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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEManuel-O-T4

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Título del test:
Manuel-O-T4

Descripción:
T4 oliqui.

Autor:
Manuel
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Fecha de Creación:
10/11/2019

Categoría:
Personal

Número preguntas: 22
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Temario:
Señala la respuesta correcta. La tramitación en la gestión del ISD. --Es exactamente igual para adquisiciones mortis causa e inter vivos. --Se procede de modo muy parecido con la única excepción de que para la práctica de las liquidaciones definitivas se exigirá comprobación completa del caudal hereditario del causante, a efectos fiscales, debiendo procederse a la integración del caudal declarado con las adiciones que resulten de las presunciones de los artículos 25 a 28 del Reglamento y, en su caso, con el ajuar doméstico. --Supone que cuando sea necesaria la aportación de nuevos datos o antecedentes por los interesados, se les concederá un plazo de un mes para que los acompañen.
El plazo para la presentación de las declaraciones-liquidaciones, junto con el documento o la declaración escrita sustitutiva del documento será con carácter general de… --60 días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato. --30 días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato. --15 días hábiles a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato.
Qué significado tiene el cierre registral en este impuesto. --Que no se admitirá ningún documento a inscripción sin que se acredite el pago del impuesto, su exención o no sujeción. --Que el registro siempre quedará cerrado para este tipo de actos. --Que se admitirá siempre la inscripción de los documentos sujetos a estos actos, menos cuando se acredite que están sujetos a alguna exención.
Las certificaciones a favor del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y municipios: Habitualmente son supuestos de no sujeción al impuesto. Habitualmente están sujetas a TPO. Habitualmente están exentas dada la exención subjetiva de la que gozan dichas entidades.
La escritura pública de deslinde que no contiene permutas ni reconocimientos de dominio: No está sujeta el impuesto. Está sujeta a IVA. Está sujeta al impuesto por TPO.
Las aportaciones de terrenos a juntas de compensación, reparcelaciones y agrupaciones de interés urbanística si la aportación implica transmisión de dominio a favor de la entidad urbanizadora o administración actuante por particulares: --Es una entrega de bienes sujeta a IVA. --Es una entrega de bienes no sujeta a IVA y sujeta a TPO. --Es una entrega de bienes no sujeta a IVA y sujeta y exenta de TPO.
Indica cuál de las siguientes relaciones es correcta respecto de los derechos reales de goce y disfrute SUJETOS y no exentos en el IVA en bienes inmuebles: No sujeción a TPO, sujeción a AJD si se formaliza en escritura pública. Sujetos a TPO y AJD. No sujeción a TPO ni a AJD.
Indica cuál de los siguientes hechos imponibles NO están SUJETOS a TPO: --La trasmisión onerosa de derechos reales. --La constitución onerosa de derechos reales según establece la letra B) del artículo 7.1 del TR. --Las modificaciones de derechos reales que no supongan un incremento patrimonial para su titular.
Señala la respuesta correcta. La modificación de deudores: --Queda sujeta a TPO. --No queda sujeta a TPO, aunque sí que puede incidir en el ISD o AJD. --No queda sujeta a TPO y tampoco puede incidir en el ISD o AJD.
En el Impuesto de Sucesiones y Donaciones el sujeto pasivo obligado al pago es: --El presentante de la documentación. --El albacea, el donatario o el contratante de seguros de vida. --El causahabiente, el donatario o el beneficiario de seguros de vida.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones prescribirá conforme al Reglamento Tributario: A los cuatro años, más seis meses. A los cinco años. A los diez años, más seis meses.
Conforme a la Ley y el Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un usufructo temporal se valorará: --Un 1 por ciento del valor de los bienes por cada año, sin que pueda exceder del 75 por ciento. --Un 2 por ciento del valor de los bienes por cada año, sin que pueda exceder del 70 por ciento. --Un 70 por ciento del valor de los bienes.
Conforme al texto refundido de la Ley sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los expedientes de dominio están sujetos: El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No están sujetos a liquidación alguna.
La base imponible en la distribución de responsabilidad hipotecaria a consecuencia de la constitución en un inmueble en régimen de propiedad horizontal: No está sujeta a impuesto alguno. Es un sesenta por ciento del principal. Es la total responsabilidad hipotecaria.
Conforme al texto refundido de texto refundido de la Ley sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los préstamos concedidos por particulares están sujetos: Al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y IVA. Al IVA. Al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
La extinción de préstamos: --Quedo sujeto y exento al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. --Queda sujeto y exento del IVA. --Queda no sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Conforme al artículo 99 del Reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, los documentos que contengan actos o contratos de los que resulte la existencia de un incremento de patrimonio: --No se admitirán ni surtirán efecto en oficinas o registros públicos sin que conste en ellos la nota de presentación en la oficina competente para practicar la liquidación. --No se admitirán ni surtirán efecto en oficinas o registros públicos sin que conste en ellos la nota de haber hecho el pago en la oficina competente para practicar la liquidación. --Podrán ser admitidos y surtirán efecto en oficinas o registros públicos aún sin que conste en ellos la nota de presentación en la oficina competente.
La adquisición de un inmueble por la empresa de leasing en un leasing inmobiliario no está sujeta a IVA: --Cuando el transmitente no es sujeto pasivo de IVA, resultando entonces sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. --Cuando el transmitente es sujeto pasivo de IVA y el inmueble forma parte de su patrimonio empresarial. --En ningún caso.
Para evitar que se pueda eludir la progresividad del Impuesto sobre las Donaciones: --Se acumulan las donaciones realizadas por un donante al mismo donatario en el plazo de tres años para considerarlas como una sola transmisión. --Se acumulan las donaciones realizadas por un donante al mismo donatario en el plazo de cuatro años para considerarlas como una sola transmisión. --Se acumulan las donaciones realizadas por un donante al mismo donatario en el plazo de seis años para considerarlas como una sola transmisión.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedible y cedido a: Las Comunidades Autónomas. Los Ayuntamientos. Los Registros de la Propiedad y Mercantiles.
Los contratos de arrendamiento financiero vigentes: --No pueden cederse, transmitirse ni hipotecarse en ningún caso. --Solamente pueden cederse, transmitirse o hipotecarse si así estuviera previsto en el propio contrato y lo autorizare el Banco de España. --Pueden cederse a título oneroso y tal cesión produce un hecho imponible, como prestación sujeta a IVA.
En la ampliación de Propiedad Horizontal la base imponible será: El valor total del inmueble. El valor de los nuevos departamentos privativos. El valor de la obra nueva tras la ampliación.
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