Master acceso Abogacía 2024
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Título del Test:
![]() Master acceso Abogacía 2024 Descripción: Estatuto General de la Abogacía Española |



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196. ¿Qué podrá hacer el abogado si considerase que la autoridad, tribunal o juzgado coartase su independencia o no se le guarda la consideración debida a su función?. A) Podrá hacerlo constar así ante el propio juzgado o tribunal y dar cuenta a la junta de gobierno. B) Los colegios notificarán los amparos concedidos a las autoridades, jueces o tribunales que hayan coartado la libertad o independencia de los profesionales de la abogacía y denunciarán dichas conductas, cuando proceda, ante el Consejo General del Poder Judicial y las instituciones pertinentes. C) Las respuestas A y B son correctas. D) Deberá hacerlos costar de inmediato a la junta de gobierno de su respectivo colegio. 197. Un abogado de su despacho le pide que recurra una sentencia que le ha sido desfavorable, pese a que usted cree que no vale la penal, porque lo va a perder. ¿Puede usted negarse a ello?. A) Sí, porque su independencia como abogado/a le permite rechazar instrucciones en contra de sus propios criterios profesionales frente a toda injerencia y frente a los intereses propios o ajenos. B) Sí, pero solo en el caso de que se trate de una relación con un colega de profesión. C) No, siempre se ha de cumplir el encargo del cliente. D) No, solo podrá negarse previa justificación por escrito a su cliente o compañero en este caso. 198. Un abogado recibe presiones de su cliente acerca de que recuse al juez que está instruyendo el caso. El abogado cree que dicha recusación no tendría sentido, asesorándolo en esa línea, pero el cliente insiste en ello. ¿Podría el abogado hacer caso omiso a lo que le dice su cliente?. A) No, debe seguir las instrucciones del cliente ya que es quien decide en última instancia la actuación más conveniente. B) Sí, puede rechazar las instrucciones de su cliente y no recusar al juez. C)Sí, pero renunciando de inmediato a la defensa, comunicándolo al tribunal para que designe provisionalmente un abogado del turno de oficio que le asista. D) No, debe atender a las instrucciones de su cliente, haciendo constar este extremo en el escrito que dirija al tribunal. 199. ¿Cuáles son los trámites para la renuncia del abogado?. A) Comunicar su renuncia por escrito dirigido al cliente y, en su caso, al órgano no judicial o administrativo ante el que hubiere comparecido. B) Proporcionar al compañero que se haga cargo del asunto y se lo requiera todos los datos e información que sean necesarios para la adecuada defensa del cliente. C) Únicamente comunicar su renuncia, por cualquier medio, al cliente, sin necesidad de proporcionar la información para la adecuada defensa del cliente. D) Las respuestas A y B son correctas. 200. En cuanto al cese del abogado en su intervención profesional. Indique la respuesta correcta. A) Es una posibilidad cuando surjan discrepancias con el cliente. B) Un deber cuando concurran circunstancias que afecten a su independencia y libertad en la defensa o al deber de secreto profesional. C) Es un deber cuando surjan discrepancias con el cliente. D) Las respuestas A y B son correctas. 201. ¿Con cuáles de las siguientes actividades es incompatible el ejercicio de la abogacía?. A) La actividad de autoría de cuentas en los términos legalmente previstos. B) El desempeño, en cualquier concepto, de cargos, funciones o empleos al servicio del poder judicial, de las administración estatal, autonómica o local y de las entidades de derecho público dependientes o vinculadas a ellas, cuya normativa reguladora así lo imponga. C) Todas aquellas actividades que se declaren incompatibles por norma con rango de ley. D) Todas las respuestas anteriores son correctas. 202. ¿Cómo deberá proceder un abogado afectado por una causa de incompatibilidad?. A) Debe comunicarlo sin excusa a la junta de gobierno del colegio y cesar en la situación de incompatibilidad. B) Debe acordar con su cliente la continuación del proceso o abandonar la defensa. C) Debe comunicarlo por escrito al tribunal competente para la tramitación del procedimiento para que pueda seguir llevándolo. D) No debe hacer nada. 203. En el caso de estar incurso en una causa de incompatibilidad. ¿En qué plazo se debe de solicitar la baja ejerciente en el colegio de abogados?. A) En el plazo máximo de 15 días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. B) En el plazo máximo de 10 días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. C) En el plazo máximo de 30 días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. D) En el plazo máximo de 20 días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. 204. ¿Qué consecuencias tendrá para el abogado el ejercicio de actividades incompatibles con la profesión?. A) El ejercicio de la profesión estando incurso en causa de incompatibilidad supone una infracción muy grave. B) El ejercicio de la profesión estando incurso en causa de incompatibilidad supone una infracción grave. C) El ejercicio de la profesión estando incurso en causa de incompatibilidad supone una infracción leve. D) El ejercicio de profesión estando incurso en causa de incompatibilidad no supone ningún tipo de infracción. 205. En una reunión entre abogado y cliente, ese comenta con su abogado que hace tres meses cometió, de manera accidental un delito de homicidio. ¿Tiene el abogado obligación de comunicarlo ante las autoridades?. A) No, el profesional de la abogacía tiene el deber y el derecho de guardar secreto de todos los hechos o noticias que conozca por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, no pudiendo ser obligado a declarar sobre ellos. B) Sí, en todo caso debe de ponerlo en conocimiento de la autoridad competente, al tratarse de un delito grave. C) No, el profesional de la abogacía tiene el deber y el derecho de guardar secreto de todos los hechos o noticias que conozca por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, pero podrá ser obligado a declarar sobre ellos. D) Sí, deberá ponerlo en conocimiento de las autoridades de una vez hayan transcurrido cinco años desde que tuvo conocimiento de los hechos, plazo en el que expira el deber del secreto profesional. 206. ¿Qué comprende el deber y el derecho de secreto profesional del profesional de la abogacía?. A) Comprenderá únicamente los hechos, datos, informaciones, documentos y propuestas que, como tal profesional, haya conocido en su ejercicio profesional. B) Comprenderá todos los hechos, comunicaciones, datos, informaciones, documentos y propuestas que, como tal profesional, haya conocido, emitido o recibido en su ejercicio profesional. C) Comprenderá solo las comunicaciones, informaciones y propuestas que, como tal profesional, haya emitido o recibido en su ejercicio profesional. D) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. 207. ¿Cuáles actuaciones no se encuentran amparadas en el secreto profesional?. A) Las comunicaciones, escritos y documentos en que intervengan con mandato representativo de su cliente sin necesidad de hacerlo constar expresamente. B) Las comunicaciones, escritos y documentos en que intervengan con mandato representativo y así lo haga constar expresamente. C) Aquellas distintas de las que son propias de su ejercicio profesional. D) Las respuestas B y C son correctas. 208. Dos abogados se envían mutuamente correos electrónicos durante la negociación de un procedimiento. Uno de ellos deja la defensa de su cliente y esta cambia de abogado. ¿Puede el abogado que continúa con la defensa de la otra parte enviarle esos correos al abogado nuevo de la parte contraria?. A) No, no puede reenviar correos electrónicos de otros compañeros sin su expreso consentimiento. B) Sí, podrá enviarlos en todo caso para ejercer de una manera correcta el derecho de defensa. C) No, en ningún caso. D) No existe el deber de confidencialidad en las comunicaciones entre letrados, solo en la relación abogado-cliente. 209. Tras una serie de negociaciones entre Juan y Luis, abogados contrarios en un procedimiento de familia, ante la falta de acuerdo Juan decide interponer demanda. ¿Podrá Luis aportar las comunicaciones entre ambos en la contestación a la demanda como prueba?. A) No, en ningún caso. B) Sí, pues forman parte del proceso que se está ventilando. C) No, porque el secreto profesional impide aportar estas pruebas si no hay autorización expresa del abogado que remite y del destinatario. D) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. 210. ¿Puede el abogado grabar conversaciones profesionales?. A) No. Las conversaciones mantenidas por los profesionales de la abogacía con sus clientes o con los contrarios, de presencia o por cualquier medio telefónico o telemático, solo podrán ser gravadas con la previa advertencia y conformidad de todos los intervinientes, quedando, en todo caso, amparadas por el secreto profesional. B) No. Las conversaciones mantenidas por los profesionales de la abogacía con sus clientes o con los contrarios de manera presencial solo podrán ser grabadas con la previa advertencia y conformidad de todos los intervinientes, quedando, en todo caso, amparadas por el secreto profesional. C) No. Las conversaciones mantenidas por los profesionales de la abogacía con sus clientes o con los contrarios, de presencia o por cualquier medio telefónico o telemático, siempre podrán ser grabadas sin la previa advertencia a todos los intervinientes, quedando, en todo caso, amparadas por el secreto profesional. D) No. Las conversaciones mantenidas por los profesionales de la abogacía con sus clientes o con los contrarios, de presencia o por cualquier medio telefónico o telemático, nunca podrán ser grabadas. 211. Natalia tiene un despacho de abogacía que lleva asuntos de personajes muy mediáticos. Alba colabora con ella como economista y ha tenido conocimientos de varios de los asuntos que, a su vez, comentó en una cena de amigos. ¿Cómo deberá actuar Natalia antes este caso?. A) El profesional de la abogacía deberá hacer respetar el secreto profesional a sus colaboradores y asociados, pero no al personal correspondiente y demás personas que cooperen con él en su actividad profesional. B) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. C) El profesional de la abogacía no tiene el deber de hacer respetar el secreto profesional de sus colaboradores y asociados, pero sí al personal correspondiente y demás personas que cooperen con él en su actividad profesional. D) El profesional de la abogacía deberá hacer respetar el secreto profesional a sus colaboradores y asociados, así como al personal correspondiente y demás personas que cooperen con él en su actividad profesional. 212. Usted es el abogado de un conocido futbolista que se encuentra en un procedimiento judicial muy mediático. En el despacho comenta los detalles del caso con sus compañeros, que a su vez ya habían sido publicados con anterioridad por la prensa. Uno de ellos lo habla en una cena con amigos. ¿Ha actuado bien este compañero?. A) No, no puede desvelar ningún detalle del procedimiento por el deber de secreto profesional. B) No, porque el deber de secreto profesional también afecta a los hechos de los que haya tenido conocimiento a través de un compañero. C) Las respuestas A y B son correctas. D) Las respuestas A y B son incorrectas. 213. Carlos es el abogado de una famosa cantante, que decide realizar una entrevista televisiva comentando los detalles del caso de la misma, amparándose en que han transcurrido cinco años desde que tuvieron lugar los hechos objeto de la misma. ¿Estaría este caso sujeto todavía al secreto profesional?. A) No, porque el deber de secreto profesional se extingue una vez transcurridos dos años desde la finalización del procedimiento. B) El deber de secreto profesional permanece incluso después de haber cesado en la prestación de los servicios al cliente, sin que se encuentre limitado en el tiempo. C) Sí, pues no han transcurrido diez años desde la finalización del procedimiento. D) En este caso no, puesto que la cliente es un personaje publico. 214. En un registro a un despacho de abogados, uno de los abogados avisa al colegio de abogados que salvaguarde el secreto profesional durante el registro. ¿Cómo debe proceder el colegio ante el registro?. A) Tendrá que avisar al decano del colegio de abogados de su residencia, para que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. B) Tendrá que avisar al juez decano de la provincia donde radique el despacho, para que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. C) Tendrá que avisar al fiscal que forma parte de la causa correspondiente, para que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. D) No debe hacer nada. 215. ¿Puede un despacho de abogados repartir tarjetas de su despacho, ofrecer sus servicios en un periódico local a través de un anuncio o poner una valla delante de un hospital o en un lugar donde se haya producido un accidente de gran magnitud (accidente aéreo, por ejemplo) que haya causado un número elevado de muerte y damnificados?. A) Sí, el profesional de la abogacía podrá realizar libremente publicidad de sus servicios, con pleno respeto de la legislación sobre publicidad, defensa de la competencia y competencia desleal. B) No, los abogados no podrán realizar publicidad de sus servicios. C) No, porque este tipo de publicidad vulnera el Código Deontológico y el EGAE al tratarse de la oferta de servicios profesionales dirigidas a las víctimas de accidentes que carecen de plena y severa libertad para la elección del abogado. D) Sí, siempre que hayan transcurrido 35 días desde el hecho. 216. ¿Podrá en algún momento un profesional de la abogacía ofrecer sus servicios profesionales a una víctima de accidente o desgracia, así como de catástrofe, calamidad pública u otros suceso que hubiera producido un número elevado de víctimas, sea o no delito?. A) Sí, en el caso de que la prestación de servicios haya sido solicitada expresamente por la víctima o, en su caso, hayan transcurrido 45 días desde el hecho. B) Sí, en el caso de que la prestación de servicios haya sido solicitada expresamente por la víctima o, en su caso, hayan transcurrido 35 días desde el hecho. C) Sí, en el caso de que la prestación de servicios haya sido solicitada expresamente por la víctima o, en su caso, hayan transcurrido 55 días desde el hecho. D) Sí, en el caso de que la prestación de servicios haya sido solicitada expresamente por la víctima o, en su caso, hayan transcurrido 25 días desde el hecho. |





