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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEManuel-P-T3

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Título del test:
Manuel-P-T3

Descripción:
T3 Prop.

Autor:
Manuel
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
04/11/2019

Categoría:
Personal

Número preguntas: 47
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Temario:
Los artículos básicos que regulan la figura del tercero en la Ley Hipotecaria son: El 33 y el 34. El 32 y el 34. El 9 y el 34.
Indica cuál de los siguientes requisitos no es exigible para que el título formal tenga acceso al Registro de la Propiedad: Ha de ser fundamento inmediato del derecho que va a ser objeto de inscripción. Ha de ser un documento público autorizado por notario o empleado público competente, con las solemnidades requeridas por la ley. Puede inscribirse el título sin que se haya liquidado los impuestos.
Indica la afirmación correcta. El Registro de la Propiedad español se lleva por folios. El Registro de la Propiedad español se lleva por personas. El Registro de la Propiedad español se lleva por fincas.
Señala la afirmación correcta: La documentación gráfica no sólo localiza el dominio inmobiliario, sino que permite su perfecta identificación con información urbanística y medioambiental.-- La documentación gráfica sólo localiza el dominio inmobiliario, sin información urbanística y medioambiental.-- La documentación gráfica no sólo aporta perfecta información urbanística y medioambiental.
El plazo máximo para calificar es de: DIEZ DÍAS contados desde: a) La fecha del asiento de presentación, o, b) La fecha de devolución del título, si se retira antes de la inscripción, o, c) La fecha de la subsanación, si tiene defectos subsanables, o, d) La fecha de despacho de un título pendiente, presentado con anterioridad, que debe ser despachado previamente.--- QUINCE DÍAS contados desde: a) La fecha del asiento de presentación, o, b) La fecha de devolución del título, si se retira antes de la inscripción, o, c) La fecha de la subsanación, si tiene defectos subsanables, o, d) La fecha de despacho de un título pendiente, presentado con anterioridad, que debe ser despachado previamente.-- QUINCE DÍAS contados desde: a) La fecha del asiento de inscripción, o, b) La fecha del pago del impuesto correspondiente, o, c) La fecha de la aportación de los documentos complementarios, o, d) La fecha de despacho de un título pendiente, presentado con posterioridad, que debe ser despachado previamente.--.
Si llegan fuera de las horas en que el Registro esté abierto al público y al mismo tiempo documentos presentados por telefax, y por vía telemática, y al día siguiente se presenta otro a las 12 horas por correo, señale cuál tiene prioridad en opinión de la doctrina dominante: Los tres tienen la misma prioridad.-- El documento presentado por telefax tiene prioridad, dado que señala la hora exacta de recepción.-- El documento que se presenta telemáticamente tiene prioridad, porque el fax no señala la hora exacta de recepción del documento y el presentado por correo se abrirá al día siguiente cuando se reciba.--.
Señala las tres figuras que reconoce la ley en el artículo 241 del Reglamento hipotecario dentro del rango hipotecario: Conmutación, permuta y posposición de rango. Reserva, permuta y posposición de rango. Conmutación, igualdad y posposición de rango.
¿Cuál de los siguientes no es, según la legislación hipotecaria un medio inmatriculador? El acta de notoriedad complementaria del título público adquisitivo. El expediente de dominio. El doble título público traslativo.
En los casos de modificación de la cuota, … Se exige siempre el consentimiento individualizado de todos los propietarios en escritura pública.-- Es suficiente en todos los casos el acuerdo de la junta de propietarios como acto colectivo por unanimidad.-- Se exige consentimiento individualizado de todos los propietarios en escritura pública cuando afecta al contenido esencial del derecho de propiedad.--.
¿Dónde se regula la inscripción de actos de naturaleza urbanística? En el RD 4 de julio de 1997. En la LH. En el RD 4 de julio de 1997, Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana de 30 de octubre de 2015 y Ley de Ordenación de la Edificación.
Señala la afirmación falsa: La inscripción de bienes demaniales de entidades públicas es obligatoria. La inscripción de bienes de patrimoniales de entidades públicas es obligatoria. La inscripción de arrendamientos de bienes de entidades públicas es obligatoria.
Cuál es el título inscribible del derecho de usufructo constituido por acto inter-vivos: Certificación administrativa. Escritura pública. Título sucesorio acompañado de los documentos complementarios y documento público de aceptación.
Indica los documentos necesarios, según la ley, para la inscripción de las particiones: Solamente la escritura pública y el acta de protocolización de operaciones particionales.--- Exclusivamente el título sucesorio y los documentos complementarios.--- El título sucesorio, el certificado de defunción, el certificado del RGAUV y el documento en el que se haya formalizado la partición.---.
Para hacer constar la condición de soltero, viudo, separado o divorciado del sujeto en la inscripción… Se exige sentencia judicial que lo acredite.--- Acta notarial que lo reconozca.--- Basta con la mera manifestación del interesado consignada en el título.---.
El título para la práctica del correspondiente asiento de la declaración de concurso es: La certificación administrativa.--- El mandamiento expedido por el Letrado de Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil, que expresará si la resolución administrativa es o no firme y la certificación telemática del contenido de la resolución judicial, expedida por el Registro Mercantil y remitida al Registro de la Propiedad, cuando en el mandamiento consten datos de los bienes inscritos a nombre del deudor suficientes para que, en el Registro competente, se practiquen los respectivos asientos.--- La escritura pública correspondiente.---.
La anotación preventiva de embargo tiene una vigencia de: 4 años prorrogables. 6 años prorrogables. 8 años improrrogables.
Una vez concluido el pleito si se desestima la demanda…. Se cancelará la anotación en virtud del testimonio de la sentencia firme o del correspondiente mandamiento, consolidándose los asientos posteriores.--- Deberán cancelarse los asientos posteriores.--- Se condicionan la eficacia de los actos dispositivos inscritos con posterioridad y obviando la aparición de terceros protegidos frente a la sentencia favorable al demandante.---.
¿Quiénes no están legitimados, según la ley, para pedir la anotación preventiva de legado? El legatario de parte alícuota. El legatario de inmuebles específicamente legados. El legatario de género o cantidad.
La rectificación del error de concepto se produce…. Mediante la conversión del asiento.--- Citando las palabras materialmente equivocadas.--- De igual modo que la del error material, pero citando, en lugar de las palabras equivocadas, todo el concepto que se haya de rectificar.---.
Señala la afirmación falsa. Al Registro de la Propiedad sólo accederán las cláusulas de trascendencia personal.--- Al Registro de la Propiedad sólo accederán las cláusulas de trascendencia real.--- La escritura de constitución de hipoteca puede contener todas las cláusulas que las partes tengan por conveniente siempre que no sean contrarias a las leyes, moral y orden público.---.
Los procedimientos que permiten hacer efectivo el crédito hipotecario son: El procedimiento declarativo, el procedimiento ejecutivo ordinario, el procedimiento de ejecución directa, el ejercicio del pacto comisorio y la realización extrajudicial.--- El procedimiento declarativo, el procedimiento ejecutivo ordinario siempre obligatoriamente cuando se den los presupuestos para ello, el procedimiento de ejecución directa y la realización extrajudicial.--- El procedimiento declarativo, el procedimiento ejecutivo ordinario, el procedimiento de ejecución directa y la realización extrajudicial.---.
Señala las formalidades generales de la cancelación de las hipotecas voluntarias: Sentencia, documento privado, capacidad de obrar, no hace falta expresar la causa de la cancelación.--- Consentimiento del acreedor (aunque en algunos casos cabe sentencia contra la cual no se halle pendiente recurso de casación), escritura pública, capacidad de obrar y poder de disposición, expresión de la causa de cancelación.--- Sólo consentimiento del acreedor (no cabe sentencia), escritura pública, capacidad de obrar y poder de disposición, no es precisa la expresión de la causa de cancelación.---.
¿La nota simple informativa es un documento público? Evidentemente, cualquier documento que expide un Registro de carácter jurídico está revestido de esa cualidad.--- No, tiene un valor meramente informativo, sin dar fe del contenido de los asientos.--- Si, ya que es el documento público expedido por el registrador de la propiedad que constituye el único modo de acreditar en perjuicio de tercero la libertad o gravamen de una finca y su titularidad, haciendo prueba plena del contenido de los asientos registrales.---.
Qué reducción de honorarios se aplica por inscripción fuera de plazo. Un 30%. Un 20%. Un 50%.
Son inscribibles en el Registro de la Propiedad: Las limitaciones legales o institucionales de la propiedad. Las servidumbres aparentes. Los derechos de usufructo, uso y habitación.
No cabe inscribir en el Registro de la Propiedad un documento privado con legitimación de firma, cuando se trate de: Distribución de responsabilidad hipotecaria entre varias fincas. Títulos referentes al mero o simple hecho de poder. Manifestación de herencia del heredero único en instancia privada.
Ante la calificación registral negativa el interesado puede: Instar la calificación sustitutoria, presentar recurso judicial o presentar recurso gubernativo. Sólo cabe recurso judicial. Instar la calificación sustitutoria a presentar una queja al Decanato autonómico.
La anotación de suspensión por defecto subsanable caduca: A los dos meses naturales, prorrogables por otros seis por causa justa y en virtud de providencia judicial.--- A los sesenta días, prorrogables hasta ciento ochenta días por causa justa y en virtud de providencia judicial.--- A los sesenta días sin posibilidad de prórroga.---.
Para inscribir una agregación, las partes agregadas deben sumar como máximo: Diez veces la extensión de la finca a la que se agregan. Cinco veces la extensión de la finca a la que se agregan. Dos veces la extensión de la finca a la que se agregan.
Conforme al artículo 415 del Reglamento Hipotecario, los libros de actas de las Juntas de Propietarios en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal: No se diligencian en el Registro de la Propiedad. Deben diligenciarse necesariamente antes de ser utilizados. Pueden diligenciarse aun estando parcialmente utilizados.
Uno de los requisitos exigibles para que el título formal pueda tener acceso al registro de la propiedad es que: Vaya extendido en papel timbrado. Conste redactado en idioma castellano. Reúna los requisitos exigidos por las leyes fiscales.
Señalar la verdadera: Todas las servidumbres, legales y voluntarias, han de ser inscritas en el registro de la propiedad para que produzcan efectos frente a terceros.--- Los retractos legales pueden perjudicar a terceros aunque no estén inscritos en el Registro.--- La publicidad que proporciona el Registro es siempre superior a la que confiere la ley, al ser el Registro la institución encaminada por ley a la publicidad de los derechos reales sobre bienes inmuebles.---.
En el registro de la propiedad: Puede inscribirse todo tipo de derechos, personales o reales.--- Nunca se inscriben derechos personales, debiendo ser expulsados del mismo.--- Se inscriben aquellos derechos personales que tienen relación con los derechos reales.---.
De acuerdo con el artículo 113.1 de la ley 33/2003 las adquisiciones que realicen las Administraciones Públicas por negocio jurídico se formalizarán: En escritura pública.--- En documento administrativo.--- Las Administraciones Públicas no pueden realizar negocios jurídicos adquisitivos de bienes o derechos en virtud de negocio jurídico inter vivos.---.
El artículo 1 de la Ley Hipotecaria señala que El Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción, anotación y cancelación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.--- El Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos, contratos y certificaciones administrativas relativas al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.--- El Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.---.
La concesión administrativa, como acto administrativo en virtud del cual se crea sobre bienes de dominio público y a favor de un particular un derecho subjetivo de uso, aprovechamiento o explotación exclusiva de aquel bien: Tiene acceso al registro de la propiedad solamente en el caso de que tenga carácter inmueble.--- Al recaer sobre bienes de dominio público no tiene acceso al registro de la propiedad.--- Solo puede inscribirse en el registro de la propiedad si así está previsto en función de la naturaleza del bien sobre el que se constituye la concesión administrativa.---.
Al consolidarse el pleno dominio por extinción del derecho de usufructo en la persona del nudo propietario: Basta con que se haga constar así en el registro de la propiedad mediante la práctica de la pertinente inscripción para publicar la extinción del derecho de usufructo que constaba inscrito.--- Se practicará una inscripción de cancelación del derecho de usufructo y de su consolidación con la nuda propiedad y, además, al margen de la inscripción de esta, se extenderá una nota de referencia.--- Se dejará constancia de ello en el libro de personas físicas que se ha de llevar obligatoriamente en cada registro de la propiedad.---.
La competencia para la enajenación de bienes inmuebles pertenecientes a las entidades locales cuando su valor exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la corporación corresponde: Al alcalde, previo acuerdo del pleno municipal.--- Al pleno municipal, que podrá delegar en el alcalde el ejercicio de tal competencia.--- Al pleno municipal previa autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma.---.
No cabe inscribir en el Registro de la Propiedad un documento privado con legitimación de firma, cuando se trate de: Títulos referentes al mero o simple hecho de poseer.--- Distribución de responsabilidad hipotecaria entre varias fincas.--- Manifestación de herencia del heredero único en instancia privada.---.
Señala la respuesta incorrecta. La legalización de documentos extranjeros puede realizarse: Por funcionarios consulares o diplomáticos españoles conforme al artículo 17 del Anexo III del RN.--- Mediante apostilla.... Por abogados escoceses.---.
Señala cuáles son características de la calificación registral: Dependencia, obligatoriedad, unipersonalidad, carácter no personalísimo.--- Obligatoriedad, independencia, unipersonalidad, carácter personalísimo.--- Dependencia, obligatoriedad, unipersonalidad, carácter personalísimo, plenitud.---.
Enumera las distintas clases de asientos que se practican en los libros del Registro de la Propiedad. Asiento de presentación, asiento de inscripción, anotación preventiva, asiento de calificación y nota marginal.--- Asiento de presentación, asiento contable, inscripción, anotación preventiva, asiento de cancelación y nota marginal.--- Asiento de presentación, asiento de inscripción, anotación preventiva, asiento de cancelación y nota marginal.---.
Para inscribir como fincas independientes los pisos o locales de un edificio en régimen de propiedad horizontal será preciso: Que se trate de un edificio mixto con pisos y locales.--- No se pueden inscribir sin la pertinente licencia administrativa que permita la coexistencia de pisos y locales.--- Es necesario que la construcción esté concluida o comenzada y que previamente en la inscripción del inmueble conste la constitución de dicho régimen.---.
Señala los medios de enajenación de bienes inmuebles a título oneroso de la Administración Pública: La cesión. El concurso, la subasta y la adjudicación directa. La donación.
La legítima “pars bonorum” atribuye al legitimario La condición de heredero y como tal es cotitular del activo y pasivo de la herencia. Un simple derecho de crédito. La condición de titular del activo relicto, pero no del pasivo.
Indica cuál de los siguientes motivos no produce anotación preventiva por suspensión de otros asientos: Defecto subsanable del título. Imposibilidad del Registrador. Nulidad del título.
Completa la frase. El error material… Se comete cuando, al expresar en la inscripción alguna de los contenidos en el título, se altere o varíe su verdadero sentido.--- Se comete cuando, sin intención conocida se escriben unas palabras por otras, se omite la expresión de alguna circunstancia forma de los asientos o se equivocan los nombres propios o las cantidades al copiarlas del título, sin cambiar por ello el sentido general de la inscripción o asiento de que se trate, ni el de ninguno de sus conceptos.--- Se comete por la apreciación equivocada de los datos obrantes en el Registro.---.
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