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MERCANTIL I 2PP UNED TEMA 4

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Título del Test:
MERCANTIL I 2PP UNED TEMA 4

Descripción:
DEECHO MERCANTIL I

Fecha de Creación: 2017/04/09

Categoría: UNED

Número Preguntas: 135

Valoración:(6)
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1. El concepto jurídico de capital que funciones cumple básicamente?. No existe concepto jurídico de capital, es un concepto económico que nada tiene que ver con el Derecho. El concepto jurídico de capital, atiende básicamente a dos funciones, en primer lugar el capital atiende a una función externa, en el sentido de que es el modulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital, y en segundo lugar el capital social también atiende a una función interna, en cuanto que actuará como cifra de retención sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. El concepto jurídico de capital, atiende básicamente a dos funciones, en primer lugar el capital atiende a una función interna, en el sentido de que es el modulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital, y en segundo lugar el capital social también atiende a una función externa, en cuanto que actuará como cifra de retención sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. Ninguna de las anteriores.

2. ¿Qué obligaciones asumen los socios en el momento fundacional de la sociedad de capital, con su suscripción de las participaciones o de las acciones?. Asumen los riesgos derivados de su participación en la sociedad de capital, ya sean personalísimos o de carácter patrimonial directo. La de realizar una aportación a favor de la sociedad. Asumen la obligación de una aportación a favor de la sociedad, que no podrá ser, en ningún caso, superior al valor nominal de las participaciones o acciones que suscribe.

3. ¿Qué reglas expresas, acoge en nuestro Derecho de las sociedades de capital, la LSC, con la que venga a atenderse de modo específico, una función de explotación para el capital social?. La Ley de Sociedades de Capital (LSC), recoge expresamente en su art. 21.2, la función de explotación del capital social. La LSC no acoge ninguna regla expresa con la que venga a atenderse, de modo especifico, una función de explotación para el capital y sus intereses. La LSC no acoge ninguna regla expresa con la que venga a atenderse, de modo especifico, una función de explotación para el capital social.

4.¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de sociedad?. El consentimiento de cada uno de los socios a aportar tanto bienes como dinero o industria a una actividad con ánimo de lucro. El consenso de cada uno de los socios para asumir obligaciones con la finalidad de obtener una ganancia. Las dos anteriores son correctas.

5. El objeto social del contrato de sociedad permite exigir la responsabilidad de las conductas seguidas por los gestores de la sociedad. Mentira. El objeto social es un criterio delimitador de las competencias de los órganos de la sociedad. Verdad. El objeto social sólo sirve para calificar la sociedad como mercantil o civil.

6. Si quieres formar una sociedad de responsabilidad limitada puedes hacerlo comprometiéndote a aportar la prestación de servicios. Sí. Efectivamente puedo formar este tipo social mercantil aportando dicha prestación. Sólo puedo formar una sociedad con la aportación de servicios si la ubico bajo el tipo de Sociedad Anónima. Para formar una Sociedad de Responsabilidad Limitada puedo aportar bienes o dinero pero la prestación de servicios está excluida.

7. Donde debe quedar fijado el capital social: En cualquier documento público de la sociedad. En los Estatutos Sociales. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

8. El capital social: Atiende a una función interna, en el sentido de que es el módulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital. Atiende a una función externa, en cuanto que actuará como cifra de retención sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. Las dos respuestas anteriores son correctas.

9. En el momento fundacional de la sociedad de capital los socios deben realizar una aportación a favor de la sociedad que podrá ser: Inferior al valor nominal de las participaciones o acciones que suscribe. Por lo menos, igual que la cifra de capital social. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

10. La adopción de decisiones respecto al movimiento patrimonial se sujeta: A un límite imperativo, pues no podrá arrastrar el resultado de que el patrimonio neto resulte ser inferior a la cifra del capital social. No se sujeta a ningún tipo de límite. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

11. El artículo 1 LSC: . Enumera los diferentes tipos sociales que responden a tal caracterización y define cada uno de ellos. . Enumera los diferentes tipos sociales que responden a tal caracterización pero no define cada uno de ellos. . Ni enumera los diferentes tipos sociales que responden a tal caracterización ni define cada uno de ellos. .

12. Revisando la noción legal de sociedad de responsabilidad limitada, anónima o la comanditaria por acciones, se observa: . La presencia de un capital como elemento común a las dos primeras . La presencia de un capital como elemento diferenciador a las tres. . La presencia de un capital como elemento común a las tres. .

13. El capital, a estos efectos, encierra un concepto: . jurídico que no ha de ser confundido con su mera acepción económica o vulgar. . técnico que no ha de ser confundido con su mera acepción económica o vulgar. . técnico-jurídico que no ha de ser confundido con su mera acepción económica o vulgar. .

14. El capital: Puede o no indicar, de por sí, una o ninguna realidad patrimonial o dineraria susceptible de evaluación económica. . No indica, de por sí, ninguna realidad patrimonial o dineraria susceptible de evaluación económica. . Indica, de por sí, una realidad patrimonial o dineraria susceptible de evaluación económica. .

15. En este contexto, el capital, ha de entenderse en su estricto significado: . técnico . patrimonial . jurídico.

16. El capital es: . una cifra matemática que, debiendo quedar fijada en los estatutos sociales, se convierte en el módulo que permite resolver diferentes problemas que requieren una cuantificación en la estructura de la sociedad. . una cifra aritmética que, debiendo quedar fijada en los estatutos sociales, se convierte en el módulo que permite resolver diferentes problemas que requieren una cuantificación en la estructura de la sociedad. . una cifra matemática que, debiendo quedar fijada en los estatutos sociales, se convierte en el módulo que permite resolver diferentes problemas que requieren una cuantificación en la estructura de la economía. .

17. El capital doctrinalmente es: . Una cifra abstracta, no evaluable en sentido económico, carente de todo significado patrimonial y económico. . Una cifra abstracta, evaluable en sentido económico pero carente de todo significado patrimonial y económico. Una cifra abstracta, no evaluable en sentido económico pero carente de todo significado patrimonial y económico.

18. Este concepto jurídico de capital cumplirá, básicamente, dos funciones del máximo interés para el Derecho: . En primer lugar, atiende una función interna, es el módulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital. . En primer lugar, atiende una función externa, es el módulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital. . En primer lugar, atiende una función externa, es el módulo o criterio de referencia para determinar la posición de la sociedad de capital. .

19. Este concepto jurídico de capital cumplirá, básicamente, dos funciones del máximo interés para el Derecho. En primer lugar, atiende una función interna, es el módulo o criterio de referencia para determinar la posición del socio en la sociedad de capital: . Así se observa de modo expreso (Art. 1, apartados 2, 3 y 4 LSC), destacando que el capital se divide en participaciones y en acciones . Así se observa de modo expreso (Art. 1, apartados 2, 3 y 4 LSC), destacando que el capital se divide en participaciones o en acciones . Así se observa de modo expreso (Art. 1, apartados 2, 3 y 4 LSC), destacando que el capital se divide en participaciones pero no en acciones .

20. El capital se divide en participaciones: . En caso de una sociedad de responsabilidad limitada . En caso de una sociedad de responsabilidad ilimitada . En caso de una sociedad de responsabilidad anónima .

21. El capital se divide en acciones: . En caso de una sociedad anónima y/o sociedad limitada . En caso de una sociedad anónima y/o sociedad ilimitada . En caso de una sociedad anónima y/o comanditaria por acciones .

22. De este modo, el socio con la asunción o suscripción de estas participaciones o acciones: . viene a adquirir tal condición como socio (como advierte expresamente el artículo 91 LSC), no quedando delimitado, a la vez, su grado de participación en la sociedad ni, por tanto, su estatus y la intensidad de los derechos que se le atribuyen. . viene a adquirir tal condición como socio (como advierte expresamente el artículo 91 LSC), quedando delimitado, a la vez, su grado de participación en la sociedad pero no su estatus ni la intensidad de los derechos que se le atribuyen. . viene a adquirir tal condición como socio (como advierte expresamente el artículo 91 LSC), quedando delimitado, a la vez, su grado de participación en la sociedad y, por tanto, su estatus y la intensidad de los derechos que se le atribuyen. .

23. Vienen determinados en razón de la participación que el socio tenga en el capital social: . La intensidad del poder de voto, la cuantía del dividendo acordado que se ha de satisfacer, el número de acciones que pueda suscribir con carácter preferente en los supuestos de ampliación del capital social, etc., . La intensidad del poder de voto, la cuantía del dividendo acordado que se ha de satisfacer, el número de acciones o de participaciones que pueda suscribir con carácter preferente en los supuestos de ampliación del capital social, etc. La cuantía del dividendo acordado que se ha de satisfacer, el número de acciones o de participaciones que pueda suscribir con carácter preferente en los supuestos de ampliación del capital social, etc.,.

24. Nuestro derecho, partiendo y afirmando la vigencia de esta función interna del capital social, permite modular su alcance a través de pactos en estatutos que alteran una regla de proporcionalidad pura (art. 95 LSC): . respecto de algunos socios (p. ej. posibilidad de voto plural a favor de un socio que, resultando prohibida en la sociedad anónima, según advierte el artículo 96.3 y 3 LSC, puede entenderse permitida en la sociedad de responsabilidad limitada) . respecto de algunas de las participaciones o acciones emitidas (en este último caso, las acciones así caracterizadas constituirán una clase, tal y como advierte el artículo 94.1 LSC). . bien respecto de algunos socios (p. ej. posibilidad de voto plural a favor de un socio que, resultando prohibida en la sociedad anónima, según advierte el artículo 96.3 y 3 LSC, puede entenderse permitida en la sociedad de responsabilidad limitada), bien respecto de algunas de las participaciones o acciones emitidas (en este último caso, las acciones así caracterizadas constituirán una clase, tal y como advierte el artículo 94.1 LSC). .

25. El capital social también atiende: . una función interna, pues actuará como cifra de retención sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. . una función externa, pues actuará como cifra de repercusión sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. . una función externa, pues actuará como cifra de retención sobre el movimiento patrimonial de la sociedad. .

26. En las sociedades de capital: . los socios responden de las deudas sociales. los socios no responden de las deudas sociales.  . los socios no responden de las deudas sociales, y a salvo la posición del socio colectivo en la sociedad comanditaria por acciones .

27. El capital social aparece: . como un impedimento de la defensa de los intereses de terceros, operando como límite a la libre formación y disposición del patrimonio social. . como un instrumento defensa de los intereses de terceros, operando como límite a la libre formación y disposición del patrimonio social. . como protección de los socios, operando como límite a la libre formación y disposición del patrimonio social. .

28. Desde este punto de vista, el capital actúa: . como una suerte de garantía a favor de los terceros, de manera que en el pasivo contable de la sociedad debe anotarse tal cifra del capital social. . como una suerte de garantía a favor de los terceros, de manera que en el activo contable de la sociedad debe anotarse tal cifra del capital social. . como una suerte de garantía a favor de los terceros, de manera que en el pasivo contable de la sociedad no debe anotarse tal cifra del capital social. .

29. Desde este punto de vista, el capital actúa como una suerte de garantía a favor de los terceros, de manera que en el pasivo contable de la sociedad debe anotarse tal cifra del capital social. Esta exigencia manifiesta sus consecuencias en: . un momento diferente; En el momento constitutivo de la sociedad de capital, pues la afirmación de una cifra estatutaria de capital implica necesariamente que habrá de disponerse de un patrimonio social en tal momento que, al menos, sea igual que la cifra expresada como capital social. . tres momentos diferentes; En el momento constitutivo o fundacional o restrictivo de la sociedad de capital, pues la afirmación de una cifra estatutaria de capital implica necesariamente que habrá de disponerse de un patrimonio social en tal momento que, al menos, sea igual que la cifra expresada como capital social. . dos momentos diferentes; En el momento constitutivo o fundacional de la sociedad de capital, pues la afirmación de una cifra estatutaria de capital implica necesariamente que habrá de disponerse de un patrimonio social en tal momento que, al menos, sea igual que la cifra expresada como capital social. .

30. Los socios con su suscripción de las participaciones o de las acciones han asumido una obligación a la que han de dar cumplimiento, realizar una aportación a favor de la sociedad. El importe de   la aportación: . no podrá ser, en ningún caso, superior al valor nominal de las participaciones o acciones que suscribe (art. 59.2 LSC). El valor nominal no es más que el resultado de dividir la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas. . no podrá ser, en ningún caso, inferior al valor nominal de las participaciones o acciones que suscribe (art. 59.2 LSC). El valor nominal no es más que el resultado de dividir la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas. . no podrá ser, en ningún caso, inferior al valor nominal de las participaciones o acciones que suscribe (art. 59.2 LSC). El valor nominal no es más que el resultado de multiplicar la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas. .

31. La suma de todas las aportaciones (patrimonio social inicial) será, al menos: . inferior que la cifra del capital social (puesto que el capital se divide en acciones o participaciones, la suma del valor nominal de las emitidas será igual a aquél). . superior que la cifra del capital social (puesto que el capital se divide en acciones o participaciones, la suma del valor nominal de las emitidas será igual a aquél). . igual que la cifra del capital social (puesto que el capital se divide en acciones o participaciones, la suma del valor nominal de las emitidas será igual a aquél). .

32.  De otra parte, y durante la vida social, la cifra del capital social también actúa: . como mecanismo de retención del movimiento patrimonial, dado que tal cifra de requiere su configuración como un pasivo contable que ha de tener su correlato en el activo. . como mecanismo de retención del movimiento patrimonial, dado que tal cifra de requiere su configuración como un activo contable que ha de tener su correlato en el pasivo . como mecanismo de retención del movimiento patrimonial, dado que tal cifra de requiere su configuración como un pasivo contable que ha de tener su correlato en el pasivo  .

33. La sociedad: . no deberá disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital deje de tener tal cobertura patrimonial. . deberá disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital deje de tener tal cobertura patrimonial. . Ninguna es correcta .

34. La sociedad no deberá disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital deje de tener tal cobertura patrimonial. Esta exigencia: . significa una prohibición absoluta, de modo que los terceros no puedan obtener la satisfacción de sus créditos con cargo al patrimonio social, incluso respecto de aquella parte destinada a la cobertura efectiva de la cifra de capital. . significa el deber de mantener tal cobertura patrimonial de la cifra de capital, de manera que en sus decisiones deberá respetar tal límite. . Ninguna es correcta .

35. De este modo, la adopción de decisiones -p. ej. el reparto de dividendos- se sujeta a un límite imperativo: . pues no podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser inferior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC. . pues podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser inferior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC. . pues no podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser superior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC.

36. De una u otra manera, tanto en el momento fundacional de la sociedad como durante la vida social, el capital actuará como una garantía: . a favor de los terceros deudores, reservando o intentando reservar, al menos, una fracción del patrimonio social, -la destinada a la cobertura de tal pasivo contable- en su favor. a favor de los terceros acreedores o deudores, reservando o intentando reservar, al menos, una fracción del patrimonio social, -la destinada a la cobertura de tal pasivo contable- en su favor. . a favor de los terceros acreedores, reservando o intentando reservar, al menos, una fracción del patrimonio social, -la destinada a la cobertura de tal pasivo contable- en su favor. .

37. Sin embargo, desde hace tiempo se viene dudando de la capacidad de la técnica del capital social para atender una tutela, aunque sea mínima, de los terceros que se relacionarán con la sociedad. En este sentido, se han propuesto diversas soluciones: . económica -p. ej. el denominado test de solvencia- que, eliminando las rigideces que pudieran derivarse de esta función externa del capital social, aportaran, también, un mayor grado de eficacia práctica. . patrimoniales -p. ej. el denominado test de solvencia- que, eliminando las rigideces que pudieran derivarse de esta función externa del capital social, aportaran, también, un mayor grado de eficacia práctica. . técnicas -p. ej. el denominado test de solvencia- que, eliminando las rigideces que pudieran derivarse de esta función externa del capital social, aportaran, también, un mayor grado de eficacia práctica. .

38. No obstante, este tipo de respuestas técnicas: . han encontrado acogida en nuestro derecho. . no han encontrado acogida en nuestro derecho. . Ninguna es correcta .

39. Las aportaciones que hicieran los socios, como consecuencia de la suscripción o asunción de las acciones o participaciones emitidas: . constituyen el patrimonio social que no integran el capital social, tal y como advierte el texto legal. . constituyen el patrimonio social inicial que puede o no  integrar el capital social, tal y como advierte el texto legal. . constituyen el patrimonio social inicial e integran el capital social, tal y como advierte el texto legal. .

40. Ese patrimonio inicial supondrá: . los recursos de la sociedad de capital para el desarrollo de su patrimonio. . los recursos de la sociedad de capital para el desarrollo de su cuota social. los recursos de la sociedad de capital para el desarrollo de su actividad social.  .

41. En este sentido, nos preguntaremos si nuestro derecho exige la suficiencia de tales recursos de cara al desarrollo de la actividad social. Si así se entendiera: . la exigencia sería la de requerir que la cifra de capital resultara adecuada a las necesidades financieras pero no patrimoniales que exigiera el adecuado desarrollo del objeto social. . la exigencia sería la de requerir que la cifra de capital resultara adecuada a las necesidades financieras y patrimoniales que exigiera el adecuado desarrollo del objeto social. . la exigencia no sería la de requerir que la cifra de capital resultara adecuada a las necesidades financieras y patrimoniales que exigiera el adecuado desarrollo del objeto social. .

42. Detrás de esta posible función de explotación del capital social se encuentra: . el problema de la denominada infra-capitalización de las sociedades. la solución de la denominada infra-capitalización de las sociedades . el beneficio de la denominada infra-capitalización de las sociedades .

43. Señale la respuesta correcta: . Sin embargo, en la actualidad, la LSC acoge una regla expresa con la que venga a atenderse, de modo específico, una función de explotación para el capital social, pues las reglas previstas para la constitución de una sociedad de capital no requieren exigencia alguna en tal sentido, destacando en este sentido, la falta de vigencia en nuestro derecho de un deber de adecuada capitalización de la sociedad. . Sin embargo, en la actualidad, la LSC no acoge ninguna regla expresa con la que venga a atenderse, de modo específico, una función de explotación para el capital social, pues las reglas previstas para la constitución de una sociedad de capital no requieren exigencia alguna en tal sentido, destacando en este sentido, la falta de vigencia en nuestro derecho de un deber de adecuada capitalización de la sociedad. . Sin embargo, en la actualidad, la LSC no acoge ninguna regla expresa con la que venga a atenderse, de modo específico, una función de explotación para el capital social, pues las reglas previstas para la constitución de una sociedad de capital  requieren exigencia alguna en tal sentido, destacando en este sentido, la falta de vigencia en nuestro derecho de un deber de adecuada capitalización de la sociedad. .

44. El valor nominal: Es el resultado de dividir la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas. Es el resultado de multiplicar la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas. Es el resultado de restar la cifra del capital social por el número de participaciones o acciones emitidas.

45. Las sociedades. No deberán disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital deje de tener tal cobertura patrimonial. Deberán disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital deje de tener tal cobertura patrimonial. No deberán disponer libremente de su patrimonio de modo que la cifra de capital tenga cobertura patrimonial.

46. La adopción de decisiones: Se sujeta a un límite imperativo, pues no podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser inferior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC. Se sujeta a un límite imperativo, pues podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser inferior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC. Se sujeta a un límite imperativo, pues no podrá arrastrar al resultado de que el patrimonio neto resulte ser superior a la cifra del capital social Art. 273.2 LSC.

47. Las normas dispuestas en la LSC permiten comprobar la vigencia de: Los principios que informan el capital social y que conforman su régimen jurídico. Los principios generales tradicionales. Ambas son incorrectas.

48. El principio que se encuentra recogido en el artículo 23.d LSC y que se asegura mediante la consideración como causa de nulidad de la sociedad de capital ante la falta de mención de capital social en los estatutos es: Principio de estabilidad. Principio de capital mínimo. Principio de determinación.

49. Con el principio de integridad o correspondencia mínima se lleva a cabo: La afirmación de una realidad que no fluctúa ni varia. Una función externa del capital social como garantía o cifra de retención del movimiento patrimonial de la sociedad. Las dos son incorrectas.

50. El principio de determinación exige: Que la sociedad refleje en sus estatutos tanto su activo como su pasivo. Que la sociedad haga constar en sus estatutos la cifra de su capital social. Que los nombres de los socios estén determinados.

51. La omisión de la mención estatutaria del capital social es: Causa de nulidad de la sociedad de capital. Causa de anulabilidad de la sociedad de capital. Ninguna de las anteriores.

52. Los principios informadores del capital social son: Determinación, integridad y capital mínimo. Integridad, capital mínimo y buena fe. Determinación, integridad, estabilidad y capital mínimo.

53. ¿En la normativa de la Ley de Sociedades de Capital, cuáles son los principios que informan el capital social y que conforman su régimen jurídico?. El principio de determinación, el principio de integridad, el principio de estabilidad y el principio de capital mínimo. El principio de determinación, el principio de integridad y el principio de estabilidad. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

54. ¿En qué consiste el principio de determinación regulado en la Ley de Sociedades de Capital?. exigencia de que la sociedad haga constar en sus estatutos la cifra de su capital social. exigencia de la necesaria estabilidad del capital social, de modo que éste sea una realidad que no fluctúa ni varía. ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

55. Para el caso de omitir la cifra de capital social en los estatutos sociales de una sociedad, ¿qué consecuencias se derivan?. causa de anulabilidad. causa de nulidad. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

56. ¿Con qué otro nombre se denomina el principio de integridad regulado en la Ley de Sociedades de Capital?. principio de correspondencia mínima. principio de estabilidad. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

57. ¿En qué consiste el principio de integridad regulado en la Ley de Sociedades de Capital?. viene a realizarse, principalmente, la función externa del capital social, en cuanto garantía o cifra de retención del movimiento patrimonial de la sociedad. exigencia de que la sociedad haga constar en sus estatutos la cifra de su capital social. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

58. A través del principio de integridad regulado en la Ley de Sociedades de capital: se prohíbe la emisión bajo par. no se prohíbe la emisión bajo par. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

59. A través del principio de integridad regulado en la Ley de Sociedades de Capital. se prohíbe los repartos de dividendos cuando como resultado del acuerdo, el patrimonio neto resultara inferior a la cifra del capital social. el correlato patrimonial de la cifra del capital podrá hacerse contra cualesquiera bienes y derechos que integren el patrimonio social, estableciéndose asimismo, supuestos particulares. ambas respuestas A y B son correctas.

60. ¿En qué consiste el principio de estabilidad regulado en la Ley de Sociedades de Capital?. exige la necesaria estabilidad del capital social, de modo que éste sea una realidad que no fluctuaciones ni varia. exige que las sociedades de capital se constituyan con un capital mínimo. ambas respuestas son incorrectas.

61. ¿En qué consiste el principio de capital mínimo?. en la constitución de las SA, su capital social no puede ser inferior a 3.000 euros. en la constitución de las SRL, su capital social no puede ser inferior a 60.000 euros. en la constitución de las SRL, su capital social no deberá ser inferior a 3.000 euros y en las SA su capital social no deberá ser inferior a 60.000 euros.

62. Si una Sociedad de Responsabilidad Limitada no alcanza la cifra de capital social mínimo fijada en el artículo 4.1 de la LSC: estará sujeta al régimen de formación sucesiva con una serie de reglas. será causa de disolución. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

63. La cuantía mínima que el artículo 4 de la LSC fija para cada tipo social, en el momento fundacional, será verificada: sólo por el Notario en el otorgamiento de la escritura pública. sólo por el Registro en el momento de acceso al RM. tanto por el Notario como por el Registrador.

64. Si se inscribe una sociedad cuyo capital no respetara el mínimo legal: es causa de disolución. es perfectamente legal. las dos anteriores respuestas son incorrectas.

65. Si los socios libremente acordaran una reducción de capital sin respetar la exigencia del capital mínimo establecido en la LSC, tal circunstancia constituye: una causa de disolución. una irregularidad irrelevante que no incide en el desarrollo de la actividad mercantil. las dos respuestas anteriores son incorrectas.

66. En una sociedad capitalista, los socios pueden reducir el capital social pero respetando el límite legal dispuesto en el LSC, pero ¿es posible que dicha reducción de capital pueda venir impuesta por la Ley?. Si, pero con las exigencias del artículo 343 de la LSC: que dicha reducción sólo podrá acordarse si de modo simultáneo se acompaña de otro acuerdo de transformación del tipo social o bien, un acuerdo de ampliación del capital siendo la nueva cifra al menos igual que la prevista como capital mínimo. no es posible . Ambas respuestas son incorrectas.

67. Según la normativa establecida en la LSC, los acuerdos de reducción y el de transformación o de ampliación de capital: deben adoptarse de modo simultáneo e inscribirse simultáneamente en el RM. deben adoptarse de modo simultáneo pero no es preciso inscribirse simultáneamente en el RM. no es preciso adoptarse de modo simultáneo ni tampoco inscribirse simultáneamente en el RM.

68. La falta de mención en los Estatutos de la cifra de capital social, puede ser causa: . de nulidad de la sociedad. de anulabilidad de la sociedad. ambas respuestas son falsas.

69. En el caso de las acciones: El desembolso siempre ha de ser integro. Se permite un desembolso mínimo del 25 % de su valor. Ambas respuestas son falsas.

70. El reparto de dividendos: No se puede realizar si el patrimonio neto es igual al capital social. No se puede realizar si el patrimonio neto es inferior al capital social. Siempre hay reparto de dividendos.

71. Para crear una SL: Siempre se exige aportación de capital mínimo de 3000€. Es posible crearla sin aportación mínima pero con reservas anuales del 20% del beneficio. Ambas respuestas son falsas.

72. El capital social. Indique la respuesta incorrecta. No es capital de explotación. Procura los medios patrimoniales que se destinarán a la realización de la actividad. Constituye el objeto de la sociedad.

73. La infra-capitalización consiste: Sociedades con un capital insuficiente para explotación del objeto social. Sociedades que se encuentran infra-capitalizadas. Todas son correctas.

74. Según el artículo 20 LSC la publicidad legal contiene unos requisitos. Inscripción registral y publicidad. Cifra de capital y objeto social. Todas son correctas.

75. La infra-capitalización puede ser: indique la respuesta incorrecta. La infra-capitalización inicial. La infra-capitalización material o real. La infra-capitalización formal o nominal.

76. En que supuestos cabe la situación de infra-capitalización material o real: indique la respuesta incorrecta. Insuficiencia de recursos propios. Necesidades financieras que exige la ejecución del objeto social. No se manifiesta a terceros.

77. Supuestos de infra-capitalización formal o nominal: indique la respuesta incorrecta. Insuficiencia de recursos patrimoniales. Adecuada explotación del objeto social. No se cubren a través de otros medios por parte de los propios socios.

78. Que infra- capitalización puede constituir una causa de disolución. Infra- capitalización formal o nominal. Infra - capitalización material o real . capitalización.

79. En la infra - capitalización el préstamo puede ir acompañado de otro tipo de acuerdo. Constitución de la garantía a favor de sus créditos. Constitución de la garantía a favor de sus prestamos . Ninguno de los anteriores.

80 Las sociedad con un capital manifiestamente insuficiencia de recursos propios. Supra-capitalización . Infra- capitalización material o real. Ninguna de las anteriores.

81. ¿Qué es una sociedad infracapitalizada?. Una sociedad con un capital manifiestamente insuficiente para una adecuada explotación del objeto social. Una sociedad con un capital insuficiente, manifiestamente o no, para una adecuada explotación del objeto social. Ninguna de las respuestas es correcta.

82. Entre los tipos de infracapitalizacion tenemos…. Infracapitalizacion subjetiva y objetiva. Infracapitalizacion primaria y secundaria. Infracapitalizacion material o real y formal o nominal.

83.- Se conoce como infracapitalizacion real o material... Insuficiencia de recursos propios respecto de las necesidades financieras del objeto social, no cubriéndose por los socios a través de otros medios. Insuficiencia de recursos patrimoniales que dan cobertura a la cifra del capital social , pero cuyas necesidades se cubren a través de otros medios por parte de los propios socios. Ambas respuestas son correctas.

84. Se conoce como infracapitalizacion formal o nominal…. Insuficiencia de recursos propios respecto de las necesidades financieras del objeto social, no cubriéndose por los socios a través de otros medios. Insuficiencia de recursos patrimoniales que dan cobertura a la cifra del capital social , pero cuyas necesidades se cubren a través de otros medios por parte de los propios socios. Ambas respuestas son incorrectas.

85.En cuanto a la exigencia legal sobre capital social en la sociedad constituida;. Sólo requiere la presencia de un capital mínimo en el momento de la constitución de la sociedad. No sólo requiere la presencia de un capital mínimo en el momento de constitución de la sociedad, sino que se habrá que respetar y conservar durante toda la vida social. No requiere presencia de un capital mínimo en el momento de la constitución de la sociedad.

86. Los principios que informan el capital social y que conforman su régimen jurídico son;. Principio de determinación, principio de integridad o principio de correspondencia mínima, principio de estabilidad y principio de capital mínimo. Principio de determinación, principio de integridad o principio de correspondencia mínima, principio de seguridad y principio de capital mínimo. Principio de propiedad, principio de integridad o principio de correspondencia mínima, principio de estabilidad y principio de capital mínimo.

87. El capital autorizado, en sentido estricto, no es más que un supuesto en que;. Dentro de los límites exigidos por la junta general, éstos delegan en los administradores, la competencia para acordar un aumento del capital social. Dentro de los límites exigidos por la norma, la junta general delega en los administradores, la competencia para acordar un aumento del capital social. Ninguna de las anteriores es correcta.

88. En las sociedades de capital, la persona jurídica: No responde con su patrimonio. Responde con todo su patrimonio pero con ciertas limitaciones. Responde con todo su patrimonio presente y futuro sin limitaciones.

89. En las sociedades de capital, los socios: Responden de las deudas sociales por el importe de su aportación. Responden de las deudas sociales frente a terceros. No responden en ningún caso de las deudas sociales frente a terceros.

90. El patrimonio social: Es la única referencia objetiva para los acreedores. Es junto al patrimonio de los socios la garantía de los acreedores. Ninguna de las anteriores es correcta.

92. La estructura a la que da lugar la constitución de una sociedad de capital: Tiene como característica principal la de vincular y organizar a una pluralidad de sujetos en virtud de un contrato únicamente. Tiene como característica principal la de un contrato dirigido a crear una organización despersonalizada y objetivada , de modo que la propia organización se superpone a los miembros que la integran y no queda supeditada en razón de sus circunstancias personales. Tiene como característica principal la de un contrato dirigido a crear una organización fuertemente personalizada y objetivada de forma simultánea.

93. En este tipo de sociedades de capital las decisiones se toman de acuerdo: A la unanimidad de los socios. las directrices asumidas por el socio capitalista mayoritario. A unos órganos de decisión cuyas decisiones se sujetan a una regla mayoritaria.

94. La organización que supone una sociedad de capital: Encierra una estructura de decisión objetivada a través de procedimientos y reglas, para así asegurar la realización de los fines que se persiguen y que no hacen depender de las vicisitudes personales de sus miembros o socios. Encierra una estructura de decisión basada en la determinación del socio capitalista mayoritario, donde el resto se subroga a sus vicisitudes. Encierra una estructura de decisión donde se asegura la realización de los fines que se persiguen dependiendo de las vicisitudes personales de todos sus miembros o socios, independientemente del capital aportado por cada uno de ellos.

96. La consideración de la sociedad como mercantil ( señala la correcta). Lleva a la consideración de la propia persona jurídica como empresario. El criterio de calificación de los diferentes tipos de sociedades capitalistas como mercantiles es exclusivamente formal. Ambas son correctas.

97. La calificación de la sociedad como mercantil tiene varias consecuencias ( elige la correcta): La sociedad mercantil, en cuanto a persona jurídica, quedará vinculada por el estatuto a que se sujeta la ley de comercio internacional . La sociedad, en cuanto a persona jurídica, quedará vinculada por el estatuto a que se sujeta a todo empresario. Y en defecto de norma acogida en la legislación de sociedades de capital, resultarán de aplicación las normas generales mercantiles. El régimen jurídico aplicable a su actividad lo determinará la sociedad mercantil mediante votaciones, siendo necesaria mayoría simple.

95. Según el art. 2LSC (elige la correcta): Las sociedades de capital, cualquiera que sea su objeto, tendrán carácter mercantil. Las sociedades civiles por su objeto pueden revestir forma mercantil. Ambas son correctas.

98. Las sociedades de capital, independientemente del tipo social de que se trate: Han de satisfacer la exigencia de lucro dispuesta para toda sociedad mercantil. Han de satisfacer la exigencia general dispuesta para toda sociedad mercantil. Han de satisfacer la exigencia legal dispuesta para toda sociedad mercantil.

99. El acto constitutivo de las sociedades de capital: Debe formalizarse en escritura pública. Deberá ser inscrita en el registro mercantil. Ambos respuestas son correctas.

100. Las escrituras adicionales podrán: Modificar o alterar el contrato primitivo de la compañía. Quedarán sujetas a las mismas formalidades que la escritura primitiva. Ambas respuestas son correctas.

101. Las fuentes  del derecho de Sociedades de Capital: Únicamente las formadas por la LSC y reglamento del Registro Mercantil . Tanto fuentes internas como LSC, reglamento del Registro Mercantil, como Directivas  Europeas. Las fuentes de Derecho interno incluido normas generales del Derecho de Sociedades y Directivas Europeas.

102. Las Fuentes del Derecho de Sociedades de capital esta compuestos por: Exclusivamente por fuentes de derecho interno que rige en cada Estado. Tanto por fuentes de Derecho interno como Reglamentos europeos sobre armonización. Por fuentes de derecho interno y Directivas europeas.

103. Cuál es la función de las directivas europeas como fuentes del derecho de sociedades de capital: Unificar las disposiciones internas . Solo jerarquización con respeto a fuentes internas . Promover y garantizar la armonización  de la normativa interna, ha de respetarse un criterio de su interpretación a la luz de la letra y finalidad de esta.

104. Cuál es el significado tiene los soft-law como fuentes de derecho de sociedades de capital: Son código  de conducta que contiene recomendaciones en el ámbito de sociedades cotizadas y posible sanciones. Son Códigos de conducta que contiene normas en sentido técnico jurídico y sus pertinentes sanciones. . Son código  de conducta que contiene recomendaciones en el ámbito de sociedades cotizadas, no conteniendo normas en sentido técnico jurídico  ni sanciones .

105. La regulación que ofrece la LSC: ha de ser completada con las disposiciones acogidas en el vigente Reglamento del Registro Mercantil (RRM). Ha de ser completada en determinados casos con las disposiciones acogidas en el vigente Reglamento del Registro Mercantil. No ha de ser completada en ningún caso con las disposiciones acogidas en el vigente Reglamento del Registro Mercantil.

91.La importancia práctica de las directivas está en: El hecho de que el origen de muchas disposiciones internas se encuentra en tales textos comunitarios. En que constituyen un criterio básico de interpretación de las normas internas. Las dos respuestas anteriores son correctas.

106. En el ámbito de las sociedades cotizadas, ha cobrado un notable impulso: La formación de los Códigos de conducta. La formación del Ccom. Ambas respuestas son correctas.

107. Con soft-law nos referimos a: Las leyes sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. La ley de sociedades de Capital. Los códigos de conducta.

108. Las acciones de una sociedad anónima: son intrasmisibles. la transmisión de las acciones puede ser limitada. se pueden transmitir libremente.

109. Tipos de sociedad de capital: La sociedad anónima y la sociedad comanditaria por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada. Todas son sociedades de capital.

110.Las participaciones de una sociedad de responsabilidad limitada: son intrasmisibles. la transmisión de las participaciones puede ser limitada. se pueden transmitir libremente.

111. Elemento esencial que distingue la sociedad anónima de una sociedad de responsabilidad limitada radica en: Las acciones y en su consideración como valores mobiliarios. La despersonalización que caracteriza a la sociedad anónima. La dimensión de la actividad que quiere llevarse a cabo.

112.Indique cuales son los distintos tipos de sociedades de capital, consagrados en el LSC: Sociedad colectiva, sociedad anónima y sociedad de responsabilidad limitada. Únicamente las sociedad de responsabilidad limitada. Sociedad anónima, sociedad comanditaria por acciones y sociedad de responsabilidad limitada.

113.Las sociedades de capital dividen el capital en: En acciones y participaciones, según las distintas formas sociales. En participaciones. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

114. La sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada se diferencian en que: La sociedad anónima a diferencia de la sociedad de responsabilidad limitada tiene su capital de dividido en acciones y en su consideración, dispuesta por el legislador, como valor mobiliarios. La sociedad anónima tiene una responsabilidad patrimonial universal a diferencia de la sociedad de responsabilidad la cual tiene su patrimonio limitado al de la sociedad. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

115. La sociedad anónima consagra la libre transmisión de: Participaciones. Acciones. Tanto de acciones como de participaciones.

116. Las sociedades de responsabilidad consagran el principio personalista por el cual: La sociedad de responsabilidad limitada tendrá restringida la transmisión de las participaciones. La sociedad de responsabilidad limitada restringirá la transmisión de acciones no así de las participaciones. También estará restringido la transmisión de las particiones en las sociedades anónimas.

117. La limitación a la transmisión de las participaciones de las sociedades de responsabilidad limitada tiene dos consecuencias destacadas en la LSC: La sociedad no tendrá carácter personalista y no será relevante la autonomía de la voluntad de los socios. Las participaciones no podrán ser representadas mediante titulo o anotaciones en cuenta y la autonomía de la voluntad tendrá incidencia en los oportunos pactos estatutarios. Por medio de los oportunos pactos podrán hacer prácticamente libre la transmisión voluntaria de las participaciones sociales por actos inter vivos y mortis causa.

118. La sociedad comanditaria por acciones se diferencian de las sociedades anónimas en que: Las sociedades comanditarias por acciones, al menos, uno de sus socios ha de tener el carácter de socio colectivo. Las sociedades anónimas cuentan también con socios colectivos. Las dos respuestas anteriores son incorrectas.

119. Junto con los socios-accionistas, será necesaria la presencia de, al menos, un socio colectivo en las sociedades comanditaria por acciones en quien quedara confiada la administración social además de: No estar obligado personalmente y solidariamente, con todos su bienes, a las resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía. Esta obligado personal y solidariamente, con todo sus bienes, a resultas de las operaciones que se hagan a nombre y por cuenta de la compañía. Está obligado únicamente solidariamente.

120. Cuáles son los tres grandes tipos de sociedades de capital que la LSC configura: Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades comanditarias por acciones. Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas y Sociedades Colectivas por acciones. Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Colectivas por acciones.

121. La denominación de la división del capital en las sociedades de capital es: Participaciones en la sociedad anónima y acciones en la sociedad de responsabilidad limitada. Acciones en la sociedad anónima y participaciones en la sociedad de responsabilidad limitada. Acciones o participaciones indistintamente en ambas.

122. Qué tipo de responsabilidad personal asumen los socios en la sociedad de capital. Subsidiaria y solidaria en las sociedades anónimas y subsidiaria y mancomunada en las sociedades de responsabilidad limitada. Subsidiaria y solidaria en ambas, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen distinto. Ninguna es correcta.

123. Cuál es la distinción fundamental entre el tipo social de la sociedad de responsabilidad limitada y la sociedad anónima: En la consideración como activos financieros de las acciones y de valores mobiliarios de las acciones. En la consideración que potestativamente se puede incluir en el contrato social de las acciones como valores mobiliarios para mayor constancia de la despersonalización de la sociedad anónima. Ninguna es correcta.

124. La LSC asevera la esencia y libre transmisibilidad de las acciones de forma. Explícita y constante en todo su articulado. Implícitamente. De forma expresa en su Título Preliminar.

125. Cómo obliga la LSC a representar las acciones de la sociedad anónima: A través de títulos mobiliarios, exclusivamente. En el activo del balance de la sociedad. A través de títulos o de anotaciones en cuenta.

126. Es posible que los socios de una sociedad anónima hagan valer los elementos y las circunstancias personales de los futuros accionistas: Si a través de los pactos sociales recogidos en los estatutos de la sociedad, se puede condicionar o limitar ilimitadamente la transmisión de las acciones. Por unanimidad del accionariado y siempre y cuando no se hagan intransmisibles las acciones. Ninguna es correcta.

127. Las reglas de la sociedad de responsabilidad limitada son tendentes a : Asegurar el mantenimiento de la base subjetiva social, restringiendo la transmisión de las participaciones, aunque si los estatutos sociales lo disponen, se puede hacer prácticamente libre la transmisión voluntaria de las participaciones sociales, pero sólo por actos inter vivos. Asegurar el mantenimiento de la base objetiva social, restringiendo la transmisión de las participaciones, aunque si los estatutos sociales lo disponen, se puede hacer prácticamente libre la transmisión voluntaria de las participaciones sociales, pero sólo por actos mortis causa. Asegurar el mantenimiento de la base subjetiva social, restringiendo la transmisión de las participaciones, aunque la autonomía de la voluntad permite mediante los oportunos pactos estatuarios incidir en el régimen de transmisión voluntaria de las participaciones sociales aunque ésta no se puede hacer prácticamente libre por actos sociales.

128. Las sociedades comanditarias por acciones resulta un modelo híbrido entre: Las sociedades anónimas y las sociedades comanditarias. Las sociedades anónimas y las sociedades colectivas. Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades comanditarias.

129. En las sociedades comanditarias por acciones debe estar presente como mínimo: Tres socios colectivos como mínimo. Un socio comanditario que ostentará en su caso, la administración social. Un socio colectivo que ostentará en todo caso, la administración social.

130. En la elección del tipo de sociedad de capital en la constitución de la sociedad, resulta determinante la dimensión de la actividad que quiera llevarse a cabo. Si, puesto que tendencialmente se ha optado por la forma de sociedad de responsabilidad limitada para las empresas de una dimensión relativa y la de sociedad anónima para las grandes empresas. No resulta indiferente. Si, optándose por las sociedades anónimas si lo que se pretende es mantener la base personal de los socios de las grandes empresas.

131. Cuáles son las razones que avalan lo expuesto en la anterior pregunta: El interés por mantener la base personal de los socios en la sociedad de responsabilidad limitada, limitando la entrada de nuevo accionariado. En las sociedades anónimas se intenta limitar la entrada de nuevo accionariado para propiciar la llamada de ahorro público a través de la sociedad cotizada. El interés por mantener la base subjetiva social en el caso de las sociedades anónimas y la base objetiva social en el caso de las sociedades de responsabilidad limitada.

132.En la realidad cuál ha sido y cuál es la opción más usada para la constitución de una nueva sociedad de capital: En el derecho español de sociedades ha existido un predominio por el uso de las sociedades de responsabilidad limitada, pero la constante flexibilización del régimen jurídico aplicable a la sociedad anónima está invirtiendo este predominio. En el derecho español de sociedades el predominio era claro en la elección de la sociedad anónima, aunque la realidad actual muestra un predominio más que relevante de la sociedad de responsabilidad limitada. Ninguna es correcta.

133. La constitución de una sociedad de capital tiene como resultado: El surgimiento de un tercero en el trafico. Los socios no responden personalmente de las deudas sociales. Ambas respuestas son correctas.

134. Los sociedad de capital. Aparece como centro de imputación de relaciones jurídicas con terceros y sus consecuencias, al margen de los socios que participan en ella. Sus créditos serán satisfechos exclusivamente con cargo al patrimonio social. Ambas respuestas son correctas.

135. ¿Qué conflicto ha enfrentado y resuelto la doctrina denominada del levantamiento del velo?: Conflicto entre seguridad y justicia. Conflicto entre lesión de intereses económicos y sociales. Conflicto entre la personalidad jurídica y el fin jurídico.

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