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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEManuel-O-T2

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Título del test:
Manuel-O-T2

Descripción:
T2 oliqui

Autor:
Manuel
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
03/11/2019

Categoría:
Personal

Número preguntas: 22
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Temario:
Señala la Comunidad Autónoma que, de momento, no tiene bonificación en este impuesto: Madrid. La Rioja. Baleares.
¿Cómo se calcula el valor del usufructo temporal? Es el resultado de calcular un 2% por cada período de un año de usufructo y este porcentaje se aplica sobre el valor del bien en pleno dominio, sin que su valor pueda exceder del 70%.-- Es el resultado de calcular un 5% por cada período de un año de usufructo y este porcentaje se aplica sobre el valor del bien en pleno dominio, sin que su valor pueda exceder del 90%.-- Si el usufructuario es menor de 20 años, el usufructo será el 70% del valor de los bienes. A medida que aumenta la edad, el valor minora en 1% menos por cada año más que tenga el usufructuario, hasta un límite mínimo del 10% del valor de los bienes.--.
Señala la respuesta correcta respecto de las liquidaciones complementarias. Son las que se producen cuando, habiéndose girado con anterioridad liquidación provisional, la comprobación arroje aumento de valor para la base imponible tenida en cuenta en aquélla o cuando se compruebe la existencia de errores materiales que hubiesen dado lugar a una minoración en la cuota ingresada.-- Son aquellas en que se ha practicado comprobación completa del caudal hereditario del causante, integrando en el declarado las adiciones resultantes de las presunciones de los artículos 25 a 28 del Reglamento y el ajuar doméstico.-- Son las practicadas por el liquidador sin tener todos los datos necesarios.--.
Completa la frase. Son residentes en nuestro país las entidades que: Se hayan constituido de acuerdo con las leyes españolas, que tengan en España su domicilio social o que se encuentre en nuestro país su sede de dirección efectiva.-- Se hayan constituido de acuerdo con las leyes extranjeras, que tengan en España su domicilio social o que se encuentre en nuestro país su sede de dirección efectiva.-- Se hayan constituido de acuerdo con las leyes españolas, que tengan en el extranjero su domicilio social o que se encuentre en nuestro país su sede de dirección efectiva.--.
La adquisición del inmueble por la empresa de leasing cuando el transmitente es sujeto pasivo de IVA, el inmueble forma parte de su patrimonio empresarial y la transmisión sí constituye una primera entrega de edificación terminada resulta: Sujeta y no exenta de IVA. No sujeta a IVA. Sujeta y exenta de IVA.
Señala cuál de los siguientes no es un supuesto frecuente de ampliación del régimen de propiedad horizontal: Conversión de un elemento común en privativo. Ejercicio del derecho de sub- o sobre- edificación. La propiedad horizontal tumbada.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedible y cedido a: Los Ayuntamientos. Las Comunidades Autónomas. Los Registros de La Propiedad y Mercantiles.
Conforme a la Ley y el Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un usufructo vitalicio se valorará: En un porcentaje atendiendo a la edad del usufructuario como mínimo del 10 por ciento, y un máximo del 70 por ciento. En un porcentaje atendiendo a la edad del usufructuario con un mínimo del 2 por ciento, y un máximo del 75 por ciento. Ninguna de las anteriores. Los usufructos vitalicios están exentos de tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
La constitución en régimen de propiedad horizontal: Está sujeta a IVA. No está sujeta a ningún impuesto. Está sujeta al Impuesto sobre Actos Jurídicos documentados.
En actuaciones sistemáticas, la cesión de terrenos destinados a viales públicos, parques y jardines públicos: Están sujetas però exentas del IVA, y sujetas a TPO. Están no sujetas al IVA, y sujetas al TPO. Están no sujetas al IVA, y sujetas al AJD.
El plazo para presentación de la documentación relativa al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, es de: Seis meses desde el fallecimiento del causante o un mes desde el momento en que se cause el contrato si es una transmisión inter vivos.-- Un año desde el fallecimiento del causante o dos meses desde el momento en que se cause el contrato si es una transmisión inter vivos.-- Seis meses desde el fallecimiento del causante o desde el momento en que se cause el contrato si es una transmisión inter vivos.--.
Un expediente de dominio no queda sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si: Se acredita haber satisfecho el impuesto, la exención o no sujeción por la transmisión cuyo título se supla con ellos. Es una transmisión inferior a 60.000 euros. El expediente de dominio se refiere a una finca rústica.
Cuando se superponen el derecho de habitación con el derecho de usufructo Sólo se liquida el que tenga mayor valoración. Si se extingue el derecho de habitación antes que el usufructo se practica una liquidación al usufructuario si aumenta su valor. Disminuye la valoración de la nuda propiedad.
La prescripción de las donaciones: No cabe la prescripción de las donaciones a efectos tributarios.-- Se produce por el transcurso del plazo genérico de cinco años a partir del momento en que su fecha conste de manera fehaciente.-- Se produce por el transcurso del plazo genérico de cuatro años a partir del momento en que su fecha conste de manera fehaciente.--.
En la sustitución fideicomisaria la liquidación se practica igual que en el usufructo excepto que el fiduciario o el fideicomisario no lleguen a suceder, ya que entonces solo se tributa por el pleno dominio. Verdadero. Falso.
Conforme al artículo 255 de la Ley Hipotecaria, cuando se aporta un documento al Registro sin que se acredite el pago del impuesto: Se permite el asiento de presentación, pero se suspende la calificación. Se permite el asiento de presentación, y se deniega la inscripción. Se permite la calificación, pero no la inscripción.
La agrupación de comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal para constituir un conjunto inmobiliario: Está sujeta a AJD por la constitución de la PH y la constitución del conjunto inmobiliario.-- Está sujeta a AJD por la constitución de la PH pero no sujeta por la constitución del conjunto inmobiliario.-- Ninguna de las anteriores.--.
A título de contribuyente, en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el sujeto pasivo obligado al pago es: El causahabiente, el donatario o el beneficiario de seguros de vida. El albacea, el donatario o el contratante de seguros de vida. El presentante de la documentación.
En el caso de la renuncia a la herencia, sea gratuitamente o por precio, como el renunciante no recibe la herencia, se excluye su tributación por el impuesto de donaciones, sin perjuicio de la tributación que corresponda al favorecido. Verdadero. Falso.
Conforme a la Ley y el Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un usufructo temporal se valorará: Un 2 por ciento del valor de los bienes por cada año, sin que pueda exceder el 70 por ciento. Un 5 por ciento del valor de los bienes por cada año, sin que pueda exceder el 70 por ciento. Un 70 por ciento del valor de los bienes.
Conforme a la Ley y el Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un usufructo vitalicio se valorará: En un porcentaje atendiendo la edad del usufructuario con un mínimo del 10 por ciento, y un máximo del 70 por ciento.-- En un porcentaje atendiendo la edad del usufructuario con un mínimo del 2 por ciento, y un máximo del 75 por ciento.-- Ninguna de las anteriores. Los usufructos vitalicios están exentos de tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.--.
La ampliación de un préstamo que suponga para el prestatario un incremento patrimonial: Queda sujeta a TPO. Queda sujeta a AJD. Queda sujeta y exenta de IVA y sujeta a AJD.
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