sólo podrá ser aplicable cuando los hechos estén tipificados como delito grave por el Código Penal o las leyes penales especiales. La medida de internamiento en régimen cerrado sólo podrá ser aplicable cuando tratándose de hechos tipificados como delito menos grave, en su ejecución se haya empleado violencia o intimidación en las personas o se haya generado grave riesgo para la vida o la integridad física de las mismas. La medida de internamiento en régimen cerrado sólo podrá ser aplicable cuando los hechos tipificados como delito se cometan en grupo o el menor perteneciere o actuare al servicio de una banda, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades. Todas son correctas. Señale la opción INCORRECTA. La duración de las medidas no podrá exceder de un año, computándose, en su caso, a estos efectos el tiempo ya cumplido por el menor en medida cautelar, conforme a lo dispuesto en el artículo 28.5 de la presente Ley. La medida de prestaciones en beneficio de la comunidad no podrá superar las cien horas. La medida de permanencia de fin de semana no podrá superar los ocho fines de semana. Señale la opción CORRECTA. Las acciones u omisiones imprudentes no podrán ser sancionadas con medidas de internamiento en régimen cerrado. Cuando en la postulación del Ministerio Fiscal o en la resolución dictada en el procedimiento se aprecien algunas de las circunstancias a las que se refiere el artículo 5.2 (Las medidas terapéuticas) de esta Ley, sólo podrán aplicarse las medidas terapéuticas descritas en el artículo 7.1, d) Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto y e) Tratamiento ambulatorio de la misma. A y B son correctas. Ninguna es correcta. Cuando se trate de los hechos previstos en el artículo 9.2 (Medidas de internamiento en régimen cerrado), el Juez, oído el Ministerio Fiscal, las partes personadas y el equipo técnico, actuará conforme a las reglas siguientes: Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere catorce o quince años de edad, la medida podrá alcanzar tres años de duración. Si se trata de prestaciones en beneficio de la comunidad, dicho máximo será de cien horas, y de doce fines de semana si la medida impuesta fuere la de permanencia de fin de semana. A y B son correctas. Ninguna es correcta. Cuando se trate de los hechos previstos en el artículo 9.2, el Juez, oído el Ministerio Fiscal, las partes personadas y el equipo técnico, actuará conforme a las reglas siguientes: Señale la opción INCORRECTA. Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere dieciséis o diecisiete años de edad, la duración máxima de la medida será de seis años; o, en sus respectivos casos, de doscientas horas de prestaciones en beneficio de la comunidad o permanencia de dieciséis fines de semana. En este supuesto, cuando el hecho revista extrema gravedad, el Juez deberá imponer una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a seis años, complementada sucesivamente con otra medida de libertad vigilada con asistencia educativa hasta un máximo de seis años. Sólo podrá hacerse uso de lo dispuesto en los artículos 13 y 51.1 de esta Ley Orgánica una vez transcurrido el primer año de cumplimiento efectivo de la medida de internamiento. A los efectos previstos en el artículo 10, se entenderán siempre supuestos de extrema gravedad aquellos en los que se apreciara reincidencia. Cuando el hecho sea constitutivo de alguno de los delitos tipificados en los artículos 138, 139, 178 a 183 y 571 a 580 del Código Penal, o de cualquier otro delito que tenga señalada en dicho Código o en las leyes penales especiales pena de prisión igual o superior a quince años, el Juez deberá imponer las medidas siguientes: Señale la opción INCORRECTA. Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere catorce o quince años de edad, una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a cinco años de duración, complementada en su caso por otra medida de libertad vigilada de hasta tres años. Si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere dieciséis o diecisiete años de edad, una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a ocho años de duración, complementada en su caso por otra de libertad vigilada con asistencia educativa de hasta seis años. En este supuesto sólo podrá hacerse uso de las facultades de modificación, suspensión o sustitución de la medida impuesta a las que se refieren los artículos 13, 40 y 51.1 de esta ley orgánica, cuando haya transcurrido al menos, la mitad de la duración de la medida de internamiento impuesta. Cuando el delito cometido lo sea de los tipificados en los artículos 178 a 183 del Código Penal, las medidas previstas en las otras opciones deberán acompañarse de una medida de educación sexual y educación para la igualdad. En el caso de que el delito cometido sea alguno de los comprendidos en los artículos 571 a 580 del Código Penal, el Juez, sin perjuicio de las demás medidas que correspondan con arreglo a esta Ley, también impondrá al menor una medida de inhabilitación absoluta por un tiempo superior entre _______ al de la duración de la medida de internamiento en régimen cerrado impuesta, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el menor. Cuatro y quince años. Seis y quince años. Cuatro y diez años. Seis y diez años. Las medidas de libertad vigilada previstas en el artículo 10 deberán ser ratificadas mediante auto motivado, ¿previa audiencia de quién?. Del Ministerio Fiscal. Del letrado del menor. Del representante de la entidad pública de protección o reforma de menores al finalizar el internamiento. Todas son correctas. Los límites máximos establecidos en el artículo 9 y en el artículo 10.1 serán aplicables, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 7.3 y 4, aunque el menor fuere responsable de dos o más infracciones, en el caso de que estas sean conexas o se trate de una infracción continuada, así como cuando un sólo hecho constituya dos o más infracciones. No obstante, en estos casos, el Juez, para determinar la medida o medidas a imponer, así como su duración, ¿qué deberá tener en cuenta el Juez, además del interés del menor?. La naturaleza de las infracciones. El número de las infracciones, tomando como referencia la más grave de todas ellas. Si pese a lo dispuesto en el artículo 20.1 de esta Ley dichas infracciones hubiesen sido objeto de diferentes procedimientos, el último Juez sentenciador señalará la medida o medidas que debe cumplir el menor por el conjunto de los hechos, dentro de los límites y con arreglo a los criterios expresados en el artículo 11. Todas son correctas. Señale la opción CORRECTA. A los fines previstos en el artículo 11, en cuanto el Juez sentenciador tenga conocimiento de la existencia de otras medidas firmes en ejecución, pendientes de ejecución o suspendidas condicionalmente, impuestas al mismo menor por otros jueces de menores en anteriores sentencias, y una vez que la medida o medidas por él impuestas sean firmes, ordenará al secretario judicial que dé traslado del testimonio de su sentencia, por el medio más rápido posible, al Juez que haya dictado la primera sentencia firme, el cual será el competente para la ejecución de todas, asumiendo las funciones previstas en el artículo 12.2. El Juez competente para la ejecución procederá a la refundición y a ordenar la ejecución de todas las medidas impuestas conforme establece el artículo 47 de esta Ley. Desde ese momento, pasará a ser competente a todos los efectos con exclusión de los órganos judiciales que hubieran dictado las posteriores resoluciones. A y B son correctas. Ninguna es correcta. Señale la opción CORRECTA. El Juez competente para la ejecución, de oficio o a instancia del Ministerio Fiscal o del letrado del menor, previa audiencia de estos e informe del equipo técnico y, en su caso, de la entidad pública de protección o reforma de menores, podrá en cualquier momento dejar sin efecto la medida impuesta, reducir su duración o sustituirla por otra, siempre que la modificación redunde en el interés del menor y se exprese suficientemente a este el reproche merecido por su conducta. Cuando el delito cometido esté tipificado en los Capítulos I y II del Título VIII del Código Penal, sólo podrá dejarse sin efecto la medida si se acredita que la persona sometida a la misma ha cumplido la obligación prevista en el artículo 7.5. En los casos anteriores, el Juez resolverá por auto motivado, contra el cual se podrán interponer los recursos previstos en la presente Ley. Todas son correctas. Señale la opción CORRECTA. Cuando el menor a quien se le hubiere impuesto una medida de las establecidas en esta Ley alcanzase la mayoría de edad, continuará el cumplimiento de la medida hasta alcanzar los objetivos propuestos en la sentencia en que se le impuso conforme a los criterios expresados en los artículos anteriores. Cuando se trate de la medida de internamiento en régimen cerrado y el menor alcance la edad de dieciocho años sin haber finalizado su cumplimiento, el Juez de Menores, oído el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección o reforma de menores, podrá ordenar en auto motivado que su cumplimiento se lleve a cabo en un centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria si la conducta de la persona internada no responde a los objetivos propuestos en la sentencia. A y B son correctas. Ninguna es correcta. No obstante lo señalado en el artículo 14, cuando las medidas de internamiento en régimen cerrado sean impuestas a quien haya cumplido _______ de edad o, habiendo sido impuestas con anterioridad, no hayan finalizado su cumplimiento al alcanzar la persona dicha edad, el Juez de Menores, oídos el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección o reforma de menores, ordenará su cumplimiento en centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria, salvo que, excepcionalmente, entienda en consideración a las circunstancias concurrentes que procede la utilización de las medidas previstas en los artículos 13 y 51 de la presente Ley o su permanencia en el centro en cumplimiento de tal medida cuando el menor responda a los objetivos propuestos en la sentencia. Veinte años. Veintiún años. Veintitrés años. Veinticuatro años. Señale la opción CORRECTA. Cuando el menor pase a cumplir la medida de internamiento en un centro penitenciario, quedarán sin efecto el resto de medidas impuestas por el Juez de Menores que estuvieren pendientes de cumplimiento sucesivo o que estuviera cumpliendo simultáneamente con la de internamiento, si éstas no fueren compatible con el régimen penitenciario, todo ello sin perjuicio de que excepcionalmente proceda la aplicación de los artículos 13 y 51 de esta Ley. La medida de internamiento en régimen cerrado que imponga el Juez de Menores con arreglo a la presente Ley se cumplirá en un centro penitenciario conforme al régimen general previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria siempre que, con anterioridad al inicio de la ejecución de dicha medida, el responsable hubiera cumplido ya, total o parcialmente, bien una pena de prisión impuesta con arreglo al Código Penal, o bien una medida de internamiento ejecutada en un centro penitenciario conforme a los apartados 2 y 3 de este artículo. A y B son correctas. Ninguna es correcta. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben, con arreglo a las normas contenidas en el Código Penal, cuando se trate de los hechos delictivos tipificados en los artículos 138, 139, 179, 180 y 571 a 580 del Código Penal o cualquier otro sancionado en el Código Penal o en las leyes penales especiales: Con pena de prisión igual o superior a cinco años. Con pena de prisión igual o superior a diez años. Con pena de prisión igual o superior a veinte años. Con pena de prisión igual o superior a quince años. Señale la opción INCORRECTA. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben a los cinco años, cuando se trate de un delito grave sancionado en el Código Penal con pena superior a diez años. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben a los tres años, cuando se trate de cualquier otro delito grave. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben al año, cuando se trate de un delito menos grave. Los hechos delictivos cometidos por los menores prescriben a los seis meses, cuando se trate de una falta. Señale la opción INCORRECTA. Las medidas que tengan una duración superior a los dos años prescribirán a los tres años. Las restantes medidas prescribirán a los dos años. La amonestación, las prestaciones en beneficio de la comunidad y la permanencia de fin de semana prescribirán a los seis meses. |