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MERCANTIL I 2PP UNED TEMA 8

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Título del Test:
MERCANTIL I 2PP UNED TEMA 8

Descripción:
DERECHO MERCANTIL I

Fecha de Creación: 2017/04/16

Categoría: UNED

Número Preguntas: 71

Valoración:(10)
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Temario:

1. Las acciones y participaciones son: Una fracción o parte alícuota de la cifra de capital social. Son indivisibles. Todas son correctas.

2. A tenor del artículo 90 LSC las participaciones sociales y acciones de las sociedades de capital son: Partes alícuotas indivisibles. Acumulables del capital social. Todas son correctas.

3. La LSC hace referencian a ciertos valores económicos que se le atribuye a las acciones y participaciones sociales. Valor contable y valor real. Valor razonable y valor del mercado. Todas son correctas.

4. En las sociedades de capital. Las acciones y participaciones representan las partes alícuotas de la cifra de capital. Sólo representan las acciones. La a) es correcta.

5.- En las Sociedades de capital anónima o de responsabilidad limitada. Los socios responderán personalmente de las deudas sociales en la sociedad anónima de capital. Los socios no responderán personalmente de las deudas sociales en cualquiera de las dos sociedades de capital. La b) es correcta.

6. ¿Dónde tiene que reflejarse el valor nominal de las acciones y participaciones?. En el RM. En los estatutos sociales. En la escritura de constitución.

7. A parte del valor nominal, ¿qué otros valores cabe atribuir a las acciones y participaciones?. Valor contable, valor real, valor de mercado y valor razonable. Valor respetable, valor razonable, valor neto patrimonial y valor acordado. Valor neto patrimonial de mercado y valor real.

8. ¿Qué es el valor real que se le atribuye a las acciones y participaciones?. Es el valor neto patrimonial que refleja la contabilidad social. Es una fracción del valor que cabe atribuir a la empresa social y que constituiría el valor de enajenación de éstas. Depende del patrimonio neto, de las expectativas...del que derive el juego de la oferta y la demanda.

9. ¿La LSC impone la necesidad de que el valor nominal sea igual para todas las acciones y participaciones que se emitan?. Sí, porque es una cifra que permanece constante siempre y cuando no se lleve a cabo una modificación estatutaria de dicha cifra. No es perfectamente posible que las acciones puedan emitir con distintos valores nominales que se integren en una misma serie, dentro de las cuáles las acciones gozarán de un mismo valor. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

10. ¿Qué supone la indivisibilidad de la acción o de la participación?. Que puede multiplicarse el número de socios en la sociedad como fraccionamiento de las acciones o participaciones. Que el titular de la acción o de la participación puede dividirlas, de modo que su parte alícuota del capital quedaría diluido. Que es una prohibición de la LSC que supone que no puede fraccionarse.

11. La condición de socio se adquiere: Con la suscripción de acciones. Con la asunción de participaciones. Las dos respuestas anteriores son correctas.

12. Adquirir la condición de socio de modo derivativo significa: Adquirirla en el momento funcional. Adquirirla posteriormente en virtud de la transmisión que hiciera quien antes fuera socio. Ninguna de las anteriores es correcta.

13. El artículo 93 LSC establece que uno de los derechos del socio es: Participar en el reparto de ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación. Crear participaciones sociales que de forma directa o indirecta alteren la proporcionalidad entre el valor nominal y el derecho de preferencia. Ninguna de las anteriores es correcta.

14. El socio es el titular de la acción o de la participación, que puede haberla adquirido;. Originariamente o de modo delegado. Originariamente o de modo derivativo. Sucesivamente o de modo derivativo.

15. El socio que es titular de la acción o de la participación de modo derivativo, la adquirió;. Posteriormente en virtud de la transmisión que hiciera quien antes fuera socio. En el momento fundacional. En el momento de la disolución.

16. La condición de socio;. Va unida a la titularidad de la acción o de la participación y en consecuencia, la pérdida de esa titularidad -bien por la transmisión o bien por la amortización- arrastran la pérdida de la condición de socio. No va unida a la titularidad de la acción o de la participación y en consecuencia, la pérdida de esa titularidad arrastran la pérdida de la condición de socio. Va unida a la titularidad de la acción o de la participación y en consecuencia, la pérdida de esa titularidad –solo por transmisión- arrastran la pérdida de la condición de socio.

17. ¿Los socios pueden atribuírseles derechos a parte de los enunciados en el art. 93 LSC?. No, el art. 93 supone la atribución de todos los derechos que se le atribuye al socio en una sociedad de capital. Sí, el art. 93 LSC supone el núcleo básico de derechos que le corresponde al socio como mínimo. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

18. ¿Qué supone que existan derechos en donde el poder conferido al socio varíe de modo proporcional a su participación en el capital social?. Supone que no hay desigualdad entre los socios con distinta participación, sino una proporcionalidad en su ejercicio respecto del porcentaje del capital social que cada uno titule. Bajo este tipo de derechos se exige un umbral de participación en el capital social, encontrando un instrumento de defensa entre quienes resultan ser socios minoritarios de la sociedad. Las dos respuestas anteriores son correctas.

19. ¿La condición de socio otorga al mismo?. Derechos, facultades, poderes, legitimación procesal, obligaciones y deberes. Derechos facultades, obligaciones y deberes. Derechos, obligaciones y deberes.

20. ¿ Cómo norma general los derechos y obligaciones que van vinculados a la condición de socio, pueden separarse de esta persona?. No , pues deriva de tal circunstancia de manera que si se pierda la condición de socio se perderá el derecho u obligación en cuestión. Si, pues no va vinculado a tal condición, existiendo personas no socios que tengan derechos como los mismos. Ninguna de las respuestas es correcta.

21. ¿Existen elementos jurídicos, y por tanto excepciones, que supongan la realización de derechos vinculados al socio por terceros no socios?. En ningún caso, pues siempre y sin excepciones los derechos del socio van vinculados a tal condición. Si, al menos materialmente por un tercero, como es el caso del derecho a voto cuando actúa el instituto de la representación del socio, actuación fiduciaria de acciones y participaciones o cesión de legitimación. Siempre y en cualquier caso existirán formas de ejercer derechos por terceras personas no socios.

22. ¿Cuál es el derecho patrimonial más importante que asiste al socio?. El derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación. El derecho a participar en las ganancias sociales. El derecho de preferencia en la suscripción de acciones y en la asunción de participaciones.

23. ¿Qué supone que al socio le asiste un interés en orden de que la actividad social persiga la obtención de un beneficio, pues es causa del propio contrato de sociedad un interés lucrativo?. Que el socio se asegura que la actividad de los administradores sociales obedece a la finalidad lucrativa, pudiendo da en su caso, a la exigencia de responsabilidad de conformidad con las reglas generales, o si supone una imposibilidad manifiesta el conseguir el fin social, que sea causa de disolución. Que el socio puede tener cierto control sobre las cuestiones adoptadas en la junta general, pudiendo impugnar los acuerdos sociales que fueran en contra de la obtención de beneficio repartible. Las respuestas anteriores son correctas.

24. ¿Existe un derecho que asiste al socio a que haya un reparto anual de beneficios?. No, asiste al socio un derecho a que la sociedad, a través de su junta general, se pronuncie anualmente sobre el destino que ha de darse al beneficio previamente determinado. Sí, es uno de los derechos amparados en el art. 93 LSC en el que se garantiza el ánimo de lucro a través del reparto anual de beneficios. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

25. ¿Estará el socio legitimado para impugnar el acuerdo por el que se decidiera negar el reparto del beneficio anual discriminado, bajo la consideración de que el mismo resulta contrario al interés social?. No, nuestros tribunales, salvo contadas excepciones, resultan reacios a admitir este tipo de impugnaciones, pudiendo declarar la ineficacia del acuerdo que fuera impugnado, pero no puede sustituir la voluntad social, y en el mejor de los casos, el socio obtendría la declaración de ineficacia del acuerdo sin tener dividendo alguno. Sólo está legitimado a partir del quinto año a contar desde la fecha de inmatriculación de la sociedad, si ésta no repartiera en ejercicio un dividendo de ,al menos, un tercio del beneficio distribuible, pudiendo el socio ejercitar su derecho de separación. Sí está legitimado, ya que el ánimo de lucro es uno de los fines sociales perseguidos en toda sociedad y su obtención, supone un derecho del socio.

26. El derecho a dividendo, ¿qué tipo de crédito es? Señale la más correcta: Un crédito que supone el posible pago en especie. Es un crédito dinerario, es decir, la entrega de una cantidad de dinero. Es un crédito dinerario, salvo que exista un consentimiento individualizado del socio para un pago en especie.

28. ¿Qué cuantía se debe satisfacer a cada socio en concepto de dividendo?. Es una cuantía proporcional que se guarda entre las acciones o participaciones del socio de las que sea titular respecto de la cifra del capital social y los dividendos a repartir. Es la cuantía del dividendo repartido a partes iguales entre todos los socios que hayan aportado capital social. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

29. El derecho del socio a la cuota de liquidación es un derecho: Renunciable, pero, también, inderogable, en el sentido de que la mayoría, en virtud de acuerdo de la junta general, no puede privar al socio de éste. El derecho de cuota de liquidación es, obviamente, un derecho con contenido patrimonial. Además, es un derecho que se ha de satisfacer en metálico y de modo proporcional a la participación que se titule en relación con el capital social. Las dos respuestas anteriores son correctas.

30. El derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación, o de cuota de liquidación: Es proporcional a la participación del socio en el capital social. Ahora bien, en el caso de que la sociedad en liquidación fuera una sociedad anónima, podría darse el caso de que uno o varios socios no hubieran desembolsado íntegramente su aportación. NO es proporcional a la participación del socio en el capital social. Ambas respuestas son incorrectas.

31. El art. 93.a] LSC reconoce: El derecho que asiste al socio de participar en el reparto de las ganancias sociales. Atribuye al socio el derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación. Reconoce tanto el derecho que asiste al socio de participar en el reparto de las ganancias sociales como el derecho a participar en el patrimonio resultante de la liquidación.

32. El derecho de preferencia de suscripción de acciones y en la asunción de participaciones: Es un derecho de origen histórico en virtud de pacto estatutario, limitándose los destinatarios y generador de plusvalías.  Esta reflejado en la propia ley que se lo atribuye al socio por el mero hecho de serlo habiendo atendido íntegramente su obligación.  Esta reflejado en la propia ley que se lo atribuye al socio por el mero hecho de serlo incluso si no hubiera atendido íntegramente su obligación y  resultara deudor de desembolsos pendientes .

33. El derecho de preferencia de suscripción del socio en nuevas acciones o participaciones: No está contemplada en la ley. Es un instrumento técnico-jurídico que le permite al socio mantener la proporcionalidad de su participación en el capital social. Es un derecho de todo socio a la suscripción preferente de la cantidad de acciones que considere .

34. El derecho de preferencia: Es un derecho inderogable del socio. Es solo derogable por la voluntad del socio. Tanto por ley como por decisión mayoritaria pueda resolver excluyendo el derecho de preferencia, considerando que el interés social así lo exige. .

35. El derecho de voto, atribuye al socio: El derecho de asistir y votar en las juntas generales. El derecho de impugnar acuerdos sociales. Ambas con correctas.

36. Las atribuciones del socio de los derechos anteriormente enumerados se encuentran: Recogidos en el artículo 93.c LSC. En la constitución. En la LSC.

37. El poder atribuido al socio está sujeto: A límites necesarios. No tiene límites, es ilimitado. Dependerá de lo que se acuerde en los estatutos de dicha sociedad.

38. El derecho de voto es: Personal e intransferible. Irrenunciable e inderogable. Sujeto a una regla de proporcionalidad, irrenunciable, inderogable y personal.

39. En la sociedad anónima: El derecho de voto siempre es proporcional respecto del valor nominal de la acción. Es proporcional con respecto al valor total del capital social. No es proporcional sino se establece así en los estatutos.

40. El artículo 190 LSC en su apartado 3 recoge: Una regla general aplicable a todos los tipos capitalistas. El poder del voto proporcional al valor del capital. Una clausula general de regulación de los conflictos de intereses.

41. Un accionista de una sociedad anónima, que no contenga en sus estatutos previsiones sobre el derecho de representación en las juntas, puede hacerse representar en una junta: Sólo por otro accionista. Por un familiar. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

42. En una sociedad de responsabilidad limitada en cuyos estatutos no se regula expresamente el derecho de asistencia y representación en la junta, un socio podrá hacerse representar en la junta: Por su hijo. Por su abogado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

43. En relación con la sociedad de responsabilidad limitada, la representación se puede formalizar: Solo en documento privado. Solo en documento público. Tanto en documento privado como en documento público.

44. La asistencia telemática a la junta general: Se reserva a las sociedades anónimas. Se reserva a las sociedades de responsabilidad limitadas. Las dos respuestas anteriores son correctas.

45. El derecho de asistencia, como derecho instrumental, hace posible el ejercicio: Del derecho de impugnación de los acuerdos. Del derecho de información. Ninguna respuesta es correcta.

46. La representación del accionista requiere: Que se formaliza por escrito. Que se formaliza para cada junta. Las dos respuestas anteriores son correctas.

47. Media una solicitud pública de representación: Cuando una persona representa más de tres accionistas. Cuando los administradores la solicita. Las dos respuestas anteriores son correctas.

48. Si el representante vota en sentido distinto al aquel que se le hubiese indicado: Deberá informar inmediatamente al representado verbalmente. Deberá informar inmediatamente al representado por escrito. Las dos respuestas anteriores son correctas.

49. ¿El representante puede emitir un voto en un sentido distinto a aquel que se le hubiese indicado?. Si, estará obligado si se dieran algunas circunstancias. No, nunca podría emitir un voto en sentido distinto a aquel que se le hubiese indicado. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

50. El derecho de información del socio en la sociedad de responsabilidad limitada: El texto legal no concreta plazos para su ejercicio, advirtiendo que sea necesariamente anterior respecto de la junta general. el socio solo podrá solicitar información hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta general. las dos respuestas anteriores son erróneas.

51. El derecho de información del socio en la sociedad anónima: Es un derecho objetivo y derogable por pacto estatutario. el socio solo podrá solicitar información hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta general. El ejercicio del derecho de información no está sujeto a limitación alguna.

52. Consecuencias derivadas de la vulneración del derecho de información: los acuerdo adoptados por la junta general podrán ser impugnados, así como que el socio estará facultado para requerir de los administradores la pertinente relación. la vulneración del derecho de información podrá ser subsanada en cualquier momento. las dos respuestas anteriores son correctas.

53. Las respuestas de los administradores en la sociedad de responsabilidad limitada será: Únicamente oral. escrita. oral y escrita.

54. Las respuestas de los administradores en la sociedad anónima será: forma escrita, mediante la entrega del pertinente informe. formal oral y escrita. ambas respuestas son erróneas.

55. El derecho de información es: potestativo en toda clase de sociedades. inderogable, la mayoría no puede privar a un socio, ni cabe pacto estatutario. único y exclusivo de las sociedades de responsabilidad limitada.

56. Las participaciones sociales y las acciones atribuyen a los socios los mismos derechos . siempre. como regla general. las dos anteriores son correctas.

57. Las participaciones sociales y las acciones que atribuyen a los socios distintos derechos se basan: en la norma general. en pactos estatutarios y en ocasiones en previsiones legales. normas especiales.

58. El principio de paridad de trato tiene como consecuencia que. la sociedad deberá dar un trato igual a los socios que se encuentren en condiciones idénticas. todos los socios tiene idénticos derechos y deberes. las dos anteriores son correctas.

59. ¿En qué momento podrán disponerse los privilegios de los socios?. En el momento fundacional. durante el desarrollo de la vida social,. Las dos anteriores son correctas.

60. Para la modificación o supresión de los privilegios, en cuanto modificación estatutaria, será necesario: Mayoría absoluta de los socios. la voluntad mayoritaria en virtud de un acuerdo de la junta general ,resultando necesario que la voluntad mayoritaria sea refrendada por el titular de éstas. la voluntad mayoritaria en virtud de un acuerdo de la junta general ,sin resultar necesario que la voluntad mayoritaria sea refrendada por el titular de éstas.

61. En la sociedad anónima el privilegio. nunca puede incidir o tener por objeto tanto el derecho de voto como el de preferente suscripción. en ocasiones tasadas , puede incidir o tener por objeto tanto el derecho de voto como el de preferente suscripción. siempre puede incidir o tener por objeto tanto el derecho de voto como el de preferente suscripción.

62. Respecto de la posición jurídica del socio, señale la afirmación incorrecta. La posición jurídica del socio, viene determinada por la Ley e ilimitadamente por la autonomía de la voluntad materializada en la escritura y en los estatutos sociales. La posición jurídica del socio, determinada por la Ley y la autonomía de la voluntad estatutaria con los límites que expresamente se encuentren en el articulado de la LSC. La posición jurídica del socio, determinada por la Ley y la autonomía estatutaria, con los límites generales impuestos en el artículo 28 de la LSC de no oposición a las leyes ni contradicción con los principios configuradores del tipo social elegido.

63. En el artículo 94 de la LSC se proclama como principio general: Que los socios parten de una divergencia en sus derechos que se derivará del tipo y cantidad de acciones o participaciones que hayan suscritos o asumido. Que el principio general respecto al disfrute de los derechos de los socios es el de igualdad sin que pueda existir excepción alguna. Que el principio general es el de igualdad entre los socios, ya que las participaciones sociales y las acciones atribuyen a los socios los mismos derechos, sin perjuicio de las excepciones establecidas al amparo de la ley.

64. El origen de las posibles desigualdades o privilegios entre los socios siempre tendrá su origen en: En el ordenamiento jurídico. En los pactos estatutarios, con los márgenes marcados por el texto legal. En el ordenamiento jurídico, con los márgenes marcados en los pactos estatutarios.

65. La LSC entiende el principio de paridad de trato como: Trato igual a los socios independientemente de que sus condiciones sean o no idénticas. Trato igual de los socios que se encuentren en condiciones idénticas. Trato igual de los socios según se establezca en los estatutos sociales.

66. Se reconoce que la sociedad anónima puede emitir acciones privadas del derecho a voto.( elige la correcta). Las acciones y participaciones sin voto no permiten a su titular participar en la formación de la voluntad social expresada como acuerdo de la junta general. La privación de voto a de compensarse considerando a estas como privilegiadas, tienen atribuidas a su favor ciertas preferencias respecto a otros derechos. Ambas son correctas.

67. Referente a la emisión y creación de acciones y participaciones sin derecho a voto.( Elige la correcta). Existe la posibilidad de emisión de acciones y participaciones sin derecho a voto siempre y cuando el importe de la suma de sus nominales no fuera superior a la mitad del capital social que hubiera sido desembolsado en el momento en que se actuara tal emisión. Existe la posibilidad de emisión de acciones y participaciones sin derecho a voto siempre y cuando se nombre a un tercero beneficiario ajeno a la sociedad. Existe la posibilidad de emisión de acciones y participaciones sin derecho a voto siempre y cuando el importe de la suma de sus nominales sea superior a la mitad del capital social que hubiera sido desembolsado en el momento en que se actuara tal emisión.

68. El socio que titule acciones o participaciones sin voto ( elige la correcta). iene atribuido un dividendo preferente, de carácter acumulativo. Una vez satisfecha la preferencia los socios que titulen acciones preferentes participaran en los repartos de dividendos en igualdad de condiciones que los socios. Si existiera beneficio distribuible , la sociedad estará obligada al reparto del dividendo preferente. Ambas son correctas.

69. Entre los privilegios de las acciones o participaciones sin voto ( elige la correcta). Dispone además del dividendo preferente, un privilegio sobre la cuota de liquidación y un privilegio especifico en los casos de reducción de la cifra del capital. Dispone de un dividendo preferente, pero en caso de reducción de capital no tendrá ningún privilegio especial. No dispone de más beneficios que el dividendo preferente.

70. ¿El artículo 98 de la LSD reconoce?. La posibilidad de que la sociedad anónima pueda emitir acciones privadas del derecho de voto. La posibilidad de que la sociedad mercantil pueda emitir acciones privadas del derecho de voto. La posibilidad de que la sociedad limitada pueda emitir acciones privadas del derecho de voto.

71.Con respecto a la sociedad anónima, se dispone la posibilidad de emitir acciones sin voto ¿siempre y cuándo?. Cuando el importe de las acciones fuera inferior al capital total de la emisión anual de las acciones de la sociedad. Se determine en el consejo de administración, con las formalidades establecidas en la LCD mediante el reparto de dividendo. El importe de la suma de sus nominales no fuera superior a la mitad del capital social que hubiera sido desembolsado en el momento en que se actuara tal emisión.

72. ¿En la Modificaciones estatutarias lesivas se determina?. Que toda modificación estatutaria que lesione directa o indirectamente los derechos de las participaciones sociales o de acciones mercantiles exigirá el acuerdo de la mayoría del total de partición social de las acciones afectadas o no afectadas. Que toda modificación estatutaria que lesione directa o indirectamente los derechos de las participaciones sociales exigirá el acuerdo de la mayoría de los asistentes a la reunión anual del consejo de administración. Que toda modificación estatutaria que lesione directa o indirectamente los derechos de las participaciones sociales o de acciones sin voto exigirá el acuerdo de la mayoría de las participaciones sociales o de las acciones sin voto afectadas.

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