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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEMercantil 4 examen tipo C 2ªS junio 2018

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Título del test:
Mercantil 4 examen tipo C 2ªS junio 2018

Descripción:
Mercantil 4 examen tipo C 2ªS junio 2018

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
25/03/2020

Categoría:
UNED

Número preguntas: 20
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Temario:
La entrega de un pagaré a la orden o de una letra de cambio: produce inmediatamente los efectos del pago de la relación causal subyacente deja en suspenso la acción derivada de la relación causal subyacente extingue con efecto inmediato la relación causal subyacente.
Dentro de la categoría de títulos impropios podemos incluir: los llamados títulos de legitimación y las cartas de patrocinio los títulos valores emitidos en serie, como las acciones y obligaciones de sociedades los resguardos expedidos por los almacenes generales de depósito.
En un titulo valor girado al portador: es necesaria la comunicación de la transmisión al deudor por parte del nuevo acreedor a fin de que éste quede legitimado para el ejercicio de los derechos bastará con la posesión del título para que el nuevo acreedor que lo posee quede legitimado para el ejercicio de los derechos es necesario que el legítimo poseedor, además de tener la posesión del título, notifique al deudor el hecho de la transmisión a fin de que quede legitimado para el ejercicio de los derechos.
El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que: el librador de un cheque el librador de una letra de cambio el aceptante de una letra de cambio.
En el aval de una letra de cambio: el avalista podrá limitar la cantidad de la que responde el avalista no podrá limitar la cantidad de la que responde el avalista necesariamente será un tercero que no figure con anterioridad en la letra.
El efecto de garantía en el endoso significa: que el endosatario garantiza que el título será atendido por el deudor principal a su vencimiento que el endosante, salvo cláusula en contrario, garantiza el pago del título frente a tenedores posteriores que el endosante transmite al endosatario la propiedad del título y todos los derechos resultantes del mismo.
El cheque: puede emitirse a plazo vista o a plazo contado desde la fecha de emisión solo puede emitirse a plazo desde la fecha de emisión solo puede emitirse a la vista.
Si el endosante introduce en su endoso la cláusula "no endosable de nuevo": el pagaré no puede ser endosado de nuevo el pagaré puede ser endosado de nuevo, pero el endosante que puso la cláusula no responderá frente a futuros tenedores del título la cláusula se tienen por nula y, por tanto, como no puesta.
Si en una letra de cambio no se indica su vencimiento: dicho documento no tendrá consideración legal de letra de cambio ni producirá los efectos propios de la letra de cambio se considerará pagadera a la vista se considerará pagadera a plazo fecha.
En el caso de que fuera pagado un cheque falso o falsificado: el banco librado será responsable por atender ese pago, salvo que mediara negligencia por parte del librador el banco librado será responsable por atender ese pago en cualquier caso, dada su condición de profesional la responsabilidad del banco librado dependerá de las circunstancias y de la calidad de la falsificación, exonerándose el banco en aquellos casos en que la falsificación fuera indetectable.
Si la solicitud de concurso la presenta el acreedor: podrá fundamentar la solicitud en la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor tendrá que demostrar que ha intentado previamente cobrar su crédito por vía judicial basta con que acredite su condición de acreedor y que su crédito no ha sido satisfecho a su vencimiento.
En relación con el concurso de las sociedades mercantiles cabe afirmar que: para realizar la solicitud de concurso voluntario es competente el órgano de administración o de liquidación el concurso de la sociedad lleva consigo el de los socios que sean personal, ilimitada y solidariamente responsables de las deudas sociales la declaración de concurso de la sociedad produce siempre su extinción.
La declaración de concurso de un empresario: conlleva necesariamente el cese de la actividad empresarial que venía ejerciendo como regla general no interrumpe el ejercicio de la actividad empresarial que venía ejerciendo, aunque excepcionalmente el juez podría acordar el cese de dicha actividad en ningún caso supone el cese o la interrupción de la actividad empresarial que venía ejerciendo.
En virtud de la acción rescisoria concursal pueden rescindirse: los actos realizados por el deudor en contravención de las limitaciones patrimoniales que originó su declaración en concurso los actos perjudiciales para la masa activa realizados fraudulentamente por el deudor dentro de los 5 años anteriores a la declaración del concurso los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los 2 años anteriores a la declaración del concurso, aunque no hubiese existido intención fraudulenta.
La propuesta anticipada de convenio: solamente puede proceder del deudor no necesita ir acompañada de la adhesión de los acreedores cuando se presenta con la solicitud del concurso puede ser presentada por cualquier deudor junto con la solicitud de concurso voluntario.
En relación con el contenido de la propuesta de convenio la ley establece que: la propuesta de convenio puede contener proposiciones de quita o de espera, pero no de ambas cosas a la vez la propuesta de convenio podrá contener proposiciones alternativas para todos o para algunos de los acreedores, con excepción de los acreedores públicos la propuesta de convenio podrá alterar la clasificación de los créditos establecida por Ley.
Los créditos generados a favor de terceros que resulten de obligaciones válidamente contraídas durante el concurso por la administración concursal tiene la consideración de: créditos contingentes créditos subordinados créditos contra la masa.
Si se declara el incumplimiento del convenio: los acreedores podrán reclamar el pago de sus créditos al margen del procedimiento concursal o instar la declaración de un nuevo concurso del deudor el juez procederá de oficio a la apertura de la fase de liquidación se mantendrán los efectos relativos a las quitas y a las esperas sobre los créditos concursales que se hubieran pactado en el convenio.
Los actos del deudor que infrinjan las limitaciones de las facultades patrimoniales impuestas al declararse el concurso: sólo pueden anularse a instancia de la administración concursal pueden anularse a instancia de la administración concursal y, subsidiariamente a instancia de determinados acreedores pueden ser declarados nulos de oficio por el juez del concurso.
La calificación del concurso como culpable: determina la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar bienes ajenos durante un período de 2 a 15 años determina la calificación como créditos subordinados de los créditos que las personas declaradas cómplices tuvieran como acreedores concursales vinculará a los jueces penales que entiendan de actuaciones del concursado que pudieran ser constitutivas de delito.
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