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Manual de tecnicas y procedimientos

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Título del Test:
Manual de tecnicas y procedimientos

Descripción:
Tecnicas y procedimientos

Fecha de Creación: 2026/03/29

Categoría: Personal

Número Preguntas: 35

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Fenómeno delictivo. Conceptualización del delito teoría del delito clasificación del delito espacios del delito ambientes del delito enfoque social del fenómeno delictivo. Ley de seguridad pública. ¿Manual de tácticas?.

Conceptualización del delito. Derecho penal Delito pena bien jurídico víctima u ofendido directa o indirecta delincuente violencia. ¿Tácticas de policía militar?. Delito Delincuente violencia víctima ofendido.

Es el acto u omisión que sanciona las leyes penales o leyes especiales en otras palabras, es toda conducta que va en contra de lo establecido en los códigos penales y leyes de carácter extraordinario. Delito. Pena. Bien jurídico. Persona fisica.

Entidad legal de un ser humano con derechos y obligaciones legales propias en la sociedad. Persona física. Persona moral. Pena.

Entidad jurídica o legalmente reconocida organización que es considerada con derechos y responsabilidades similares a las de una persona física, puede ser una empresa, institución, Fundación, asociación, sociedad u otro tipo de entidad tienen personalidad jurídica, independiente de sus miembros o propietarios, lo que significa que son responsables de sus propias obligaciones legales y financieras. Persona moral. Persona, física. Pena. Bien, jurídico tutelado.

Es la sanción impuesta por autoridad legítima al que ha cometido un delito o falta se conceptualiza como un castigo impuesto conforme a la ley por los jueces o tribunales, a las y los responsables de un delito consistente en la privación de un bien jurídico por la autoridad legalmente determinada, quien tras el debido proceso aparece como responsable, de una infracción al derecho. Pena. Delito. Bien jurídico. Bien jurídico tutelado.

Es la potestad Del derecho material o inmaterial, objeto de protección de las normas de derecho en este contexto, la legisladora o legislador observa la realidad social y va a depender de su ideología determinar cuáles son, por ejemplo; la vida, la libertad, la honra y la propiedad. Bien jurídico. Bien jurídico tutelado. Derecho, penal. Víctima.

Se utiliza para indicar que aspecto de hecho o interés social va a ser resguardado o Garantizado, por las normas legales, por ejemplo, existen leyes que protegen la propiedad que es el bien jurídico en el caso del delito de robo, es la propiedad privada o el derecho que se tiene sobre esta última. Bien jurídico tutelado. Bien jurídico. Derecho penal. Pena.

Es la disciplina que establece los tipos penales y su correspondiente sanción o conjunta de normas jurídicas que versan sobre el delito y las consecuencias que este acarrea. Derecho penal. Bien jurídico. Pena. Delito.

Describen los diversos grupos de delito, señalan los rasgos distintivos de toda infracción penal, las bases de su magnitud y duración. La pena pena y las medidas de seguridad. La pena. Derecho penal.

Es la persona que directa o indirectamente ha sufrido el menoscabo de sus derechos, producto de una violacion de derechos humanos o de la comisión de un delito. Victima. Victima u ofendido. Victima directa. Victima indirecta.

Se denominará a la que haya sufrido directamente el daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquier puesta en peligro o lesión de sus bienes jurídicos o derechos, como consecuencia de la comisión de un delito o violacion de sus derechos humanos reconocidos por la constitución y los Tratados Internacionales de los que el estado mexicano sea parte. Victima directa. Victima. Victima u ofendido.

Aquella personas física a cargo de la victima que tenga una relación con ella. Victima indirecta. Victima. Ofendido. Victima directa.

Son considerados como victimas, siempre y cuando sean afectados en sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos en la comision de un delito o la violacion de ellos. Los grupos, comunidades y organizaciones sociales. Ofendido. La o el delincuente.

Es la persona fisica o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro, por la acción u omisión prevista en la Ley penal como delito. Ofendido. Victima. La o el delincuente. Las personas vulnerables.

Persona fisica que viola la Ley penal o comete un delito. La o el delincuente. La delincuente. El delincuente. Delincuencia organizada.

Cuando tres o mas personas se organicen para realizar de forma permanente o reiterada conductas que tienen como fin cometer algun delito, en los términos de la Ley de la materia, con una estructura jerárquica y escalonada, y las funciones estan definidas a nivel recursos humanos, materiales y financieros. Delincuencia organizada. La o el delincuente. Delincuentes.

Etimologicamente es la violacion a la Ley penal y la reacción que lo anterior produce por parte de la comunidad y el estado. Crimen. Delito. Bien jurídico. Pena.

Es la conjugación entre la violacion a la Ley penal y la desviación con base en los patrones culturales predominantes consideran la reacción que produce ante la comunidad y el estado. Crimen. Delito. Pena. Violacion a los derechos humanos.

De esta forma determina la realidad jurídica y técnica. Crimen. Delito. Derecho penal. Pena.

Es la persona que transgrede la Ley penal, similar a la o el delincuente; la diferencia radica en que la primera agrede el orden comun o no acata las normas de convivencia o sociales establecidas y el segundo simplemente comete una acción tipificada. Criminal. Delincuente. Crimen. Violencia.

El uso de liberado del poder o de la fuerza física, ya sea en grado de amenaza o afectivo contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos trastornos del desarrollo o privaciones, quedan incluidas las diversas manifestaciones que tiene la violencia como la De género, la juvenil, la delictiva, la institucional, la social entre otras. Violencia. Crimen. Delincuente. Uso de la fuerza.

Teoría del delito. Conducta Tipicidad Antijuricidad Culpabilidad Punibilidad. Antijuricidad Conducta Tipicidad Culpabilidad Punibilidad. Antijuricidad Conducta Tipicidad.

Estudia los criterios del sistema metodológico, que permite interpretar la ley penal para determinar si se ha cometido algun delito. Teoría del delito. Conducta. Tipicidad. Antijuricidad.

Es necesario que la voluntad humana se manifieste en una acción u omision. Conducta. Teoría del delito. Antijuricidad. Culpabilidad.

Adecuacion exacta de la acción u omisión con la descripción del tipo penal establecido en la Ley. Tipicidad. Conducta. Teoría del delito. Antijuricidad.

Calidad de ciertas conductas que no cumplen con lo prescrito por la norma jurídica que las regula. Antijuricidad. Teoría del delito. Conducta. Tipicidad.

Es el nexo intelectual y material que une a una persona con el acto delictivo, mediante el cual es posible reprochar a la persona la ejecución del hecho ilícito. Culpabilidad. Doloso. Culposo. Punibilidad.

El que conoce los elementos del tipo penal, o previamente como el posible resultado típico, quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley. Doloso. Culposo. Culpabilidad.

Produce resultado tipico, que no previo cuando es previsible o previo en que no se produciria, en virtud de la violacion a un deber de cuidado, que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales. Culposo. Doloso. Culpabilidad. Imputable.

Particularidad que surge por tener previsto un castigo en la Ley. Punibilidad. Culpabilidad. Doloso. Culposo.

Merecimiento de una pena, por razón de la comision de un delito. Punibilidad. Culpabilidad. Doloso. Culposo.

Esta se puede adjudicar a la persona con base en dos categorías imputable e inimputable. Punibilidad. Culpabilidad. Culposo. Doloso.

Se le puede atribuir un acto condicionado por la madurez o salud mental, con capacidad para comprender la condición o situación en la que se encuentra la momento del acto u omisión, tal capacidad es de culpabilidad y autoriza al derecho para dirigirle el reproche; a menos que tenga que darse por excluida en virtud de otras causas. Imputable. Inimputable. Punibilidad.

Persona que es incapaz de entender que una acción u omision lesiona un bien jurídico, ya que se encuentra psiquicamente imposibilitado para adecuar su conducta. Inimputable. Imputable. Culposo. Doloso.

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