Manual del participante
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Título del Test:
![]() Manual del participante Descripción: aviso de funcionamiento |



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Es una obligación administrativa que tiene los particulares de informar a la autoridad sanitaria. Cofepris y coeprises. Cofepris. Coeprises. Que articulo los establecimientos de servicio salud deberán presentar aviso de funcionamiento a la Secretaría de Salud. Art 47 LGS. Art 258. Art 202. Que articulo deberán dar ávido de funcionamiento los establecimientos que No requieran de autorización sanitaria y que mediante acuerdo determine la Sacretaria de Salud. Art 123. Art 200Bis LGS. Art 202. Que articulo todo cambio de propietario de un establecimiento de razón social y denominación de domicilio. Cesión de derechos de productos etc. Art 202 LGS. Art 345. Art 346. Cuantos días hábiles deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria competente. En un plazo no mayor de 30 días. 20 días. 15 días. Profesional de la salud con título universitario, capacitado para la atención y cuidado de la salud, del paciente en materia de medicamentos y demás insumos para la Salud , en algunas de sus obligaciones deberán supervisar verificar que los medicamentos cuenten con registro sanitario número lote y fecha de caducidad. Responsable Sanitario. Responsable. Autoridad Sanitaria. Los servicios y establecimientos de salud, antes de iniciar actividades deben contar con la autorización sanitaria correspondiente previa presentación de la solicitud articulo 198 fracciones 1y 2 227 bis 258 373 374 375. Farmacia. Ninguno. Licencia Sanitaria. Es el establecimiento que se dedica a la comercialización de especialidades farmacéutica incluyendo aquellas que contengan estupefacientes y psicotropicos insumos para la salud en general y productos de belleza. Tienda de abarrotes. Tienda de cosméticos. Farmacia. Establecimiento que se dedica a la comercialización de especialidades farmacéutica incluyendo aquellas que tengan estupefacientes y psicotropicos demás insumos para la Salud,. Botica. Farmacia. Droguería. Establecimiento que se dedica a la preparación y expendio de medicamentos magistrales y oficiales. Botica. Droguería. Farmacia. Cuyo acronimo es AF se refiere a la práctica farmacéutica que implica relación directa entre el personal farmacéutico y el paciente con el propósito de identificar prevenir cualquier problema relacionado con el uso de sus medicamentos. Atencion farmacéutica. Atencion al paciente. Atencion profesional. Es la persona que cuenta con los conocimientos prácticos necesarios para proporcionar la Medicación prescrita por el médico, cuando sea dispensable la receta médica. Dispensación. Asistente en Dispensación. Acto profesional cuyos objetivos son la entrega de insumos para la Salud en las condiciones óptimas y de acuerdo con la normatividad vigente. Y la protección del paciente a la posible aparición de Problemas Relacionados con Medicamentos (PRM). Asistente en Dispensación. Dispensación. El conjunto de actividades relativas a la obtención elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado acondicionamiento, envasada, manipulación, trasporte etc. Proceso. Trasporte. Paso. Proposiona a la poblacion los conocimientos sobre las causas de la enfermedades y los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente. Farmacia. Pueblo. Educación para la salud. Es el servicio mediante el cual el profesional farmacéutico se Responsabiliza de la selección de un medicamento que no necesita receta médica, con el objetivo de aliviar un síntoma a instancia del paciente. Seguimiento farmacéutico. Indicación Farmacéutico. Servicio profesional que tiene como objetivo la detencion de problemas relacionados con medicamentos (PRM). Seguimiento Farmacéutico. Indicacion farmacéutica. Medicamentos, sustancias psicotropicas, estupefacientes y las materias primas y aditivos que intervengan para su elaboración, así como los equipos médicos, prótesis, ortesis, ayudas funcionales,, ,,. Dispositivo Médico. Insumo para la salud. Productos. Sustancia ,mezcla de sustancias, material, aparatos o instrumentos, incluyen a los productos equipo médico, prótesis, ayuda funcionales, agentes de diagnósticos. Dispositivo Médico. Insumo para la Salud. Material o sustancias que se apliquen en la superficie de la piel o cavidades corporales y tengan acción farmacológica o preventiva. Insumo para la Salud. Productos Higiénicos. Es cualquier sustancia o producto, sólido o semisolido, natural o transformado qué proporciona al organismo elementos para la nutrición. Alimento. Suplemento Alimenticio. Son productos a base de hiervas, extractos vegetales, alimentos tradicionales deshidratados o concentrados de frutas , aficionados o no de vitaminas o minerales cuyo finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietetica total. Alimentos. Suplemento Alimenticio. Toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético qué tenga efecto terapéutico preventivo o rehabilitatorio , que se presente en forma farmacéutica y se identifique por su actividad farmacológica. Medicamento. Medicamento Alopatico. Toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético qué tenga efecto terapéutico preventivo o rehabilitatorio características físicas químicas y biológicas y que se encuentre registrado en la Farmacopea de los EUM. Medicamento Alopatico. Medicamento. Los productos elaborados con material vegetal o algún derivados de este cuyo ingrediente principal es la parte Aérea o Subterránea de una PLANTA o extracto y tinturas como jugos ,resinas, aceites grasos y esenciales. Remedio Herbolario. Medicamento Herbolario. Preparado de plantas medicinales o sus partes individuales o combinadas y sus derivados, se le atribuye por conocimiento popular o tradicional el alivio para algunos síntomas participantes o asilados de una enfermedad. Medicamento Herbolario. Remedio Herbolario. Toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético qué tenga efecto terapéutico preventivo o rehabilitatorio y que sea elaborado de acuerdo con los procedimientos de fabricación descrito en la Farmacopea Homeopatica de los EUM. Medicamento. Medicamento Homeopatico. Cualquier preparación producida o sintetizada a partir de organismo biológicos o sus productos ( procedente de células, tejidos, u organismo humanos, animales, bacterias o virales ). Producto de Origen Biológico. Remedios. Producto de origen biotecnologíco. Fármaco, producto farmacéutico o reactivo para diagnóstico en cuyo proceso de producción intervengan organismo vivos o parte de Ellis modificados genéricamente. Producto de origen Biologico. Producto de origen Biotecnologico. Sustancia producida por biotecnología molecular,. Medicamento Biotecnologico o Biomedicamento. Medicamento controlado. Son los medicamentos correspondientes a los grupos I, II, III, del artículo 226 de la ley General de Salud vigente,,. Medicamento Controlado. Medicamento innovador. Medicamento que cuenta con la patente original a nivel mundial. Medicamento innovador. Medicamento controlado. Medicamento indicado por la Secretaria de Salud como tal que cuenta con el Registro Sanitario de dicha dependencia. Medicamento de Referencia. Medicamentos genericos. Es aquel medicamento producido con el mismo fármaco o sustancia activa y forma farmacéutica con Igual concentración o potencia qué utiliza la misma vía de administración decreferencia sin importar el laboratorio fabricante. Medicamento de Referencia. Medicamento Genérico. Son los medicamentos biotecnologicos No innovadores. Medicamento Biocomparable. Medicamento Genérico. Se identifica por sus propiedades físicas, químicas o acciones biológicas que No se presente en forma farmacéutica y que reúne condiciones para su empleo como ingrediente de un medicamento. FARMACO O PRINCIPAL ACTIVO. Adictivo o Excipiente. Es toda sustancia que se incluya en la formulación de los medicamentos y que actúe como vehículo, conservador o modificador de algunas de sus características para favorecer su Eficacia, seguridad, estabilidad, apariencia, o aceptabilidad. Aditivo o Excipiente. Fármaco. Sustancia química producida por un ser vivo ( microorganismos) o por síntesis químicas qué destruye o inhibe el desarrollo de otros microorganismos sensible ( generalmente bacterias) ayudan a las defensas de un individuo hasta que las respuestas locales sean suficientemente para controlar la infección. Medicamento. Antibiótico. Son aquellos compuestos capaces de inhibir una o varias etapas del ciclo de multiplicación viral de la celula huésped,. Antiviral y Antirretroviral. Antiviral. Antirretroviral. Aquellas especialidades farmacéutica cuyo principio activo proviene de Plasmas de donantes humanos sanos a través de un proceso de fraccionamiento y purificación adecuado ,. Problemas. Reacciones. Hemoderivados. Cuyo acronimo es RAMes cualquier respuesta a un medicamento que sea nociva y No intencionada y que tenga lugar a dosis que se aplican normalmente en el ser humano. Reacciones activo de medicamento. Reacciones Adversas medicamentosas. Cuyo acronimo es PRM son los problemas de salud entendidos como resultados clínicos negativos derivados de la farmacoterapia que son producidos por diversas causas. Problemas Relacionados con Medicamentos. Problemas relacionados con microorganismo. Se define como conjunto de sistemas logísticos diseñados que comprenden personal, infraestructura, equipos y procedimientos para mantener los productos en condiciones específicas de temperatura ininterumpidas,,. Red o cadena fría. Refrigerador. Es la acción de dejar constancia de un hecho o acontecimiento, por lo cual el registro esta conformafo y compuesto principalmente por datos e informaciones acerca de ese hecho especifico. Datos. Registro. En los términos de la Ley General de Salud art 376 es una autorización sanitaria con lo cual deberán contar los medicamentos estupefacientes, sustancia psicotropicas y productos que los contengan. Registros. Red. Registro Sanitaria. Es un concepto amplio que abarca la observación de todos los efectos que produce un medicamento tanto benéfico como nocivos. Farmacovigilancia. Tecnovigilsncia. Es garantizar que los dispositivos médicos que se encuentran disponibles en el mercado funcionen de la manera indicada. Tecnovigilancia. Vigilante. Cuyo acronimo es LGS es la presente ley que reglamenta el derecho a la protección de la Salud qué tiene toda persona en los términos del art 4o. Ley de Salud. Ley General de Salud. Cuyo acronimo es RIS tiene por objeto reglamentar el control sanitario de los insumos y de los remedios Herbolarios. Reglamento de Insumo para la Salud. Reglamentos Internos para la Salud. Tiene por objetivo asegurar valores, cantidades y características mínimas o máximas en el diseño producción o servicio de los bienes de consumo entre personas morales o físicas. Norma oficial Mexicana. La Normatividad Mexicana. |




