Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEM-LEGISLA-23

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
M-LEGISLA-23

Descripción:
LEGISLACION- EN CONSTRUCCION

Autor:
MCARO
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
28/06/2023

Categoría:
Personal

Número preguntas: 168
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
El Régimen Disciplinario Policial se aplica al personal en actividad, al personal retirado y al dado de baja VERDADERO FALSO.
Ante la atribución de una falta, el empleado policial tiene los derechos de defensa y de debido proceso VERDADERO FALSO.
La L.P.P. estableció en su art. 41 las faltas administrativas leves y en el art. 43 las graves. Esto fue reglamentado por el Decreto 461/15, estableciendo qué acciones u omisiones quedarían comprendidas en cada uno de los incisos, descripciones de carácter enunciativo (en los puntos de cada inciso), pudiéndose incorporar otras conductas no previstas expresamente, pero alcanzadas por la tipificación definida en cada uno de los incisos (lo genérico). VERDADERO FALSO.
Debe aplicar la sanción directa por falta leve el Superior que comprueba la falta VERDADERO FALSO.
Si la falta leve se comete ante varios funcionarios superiores, debe resolver el de mayor grado, y si no, el de mayor antigüedad. VERDADERO FALSO.
Cuando se constata una falta leve, se debe aplicar una sanción directa de corrección, por medio de un informe que es ratificado por un Superior. VERDADERO FALSO.
Cuando un Superior jerárquico constate una falta leve cometida por un subordinado, debe aplicar una sanción directa, salvo que corresponda iniciar otro procedimiento. VERDADERO FALSO.
Las medidas de corrección son la Reconvención escrita, el Apercibimiento simple y la suspensión de empleo. VERDADERO FALSO.
El Jefe de Comisaría puede alterar transitoriamente los servicios internos y externos cuando las circunstancias y necesidades lo exijan. VERDADERO FALSO.
El Oficial de Guardia de la Comisaría es el responsable de la seguridad interna y externa del edificio de la dependencia. VERDADERO FALSO.
Los choferes no pueden transportar a persona ajena a la repartición, salvo expresa autorización del Superior, y deben llevar un “Libro de Choferes”, donde anotan las novedades con que entregan los vehículos. VERDADERO FALSO.
Dentro de un Sumario Administrativo debe llevarse a cabo una audiencia imputativa, en la cual el responsable puede declarar o abstenerse a hacerlo sin que ello implique presunción en su contra; mientras que, en las audiencias testimoniales, si el testigo pertenece a la Policía y se niega a declarar sin causa justificada, puede ser pasible de sanción disciplinaria. VERDADERO FALSO.
El personal que se hallare bajo sumario administrativo en el que se investiga su responsabilidad por falta administrativa no puede participar de los concursos que se convoquen. VERDADERO FALSO.
El permiso exime al empleado de sus obligaciones del servicio por un lapso de hasta dos días por mes y siete días en el año, por cualquier razón atendible a juicio del concedente y no contemplada expresamente por la L.P.P. VERDADERO FALSO.
La licencia anual ordinaria se puede usufructuar cuando el empleado policial tenga un año de antigüedad. VERDADERO FALSO.
Si tengo 19 años de antigüedad me corresponden 35 días de licencia anual ordinaria VERDADERO FALSO.
Quien fue sancionado con suspensión de empleo por falta grave en el año del concurso o en el inmediato anterior no puede presentarse a concursar para el ascenso. VERDADERO FALSO.
La licencia por violencia de género se concede por un plazo de tres días corridos, sin importar la antigüedad en el cargo. VERDADERO FALSO.
La Policía no puede detener o restringir la libertad corporal de las personas, salvo los casos previstos por el Código Procesal Penal y cuando existe orden de autoridad competente. Pero puede hacerlo si hay sospecha o indicios ciertos respecto de personas que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilícito, quienes podrán ser demorados en el lugar o en dependencia policial hasta que se constate su identidad, y por un máximo de 8 horas corridas. VERDADERO FALSO.
Las faltas graves se investigan mediante Sumario Administrativo, y las faltas leves pueden ser investigadas mediante Información Sumaria. VERDADERO FALSO.
Es competente para la aplicación de la sanción directa de corrección el Superior que compruebe la falta. VERDADERO FALSO.
Si la falta se cometiere ante varios funcionarios con esta facultad disciplinaria, deberá resolver el superior que la haya constatado. VERDADERO FALSO.
También podrá imponer sanción de corrección cuando de la investigación realizada se comprobare la comisión de faltas leves por parte del personal policial sometido a procedimiento disciplinario: Tribunal de conducta. Agencia de control policial. Subsecretario de Seguridad Pública.
Todo Superior jerárquico que compruebe una falta grave cometida por un subordinado, deberá aplicar una sanción directa. VERDADERO FALSO.
Todo Superior jerárquico que compruebe una falta leve cometida por un subordinado, deberá aplicar una sanción directa. VERDADERO FALSO.
Comprobada la falta, el superior convocará, dentro de las …… hs al personal policial que la cometió a fin de que en forma verbal efectúe su descargo en dicho acto: 12 HS 24 HS 48 HS 72 HS No hay un tiempo definido para su convocatoria.
¿Quién deberá resolver si corresponde o no la aplicación de una medida disciplinaria de corrección? El Superior. El J.P.P. El titular de la dependencia.
Procedimiento: sanción directa de corrección: lo actuado se labrará acta y en la misma se hará constar la notificación de la resolución tomada al personal policial involucrado, notificándosele conjuntamente su derecho a recurrir la medida impuesta, con indicación del tipo de recurso y el plazo para hacerlo VERDADERO FALSO.
El personal sancionado puede solicitar al Superior que resolvió aquélla la suspensión de su cumplimiento y en su lugar realizar el pago de una multa por su infracción administrativa. VERDADERO FALSO.
De acuerdo con la Pena Alternativa: El Superior evaluará lo solicitado por el personal policial y decidirá, dentro de las siguientes 48 horas, si lo otorga o deniega. La resolución tomada es recurrible. VERDADERO FALSO.
Si se decide la realización de una pena alternativa, el superior deberá establecer según reglamentación: Actividad para realizar, Carga horaria total a cumplir. Forma, plazo y lugar de cumplimiento. Mecanismo y responsable de su control. Todas son correctas.
Tanto la solicitud del personal sancionado, como la resolución tomada por el Superior y, en su caso, lo dispuesto para la realización de la pena alternativa, podrán omitirse de asentamiento en el acta labrada. VERDADERO FALSO.
Si no se cumpliera, en tiempo y forma, con la pena alternativa establecida, se aplicará la medida de suspensión de empleo provisional como agravante. VERDADERO FALSO.
En los casos en que no corresponda la realización de una pena alternativa o ante el incumplimiento de esta, la medida disciplinaria de corrección dispuesta por el superior se aplicará en forma paulatina. VERDADERO FALSO.
El interesado puede recurrir la sanción de corrección dispuesta dentro de los ……. días de la notificación de esta. 2 DÍAS 3 DÍAS 4 DÍAS 7 DÍAS.
Será competente para resolver el Recurso presentado contra las medidas disciplinarias de corrección la Jefatura de Unidad Policial de la cual depende el sancionado. VERDADERO FALSO.
Las formas de presentación del Recurso: Deberá presentarse por escrito, firmado y debidamente fundado. En la presentación se deberá constituir domicilio y se indicarán los datos de la causa. Las disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas. Ninguna es correcta. Todas son correctas.
Las formas de presentación del Recurso: Los puntos de la resolución que se impugnan. Se expresará la aplicación que se pretende, debiendo indicarse separadamente con cada motivo con sus fundamentos. Ninguna es correcta. Todas son correctas.
Recurso. Se presentará por ante el funcionario que dispuso la medida disciplinaria. VERDADERO FALSO.
Solamente las faltas gravísimas se investigan mediante Sumario Administrativo. VERDADERO FALSO.
Las faltas Leves se investigan mediante Sumario Administrativo. VERDADERO FALSO.
Solamente las faltas graves se investigan mediante Sumario Administrativo. VERDADERO FALSO.
Las faltas leves deben ser sancionadas en forma directa por el Superior que las constate o en pueden ser investigadas mediante Información Sumaria. VERDADERO FALSO.
La diferencia sustancial entre Sumario Administrativo e Información Sumaria radica: La Información Sumaria perjudica al personal siendo causal de inhabilitación para su ascenso. El Sumario Administrativo perjudica al personal siendo motivo suficiente para la inhabilitación para su ascenso. Siendo que Información Sumaria no va en detrimento alguno del empleado El Sumario Administrativo no perjudica al personal habilitándolo directamente para su ascenso.
La reincidencia y el concurso de tres o más faltas leves, también se investigan mediante Información Sumaria. VERDADERO FALSO.
La reincidencia y el concurso de dos o más faltas leves, también se investigan mediante Sumario Administrativo. VERDADERO FALSO.
¿Cuándo existe reincidencia de faltas en el empleado policial? Cuando el empleado registra tres sanciones anteriores por falta leve y comete una falta grave en el plazo de seis meses. Cuando el empleado registra dos sanciones anteriores por falta leve y comete una nueva falta leve en el plazo de seis meses. Cuando el empleado registra dos sanciones anteriores por falta Grave y comete una falta leve en el plazo de seis meses. Cuando el empleado registra dos sanciones anteriores por falta Grave y comete una nueva falta Grave en el plazo de seis meses.
¿Cuándo se configura el concurso de Faltas? Cuando el empleado en un mismo hecho comete tres o más faltas leves. Cuando el empleado en un mismo hecho comete dos o más faltas graves. Cuando el empleado en un mismo hecho comete tres a seis faltas leves. Cuando el empleado en un mismo hecho comete tres o más faltas graves.
El tribunal de conducta policial aún no se encuentra reglamentado, por lo tanto, para juzgar la conducta del personal policial ante la presunta comisión de faltas graves, se aplican las normas del Reglamento para Sumarios Administrativos (R.S.A.). VERDADERO FALSO.
Las faltas Graves deben ser sancionadas en forma directa por el Superior que las constate o en pueden ser investigadas mediante Información Sumaria. VERDADERO FALSO.
La responsabilidad inicial de la preservación del lugar del hecho en primera instancia es del “primer personal policial”, que arribe; para luego delegar las actuaciones procesales en el sumariante en turno de la dependencia policial por jurisdicción. VERDADERO FALSO.
Indicio es: Es todo material “sensible significativo” que tiene relación con un hecho delictuoso, constituido por todos aquellos elementos que son localizados y percibidos mediante la aplicación de nuestros sentidos. Es todo material “sensible significativo”, que se aporta con el “testimonio” de los actuantes, que tiene estrecha relación, con un hecho delictivo, aportado por los testigos, etc. Es el aporte policial del despliegue de prevención y aseguramiento del Lugar del Hecho, que resulta “sensible significativo” en la investigación.
Indicio, evidencia y prueba. La Prueba es considerada como tal, por el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, sólo cuando la instancia policial de investigación se lo asegura. En términos Criminalísticos Indicio es sinónimo de Prueba. En términos Criminalísticos Indicio es sinónimo de Evidencia, pero no Prueba. En términos Criminalísticos Indicio es sinónimo de Evidencia, pero no Prueba. El Fiscal del M.P.A., es quién eleva esa evidencia ya analizada a rango de prueba.
¿Quién tiene el control inmediato en el lugar del hecho delictivo? El personal policial de mayor jerarquía que arribe al “Lugar del Hecho”, quién tomará las decisiones y diligencias que estime necesarias. El primer personal policial que arribe al “Lugar del Hecho”, comunicará inmediatamente al superior, a los fines de recibir directivas para el correcto actuar. El primer personal policial que arribe al “Lugar del Hecho”, deberá preservar, custodiar y demás diligencias que estime necesarias, para el correcto actuar.
En la cadena de custodia: Se debe cumplir con cadena de custodia que asegura mediante la entrega al funcionario judicial. Se debe cumplir con un registro minucioso de la posesión y cadena de custodia, asegurándose mediante un sistema de recibos y registros, realizado por el personal de R.P.I. en la prosecución procesal del procedimiento traído por el primer interventor del hecho y luego remitir a pericias. Se debe cumplir con un registro minucioso de la posesión y cadena de custodia, asegurándose mediante un sistema de recibos y registros.
La instrucción genérica dada por la autoridad judicial del MPA, al personal policial, es una diligencia investigativa concreta, que se realiza por un hecho en particular y que requiere de tal asistencia, en la actuación de este, en el “lugar del hecho”. VERDADERO FALSO.
En la zona amplia, pueden permanecer, personal policial, agrupaciones y medios periodísticos. VERDADERO FALSO.
El art. 261 CPP de Santa Fe, establece que los actos irreproducibles exigen medidas procesales únicas, como ser actas, inspecciones, testigos, etc., que el personal policial, debe cumplir en el lugar del hecho. VERDADERO FALSO.
El legajo policial, documenta la investigación suministrando los datos necesarios del hecho y lugar; para que el fiscal del M.P.A., pueda dirigir el debido proceso y asegurar los medios de prueba. VERDADERO FALSO.
Ante el riesgo inminente de pérdidas de los indicios, ¿el personal policial actuante, puede efectuar la recolección de indicios en el lugar del hecho? VERDADERO FALSO.
El croquis: que confecciona el primer interventor, es: Es un dibujo a mano alzada del lugar del hecho o escena del delito, esquemático, orientado con leyenda explicativa, medidas reales y sin usar una escala determinada. Es un plano del lugar del hecho o escena del delito, esquemático, orientado con leyenda explicativa, medidas reales y usando una escala determinada. Es una explicación escrita del lugar del hecho o escena del delito, donde se relata u orienta, mediante medidas aproximadas y una escala determinada.
Zona interior crítica: Sólo permanecerán el Equipo Pericial y Testigos. Sólo permanecerán el Equipo Pericial, Testigos, R.P.I y Fiscal M.P.A. Sólo permanecerán el Equipo Pericial y Testigos, donde el Fiscal del M.P.A., solicitará al Perito Coordinador, ingresar por un canal seguro.
El personal policial que llegue primero al sitio realiza un correcto cordón perimetral y no permite que nadie ingrese en ninguna circunstancia, a excepción de por supuesto de: Peligro real de la vida de alguien partícipe de dicho suceso, ya sea la víctima misma, el victimario o un tercero. El superior que se hace presente debe ingresar a la escena delictiva a los fines de observar detenidamente todo el hecho. El personal actuante, permite a otros policías en calidad de refuerzos, obtener una visión particular del hecho, a los fines de asegurar correctamente la zona.
Preocupaciones básicas en el lugar del hecho, del funcionario policial: Preservar la Vida, Equipos, móviles policiales y protección de la escena. Preservar la Vida, protección de la escena delictiva. Preservar la Vida, Equipos, móviles policiales, protección de la escena delictiva, seguridad de los presentes y del funcionario. Preservar la Vida, seguridad del funcionario y protección de la escena delictiva.
El personal que cumpla el rol de R.P.I., según instrucción general N.º 4 del año 2014 del fiscal general del MPA: Es el interlocutor de la superioridad policial en el Lugar de los Hechos, para que esa instancia informe al Fiscal del M.P.A en turno. Es el interlocutor de la Institución policial en el Lugar de los Hechos, para comunicar lo sucedido a los medios de comunicación. Es el interlocutor del Fiscal del M.P.A., en el caso.
La Dirección de la Investigación ante un hecho delictivo es facultad del: Jefe de Comisaría. Superior en Turno. R.P.I. Ninguna de las opciones es correcta.
Al momento de la recolección de un indicio de cualquier tipo, el personal policial actuante, ¿lo asegurará mediante qué formularios homologados por el M.P.A.?: Formulario Rótulo de Elemento Secuestrado, Formulario Cadena de Custodia Formulario y de Protección. Formulario Acta de Procedimiento y Formularios de Protección. Formulario Rótulo de Elemento Secuestrado y Cadena de Custodia.
Según la instrucción general N.º 4 del año 2014 del fiscal general del M.P.A., la presencia del fiscal en turno del M.P.A., en el lugar del hecho es: Es obligatoria su presencia, a los fines de brindar una correcta guía en la investigación y preservación del Lugar del hecho, debido que es el Director de la Investigación. Su presencia, en el Lugar del Hecho, es una decisión propia, dependiendo el caso, evaluará su concurrencia.
“Lugar del hecho o escenario delictivo” El LUGAR DEL HECHO siempre será considerado potencial ESCENA DEL CRIMEN hasta que se determine lo contrario. El LUGAR DEL HECHO siempre será considerado potencial ESCENA DEL CRIMEN hasta que lo determine la intuición policial. El LUGAR DEL HECHO siempre será considerado potencial ESCENA DEL CRIMEN hasta que el superior presente determine lo contrario.
Criminalística, ciencia que se ocupa del crimen y también es conocida popularmente como: Ciencia psicológica de los detalles, descubre, prueba, explica e identifica, a autor/es y víctima/as. Ciencia auxiliar de la medicina legal, que interpreta los detalles, que descubre, prueba, explica e identifica, a autor/es y víctima/as. La ciencia de los detalles descubre, prueba, explica e identifica, a autor/es y víctima/as.
¿La responsabilidad inicial de la preservación del lugar del hecho en primera instancia, es del “primer personal policial”, que arribe; para luego delegar las actuaciones procesales en el sumariante en turno de la dependencia policial por jurisdicción? Verdadero Falso.
Un policía está autorizado a usar fuerza a los fines de Aprehender a una persona o prevenir la huida de una persona en custodia, si el policía cree razonablemente que la persona ha cometido un delito. Verdadero Falso.
Un policía está autorizado a usar la fuerza a los fines de únicamente defenderse así mismo en el caso de uso inminente de fuerza física. Verdadero Falso.
Código de Conducta para funcionarios encargados de Hacer Cumplir la Ley Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 34/169, de diciembre de: Año 1779 Año 1879 Año 1979.
Patrullas de seguridad: Tendrán como misión ayudar a cumplir la misión de las unidades a las cuales pertenecen, indique cuál de las siguientes acciones: Proporcionar seguridad a personas. Proporcionar seguridad a instalaciones. Proporcionar seguridad a eventos. Establecer y mantener contacto con propia fuerza u OPOs. Todas son correctas.
Antes de iniciar una entrevista, se sugiere que tenga presente observar en todo momento y estar atento a las reacciones y al lenguaje corporal (movimientos) de la persona entrevistada, así como a los efectos que produzcan en ella las preguntas. Verdadero Falso.
En el curso de una entrevista, el siguiente punto puede ayudarle a alentar una conversación: Podrá tocar físicamente al sujeto y si el sujeto es del sexo opuesto, puede interrogarlo a solas, ya que debemos ser más humano y dejar de lado estereotipos de género. Verdadero Falso.
En relación con el Artículo 169 C.P.P. Allanamiento, para realizar la medida judicial en horario hábil está comprendido entre: Las ocho (8) y las veinte (20) horas. Las siete (7) y las veintiún (21) horas. Las siete (7) y las diecinueve (19) horas.
Toda intervención de las fuerzas de seguridad motivadas por violación de conductas relacionadas con estupefacientes deberá aplicar su labor conforme las disposiciones que establece el Código Procesal Penal de la Nación, por ende, ante la presencia de una infracción manifiesta deberá labrar un acta, de acuerdo con las exigencias y formalidades que la ley establece en los: Artículos Nro.: 136 y 137 del Código de Forma. Artículos Nro.: 138 y 139 del Código de Forma. Artículos Nro.: 138 y 139 del Código de Fondo.
De acuerdo con lo connotado Art. N°: 285 C.P.P.N., se considera que hay flagrancia cuando: El autor del hecho únicamente es sorprendido en el momento de intentar cometer un delito. El autor del hecho únicamente es sorprendido mientras tiene objetos o presenta rastros que permitieran sostener razonablemente que acaba de participar en un delito. El autor del hecho es sorprendido en el momento de intentarlo, cometerlo o inmediatamente después; o mientras es perseguido; o mientras tiene objetos o presenta rastros que permitieran sostener razonablemente que acaba de participar en un delito.
Según el Código Penal Argentino, el término estupefacientes comprende: Los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica que se incluyan en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por: Decreto del Poder Ejecutivo Provincial. Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Decreto del Poder Ejecutivo Internacional.
De acuerdo con la terminología táctica como es la organización policial del terreno: Región, Zona, Área y Sector. Aéreo, Acuático y Terrestre. Urbano, Suburbano y Rural.
El principio de necesidad del uso de la fuerza tiene tres componentes, los cuales son: Cualitativo, Cuantitativo y Temporal. Objetivo, Disuasivo y Transitorio. Imparcial, Cualitativo y Temporal.
En las técnicas de abordaje a un vehículo, por regla general, se debe tener presente que no se puede detener la marcha de un vehículo, solo que tenga una infracción previa o que su conductor cometa alguna. Verdadera Falso.
Acorde a lo connotado en el Artículo 212 C.P.P. Aprehensión: La Policía deberá detener a quién sorprenda en flagrancia en la comisión de un delito de acción pública. Verdadero Falso.
De acuerdo con lo expresado en el Artículo 214 C.P.P. Detención: La detención, y en su caso su prórroga, será ordenada por el Juez de Instrucción o Correccional contra aquel imputado respecto del cual estimará que los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria. Verdadero Falso.
De acuerdo con lo expresado en el Artículo 168 C.P.P. Requisa: La requisa personal deberá justificarse fundadamente cuando hubiera motivos razonables para presumir que alguien oculta consigo cosas relacionadas con un delito. Antes de proceder a la requisa se lo invitará a exhibir el objeto cuya ocultación se presume. Verdadero Falso.
Acorde a lo connotado en el Artículo 140 C.P.P.N. Nulidad: “El acta será nula si falta la indicación de la fecha, o la firma del funcionario actuante, o la del secretario o testigos de actuación, o la información prevista en la última parte del artículo anterior. Asimismo, son nulas las enmiendas, interlineados o sobre raspados efectuados en el acta y no salvados al final de ésta”. Verdadero Falso.
Patrullas de largo alcance: Operarán en la zona de responsabilidad de la unidad de la cual dependen, a distancia y/o períodos de tiempo relativamente cortos. Por ejemplo: las patrullas del Comando Radioeléctrico. Verdadero Falso.
De acuerdo con la organización policial del terreno, se define a zona: como el espacio geográfico correspondiente a un departamento político. Verdadero Falso.
De acuerdo con la organización policial del terreno, se define a zona: Espacio geográfico en que se subdivide la región para la ejecución de una operación o servicio. Es el espacio máximo requerido para ejecutar una acción estratégica. Verdadero Falso.
Se define cadena de custodia como el procedimiento controlado y documentado, que se aplica a los indicios materiales relacionados con el delito, desde su localización hasta su valoración por los encargados de su análisis, normalmente perito, y que tiene fin no viciar el manejo que de ellos se haga y así evitar alteraciones, sustituciones, contaminaciones o destrucciones. Verdadero Falso.
De acuerdo con la organización policial del terreno, se define sector: Espacio geográfico en que se subdivide una zona para la ejecución de una operación o servicio. Es el espacio máximo requerido para ejecutar una acción táctica. Verdadero Falso.
El material de estudio indica que antes de realizar la revisión de un vehículo y de sus ocupantes, lo primero que el personal debe hacer es: Reportar a la Central del 911, datos del vehículo, lugar, características y número de ocupantes. Reportar a la Central del 911 que se va a proceder a la identificación de un vehículo. Reportar al Jefe de tercio las acciones que se llevaran adelante.
En la aproximación con un móvil oficial a un vehículo en movimiento para su revisión, se lo debe sobrepasar por el lado derecho y ubicarse a la vanguardia a fin de tomar total visión de sus ocupantes, siempre recordando encender las balizas. Verdadero Falso.
En lo posible, aproximado a un vehículo para su revisión o identificación, el móvil policial se posicionará de 2 a 3 metro detrás del vehículo a intervenir, con un desplazamiento de medio metro hacia la izquierda creando una franja de seguridad y con la dirección del móvil hacia la izquierda. Verdadero Falso.
Entre las medidas de prevención a tener en cuenta para incrementar los niveles de seguridad ante la revisión o identificación de un vehículo se mencionan: Ante el regreso a la unidad desde el vehículo en cuestión, nunca debe darsela espalda al conductor revisado o por revisar, en todo caso, tendrá que caminar volteando constantemente la cabeza hacia atrás. Una vez solicitada la documentación al conductor la tomara con la mano hábil. Pararse frente a la ventana del conductor a fin de solicitar la documentación.
En el descenso de un conductor de un vehículo a identificar/revisar4 en donde existe un grado de certeza de ser responsable de un hecho delictivo, se procederá con directivas para que: apague el motor, deposite las llaves en el techo del vehículo, abra la pueta por fuera, descienda, coloque sus manos en la cabeza y camine de espaldas hacia el móvil, siempre y cuando se pueda proceder de esta manera. Verdadero Falso.
La detención y su prórroga será ordenada por el Fiscal o en su defecto por personal policial, atribución otorgada por el contenido del C.P.P.S.F. Verdadero Falso.
El artículo 212 del C.P.P.P.S.F. otorga la posibilidad de que la Policía proceda a aprehender a quien sorprenda en flagrancia en la comisión de un delito de acción pública. Falso – La Policía debe proceder a la aprehensión. Verdadero – La Policía puede decidir en base a su alto criterio de análisis.
Habiendo procedido a la aprehensión de una persona en flagrancia delito, la Policía cuenta con un lapso máximo de doce (12) horas para dar aviso al Ministerio Publico de la Acusación. Verdadero Falso.
Habiendo procedido a la aprehensión de una persona en flagrancia delito y en el caso de que se trate de un delito de instancia privada, no se le dará aviso al Ministerio de la Acusación hasta que se haya logrado informar al titular de poder instar, siempre y cuando dicha situación no supere las seis horas. Verdadero Falso.
Inspección Judicial: Se confeccionará acta, que describirá, en detalle los datos de utilidad a la causa y, cuando fuera posible se recogerán o conservaran los elementos probatorios útiles. Verdadero Falso.
Facultad de denunciar. – De acuerdo con el C.P.P.P.S.F. podrá efectuar una denuncia, solamente, quien resulte víctima de un delito perseguible de oficio, pudiendo llevar a cabo la misma ante el Ministerio Público de la Acusación o Autoridades Policiales. Verdadero Falso.
Nuestro C.P.P.S.F. exime a los profesionales de la salud de denunciar los delitos contra la integridad corporal de las personas, exista o no la obligación de guardar secreto. Verdadero Falso.
Derechos de la Victima - Se le reconocerá el derecho a ser informado de la participación que puede asumir en el procedimiento, de su estado, situación del imputado y de formular las instancias de acuerdo con las disposiciones del C.P.P.P.S.F. a: A quien invocara verosímilmente su calidad de victima o damnificado, y a quien acreditara interés legítimo en la I.P.P. Solo a quien invocara verosímilmente su calidad de víctima. Únicamente a quien invocara verosímilmente su calidad de damnificado. Exclusivamente a quien acreditara interés legítimo en la I.P.P.
El artículo 80 del C.P.P.P.S.F. especifica que El Fiscal es el único responsable en garantizar los derechos que el articulo 80 contempla a quienes aparezcan como víctima u ofendidos penalmente por el delito. Falso, las autoridades intervinientes garantizaran los derechos del artículo 80. Verdadero, el Fiscal interviniente es único garante y puede delegar en el personal policial esa responsabilidad.
Derechos del Imputados – Los derechos que el C.P.P.S.F. le acuerdan serán comunicados al imputado: Apenas nace su condición de tal. En un lapso no superior a las dos horas. En un lapso no superior a las seis horas.
Art. 168 C.P.P. – Requisa: Debe justificarse fundadamente cuando hubiere motivos razonables para presumir que alguien oculta consigo cosas relacionadas con un delito. Antes de proceder a la requisa Se lo invitara a exhibir el objeto cuya ocultación se presume. No se realiza ninguna acción ya que el artículo no lo contempla. Se procederá a dar lectura a los derechos que el C.P.P.P.S.F. le asiste.
Un memorándum proveniente de la División Operaciones de la Unidad Regional de destino es autorización suficiente para registrar un vehículo en un control de tránsito de rutina. Falso, se deben cumplir los supuestos del artículo 168 del C.P.P.P.S.F. Verdadero, el Memorándum tiene fuerza legal suficiente al provenir de la División Operaciones.
Allanamiento – Salvo cuando el interesado o su representante lo consientan o en los casos graves que no admitan demora por el riesgo de frustrarse la investigación o cuando peligre el orden público. La diligencia podrá comenzar entre Las siete (7) y las veintiún (21) horas. Las ocho (8) y las veinte (20) horas. Las seis (6) y las diecinueve (19) horas.
Testigos – Entre los requisitos Legales para ser Testigo de Actuación en un procedimiento por presunta infracción a la Ley Nacional 23.737/89 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes, se encuentra el ser una personal hábil mayor de veintiún (21) años. Verdadero Falso.
Nulidad - El artículo 104 del Código Procesal de la Nación: … Asimismo son nulas las enmiendas, interlineados o sobre raspados efectuados en el acta y no salvados al final del acta. Verdadero Falso.
El sistema acusatorio, es el proceso que se inicia solo por acción del interesado, el impulso procesal lo efectúa el juez. Verdadero Falso.
La Investigación Penal Preparatoria podrá iniciarse: Por decisión del Ministerio Público Fiscal. Por acción de la Policía. Ambas son correctas. Ninguna es correcta.
El hurto es un delito: De acción pública. Dependiente de instancia privada. De acción privada. Ninguna es correcta.
Tienen el deber de denunciar cualquier delito perseguible de oficio: Toda persona con conocimiento de un hecho delictivo. Solo la víctima. Testigos. Ninguna es correcta.
En el homicidio simple, el resultado va más allá de la intención del autor, el mismo dolosamente debe tener la intención de dañar el cuerpo o la salud de la víctima, pero desde ya que no debe tener intención de matar. Verdadero Falso.
Juan recibe un golpe de puño en el rostro por parte de un vecino, a raíz de esta situación resulta lesionado en su mejilla derecha, causándole un pequeño hematoma, cuyo tiempo de curación no supera los 15 días. ¿Ante qué tipo de lesión nos encontramos? Lesión leve. Lesión grave. Lesión gravísima. Ninguna es correcta.
María se encontraba en la esquina de calle San Martin y Rueda esperando el colectivo para dirigirse a su trabajo, de repente un desconocido se acerca, toca sus partes íntimas y luego comienza a correr y se introduce en un edificio. ¿Ante qué tipo de abuso nos encontramos? Abuso sexual con acceso carnal. Abuso sexual gravemente ultrajante. Abuso sexual simple. Abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual.
El abandono de personas puede agravarse: Si resultare la muerte de la víctima. Si resultare un grave daño en el cuerpo de la víctima. Si resultare un grave daño en la salud de la víctima. Todas son correctas.
Definimos requisa personal como: medida procesal de coerción real por medio de la cual se procura examinar el cuerpo de una persona y las cosas que lleva en sí, consigo, dentro de su ámbito personal, donde para su realización se necesita la autorización del fiscal de turno. Verdadero Falso.
Para los siguientes lugares es necesaria la orden de allanamiento edificios públicos oficinas administrativas los establecimientos de reunión o de recreo ninguna es correcta.
cuando hablamos de apoderare ilegítimamente de 1 o más cabezas de ganado mayor o menor, total o parcialmente ajeno, que se encontrare en establecimiento rurales o, en ocasión de su transporte, desde el momento de su carga hasta el de su destino o entrega, incluyendo las escalas que se realicen durante el trayecto, nos referimos a: Robo. Hurto agravado. Abigeato. Robo agravado.
Cuando hablamos de todo artificio o medio empleado mañosamente para el logro de algún intento, nos referimos a: Error. Ardid. Engaño. Ninguna es correcta.
Cuando hablamos de el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, nos referimos a: Robo. Hurto. Abigeato. Todas son incorrectas.
Pablo se encontraba en el colectivo de la línea 115, antes de bajar se da cuenta que le faltaba la billetera la cual se hallaba en su bolsillo trasero, es allí cuando logra divisar que un desconocido baja velozmente del transporte llevando dicha pertenencia entre sus manos. ¿Ante qué tipo de delito nos encontramos? Robo. Hurto. Robo agravado. Hurto agravado.
En caso de incendio, inundación u otra circunstancia semejante que pusiera en peligro la vida o los bienes de los habitantes, será necesaria la orden de allanamiento, ya que es una morada. Verdadero Falso.
El abuso sexual con acceso carnal se agrava cuando: Cuando el autor tiene conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave y hubiese existido riesgo de contagio. El hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas armadas o de seguridad en ejercicio de sus funciones. Cuando el hecho fuere cometido por dos o más personas o con armas. Todas son correctas.
Cuando hablamos de cuando el abuso sexual, ya sea por su duración o circunstancias de realización, hubiere configurado un sometimiento ultrajante para la víctima, nos referimos a: Abuso sexual con acceso carnal. Abuso sexual simple. Abuso sexual gravemente ultrajante. Abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual.
Juan viajaba en su automóvil rumbo a la provincia de Córdoba, cuando en la ruta colisiona con un camión, produciéndole varias lesiones, entre ellas, la pérdida de ambas piernas. ¿Ante qué tipo de lesión nos encontramos? Lesiones leves. Lesiones graves. Lesiones gravísimas. Ninguna es correcta.
En caso de que un homicidio sea realizado para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito, la pena será menor. Verdadero Falso.
Cuando hablamos de: el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, créditos, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño, nos referimos al delito de: Amenaza. Tráfico de influencias. Cohecho. Estafa.
Cuando hablamos de abusar sexualmente de una persona de uno u otro sexo, cuando ésta fuera menor de 21 años o cuando no mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder o provechándose de que la víctima por cualquier causa haya podido consentir libremente la acción nos referimos a: Abuso sexual simple Abuso sexual con acceso carnal Abuso sexual gravemente ultrajante Abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual Ninguna es correcta.
Cuando hablamos de poner a disposición del sujeto pasivo la oportunidad o los medios para que se prostituyan, como el hecho de procurar el lugar para el ejercicio de la actividad o colaborar con publicidad para el negocio y la captación de clientes, nos referimos a: Facilitación. Prostitución. Promoción. Corrupción. Ninguna es correcta.
Cuando hablamos de todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por acto que haya cometido o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos sufrimientos o dolores sean infligidos por funcionario público, nos referimos a: Vejaciones. Apremios ilegales. Torturas. Severidades. Ninguna es correcta.
La privación ilegítima de la libertad se agrava cuando: El hecho lo cometiera un vecino. Cuando la privación de la libertad fuera por más de una semana. Si se cometiere simulando ser un sacerdote. Si resultare un grave daño en los negocios del ofendido. Ninguna es correcta.
Cuando hablamos de: rigores excesivos en el trato que tienen influencia directa sobre la persona, nos referimos a: Severidades. Vejaciones. Apremios. Torturas. ninguna es correcta.
Cuando hablamos de apoderarse de manera legítima de una cosa mueble total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes, para facilitarlo, en el acto o después de cometerlo para procurar su intimidad, nos referimos a: Robo. Hurto. Hurto agravado. Abigeato. Ninguna es correcta.
Cuando hablamos del funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones, nos referimos a: Apremios ilegales. Cohecho. Exacciones ilegales. Peculado. Todas son incorrectas.
Juan se encuentra circulando con su motocicleta por calle San Martin, al llegar a la intersección de calle La Paz, es envestido por un automóvil, a raíz de dicha colisión Juan queda tendido en el asfalto, en ese momento pasa una señora que observa la mochila del accidentado, con cautela la toma y se retira del lugar, ¿ante qué delito nos encontramos? Robo. Robo agravado. Hurto. Hurto agravado. Ninguna es correcta.
En el sistema inquisitivo el juez: Es quien inicia la investigación juntamente con el fiscal. Es un tercero imparcial, imparcial e independiente. No inicia la investigación. Ninguna es correcta.
El siguiente delito, es un delito de instancia privada: Robo. Incumplimiento de contacto del menor con el padre que no convive. Calumnias. Abuso sexual simple. Ninguna es correcta.
La investigación penal preparatoria (IPP), deberá iniciarse por: El juez. El fiscal. La victima. Ninguna es correcta.
Cuando hablamos del instrumento público que se confecciona indicando, las diligencias practicadas y las circunstancias del hecho, cuya descripción debe ser pormenorizada y minuciosa, nos referimos a: Acta de procedimiento. Denuncia. Declaración testimonial. Hoja de ruta. Ninguna es correcta.
Juan es médico del Hospital de Emergencias “San Martin”, y recibe un paciente con una herida de arma de fuego en el pecho, la cual pone en grave riesgo su vida, ¿Cómo debe actuar el doctor ante esta situación? Tiene la facultad de denunciar. Tiene el deber de denunciar. Debe guardar secreto profesional. Debe hacer un informe a la municipalidad. Ninguna es correcta.
María realiza una denuncia mediante un escrito, el cual deja en un buzón, que se encuentra en la puerta de la comisaria. ¿ante qué tipo de denuncia nos encontramos? Formal. Informal. Nula. Invalida. Ninguna es correcta.
Tienen la facultad de denunciar: Médicos y policías en ejercicio de sus funciones. Victima menor de edad mediante la representación de sus padres o tutores. Tercero con conocimiento de un delito dependiente de instancia privada. Persona mayor de edad con conocimiento de un delito de lesiones de un vecino. Ninguna es correcta.
Cuando el presunto autor de un ilícito fuera sorprendido en el momento de cometer el hecho, nos referimos a: Arresto. Flagrancia. Detención. Aprehensión. Ninguna es correcta.
El allanamiento podrá realizarse mediante orden fundada en los siguientes lugares: Morada, casa, edificios públicos. Morada, casa de negocio, oficinas. Morada, local de asociaciones, establecimientos de recreo. Morada, casa, local de asociaciones.
Las calumnias y las injurias son delitos: De acción privada. De acción pública. Dependientes de instancia privada. Ninguna es correcta.
Arma de Fuego: La que utiliza los gases producidos por la deflagración de la pólvora para impulsar un proyectil a distancia. Verdadero Falso.
Arma de puño de uno o dos cañones de ánima rayada, con su recámara alineada permanentemente con el cañón, puede ser de carga tiro a tiro, de repetición o semiautomática. Pistola. Revolver. Escopeta.
Arma de hombro de uno o dos cañones de ánima lisa, que se carga normalmente con cartuchos conteniendo perdigones. Escopeta FMK 3. FAL.
Arma en la que es necesario oprimir el disparador por cada disparo y el ciclo de carga y descarga se efectúa sin la intervención del tirador. Repetición. Semiautomática. Automática.
Armas de simple acción: Arma de fuego que para funcionar requiere al menos en el inicio, de la intervención previa del tirador para armar su mecanismo de disparo. Debe ser preparada o amartillada. Verdadero Falso.
Las armas cortas que posean este sistema podrán dispararse de dos maneras. Montando manualmente el martillo antes de presionar el disparador o presionando el disparador sin montar el martillo: Simple acción. Doble acción. Simple y doble acción.
Arma de puño de ánima estriada que poseen una serie de recámaras en un cilindro o tambor giratorio montado coaxialmente con el cañón, y un mecanismo hace girar el tambor de modo tal que las recámaras son sucesivamente alineadas con el ánima del cañón. Revolver. Pistola. Pistolón.
Cartuchos: Indique según requerimiento, que elementos constitutivos debe poseer para ser usados por un arma de fuego: Proyectil entero o perdigones y la carga de proyección. La vaina y cápsula fulminante. Proyectil entero o perdigones, la carga de proyección, la vaina y cápsula fulminante. Ninguna es correcta.
Legítimo usuario de armas de fuego: Es la persona física o jurídica, que luego de cumplir las exigencias legales y reglamentarias establecidas, se encuentra autorizada para acceder conforme su categoría a los diferentes actos que la normativa vigente prevé para las armas de fuego (tenencia, transporte, uso, portación, comercialización en sus diferentes modalidades, etc.) Verdadero Falso.
Acción de llevar el arma en condición de uso inmediato en lugares públicos o de acceso público. Portación de arma de fuego. Transporte de arma de fuego. Tenencia de arma de fuego.
Documentación exigible a una persona que porta un arma de fuego legalmente: DNI - Credencial de Legítimo Usuario - redencial de Portación - Tenencia del Arma - Tarjeta de Registro de Consumo de Munición. Verdadero Falso.
Acerrojamiento incompleto: Casi siempre se da cuando el tirador acompaña la corredera y no permite que esta vuelva a su posición original aprovechando toda la fuerza del resorte recuperador. Solución: Se golpea con la palma de la mano la corredera (desde el alza hacia el guion). Verdadero Falso.
Falla de munición: Estando el cartucho en recámara, al presionar el disparador se produce la percusión, pero sin concretar el disparo. Aquí estamos ante una falla de munición por defectos en la producción. Solución: Se golpea la base del cargador hasta sentir el clásico “click” que nos indica que el mismo está retenido. Verdadero Falso.
Falla de munición: Estando el cartucho en recámara, al presionar el disparador se produce la percusión, pero sin concretar el disparo. Aquí estamos ante una falla de munición por defectos en la producción. Solución: Se acciona la corredera y se expulsa el cartucho fallado, alimentando uno nuevo. Si ante una nueva presión en el disparador el disparo no se produce, estamos quizás ante una falla de la aguja percutora. Verdadero Falso.
Recarga táctica: Se utiliza cuando en una situación de combate, se ha disparado toda la munición del cargador y el arma ha quedado abierta. Si además estamos bajo el alcance del arma oponente, esto será una clara situación crítica. Verdadero Falso.
Políticas en el uso de la fuerza. Indique cuales serían los elementos necesarios para considerar antes de hacer uso de la fuerza: Aptitud, Distancia, Peligro inminente y Exclusión de otra solución razonable. Actitud, Recorrido, Riesgo apremiante e Inclusión de otra solución razonable. Aptitud y exclusión de otra solución razonable. Capacidades actitudinales, trayectoria e Inclusión de otra solución razonable.
Principios fundamentales para el uso de la fuerza y de armas de fuego.La policía para el uso de la fuerza se basa en los siguientes principios: Legalidad, Necesidad, Proporcionalidad y Ética. Necesidad y Proporcionalidad. Legalidad y Ética. Ninguna es correcta.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso