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Mercantil 1

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Título del Test:
Mercantil 1

Descripción:
Septiembre 2025 Modelo A

Fecha de Creación: 2026/01/21

Categoría: UNED

Número Preguntas: 20

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En la evolución del Derecho mercantil, con los Códigos francés de 1807 y los Códigos europeos que siguieron su ejemplo, se inicia una delimitación de dicho Derecho basada en: Una delimitación exclusivamente jurisdiccional. Una delimitación jurisdiccional y por referencia a los actos de comercio como delimitación de aplicación de las normas de Derecho sustantivo. Una delimitación exclusivamente subjetiva, entorno a la figura del comerciante.

En relación con el Código de comercio vigente, desde la perspectiva de la delimitación de la materia mercantil, la regulación del estatuto del comerciante o empresario mercantil y la regulación de los actos de comercio: Plantean problemas diversos porque el primero se aplica a quienes se dedican habitualmente al ejercicio del comercio y el segundo depende de que el acto en cuestión sea o no calificado como acto de comercio para su aplicación. Plantean el mismo problema, ya que ambas regulaciones se aplican si participa un empresario en ellas, es decir, se delimita su aplicación desde la perspectiva subjetiva en todo caso. Plantean problemas diversos desde la perspectiva de la jurisdicción, pues los conflictos litigiosos sobre una u otra materia se dilucidan en todo caso ante tribunales especiales distintos.

La protección de los consumidores aparece: Recogida en la Constitución española, así como también en el Tratado de la Comunidad europea desde sus orígenes en ambos casos. Recogido desde sus orígenes en la Constitución española, mientras que en el Tratado de la Comunidad europea fue introducida en un momento posterior a su promulgación por la Comisión. Recogida en un Reglamento europeo que remite a las Constituciones nacionales para ser tenido en cuenta por los ordenamientos de forma uniforme.

Las creaciones nuevas de forma de muebles: Pueden protegerse en nuestro país a través del denominado diseño industrial nacional o según el derecho de la Unión Europea. Carecen de protección especifica debiendo buscarse una protección concreta a través de una marca o, en su caso, patente. Pueden protegerse únicamente como modelo de utilidad.

D. Raimundo Petrel ha constituido debidamente, como único socio, una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. Teniendo en cuenta este dato, de las deudas sociales: Responden tanto la sociedad como D. Raimundo Petrel en cuanto ambos tienen en virtud de la constitución de esa sociedad la condición de empresarios. Responde únicamente D. Raimundo Petrel, por ser él quien en esa situación tiene la condición de empresario. Responde únicamente la sociedad, por ser ésta quien en esa situación ostenta la condición de empresario.

Los tribunales de lo mercantil tiene competencia en materia de: Sociedades mercantiles. Contratos bancarios. Letra de cambio, cheque y pagaré.

La ley de Defensa de la Competencia prohíbe que una empresa: Ostente una posición de monopolio en el mercado. Ostente una posición dominante en el mercado. Que ostente una posición dominante en el mercado y limite su producci6n en perjuicio de los consumidores.

Para considerar que una determinada actuación constituye un acto de competencia desleal: Es necesario que tal actuación esté contemplada expresamente como tal en la Ley de Competencia Desleal. Basta con que tal actuación resulte contraria a las exigencias de la buena fe objetiva. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Con carácter general, tienen capacidad legal para el ejercicio del comercio: Todas las personas físicas, sean mayores o menores de edad. Las personas físicas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes. Únicamente las personas físicas mayores de edad, independientemente de que tengan o no la libre disposición de sus bienes.

Los auxiliares del empresario: Todos ellos tienen atribuidas funciones para actuar, en nombre y por cuenta del empresario, con efectos jurídicos frente a terceros; es decir todos ellos tienen representación del empresario, con contenido mas o menos amplio. Todos ellos han de estar inscritos en el Registro Mercantil. Todos ellos pueden ser personas físicas o jurídicas.

El viajante de comercio: Necesariamente ha de ser una persona natural. Puede ser titular de una organización empresarial autónoma y tiene la consideración de viajante en atención a esta titularidad. Ambas respuestas son correctas.

El articulo 2 del Código de comercio: Supone una especialidad de manera que, en las materias reguladas por el propio Código o por las leyes cuyo objeto son los actos de comercio, se aplican los usos de comercio con preferencia a las normas, dispositivas e imperativas, del Derecho común. Supone una especialidad de manera que, en las materias reguladas por el propio Código o por las leyes cuyo objeto son los actos de comercio, se aplican los usos de comercio con preferencia a las normas dispositivas del Derecho común. Recoge el mismo orden general de prelación de fuentes que el Código civil.

El Registro Mercantil Central se ocupa: De la Sección de denominaciones sociales donde se incluyen todas las denominaciones de las sociedades y otras entidades inscritas en los Registros Territoriales. Únicamente de la publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil. Únicamente de reunir los datos mas importantes de las sociedades inscritas en los registros mercantiles territoriales que correspondan por el domicilio.

El factor inscrito de un empresario principal responde personalmente del cumplimiento de las obligaciones asumidas con su intervención: En ningún caso, ya que siempre queda obligado únicamente el empresario principal. En ningún caso, ya que la inscripción excluye dicha responsabilidad. Cuando no exprese que contrata en nombre del empresario principal, ni en la contratación ni en las negociaciones previas.

En relación con las practicas prohibidas por las normas nacionales y europeas de protección de la libre competencia, cabe afirmar que: Únicamente están prohibidas aquellas practicas que supongan necesariamente un comportamiento paralelo, como por ejemplo la subida de precios. Únicamente están prohibidas aquellas practicas que se hayan sustentado en un acuerdo escrito, aunque reservado. Están prohibidas las practicas concertadas, es decir, las que no pueden ser explicadas sin una coordinación consciente entre las empresas implicadas.

El titular de una marca inscrita anterior que haya tolerado el uso de una marca posterior confundible con la suya: No podrá solicitar la nulidad de la marca posterior si han transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento del referido uso. Podrá solicitar la nulidad de la marca posterior, aunque hayan transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento de dicho uso. Podrá impedir el uso de la marca posterior, aunque hayan transcurrido cinco años consecutivos con conocimiento de dicho uso.

A fin de hacer valer el derecho exclusivo del titular de una patente, éste puede entablar acciones para exigir: La cesación de los actos que violan el derecho del titular de la patente, el embargo de los objetos producidos o importados, pero nunca la atribución en propiedad de dichos objetos 0 medios. La cesación de los actos que violan el derecho del titular de la patente, el embargo de los objetos producidos o importados con violación del derecho del titular y cuando sea posible la atribución en propiedad de los objetos o medios embargados. Las medidas habituales de cesación, sin que se haya previsto un régimen especifico para la indemnización de daños y perjuicios.

En relación con el “empresario”, individual y social persona jurídica, cabe afirmar: Que el empresario individual es una persona física que se califica como empresario por desarrollar una actividad empresarial. Que el criterio aplicable a las personas jurídicas para ser calificadas como empresario resulta no solo de la participación en el mercado, sino también por criterios puramente formales, como ocurre con las sociedades anónimas o las sociedades de responsabilidad limitada, que son consideradas siempre como empresarios por disposición legal y con independencia de la actividad a que se dediquen. Las dos respuestas son correctas.

En relación con la duración de los derechos exclusivos de propiedad industrial cabe afirmar que: La duración de la protección del diseño industrial y de las patentes es idéntica. La duración de la protección de las marcas esta limitada a veinticinco años, pudiendo prorrogarse únicamente cinco años mas, mediante el pago de las tasas. La duración de las obtenciones vegetales es en general hasta el final del vigésimo quinto año natural desde fa concesión, salvo para la vid y especies arbóreas en que la duración es hasta el final del trigésimo año natural desde la concesión.

El agotamiento del derecho de marca: Constituye una limitación fundamental del derecho que consiste en que una vez que el producto marcado ha sido introducido en el mercado por el titular de la marca o con su autorización, ese producto marcado es de libre comercio dentro del mercado mundial. Se produce para todo el mercado del Espacio Económico Europeo (integrado por la Unión Europea, mas actualmente Islandia, Liechtenstein y Noruega, en adelante EEE), tanto si el producto marcado se ha introducido en el mercado español como en el mercado de cualquiera de los Estados miembros del EEE. Carece de reconocimiento legal, siendo su desarrollo únicamente jurisprudencial.

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