MERCANTIL I.1 T10-T11
|
|
Título del Test:
![]() MERCANTIL I.1 T10-T11 Descripción: repaso de preguntas |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Para ejercitar la acción de nulidad de una marca por semejanza con otra anterior para los mismos productos está legitimada: El titular de la marca prioritaria incompatible con la marca impugnada. La Oficina Española de Patentes y Marcas para salvaguardar, en interés de los consumidores, la transparencia en el mercado de bienes y servicios. Cualquier persona que invoque posibilidad de confusión de las marcas en el mercado. Las marcas comunitarias se registran: En la Oficina de Armonización del Mercado Interior. En la Oficina Europea de Patentes. En la Organización mundial de la propiedad Intelectual (OMP). Si la licencia de marca es exclusiva: No podrá otorgar otras licencias y solo podrá seguir utilizando él mismo la marca en el ámbito geográfico para el que ha otorgado la licencia si se hubiera reservado expresamente ese derecho. No podrá seguir utilizando su marca en ningún caso. El licenciante (titular de la marca no podrá otorgar otras licencias, pero sí podrá seguir utilizando su marca en el mismo ámbito geográfico para el que se ha otorgado la licencia. Las marcas individuales: Pueden transmitirse con independencia y autonomía de la empresa en cuyo patrimonio se integran. Solo pueden transmitirse con la empresa o con la rama de la empresa que comercializa los productos que distinguen en el mercado. Solo pueden transmitirse previa autorización de la Oficina Española de Patentes y Marcas una vez comprobado que no hay riesgo de confusión para el consumidor. El titular- como creador y usuario -de una marca usada en España, pero no registrada: Puede ejercitar la acción reivindicatoria frente a quien la registró a su nombre en fraude de su derecho o violando una obligación contractual. No tiene acción porque la ley no reconoce este derecho al usuario de una marca no registrada. No tiene ninguna acción puesto que la ley de marca solo se la reconoce al titular de la marca no registrada si esta fuera notoria o renombrada en España. En el procedimiento de registro de marcas, tanto comunitarias como nacionales: La oficina no examina de oficio la incompatibilidad por semejanza capaz de inducir a confusión con marcas anteriores registradas, pero los terceros titulares de estas últimas pueden formular oposición a la concesión del registro de la marca una vez publicada la solicitud. La Oficina- ya sea la OEPM o la OAMI- examina de oficio la posible incompatibilidad por semejanza capaz de inducir a confusión con marcas anteriores registradas a nombres de terceros (prohibiciones de registro relativa. La Oficina examina de oficio dicha incompatibilidad y además de ese control de legalidad previo, se da a los titulares de marcas anteriores la posibilidad de oponerse si la Oficina no hubiera detectado el parecido en el examen de oficio. Quien pone la marca ajena en los productos y los introduce en el mercado sin autorización del titular de la misma: Siempre responde de los daños y perjuicios causados. Solo responde cuando la marca es notoria. Responde de los daños y perjuicios cuando ha sido advertido por el titular de la marca, de la existencia de ésta, convenientemente identificada, y de su violación, con el requerimiento de que cese en la misma, s1 persiste en su actuación infractora. Una marca comunitaria: Las dos respuestas anteriores son erróneas. Es aquella que otorga la Oficina Española de Patentes y Marcas y posteriormente es validada por la Oficina Comunitaria ubicada en Munich. Es una marca cuyo alcance puede limitarse geográficamente a varios Estados miembros. En el procedimiento de registro de marcas la Oficina Española de Patentes y Marcas: Examina la incompatibilidad con marcas registradas anteriores solo en el caso de que el titular de estas últimas presente oposición en el curso del procedimiento. No examina en ningún caso las semejanzas o parecidos con otras ya registradas, siendo los tribunales quienes decidirán la incompatibilidad en caso de conflicto. Examina de oficio si la marca que se pretende registrar es incompatible con otras ya registradas anteriormente, idénticas o parecidas para productos o servicios idénticos o similares. Si el autor de una invención industrial la ha exhibido en una exposición oficial: Las dos respuestas anteriores son erróneas. Puede obtener la concesión de la patente para esa invención en cualquier caso porque la exhibición en exposiciones oficiales no destruye en ningún caso la novedad. Puede obtener la concesión de la patente para esa invención si la exhibición se hizo tres meses antes de la solicitud. Si se solicita una marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, esta oficina: Examina de oficio únicamente si la marca viola las prohibiciones absolutas. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Examina de oficio si la marca viola las prohibiciones absolutas y relativas establecidas en la ley. Indique cuál de estos supuestos supone una violación del derecho de marca: Suprimir la marca de un producto. Incluir una marca renombrada en una enciclopedia. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Según la Ley de Marcas, el titular de una marca registrada tiene derecho a impedir que un tercero utilice esa marca o una confundible con ella: Para cualquier clase de productos o servicios si la marca registrada es renombrada. Solo para productos o servicios idénticos o similares tanto si la marca es renombrada como si no lo es. Para cualquier clase de productos o servicios aunque la marca no sea renombrada. La denominación "foulard" que se ha convertido en habitual para designar un tipo de pañuelo: Puede ser inscrita como marca para distinguir zapatos de señora. Puede ser inscrita como marca para distinguir pañuelos. Puede ser inscrita como marca tanto para distinguir pañuelos como zapatos. El titular de una marca registrada para zapatos de niños puede ejercitar una acción por violación de su marca: Si un tercero suprime dicha marca de los zapatos de niños fabricados por el titular de la marca. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Únicamente si un tercero utiliza esa misma marca para comercializar otro tipo de zapatos de niños. D. Rodrigo Vela es titular de un modelo de utilidad sobre un toldo que comercializa con la marca registrada “Tepic”, y un competidor lanza al mercado otro toldo con la marca “Topic” que es técnicamente distinto al del protegido con el modelo. En tal situación, el Sr Vela: b. Sólo podrá ejercitar una acción por violación de su marca. a. Sólo podrá ejercitar una acción por violación de su modelo. c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. La denominación “cigarrillos”: c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. b. Podría ser registrada como marca para pantalones. a. Podría ser registrada como marca para cigarrillos. Si el dueño de una fábrica de bolsos viene comercializando sus bolsos con la denominación “Vero” sin haber registrado ninguna marca, el hecho de que otro fabricante lance al mercado sus propios bolsos con la denominación “Vero´s”: b. No constituye ninguna actuación ilícita. a. Constituye una violación de marca sujeta a la Ley de Marcas. c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. El titular de una marca renombrada de bebidas. b. Puede impedir que un tercero utilice esa marca para otros productos distintos aunque la marca renombrada no esté registrada. a. Puede impedir que un tercero utilice esa marca para otros productos distintos sólo si la marca renombrada está registrada. c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Si alguien pretende registrar una marca que consiste en la denominación que sirve en el tráfico para designar genéricamente los productos o servicios para los que se solicita la marca, la Oficina Española de Patentes y Marcas: a. Puede denegar el registro de oficio. b. Sólo puede denegar el registro si se opone al mismo un tercero. c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Si se pretende registrar como marca para electrodomésticos una denominación que ya está registrada a nombre de otra empresa para esos mismos productos: b. La Oficina Española de Patentes y Marcas podrá denegar el registro sólo si el titular de la marca registrada se opone al mismo. a. La Oficina Española de Patentes y Marcas podrá denegar el registro de oficio. c. Las dos respuestas anteriores son erróneas. El Registro Mercantil Central: Se ocupa de la asignación de las denominaciones sociales a las nuevas sociedades. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Se ocupa de resolver las controversias que surjan entre las denominaciones sociales y los signos distintivos cuando exista riesgo de confusión entre ambos. El Registro Mercantil Central: Se encarga de la publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil y de la expedición de certificaciones relativas a las denominaciones de las sociedades. Se encarga de distribuir entre los Registros territoriales las sociedades cuyos datos han de albergar éstos. Resuelve los conflictos en materia de colisión de denominaciones de sociedades y marcas registradas en la Oficina Española de Patentes y Marcas. |




